jueves, 6 de enero de 2022

Visita de Federico García Sanchiz a Benavente y San Cristóbal de Entreviñas en el año 1951 - Reportaje fotográfico de Nicolás Muller

Escalinata de la Plaza del Grano


IMPERIO
Martes, 12 de junio de 1951

Millares de personas escucharon a García Sanchiz en San Cristóbal de Entreviñas

San Cristóbal de Entreviñas
De nuestro corresponsal en Benavente.

García Sanchiz ha cumplido la promesa hecha al vecino de este pueblo, don Herminio Blanco, en la Feria del Campo, de venir a pronunciar una charla en este pueblo.
El ilustre académico llegó a Benavente en la tarde del sábado recorriendo los monumentos de la Ciudad en compañía de un grupo de admiradores. Enseguida marchó a San Cristóbal para saludar a su ya incondicional amigo, señor Blanco, regresando poco después a la ciudad de los Condes donde presenció la salida de la ronda nocturna, momento en que los serenos parten para cantar la hora y el tiempo.
El domingo, en rústico tablado que se levantaba en la plaza mayor de San Cristóbal de Entreviñas, el señor García Sanchiz pronunció su charla “El modo de ser de España”, que fue escuchada por, varios millares de almas, gran parte de ellas venidas de Benavente. El maravilloso charlista fue calurosamente ovacionado en varias ocasiones.
Como prólogo a las palabras de don Federico, intervino con elocuentes frases el prestigioso médico de Benavente, don Ramiro Cardeñosa y, a seguido, don Herminio Blanco hizo una breve y cordial presentación: "Os presento -dijo- a mi amigo, que desde ahora es el vuestro”.
Pasó la tarde en Benavente, donde asistió a la novillada, acompañado del alcalde, camarada Rojo Cadenas. Su presencia en el palco fue acogida con grandes muestras de simpatía, hasta el punto de verse obligado a tomar la palabra, para decir: "Profusamente emocionado por el recibimiento que me ha dispensado este simpático y alegre pueblo, prometo pronunciar una charla a beneficio del Asilo de Convalecientes”. Cerró la jornada presenciando la procesión y dando un paseo por la ciudad, admirándose de que en Castilla exista un pueblo de tanta vida como éste.

Diario "Imperio". Martes, 12 de junio de 1951

Diario "Imperio". Domingo, 24 de febrero de 1957

Escalinata de la Plaza del Grano

Torreón del Castillo de Benavente

Ábsides de Santa María del Azogue

Ábsides de Santa María del Azogue

Hospital de San José de Convalecientes

Vista del caserío de Benavente desde la Mota

Vista del caserío de Benavente desde la Mota

Fiestas del Corpus en la Plaza de Santa María del Azogue

Fiestas del Corpus en la Plaza de Santa María del Azogue

Torreón del Castillo de Benavente

Portada norte de Santa María del Azogue

Plaza Mayor de Tordesillas

San Juan del Mercado desde la Plaza Mayor

Iglesia de San Juan del Mercado

Soportales en el entorno de Santa María del Azogue

Paseando por la vega en San Cristóbal de Entreviñas

Paseando por la vega en San Cristóbal de Entreviñas


Herminio Blanco

Brindando en las bodegas de San Cristóbal de Entreviñas

Herminio Blanco (izquierda) y Federico García Sanchiz (derecha)

Brindando en las bodegas de San Cristóbal de Entreviñas

Brindando en las bodegas de San Cristóbal de Entreviñas

Brindando en las bodegas de San Cristóbal de Entreviñas

Bodegas de San Cristóbal de Entreviñas

Bodegas de San Cristóbal de Entreviñas

Bodegas de San Cristóbal de Entreviñas

Bodegas de San Cristóbal de Entreviñas

El cura don Alfredo paseando por la vega en San Cristóbal de Entreviñas

Demostración de la elaboración de carros por Herminio Blanco

Demostración de la elaboración de carros por Herminio Blanco

Demostración de la elaboración de carros

Carro obsequiado a Federico García Sanchiz

Carro obsequiado a Federico García Sanchiz

Carro obsequiado a Federico García Sanchiz

Carro obsequiado a Federico García Sanchiz

Procesión del Corpus en la calle del Matadero

Procesión del Corpus en la calle del Matadero

Procesión del Corpus en la calle del Matadero

Procesión del Corpus en la calle del Matadero

Procesión del Corpus en la calle del Matadero

Procesión del Corpus en la calle del Matadero

Entrada a la Plaza de toros de Benavente

Plaza de toros de Benavente. Entrada a los tendidos de sombra

Los novilleros con Felipe Hernández "El chulo"

Patio de cuadrillas de la Plaza de toros de Benavente

Paseíllo de novilleros y caballos

Paseíllo de novilleros y caballos

Novillada en la Plaza de toros de Benavente

Novillada en la Plaza de toros de Benavente

Novillada en la Plaza de toros de Benavente

Novillada en la Plaza de toros de Benavente

Novillada en la Plaza de toros de Benavente

Novillada en la Plaza de toros de Benavente

Los novilleros a hombros de los aficionados

Los novilleros a hombros de los aficionados

Los novilleros a hombros de los aficionados





En primer plano Federico García Sanchiz




Tendido de sombra en la Plaza de Toros










Público asistente a la charla en San Cristóbal de Entreviñas

Público asistente a la charla en San Cristóbal de Entreviñas

Federico García Sanchiz en la Plaza Mayor de San Cristóbal de Entreviñas

Público asistente a la charla en San Cristóbal de Entreviñas

Público asistente a la charla en San Cristóbal de Entreviñas

Público asistente a la charla en San Cristóbal de Entreviñas

Federico García Sanchiz en la Plaza Mayor de San Cristóbal de Entreviñas

Público asistente a la charla en San Cristóbal de Entreviñas




Demostración de los "danzantes" de Villaquejida

Demostración de los "danzantes" de Villaquejida

Demostración de los "danzantes" de Villaquejida



En primer plano Federico García Sanchiz


Demostración de los "danzantes" de Villaquejida

Demostración de los "danzantes" de Villaquejida

* Fotografías depositadas en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid

domingo, 2 de enero de 2022

En torno a un privilegio perdido de Alfonso X al concejo de Benavente

Alfonso X, según una miniatura de las Cantigas (Biblioteca del monasterio de El Escorial)

Cuenta Ledo del Pozo en su "Historia de Benavente" que los vecinos de la villa fueron siempre especialmente leales y serviciales con el rey Fernando III. Según su particular interpretación de las fuentes, al comienzo de su reinado le apoyaron en todas sus pretensiones sobre el trono de León y le defendieron "contra los demás enemigos de la religión y su corona". A continuación, como principal apoyo de sus afirmaciones, cita un documento de su sucesor, Alfonso X, que al parecer pudo consultar personalmente en el Archivo Municipal:

"Así lo declaró su hijo, el rey don Alfonso, en su privilegio que concedió a la villa, eximiendo a los mercaderes y vecinos de pagar repartimiento alguno, por estar muy deteriorada con las guerras y daños que había padecido en tiempo del rey don Fernando, su padre, contra los enemigos de su corona. Su data en San Esteban de Gormaz a 15 de febrero de la era de 1294 y año de 1256, como expresa la escritura".

Ledo del Pozo no sólo consultó este diploma, sino que también hizo uso de un manuscrito, hoy en paradero desconocido, que cita varias veces en su obra, como "Libro Becerro de la villa de Benavente". En él se recogían los privilegios otorgados por los distintos monarcas a la villa. Respecto al privilegio de Alfonso X señala lo siguiente:

"... pues aunque el Becerro pone año en lugar de era, intitulando a don Alonso IX, sin embargo el contexto de la donación declara que este don Alonso fue su hijo del santo rey don Fernando, con quien viene bien el compacto señalado para evitar la equivocación de aquel libro".

Una nueva mención a este diploma de Alfonso X la encontramos en las "Memorias históricas de la ciudad de Zamora" (1882), de Cesáreo Fernández Duro. El erudito zamorano no debió consultar el pergamino original, pues cita a Ledo del Pozo y no aporta nada nuevo sobre su contenido:

"1256. Privilegio concediendo a la villa de Benavente exención de repartimientos por los daños que había padecido en tiempo del rey don Fernando, su padre, sirviendo contra los enemigos de la corona. Dado en San Esteban de Gormaz  a 15 de febrero". 

Tendremos que esperar a los años 30 del siglo XX para encontrar alguna noticia nueva sobre nuestro diploma. Se trata del "Itinerario de Alfonso X", editado en varias entregas por Antonio Ballesteros Beretta en el Boletín de la Real Academia de la Historia. El primero de los artículos corresponde al año 1934, aunque en su introducción el autor advierte que publica "un trabajo elaborado, en sus líneas generales, hace más de veinte años". En la entrada correspondiente al año 1256 extracta varios diplomas de Alfonso X fechados en el mes de febrero en San Esteban de Gormaz, y en entre ellos el siguiente fechado el día 9:

"San Esteban de Gormaz. Privilegio rodado de Alfonso X a los mercaderes de Benavente sobre daños que recibieron en tiempo de San Fernando. Les otorga mercedes para que no se despueble la villa (en poder de un librero llamado Morales)".

Ballesteros, en realidad, registra dos documentos distintos con el mismo asunto. Por un lado, éste del día 9 de febrero en poder "de un librero llamado Morales" y, a continuación, otro fechado el día 15 con idéntico contenido y que remite a la autoridad de Ledo del Pozo y Fernández Duro. Todo parece indicar que estamos ante un mismo diploma, pero con algún error de datación.

En el Archivo Municipal de Benavente existe alguna memoria sobre este privilegio de Alfonso X. En el legajo 106-14 localizamos un "Inventario del Archivo. Privilegios, rentas reales, arrendamientos de las rentas, etc". Comprende documentos confeccionados en diferentes épocas, pero el que nos interesa ahora data de hacia 1700. Incluye un resumen o extracto de los privilegios reales conservados en aquel momento en el Archivo. Entre ellos encontramos el siguiente registro:

"Por el mesmo rey don Alonso en quince de febrero de 1294 despachó su zédula real estando en San Esteban de Gormaz para que los mercaderes y demás vezinos no paguen repartimiento alguno que se les echase para el serbicio de los reyes, por estar muy deteriorada del tiempo y reinado del rey don Fernando, su padre. Scripta en pergamino".

 

sábado, 25 de diciembre de 2021

"Este servicio que es tanto como una moneda" - Un privilegio de Alfonso X al concejo de Benavente

Privilegio de Alfonso X al concejo de Benavente (1277). AMB

El Archivo Municipal de Benavente conserva en la actualidad dos privilegios reales de Alfonso X. El primero, en orden cronológico, es la concesión en 1254 de una feria franca de 15 días en torno a la Pascua de Resurrección. El segundo, del cual nos ocupamos ahora, data de 1277 y tiene un componente específicamente económico, relacionado con un momento muy concreto de la política fiscal del rey sabio. Además de estos dos pergaminos, el archivo benaventano contó con otros diplomas de este mismo rey. De ellos tenemos noticias a través de otras cartas que hacen referencia directa o indirecta a su contenido. Varios autores citan especialmente un privilegio fechado en San Esteban de Gormaz en 1256, del que tenemos noticia hasta mediados del siglo XX, y que hoy hay que dar por perdido. 

En 1277 Alfonso X convocó unas cortes en Burgos. El cuaderno con sus ordenamientos no se ha conservado, pero varias carta enviadas a los concejos y a otras instituciones certifican la celebración de esta asamblea y recuerdan algunos de los asuntos tratados por los asistentes. El reino atravesaba una delicada coyuntura política y económica. La invasión de los benimerines había obligado a movilizar más efectivos militares hacia las fronteras, y para hacer frente a los cuantiosos gastos se había aprobado tres servicios extraordinarios, dos en 1276 y uno en 1277. En realidad, Alfonso X aspiraba a aprovechar estas circunstancias para modificar sustancialmente las políticas fiscales, convirtiendo estos servicios extraordinarios en ordinarios. El plan era estabilizar una contribución anual, equivalente a una moneda, durante todo el tiempo de su reinado.

Estos nuevos servicios provocaron, lógicamente, grandes reticencias por parte de los concejos. Pero el rey tenía un poderoso as en su manga para presionar en sus negociaciones. De fondo existía una ambiciosa pesquisa real sobre anteriores deudas fiscales no satisfechas y sobre todo tipo de irregularidades cometidas por las villas, los recaudadores y los entregadores. La amenaza de graves sanciones sobrevolaba sobre todo este asunto. En 1276 el rey había arrendado en Vitoria el cobro de estas deudas a diversos prestamistas judíos. Entre ellos estaba don Çag de Maleha, el poderoso almojarife mayor del rey. La puesta en marcha de este mecanismo no solo aseguraba su cobro efectivo, sino que además supondría mayores costes para los pecheros, por el interés de los arrendadores en recuperar las sumas invertidas con los beneficios correspondientes.

Guillermo Castán Lanaspa ha calificado toda esta operación como un auténtico "órdago fiscal". Se trataba de revisarlo todo desde 1261, cuando se convocó la hueste de Niebla. La pesquisa afectaba a la mayor parte de las rentas reales: servicios, fonsaderas, martiniegas, pedidos, etc., pero también a hacer efectivo el pago de multas, penas o "caloñas" establecidas por no acudir a la hueste, sacar cosas vedadas del reino, quebrantamiento de dehesas y cañadas, bienes mostrencos retenidos por particulares, y otros supuestos.

Sobre estos fundamentos, en las cortes de Burgos de 1277 los concejos ofrecieron al monarca un servicio anual "que es tanto como una moneda". La tarifa era equivalente a cinco maravedís y un tercio de la moneda blanca de la guerra: "una moneda de cinco maravedís e tercia de la moneda de la guerra por cada persona que tuviese cuantía de pechar moneda". A cambio, el rey se comprometía a anular las pesquisas arrendadas a los judíos.

En torno al verano de 1277 la cancillería regía expidió toda una seria de cartas relacionadas con el cobro de este servicio dirigidas a los principales concejos: Cuéllar, Riaza, Sigüenza, Alarcón, Salamanca, Ledesma, Cáceres, Ciudad Rodrigo, Alba de Tormes, Oviedo, Benavente, Palencia, Valladolid, Segovia, La Guardia (en Toledo), etc. El tenor de todas ellas muy similar, pero se agrupan por las distinticas divisiones político-administrativas de la Corona.

En el caso de León, su Archivo Municipal conserva tres privilegios reales fechados los días 10, 12 y 14 de junio 1277. El del día 12 es idéntico a la carta benaventana. En el del día 14 Alfonso X exime a los caballeros de León, a las dueñas y a sus hijos de pechar por sus personas en el servicio "que es tanto como una moneda" que prometieron darle la ciudad de León y las otra villas del reino. Por último, en el del día 10 se perdona a los vecinos los pechos y derechos que le adeudan por razón de las dehesas rotas y las cañadas labradas, de las tercias impagadas y de las cuentas de los pechos echados desde el año de hueste de Niebla, con el detalle de diversas condiciones y excepciones. Este privilegio es el más extenso de todos los de la serie y ofrece en su exposición detalles interesantes sobre los antecedentes y las circunstancias de todas estas actuaciones: 

"Fágouos saber que los omnes buenos de uestra villa e de las otras villas del regno de León que uos e ellos enbiastes a mí a Burgos, fabraron conmigo sobre razón de las cuentas que yo mandé tomar de los pechos que yo eché en la tierra del anno de la hueste de Niebla acá [...] Et que vos perdonasse lo passado e que sennaldamientre me lo terniedes en merçet entre todas las otras merçedes que fasta aquí uos fiz e que me seruiríedes por ello en esta guisa: que me dariedes por en toda mi vida cadanno vn seruiçio que fuesse tanto conmo vna moneda e daquí adelantre que guardaríedes los míos derechos en esto e en todo lo al, porque non ouiéssedes a uenir otra uez a esto conmigo".


APÉNDICE DOCUMENTAL


1277, junio, 12, sábado. Burgos.

Privilegio del rey Alfonso X por el que otorga al concejo de Benavente que la moneda que prometieron darle cada año, como servicio, no la tengan por fuero ni costumbre, y que la paguen sólo durante su vida, y no a otro rey que venga después de él.

A. AMB, 1-4. Carta plomada. Orig. Perg., 195 x 225 mm.; minúscula diplomática; en regular estado de conservación; ángulo superior derecho algo roto, borroso y con manchas, pero legible. Falta el sello de plomo que menciona; conserva los hilos en que pendía, rojos y amarillos, en la plica de triple perforación.

ED. Mª D.: GUERRERO LAFUENTE, Historia de la ciudad de Benavente en la Edad Media, Benavente, 1983, p. 425; P. MARTÍNEZ SOPENA, V. AGUADO SEISDEDOS y R. GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Privilegios reales de la villa de Benavente (Siglos XII-XIV), Salamanca, 1996. doc. 4; CIT. J. LEDO DEL POZO, J., Historia de la nobilísima villa de Benavente, con la antigüedad de su ducado, principio de su condado, sucesión y hazañas heroicas de sus condes, Zamora, 1853, p. 196.

Sepan quantos esta carta uieren commo nos, don Alfonso, por la gracia de Dios rey de Castiella, de Leon, de Toledo, de Gallizia, de Seuilla, de Cordoba, de Murcia, de Jahen, e del Algarue, otorgamos al Conçeio de Benauente que este seruiçio que es tanto commo una moneda, que ellos e las otras villas, e los lugares del Regno de Leon, nos prometioron agora de dar cada anno por en toda nuestra uida, que no lo ayan por fuero, nin por costumbre, nin lo dien despues de nuestros dias a otro rey que uenga despues de nos.
E por que esto sea firme e estable, mandamos seellar esta carta con nuestro seello de plomo. Fecha la carta en Burgos, sabado, doze dias andados del mes de Junio, en Era de mill e trezientos e quinze annos. Yo Johan Perez, fijo de Millan Perez, la fiz escreuir por mandado del Rey, en veynt e sex annos que el Rey sobredicho regno. (Abajo a la derecha, tapado por la plica): Garçia Yannes.

lunes, 8 de noviembre de 2021

En torno a los orígenes y la fundación del monasterio de Santa Clara de Benavente

Detalle de la talla de Santa Clara en su monasterio de Benavente 

La historia del monasterio de Santa Clara de Benavente está aún por escribir. Muy poca bibliografía se puede alegar para reconstruir su trayectoria histórica y, en la mayoría de los casos, no pasa de una breve reseña que intenta resumir en unas líneas un pasado de más de siete siglos de existencia. Otras fundaciones monásticas benaventanas, como San Francisco, Santo Domingo, San Bernardo, Sancti Spíritus o San Jerónimo han corrido mejor suerte, y cuentan en la actualidad con referencias en monografías o artículos diversos centrados en aspectos históricos, artísticos y documentales.

La mayoría de los autores coinciden en señalar que nuestro monasterio fue fundado hacia el año 1271, bajo la iniciativa del rey Alfonso X y su mujer doña Violante, en un enclave extramuros de la ciudad no bien identificado. A este respecto, las informaciones son poco rigurosas, y no vienen acompañadas del correspondiente respaldo documental.

El primer autor que se ocupa de este asunto parece ser Francisco Gonzaga en su “Ministro General de toda la Orden de Nuestro Padre Sant Francisco” (edición en castellano de 1583). Sin embargo, sus datos son muy genéricos, y tratadistas posteriores corrigieron y ampliaron sus averiguaciones. A este respecto Jacobo de Castro, en su “Primera parte de el arbol chronologico de la Santa Provincia de Santiago” (Salamanca, 1722) señala lo siguiente:

“Aunque el señor Gonçaga, fundado en una bula de Gregorio Dézimo, señala la fundación de este convento (que primero estuvo fuera de esta villa, cuyo sitio no especifica) al año de 1271, tengo por más probable fuese antes, y uno de los primeros de esta Provincia, y de el qual sacó la religión muchas religiosas para fundadoras de otros conventos. Lo que no tiene duda es averse fundado con limosnas de los fieles, por guardar la primera Regla de Santa Clara, y que al año de 1388 fue trasladado al sitio presente dentro de las murallas de esta villa”.

Las clarisas benaventanas han sabido conservar algunos pergaminos, bulas y documentos significativos de lo que fue su Archivo, pero otra gran parte del mismo parece que se ha perdido. Gracias a la amabilidad de las hermanas he podido revisar en varias ocasiones algunos de estos testimonios. De consulta obligada es su llamado "Libro Becerro", cuyo título completo es "Libro Becerro, o ynventario general de todas las escrituras antiguas y modernas en pergamino y en papel que se hallan en Archivo de este Real Convento de N. M.. Santa Clara de la Villa de Benavente". El manuscrito fue compuesto en el año 1797, siendo abadesa sor Manuela Victoria González de Rivera.

En el Libro Becerro no existe registro de una carta propiamente fundacional, pero sí hay constancia de varios documentos próximos a los momentos iniciales de la historia del monasterio. El más antiguo es la bula mencionada anteriormente de Gregorio X. Su entrada es la siguiente:

"Una bula de Gregorio X por la que toma a este convento de Santa Clara de Benavente, y sus monjas, baxo la protección de la Silla Apostólica y las confirma en la posessión de los bienes y rentas que tenían, tienen y tengan en lo succesivo justamente adquiridos. Dada en Civitavechia en 24 de febrero de 1271, primero de su pontificado".

Una primera dificultad encontramos con la fecha de esta bula, pues si bien es cierto que Gregorio X comienza su pontificado en el año 1271, su elección no tuvo lugar hasta el día 1 de septiembre. Por tanto, debe existir alguna mala lectura de la data y se deba retrasar al año 1272. En todo caso, el documento papal nos presenta una comunidad monástica ya establecida en Benavente en torno a 1271-1272, con un patrimonio que ahora se ratifica y se dota de especial protección.

Respecto a la participación de Alfonso X o de su mujer, doña Violante, en la fundación del monasterio el Libro Becerro no recoge ningún diploma de este monarca, pero varios autores insisten en recoger una tradición fuertemente arraigada en este sentido. Según Ledo del Pozo, "en 1271 se concluyó el convento de monjas de esta villa, bastante capaz para contener sesenta monjas; en el mismo año Gregorio X despachó su bula de confirmación, y Alfonso el Sabio un privilegio en que consta el número de fundadores, tiempo de su fundación, y cuántas fueron las primitivas religiosas que le ocuparon. El citado rey y su muger doña Violante le tomaron bajo su protección, y agradecidas sus monjas les aclamaron por patronos".

Sea como fuere, esta primera fundación se hizo extramuros de la villa, en un emplazamiento que hoy es difícil de localizar con precisión. No obstante, contamos con algunas referencias espaciales para darle una situación aproximada y el nombre de un pago sumamente revelador: "Santa Clara la vieja". Hacia 1388 se produjo el traslado de la comunidad de clarisas a unos nuevos solares dentro de las murallas de la villa. El cambio no fue inmediato, llevó varios años su materialización, principalmente por las dificultades económicas y el retraso de las obras de construcción del nuevo convento.

En 1397 se formaliza una escritura de fuero de unas casas en Castrogonzalo "estando juntas las monjas capitularmente en unas casas a la calle de la Rúa, en donde vivieron mientras duró la fábrica de su nuevo convento".

En 1404 la abadesa establecía un convenio con Pedro Vélez, carpintero vecino de Benavente, "para trasladar la piedra, maderas y demás materiales del convento antiguo que estaba arruinado fuera de la villa, al nuevo que existe dentro de los muros de ella, y le dio por su trabajo mil doscientos maravedís, una carga de trigo y dos cántaras de vino".

En el libro Becerro de Alonso Pimentel, III conde Benavente, compuesto hacia 1448, se registra una tierra "que llaman dol Hoyo que yase a Santa Clara la vieja, que ha por términos de la una parte tierra de Moreruela e de la otra parte el sendero que va par della".

lunes, 1 de noviembre de 2021

"Porque nos fizieron entender que la villa era muy despoblada" - Un privilegio de Sancho IV al concejo de Benavente (1285)

Privilegio de Sancho IV al concejo de Benavente (1285). Archivo Municipal

Los últimos años del siglo XIII fueron particularmente negativos para Benavente y su tierra. A una coyuntura económica depresiva general que caracteriza la segunda mitad de la centuria en el reino de Castilla, hay que añadir otras circunstancias desfavorables que afectaron especialmente a la villa. Diversas fuentes nos informan cómo la ciudad se vio involucrada de una forma directa en el enfrentamiento entre el rey Alfonso X y su hijo, el infante don Sancho, por la cuestión sucesoria. Según nos refiere Ledo del Pozo, el infante negoció con el concejo la adhesión de la villa a su causa, obteniendo en principio una respuesta positiva, pero todo apunta a que su apoyo debió suponer un notable esfuerzo fiscal y militar.

En este contexto, el privilegio otorgado por el rey en 1285, pocos meses después de llegar al trono, venía a recompensar a la ciudad por los servicios prestados, intentando, a la vez, poner remedio a la grave situación por la que atravesaba: "Por fazer bien e merced al conceio de Benauent, e porque nos fizieron entender que la villa era muy despoblada, e porque se pueble meior, e ellos sean mas ricos e mas abondados". La iniciativa real se centró en una reducción de la carga impositiva, en particular "en los pedidos e en los enprestidos e en los seruicios e en los donadios e en las fonsaderas e en los fonsados e en todas las facenderas, tan bien de abenencia como de martiniega e de moneda forera".

Los nuevos pobladores obtenían así una merma apreciable de la fiscalidad regia, "tres a un fuero", viendo reducida su contribución a la tercera parte, pero disfrutando de los bienes comunales (pastos, aguas, montes, fuentes, etc) en las mismas condiciones que el resto de los vecinos. Para evitar que la llegada de nuevos pobladores pudiera suponer una merma de los ingresos de la monarquía, Sancho IV especifica que estos nuevos vecinos deben de provenir de heredades de abadengo, señorío u órdenes militares, pero no del realengo.

Signo rodado del privilegio de Sancho IV al concejo de Benavente

APÉNDICE DOCUMENTAL 


1285, mayo, 24, jueves. Toledo.

Privilegio de Sancho IV al concejo de Benavente por el que concede diversas exenciones a todas aquellas personas que quisieran poblar la villa.

Archivo Municipal de Benavente, leg. 1-5.
Pergamino original. 560 x 450 mm. Signo rodado policromado. Leyenda: + SIGNO DEL REY DON SANCHO. En el exterior: + :DON :PER :ALVAREZ :MAYORDOMO :DEL :REY: CONFIRMA: DIAGO :DE :HARO :ALFEREZ :DEL :REY :CONFIRMA.

ED. D. GUERRERO LAFUENTE, Historia de Benavente en la Edad Media, Benavente, 1983, p. 429-431; P. MARTÍNEZ SOPENA, V. AGUADO SEISDEDOS y R. GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Privilegios reales de la villa de Benavente (Siglos XII-XIV), Salamanca, 1996, pp. 24 y 79-80.

(Crismón policromado) En el nombre de Dios, que es Padre e Fijo e Spiritu Sancto: que son tres personas e un Dios, que bive e regna por siempre iamas; e de la bien auenturada Uirgen gloriosa santa Maria su madre, e a onra e a seruicio de todos los santos de la corte [celestial]. Se[pan qº...] por este nuestro priuilegio todos los omes que agora son e seran daqui ade- /2  lantrie commo nos don SANCHO (en blanco sobre fondo rojo) por la gracia de Dios Rey de Castilla, de Toledo, de Leon, de Gallizia, de Seuilla, de Cordoua, de Murcia, de Jahen e del Algarbe. En uno con la Reyna donna MARIA (en blanco sobre fondo azul), mi mugier, e con la Infante donna Ysabel, nuestra fija primera e heredera. Por fazer bien /3 e merced al Conceio de Benauent, e porque nos fizieron entender que la villa era muy despoblada, e porque se pueble meior, e ellos sean mas ricos e mas abondados. Tenemos por bien e mandamos que todos aquellos que uinieren poblar a la villa de Benauent, de la tierra de las ordenes, o de los abadengos, o de los Ricos /4 omes, o de otros Regnos, o de otros logares quales quier que non sean nuestros pecheros, que uengan saluos e seguros; e en los pechos que nos ouieren ý a dar, e en los pedidos, e en los enprestidos, e en los seruicios, e en los donadios, e en las fonsaderas, e en los fonsados, e en todas las facenderas, tan bien de abenencia como de /5 martiniega, como de moneda forera, que fagan tres un fuero, e lo que auria uno ome a pechar que lo pechen tres dellos. E si el Conceio de Benauent, o omes contados, ouieren de yr en hueste, que uaya uno dellos por tres. E mandamos que ayan parte en pastos, en aguas, en montes, en fuentes, e en todas las franquezas e libertades que han/6 el Conceio de Benauent e deuen auer. E ninguno sea osado de los prendar, nin de los tomar ninguna cosa de lo suyo, si non fuere por los pechos que nos ouieren a dar, o por su debda conosçuda, o por fiadura que ellos mismos ayan fecho. E defendemos que ninguno non sea osado de yr contra este priuilegio para quebrantarlo nin para min- /7 guarlo en ninguna cosa. Ca qual quier que lo fiziese aurie nuestra ira, e pechar nos ýe en coto mill maravedis de la moneda nueua, e al Conceio de Benauent, e a los que uinieren ý poblar, o a quien su boz touiese, todo el danno doblado. E por que esto sea firme e estable, mandamos seellar este priuilegio con nuestro seello de plomo. Fecho en /8  Toledo, yueues veynt e quatro dias andados de Mayo. Era de mill e ccc e veynt e tres annos. E nos, el sobredicho Rey don SANCHO (blanco sobre rojo) Regnant en uno con la Reyna donna MARIA (blanco sobre azul), mi mugier, e con la Infante donna Ysabel, nuestra fija primera e heredera en Castilla, en Toledo, en Leon, en Gallizia, en Seui- /9 lla, en Cordoua, en Murcia, en Jahen, en Baeça, en Badalloz, e en el Algarbe, otorgamos este priuilegio e confirmamoslo.

...El...infante don Johan...arzobispo de Toledo, primado de las (Españas) canciller (del Rey ?), qonfirma.

(A cada lado del sello rodado hay dos columnas de confirmantes con la sigla de confirmante (q) cada uno y una f alargada, común a los de cada columna, en rojo o en azul).

Izquierda, 1ª columna: Don Mahomat Aboabdillo Rey de Granada e vasallo del Rey, qonfirma. Don Johan Alfonso, obispo de Palencia e chanciller del Rey,  q. Don frey Fernando, obispo de Burgos. q. Don Martin, obispo de Calahorra e Notario en el Andaluzia, q. La eglesia de Siguença vaga. Don Agostin, obispo de Osma, q. Don Rodrigo, obispo de Segouia, q. La eglesia de Auila vaga. Don Gonzalo, obispo de Cuenca, q. La eglesia de Plazencia vaga. Don Diago, obispo de Cartagena, q. La eglesia de Jahen vaga. Don Pascual, obispo de Cordoua, q. Maestre Suero, obispo de Cadiz, q. La eglesia de Aluarrazin vaga. Don Roy Perez, Maestre de Calatraua, q. Don Ferrando Perez, prior del Hospital, q. Don Gomez Garcia, comendador mayor del Temple, q.

Izquierda, 2ª columna: Don Johan, fijo del Infante don Manuel, q. Don Lope q. Don Diago q. Don Aluar Nunnez q. Don Alfonso, fijo del Infante de Molina, q. Don Johan Alfonso de Haro q. Don Diago Lopez de Salzedo q. Don Ferrando Perez de Guzman q. Don Pero Diaz de Castanneda q. Don Martin Diaz, so hermano, q. Don Vela q. Don Roy Gil de Villalobos q. Don Gomez Gil, so hermano, q. Don Yenengo de Medoça q. Don Roy Diaz de Finoiosa q. Don Diago Martinez de Finoiosa q. Don Gonzalo Gomez Maçanedo q. Don Rodrigo Rodriguez Malrrique q. Don Diago Fronnaz q. Don Gonzalo Yuannez d́Auinnal q. Don Per Anrriquez de Harana q. Don Sancho Martinez de Leyua, merino mayor en Castilla, q. Don Garci Jofre, adelantado mayor en el Regno de Murcia, q.

Derecha, 1ª columna: Don Raimundo, arzobispo de Seuilla, q. Don Martin, Obispo de Leon, q. La eglesia de Ouiedo vaga. Don Martin, obispo de Astorga, q. Don Suero, obispo de Çamora, q. La eglesia de Salamanca vaga La eglesia de Cibdad [Rodrigo] vaga. Don Alfonso, obispo de Coria e chanceller de (la reina ?) q. Don Gil, obispo de Badaioz, e notario de la camara del Rey,  q. Don frey Bartolomeu, obispo de Silues, q. Don Munno, obispo de Mondennedo, q. Don frey Arias, obispo de Lugo, q. La eglesia de Orens  vaga. La eglesia de Tuy vaga. Don Pero Nunnez, maestre de la caualleria de Sanctiago, q. Don Ferrando Paez, maestre de Alcantara, q.

Derecha, 2ª columna: La eglesia de Santiago vaga. Don Sancho, fijo del Infante don Pero, q. Don Esteuan Ferrandez pertiguero mayor en tierra de Santiago q. Don Ferrando Perez Ponz q. Don Johan Ferrandez de Limia q. Don Gutier Suarez q. Don Johan Alfonso d́Albaquerque q. Don Ramir Diaz q. Don Ferrando Rodriguez de Cabrera q. Don Aluar Diaz q. Don Ferrando Ferrandez de Linmia q. Don Gonzalo Yuannez q. Don Johan Ferrandez, merino mayor en el Regno de Gallizia, q. Esteuan Nunnez, merino mayor en tierra de Leon, q.

Debajo del sello rodado: Don Ferrando Perez, electo de Siguença e Notario en el Regno de Castilla, q. Don Gomez Garcia, abat de Valladolit e Notario en el Regno de Leon, q. Don Martin, obispo de Calahorra e Notario en el Andaluzia, q. Don Pay Gomez, almirante de la mar, q. Roy Paez, Justicia de la casa del Rey, q. Yo, Roy Martinez, le fiz escreuir por mandado del Rey en el anno segundo que el Rey sobredicho regno.

(Al pie, firmado): Johan Martines

miércoles, 22 de septiembre de 2021

Vinos y viñedos en el concejo de Benavente - Un privilegio del rey Alfonso XI

Privilegio de Alfonso XI al Concejo de Benavente sobre el vino (Archivo Municipal)

El cultivo de la vid en la región de Benavente y los Valles debe tener un origen antiquísimo, estando atestiguado, al menos, desde la época de la colonización altomedieval. Ya en el siglo X son frecuentes las cartas de compra, venta, donación, permuta, etc., en las que el objeto de la transacción son viñas, bien de forma aislada, o bien formando parte de unidades de explotación más amplias, las heredades.

El privilegio otorgado por Alfonso XI en 1338 al concejo de Benavente pone de manifiesto, en primer lugar, una situación de autoabastecimiento en relación con la producción de vinos. Según informaba Alfonso Yáñez, vecino de la ciudad y canciller del infante don Enrique, en la villa había grant pieça de vinnas e abondamiento de vino de uuestra cogecha para todo el anno.

Con este panorama, el concejo intentó a toda costa evitar la competencia de los caldos foráneos, elaborando unas ordenanzas proteccionistas en las que se prohibía la entrada del denominado vino de acarreo. Se fijaban también unas fechas límite para poder encubar el mosto autóctono en las bodegas de la villa. El plazo comprendía desde el día de la vendimia hasta la festividad de San Andrés. No contentos con estas disposiciones, o más bien buscando una mayor rotundidad y efectividad de las mismas, los vecinos de Benavente acudieron a Alfonso XI para solicitar su confirmación, adquiriendo de esta forma el carácter de privilegio real.

Sin embargo, estas ordenanzas, así como otras disposiciones posteriores relacionadas con la protección del viñedo, no debieron ser suficientes para evitar la presencia de vinos de otras regiones en la villa. Su condición de centro de intercambios de comarcas de diversa orientación económica debió favorecer la afluencia de caldos de diversa procedencia. Por otra parte, la observancia de las disposiciones concejiles pasaba por un férreo control de los accesos a la ciudad, y en particular una rigurosa vigilancia de la muralla y sus diferentes puertas.

En todo caso, este control no fue siempre fácil, pues la picaresca estaba a la orden del día. Unas ordenanzas del siglo XV sobre el llamado vino de fuera aparte ponen de manifiesto la existencia de un floreciente comercio clandestino de vino, que utilizaba los arrabales y despoblados cercanos a la villa como base de operaciones.

Para acabar de complicar la situación, la llegada de los Pimentel al señorío de la villa a partir de 1398 vino a suponer un nuevo agravio para la actividad vitivinícola benaventana, al menos en un principio. En un memorial enviado por el concejo en 1400 a Enrique III, los vecinos se quejaban de que el conde Juan Alfonso Pimentel mientras el su vino se vende manda a los pregoneros de la villa que non apregonen otro vino commo el suyo, por lo qual rresçiben muy grande agravio, e lo vno por los non dar lugar para vender su vino, el otro por lo vender mucho mas caro.


APÉNDICE DOCUMENTAL


1338, septiembre, 10. Guadalajara.

Alfonso XI confirma las ordenanzas del concejo de Benavente por las que se prohíbe la entrada de vino de acarreo en la villa.

A. AMB, leg. 1,11. Perg. orig. de 357 x 274mm. En buen estado de conservación. Conserva sello de plomo pendiente de Alfonso XI con hilos de seda. Anverso: figura ecuestre con escudo y espada en las manos, caballo con gualdrapas. Reverso: figura real sedente con cetro en la mano derecha y bola del mundo en la izquierda, levantada. En el respaldo del escaño, dos leones y dos castillos en la forma cuartelada usual. En ambas caras, en torno, la leyenda: SIGILUM:ALDEFONSI:ILLVSTRIS:REGIS:CASTELLE:ET:LEGIONIS.

B. AMB, leg. 108-3, fol. 31v.-32v. Copia del siglo XVI en papel correspondiente a un libro de 97 ff. de 313 x 224 mm.

C. AMB, leg. 108,3, fol. 32v-34v. Inserto en carta de confirmación de Juan II de 1408. Copia del siglo XVI en papel correspondiente a un libro de 97 ff. de 313 x 224 mm.

ED. P. MARTÍNEZ SOPENA, V. AGUADO SEISDEDOS y R. GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Privilegios reales de la villa de Benavente (Siglos XII-XIV), Salamanca, 1996, pp. 48-49 y 90.

Sepan quantos esta carta vierem commo nos don Alfonso por la gracia de Dios rrey de Castiella, de Leon, de Toledo, de Galli /2 zia, de Seuilla, de Cordoua, de Murçia, de Jahen, del Algarbe e Sennor de Molina.
Por rrazon que uos el conçeio de Benauente /3 nos enbiastes uuestras cartas que nos mostro Alfonso Yannez de Noelle, uuestro vezino e chançeller de don Enrrique nuestro fijo, en que nos /4 enbiastes dezir que uos entendiedes que era nuestro seruiçio e pro comunal de todos los vezinos e moradores que eran y en esa nuestra /5 villa, que fiziestes ordenamiento e postura entre uos que non entrase y en la villa vino de acarreo de ninguna parte, por quanto auia y /6 grant pieça de vinnas e abondamiento de vino de uuestra cogecha para todo el anno.
E qualquier o qualesquier vezinos et moradoes de y /7 de Benauente que y quesiesen encubar mosto ho vino, que lo metiesen desde el dia que començasen a vendimiar fasta el dia de /8 Sant Andres, e non dende adelante en ese anno en quanto durase el uuestro vino de uuestra cogecha, segunt que en el dicho ordenamiento e postu /9 ra se contiene. E sobresto que posiestes pena sobre qualquier que contra esto fuese ho pasase.
E que nos enbiauan de pedir merçet que /10 uos otorgasemos este dicho ordenamiento e postura que auedes fecho, en la manera que dicho es, e que valiese e fuese firme para si /11 enpre iamas. E nos por que entendemos que es esto nuestro seruiçio e pro e guarda de uosotros, e por que nos lo pedio por merçet /12 el dicho Alfonso Yannez por uos, tenemoslo por bien, e confirmamos uos el dicho ordenamiento e postura que fiziestes en rra /13 zon del dicho vino commo dicho es, e mandamos que vala e sea firme para sienpre iamas, e defendemos firmemiente que /14 ninguno non sea osado de uos yr nin de pasar contra ello, so la pena e postura que uos auedes puesto en el dicho ordena /15 miento.
E sobresto mandamos al juez e a los alcalldes de y de Benauente que agora son o seran daqui adelante, ho a qualquier /16 dellos que esta nuestra carta vieren, o el trasllado della signado de escriuano publico que fagan tener e guardar e conplir el /17 dicho ordenamiento e postura que auedes fecho commo dicho es, e que non consientan a ninguno que pase contra ello, nin contra nin /18 guna de las cosas que se en el contien, en ningun tienpo por ninguna manera. E si alguno ho algunos y ouiere que contra /19 ello quiseren yr ho pasar, que le prenden por la dicha pena que en el dicho ordenamiento e postura se contien, e los /20 vnos nin los otros non fagades ende al so pena de la nuestra merçet.
E desto uos mandamos dar esta carta seellada /21 con nuestro seello de plomo. Dada en Guadalhaiara diez dias de setenbre. Era de mill e trezientos /22 e setenta e seys annos. (signo) Yo Sancho Ferrandez la fiz escreuir por mandado del rrey (signo) / Gil Fernandez (signo), Alvar Diaz, vista (signo) Juan Estebanez (signo) / Diego Gonzalez (signo).