tag:blogger.com,1999:blog-71097601108693604132024-03-18T23:40:43.562+01:00Más Vale VolandoHistoria y patrimonio por el Condado de BenaventeRafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.comBlogger211125tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-87615652308245884762024-03-15T10:05:00.034+01:002024-03-17T01:02:31.556+01:00 Antonio de Diguja Vega y Quiñones, alcaide de la fortaleza de Benavente en 1670<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi1wLuz_ruc3Px09wxVjE2Ij63QSN5_W_xl-3kDaxq_sR_TGDa31pcDcIci42wnJffLl4HskrWMuylmvyDzeivIdwiV4n4A6bkLIoEnLkZ5fh01ioeW_Z8Gvxaxvs2nNrraQX83Tnc4N0z4Cmu800SDS8m4Mx0mdTRUsWM0RnHn3NGPw_b7BfNRMRyBpGg/s1920/Ceremonia%20del%20homenaje,%20seg%C3%BAn%20una%20miniatura%20francesa%20del%20siglo%20XIII%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi1wLuz_ruc3Px09wxVjE2Ij63QSN5_W_xl-3kDaxq_sR_TGDa31pcDcIci42wnJffLl4HskrWMuylmvyDzeivIdwiV4n4A6bkLIoEnLkZ5fh01ioeW_Z8Gvxaxvs2nNrraQX83Tnc4N0z4Cmu800SDS8m4Mx0mdTRUsWM0RnHn3NGPw_b7BfNRMRyBpGg/w400-h275/Ceremonia%20del%20homenaje,%20seg%C3%BAn%20una%20miniatura%20francesa%20del%20siglo%20XIII%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Ceremonia del homenaje, según una miniatura francesa del siglo XIII</td></tr></tbody></table><p style="text-align: left;"><br /></p><p style="text-align: center;"><b>1</b></p><p style="text-align: justify;">1670, diciembre, 30. Benavente.</p><p style="text-align: justify;"><i>Título y merced de Antonio Alfonso Pimentel, conde-duque de Benavente, nombrando alcaide de la fortaleza de Benavente a Antonio de Diguja Vega y Quiñones.</i></p><p></p><div style="text-align: justify;">Archivo Histórico de la Nobleza, <i>Osuna</i>, C.435, D. 53.</div><div style="text-align: justify;">Traslado de 1671, hecho ante el escribano público Juan Álvarez.</div><p></p><p></p><div style="text-align: justify;">Don Antonio Alfonso Pimentel de Herrera Ponce de León y Belasco, conde duque de Venavente, señor de la cassa de Herrera, gentil hombre de la cámara de su Magestad e capitán de las guardas viejas de Castilla, etc. Por quanto es neçesario probeher el ofiçio e cargo de alcaide de fortaleza de esta mi villa de Venavente, para que sea guardada y defendida y no entregada sin horden mía, por la satisfaçión que tengo de bos, don Antonio de Diguja Bega y Quiñones y de buestra calidad y partes que hazeis y cumplereis lo que a mi serviçio combenga en esto y en todo sin que aya caussa ni respeto de haçer lo contrario, y por otras que a ello me mueben, tengo por bien de haçeros merçed del dicho ofiçio y cargo de alcaide de la dicha mi fortaleça por el tiempo de mi boluntad, y mando que después de aber hecho pleito omenaje de que como cavallero hijodalgo guardareis sino a quien por mi os fuere mandado se os dé la posesión y entreguen las llaves y armas que hubiere en ella y se os paguen los gajes que por tal alcaide os competen, así como los an llebado buestros anteçesores, presentando este mi título y merçed en mí contaduría mayor para que desde el día de su presentaçión se os asienten los gajes y se tome la raçón y a sus tiempos se os libren los maravedís que montaren dichos gajes, que para todo ello mandé despachar la presente firmada de mi mano sellada con el sello de mis armas y refrendada de mi secretario.</div><div style="text-align: justify;">Dada en en mi villa de Benavente a treinta días del mes de diçiembre de mill y seisçientos y setenta años. El conde de Venavente. Por mandado del conde mi señor, Domingo de Ascargorta.</div><p></p><p></p><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: center;"><b>2</b></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">1670, diciembre, 31. Benavente.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><i>Acta del juramento de pleito homenaje de Antonio de Diguja Vega y Quiñones, por el que toma posesión del oficio de alcaide de la fortaleza de Benavente.</i></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Archivo Histórico de la Nobleza, <i>Osuna</i>, C.435, D. 54.</div><div style="text-align: justify;">Traslado de 1671, hecho ante el escribano público Juan Álvarez.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">En la villa de Benavente, a treinta y un días del mes de diçiembre de mill y seisçientos y setenta años, estando en los alcáçares y fortaleça de ella que son del excelentísimo señor conde duque de Venavente, terçero de este nombre y undéçimo señor de la dicha villa, y en la torre del homenaje de dichos alcáçares don Antonio de Diguja Vega y Quiñones en mi presencia y de los testigos que se dirán, exsibió un título que dicho excelentísimo señor despachó a su favor, firmado de su mano y refrendado de Domingo de Ascargorta, su secretario, por el qual pareçe le hiço merçed de la alcaidía de dichos alcáçares para haçer el juramento y pleito omenaje que conforme a leyes de estos reynos tiene ovligaçión haçer, estando presente el señor frey don Manuel de Tordesillas y Çepeda, cavallero professo de la Horden de San Juan, el qual abriendo las palmas de sus manos, metiendo en ellas el dicho don Antonio de Diguja las suyas, el dicho don Manuel de Tordesillas le dijo y requirió como cavallero hijodalgo al dicho don Antonio de Diguja si como caballero hijodalgo, que también es, juraba a Dios y a una cruz tal como esta +, y prometía por los Santos Evanjelios, donde más cumplidamente estubiesen escriptos, de tener la dicha fortaleça, alto y bajo de ella, a horden y mandado de dicho excelentísimo señor conde duque de Venavente, con todo lo que çierran las puertas, murallas de la dicha fortaleça, y de no la entregar, ni parte alguna de ella, en paz ni en guerra, ni recivir a persona alguna si no es con horden de dicho señor, y abiendo entendido la proposiçión, dijo que así lo juraba y prometía, y açía pleito omenaje como cauallero hijodalgo, pena de no faltar al dicho juramento y de yncurrir, si faltase a él, en la nota e ynfamia en que cayen e yncurren los cavalleros hijosdalgo que no cumplen con las ovligaciones del juramento y pleito omenaje que haçen, y teniendo todabía las manos juntas con las del dicho don Manuel de Tordesillas, le bolvió a requerir sigunda y terçera bez si açía y confirmaba el dicho pleito omenaje como lo avía hecho la primera, y respondió al dicho don Antonio de Diguja que de nuevo sigunda y terçera bez retificando el primer juramento le açía y le juraba con las mesmas fuerças y firmeças, y que si otras fuesen neçesarias las avía por presentes, y conforme a ellas y lo jurado bolvía azer el dicho juramento, y abiéndole reçivido el dicho señor frey don Manuel de Tordesillas y encargadole su cumplimiento conforme es su ovligaçión, así por cavallero como por la ovligaçión de christiano, tomó las llaves de los dichos alcáçares de mano de Alonso Cavada, portero, en cuyo poder estaban y se las entregó de su mano al dicho don Antonio de Diguja, el qual husando el ofiçio de alcaide mandó salir de la dicha fortaleça y torre del omenaje a todos los que estávamos dentro de ella, y çerró las puertas de la dicha torre, y bajó a las primeras y sigundas de los dichos alcáçarez, y las çerró quedándose dentro en señal de la posesión que tomaba, y abiendo buelto abrir las dichas puertas, y tomando de mano del dicho don Manuel de Tordesillas el título orijinal de la dicha merçed me lo entregó a mí el presente esribano para que le diesse por testimonio todo lo refererido, y a su pedimiento doy el presente dicho día, mes y año, siendo testigos Juan Antonio Silbestre, regidor perpetuo de esta villa y contador mayor de estos estados, Gabriel López de Olibares, ayuda de cámara de su excelencia y y Juan Ramos, beçino de esta villa, a todos los quales doy fe e conozco, y los dichos señores fray don Manuel de Tordesillas y don Antonio de Diguja Bega e Quñones lo firmaron de sus nombres a quien assí mismo doy fe e conozco. Frey don Manuel de Tordesillas; don Antonio Diguja Vega y Quiñones. Passó ante mí, Juan Ávarez escrivano.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj21_KDMMgBltocmUw0hnSE4tGl-2GNL1AVvm4peHeUCwGGu9UPMcRpTV9bAjhWY23FPG5audMiP6oQcmjmvYPkCoupnuSSiQ-VVuiDD09dEbGW9dkqUENSlAsi67XKjX9SNqGX66LfY1Tc2OrYFLkGkFyQjt10tmlnO29CjukKJ6yQhVOuv35EJDAS3vQ/s1920/Torre%20y%20Cuestos%20del%20Castillo%20de%20Benavente%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1350" data-original-width="1920" height="281" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj21_KDMMgBltocmUw0hnSE4tGl-2GNL1AVvm4peHeUCwGGu9UPMcRpTV9bAjhWY23FPG5audMiP6oQcmjmvYPkCoupnuSSiQ-VVuiDD09dEbGW9dkqUENSlAsi67XKjX9SNqGX66LfY1Tc2OrYFLkGkFyQjt10tmlnO29CjukKJ6yQhVOuv35EJDAS3vQ/w400-h281/Torre%20y%20Cuestos%20del%20Castillo%20de%20Benavente%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Torreón del Caracol y Cuestos del Castillo. A la izquierda se aprecian los restos de la antigua Torre del Homenaje, reaprovechada como depósito de agua para suministro de la ciudad (Foto Testera)</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-83645512912279535872024-03-13T16:23:00.007+01:002024-03-14T16:34:55.038+01:00Pro anima mea - La donación de Rodrigo Pérez al monasterio de Oseira de su heredad en Saludes de Castroponce en 1214<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgPLXS9F4dCA1aDXzfLYYYDc0zE2PJ7eZ5xQojhpGSSNIgOC_J9IEkXbctC8ITUSACjooCKq1cCDWFJJz-eNx2Zz2kse04_mesYmzoaXapWyeBep-XacnBcf0bgATj00YdC96aFG1lokVphnk4w5Xa-IIpYK5ZdnTmCsOumh0ItKnFL7cOLjtAo-viYbi8/s1920/1214%20Donaci%C3%B3n%20a%20Oseira%20en%20Saludes%20de%20Castroponce%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1350" data-original-width="1920" height="281" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgPLXS9F4dCA1aDXzfLYYYDc0zE2PJ7eZ5xQojhpGSSNIgOC_J9IEkXbctC8ITUSACjooCKq1cCDWFJJz-eNx2Zz2kse04_mesYmzoaXapWyeBep-XacnBcf0bgATj00YdC96aFG1lokVphnk4w5Xa-IIpYK5ZdnTmCsOumh0ItKnFL7cOLjtAo-viYbi8/w400-h281/1214%20Donaci%C3%B3n%20a%20Oseira%20en%20Saludes%20de%20Castroponce%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">1214. Donación Rodrigo Pérez de su heredad en Saludes (Archivo Histórico Nacional)</td></tr></tbody></table><p style="text-align: justify;">1214, septiembre. Valdenebro.</p><p style="text-align: justify;"><i>Rodrigo Pérez dona al monasterio de Santa María de Oseira toda la heredad que tiene en la villa de Saludes, con la condición de que el monasterio la redima de Raimundo del Podio, de Benavente, a quien se la tiene empeñada.</i></p><p></p><div style="text-align: justify;">AHN, <i>Clero</i>, Oseira, carp. 1513-4 y 1531-1. Orig. Perg.; 300 x 210 mm.; escrit. carolina.</div><div style="text-align: justify;">ED. M. ROMANI MARTÍNEZ, <i>Colección Diplomática do mosteiro cisterciense de Santa María de Oseira (Ourense) 1025-1310</i>, Santiago de Compostela, Vol I, 1989, pp. 162-163.</div><p></p><p></p>In nomine sancte et individue Trinitatis. Notum sit tam presentibus quam futuris quod ego Rodericus Petri do et concedo pro anima mea monasterio Sancte Marie de Vrsaria totam hereditatem et quicquid habeo uel habere debeo in uilla que dicitur Saludes in perpetuum. Mando tamen quod ipsum monasterium redimat predictam hereditatem a Raimundo del Poio de Benauent qui eam tenet a me inpignore.<br />Facta carta apud Vallen de Enebro, era Mª CCª Lª II mense [septen]bri. Regnante Legione rege dompno Alfonso. Petro archiepiscopo compostellano existente.<br /><i>(1ª col.)</i> Petro Astoricensi.- Iohannes Ovetensi.- Roderico Legionensi.- Fernando Auriensi.- Ruderico Lucensi episcopis.<br /><i>(2ª col.)</i> Testes huius donationis sunt: Ruderico magister de Calatraua.- Fratres eiusdem [...] Martinus Fernandi.- G. Martini.- Fernandus [...] G. de Ebora.- G. Roderici.- P. Roderici.- Fernanduus (...] de Regalia, milites [...] eius Fernandus.- Fernandus.- Fernandus Cer-[...]<br />Fernandus Alfonsi.- Martinus Asturianus.- Guillelmus [...]. Bartolomeus [...] qui scripsit.<p></p>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-75687416501021461682024-03-09T10:46:00.019+01:002024-03-10T10:13:25.158+01:00Pro remedium animarum nostrarum - La donación de Constanza Osorio de la villa de Maire de Castroponce al monasterio de Oseira en 1183<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjbEXFsko8vChyphenhyphenJoyGgW-DpK7ifNyFp7ZHAJY9hX7pvD7AHuMEk0gYhveIl_ZOiDCOh5I2QWQQ4loTNtLUhTyYpCKjMt2b0p1PHSemNq-ayS33SK7XzwCOmPJDAratnmUZKVtgohFWRsWPHQpkbSIqhlkUjGsYoQmc5O0T2fX16ZV7QsgcUSHjYKssMy2Y/s1920/1183%20Donaci%C3%B3n%20de%20la%20villa%20de%20Maire%20al%20monasterio%20de%20Oseira%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1377" data-original-width="1920" height="288" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjbEXFsko8vChyphenhyphenJoyGgW-DpK7ifNyFp7ZHAJY9hX7pvD7AHuMEk0gYhveIl_ZOiDCOh5I2QWQQ4loTNtLUhTyYpCKjMt2b0p1PHSemNq-ayS33SK7XzwCOmPJDAratnmUZKVtgohFWRsWPHQpkbSIqhlkUjGsYoQmc5O0T2fX16ZV7QsgcUSHjYKssMy2Y/w400-h288/1183%20Donaci%C3%B3n%20de%20la%20villa%20de%20Maire%20al%20monasterio%20de%20Oseira%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">1183. Donación de Constanza Osorio de la cuarta parte de la villa de Maire (Archivo Histórico Nacional)</td></tr></tbody></table><p><span style="text-align: justify;">1183, enero, 27.</span></p><p style="text-align: justify;"><i>Constanza Osorio y su hijo, Rodrigo Pérez, donan al monasterio de Santa María de Oseira la cuarta parte de la villa de Marín (Maire de Castroponce), en el término de Benavente, junto al río Órbigo.</i></p><p style="text-align: justify;">AHN, <i>Clero</i>, Oseira, carp. 1510-19 y 1531-1. (Dos partes, rotas, de un mismo documento que habían sido signadas independientes). Orig. Perg.; 400 x 370 mm.; escrit. carolina.<br />ED. M. ROMANI MARTÍNEZ, C<i>olección Diplomática do mosteiro cisterciense de Santa María de Oseira (Ourense) 1025-1310</i>, Santiago de Compostela, Vol I, 1989, pp. 79-80.</p><p style="text-align: justify;"><i>(Christus)</i> In Dei nomine. Ego Constancia Ozorez et filius meus Rodericus Petri, facimus kartam donacionis monasterio Sancte Marie de Ossarie et abbas Garcia Petri et conuentum, dabimus hereditatem quam habemus in uilla que uocitant Marin, scilicet quartam partem uille, quantum ad nobis pertienet, uel debet pertinere, dabimus pro Dei amore, et pro remedium animarum nostrarum et parentum nostrorum. Damus et concedimus et octoritate facimus et accepimus pro inde roboracione unas luuas. Ita de hodie uel tempore sit illa hereditas de iuri nostro abrasa uestrique dominio sit tradita atque confirmata. Faciatis ex illa que uestra fuerit uoluntas in secula secolorum amen. Si quis tamem uenerit propinquis uel extraneis, qui hanc kartam rumpere uoluerit, sit maledictus et excumunicatus et cum Iudas in inferno dampnatus et insuper pectect in coto mille morabitinos uobis uel uoci uestre pulsanti, et de illa hereditate in simili tali loco.<br />Facta karta donacionis et roborata era Mª CCª XXIª et quoddum VIº kalendas februarii. Regnante rege Fernandus in Legione et in Gallicia. Maiordomus comite Urgelensi et alferez Frola Ramiriz. Fernandus episcopus in sede Sancte Marie Astoricensis. Manricus episcopus Legionensis. Rodericus episcopus Ouionensis. Petrus Suarez archiepiscopus in sede Sancti Iacobi. Alfonsus episcopus Oriensis. Rodericus episcopus Lucensi. Viliermus episcopus Zamorensis. Fernandus Rodericus Castellano tenente Asturias. Comites Gomez tenente Monte Roso. Comes Fernandus tenente Limia. Comites Alfonsus tenente Berezo. Guterron tenente Monte Negro. Comite Urgel tenente Benauent. Merino Bernaldus portero et alcaldes: Petrus Monazino, Martinus Fauiiz, Ramondus Nariz.<br />Ego Constancia Ozorez et filius meus Rodericus Petri in hac karta manus nostras roboramus et hoc signum facimus <i>(Signum)</i>, et confirmatores de illa uilla de Marin, in termino de Benauent discurrente fluuium Oruego et habet frontaciones illas uillas que uocitant Sancti Petri et F[errer]os et Saludes, Pobuladura, Coamonte et Redelga, Frerno et Morales.<br />Petrus ts. Fernandus ts. Martinus ts.<br />Qui presentes fuerunt uel auditores homines de concilio de Uszella: Gonzaluus Iohannis, don Raimondus presbiter, don Adam, Pelagius Petriz. Et de concilio de Marin: Petro Martiniz, Michael Petriz, Petro Nunez, Lobon de la Isla, Fernandus Pelaiz, Pelagius Giliz, Martinus Uillar, Dominicus Uillar, Dominicus Michaeliz.<br />Petrus notuit. <i>(Signum)</i>.</p><p style="text-align: justify;"></p><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEheMUZzrMQj70Sax_9rhRibA6_9Hj1dt4uvmi0tdxZRav2F3j45Vw7Spou5kYCWBBHf7GfzBOlRcLlwE_FF_0zOJOL8KIh92iky22dHJV1F68MHZzOVsLJxMs7wfXGf0yXIrpbvA54MXWN8psj0quLo-7kprvn-KM8EwAWB_9bpToxhsRrKkdluSCuYpUc/s1920/La%20Familia%20del%20conde%20Osorio%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1301" data-original-width="1920" height="271" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEheMUZzrMQj70Sax_9rhRibA6_9Hj1dt4uvmi0tdxZRav2F3j45Vw7Spou5kYCWBBHf7GfzBOlRcLlwE_FF_0zOJOL8KIh92iky22dHJV1F68MHZzOVsLJxMs7wfXGf0yXIrpbvA54MXWN8psj0quLo-7kprvn-KM8EwAWB_9bpToxhsRrKkdluSCuYpUc/w400-h271/La%20Familia%20del%20conde%20Osorio%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">La familia del conde Osorio Martínez</td></tr></tbody></table><span style="white-space: normal;"><br /></span><p></p>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-40439694048272001382024-03-03T11:49:00.007+01:002024-03-03T17:34:04.277+01:00Otras formas de hacer Historia – Algunas consideraciones y reflexiones sobre el blog “Más Vale Volando”<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiaKnN2FQ2GbOjhaipATDka59N_jLi5Su-yLJb5gfxbcM_D1gLeZhubEXpA21MFRk-1SzfLQey_V0SUyP4raWk52fNADPNqF-SpjK0g0hFm4NTgSdhdAtcOtTfhzu4xgy_eTWeCJyooW5pGQwmPiQV98IP3_Cdp-eKWkoI46_XA7edT6Q62k7FZPi4mcFM/s1280/Buitre%20y%20divisa%20M%C3%A1s%20vale%20volando%20en%20la%20iglesia%20de%20Santa%20Mar%C3%ADa%20del%20Azogue%20de%20Benavente%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="894" data-original-width="1280" height="280" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiaKnN2FQ2GbOjhaipATDka59N_jLi5Su-yLJb5gfxbcM_D1gLeZhubEXpA21MFRk-1SzfLQey_V0SUyP4raWk52fNADPNqF-SpjK0g0hFm4NTgSdhdAtcOtTfhzu4xgy_eTWeCJyooW5pGQwmPiQV98IP3_Cdp-eKWkoI46_XA7edT6Q62k7FZPi4mcFM/w400-h280/Buitre%20y%20divisa%20M%C3%A1s%20vale%20volando%20en%20la%20iglesia%20de%20Santa%20Mar%C3%ADa%20del%20Azogue%20de%20Benavente%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Buitre y divisa "Más vale volando" en la iglesia de Santa María del Azogue de Benavente</td></tr></tbody></table><div><br /></div><div style="text-align: justify;">La amable invitación, desde la organización del “III Congreso de Historia de Zamora”, para formar parte de una mesa de debate bajo el título: “Otras formas de contar la Historia”, se presenta como una excelente oportunidad para hacer algunas reflexiones sobre el papel actual de los blogs en la investigación y en la difusión de la historia zamorana, una tarea a la que he dedicado, en la medida de mis posibilidades, los últimos 16 años.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">"Más Vale Volando" es un Blog cuyos artículos se centran en la historia y el patrimonio de los territorios que conformaron el condado de Benavente. También tienen cabida otros estudios más genéricos sobre historia, documentación y arte medieval.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">El primer artículo fue publicado el 19 de abril de 2008 y, desde entonces, se han incorporado más de 200 entradas. En marzo de 2024 se superaron las 320.000 visitas a la página.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">El nombre de "Más Vale Volando" está tomado de la divisa o lema que la familia Pimentel, condes de Benavente, adoptó en su escudo de armas. Junto a la divisa solía aparecer la imagen de un buitre con sus alas desplegadas. El significado de ambos elementos puede entenderse como una apuesta por la libertad individual frente a los juicios preestablecidos. Alude a la necesidad de aprovechar las oportunidades que la vida ofrece y de no contentarse con la seguridad de los objetivos ya alcanzados.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Cuentan las crónicas que cuando el noble portugués Juan Alfonso Pimentel, I Conde de Benavente (1398-1420), abandonó al rey de Portugal para instalarse definitivamente en Castilla, éste le reprochó que pusiera en peligro sus destacadas posesiones en aquel reino, Bragança y Vinhais entre otras. El rey le recordó el célebre dicho: "Más vale pájaro en mano que buitres volando". Y el Conde le contestó despidiéndose: "Más vale volando". A partir de entonces, ésta sería la divisa del linaje, omnipresente en su emblema heráldico.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Este es el Blog personal de Rafael González Rodríguez. Sus contenidos se elaboran, sin ánimo de lucro, para la divulgación general. Se ruega a las personas que utilicen estos materiales y textos, total o parcialmente, que hagan la cita correspondiente e incluyan el "link" o enlace a los artículos.</div>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-39087618391261035912024-02-18T20:16:00.007+01:002024-02-20T19:16:40.774+01:00El puente medieval: unidad de poblamiento y elemento articulador del espacio<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiX0Emzr_AKfROLpD-ncOaP7ynYajabHpO53N0qyR8Mt72k9HQoOg2ZeNDQTXrd_ZucEmYE8PaIIbNAFJ0ruaXWXrsjEcBW6ofzEjG66b_iaNdopiZwNYH52ZK6_I_Y0Q_LqvEtMEt3E04ZhyphenhyphenQ-2RGvicDyx1qRmI3wMH1DYqUMunPa0bCWNURqmx28res/s1920/Puente%20de%20Castrogonzalo%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1279" data-original-width="1920" height="266" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiX0Emzr_AKfROLpD-ncOaP7ynYajabHpO53N0qyR8Mt72k9HQoOg2ZeNDQTXrd_ZucEmYE8PaIIbNAFJ0ruaXWXrsjEcBW6ofzEjG66b_iaNdopiZwNYH52ZK6_I_Y0Q_LqvEtMEt3E04ZhyphenhyphenQ-2RGvicDyx1qRmI3wMH1DYqUMunPa0bCWNURqmx28res/w400-h266/Puente%20de%20Castrogonzalo%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Principales elementos constructivos del puente de Castrogonzalo (Zamora)</td></tr></tbody></table><p style="text-align: justify;">1. Una aproximación a los puentes medievales</p><p style="text-align: justify;">Los puentes medievales, desde un punto de vista estrictamente material, son convencionalmente analizados en el apartado de obras de ingeniería civil. De esta forma, los historiadores del arte han fundamentado su discurso en desvelar su estructura, tipología, materiales y elementos constructivos; los problemas técnicos que suscitan o sus sucesivas reformas o restauraciones. Todo ello acompañado por una reseña histórica, en la que se da cuenta de su origen o fundación, su trayectoria y vicisitudes.</p><p style="text-align: justify;">Sin embargo, son muchas otras las perspectivas que ofrece su estudio al historiador. Los puentes son también encrucijadas en la red viaria, puntos habituales de fiscalización, enlaces en los flujos comerciales y lugar de paso obligado en las rutas de trashumancia ganadera. Las circunstancias favorables de su entorno los hacen idóneos para el establecimiento de monasterios, dedicación de ermitas o santuarios, celebración de ferias, o incluso fundación de nuevas villas. Pero, por encima de todo, los puentes medievales son enclaves de articulación del espacio. La prosperidad o decadencia de destacados núcleos de población ha estado íntimamente relacionada con la proximidad o lejanía de alguna de estas construcciones. Las transformaciones en los trazados de las vías de comunicación tienen mucho que ver con su reforma, reparación o simplemente abandono o destrucción. La red viaria se ha ido remodelando a lo largo de los siglos en torno a ellos, de modo que los principales caminos y calzadas nacen, mueren o se cruzan en un puente.</p><p style="text-align: justify;">Algunos puentes tienen también un destacado componente militar. Controlar su fábrica conlleva dominar las comunicaciones de la región y, en consecuencia, ocupar un amplio territorio, dada la necesidad de los contingentes militares de utilizar estos pasos para sortear los ríos. Esta función militar es claramente apreciable en varios puentes del norte de Zamora, como los de Castrotorafe, Castrogonzalo, Puebla de Sanabria o incluso el de Benavente, sobre el Órbigo; todos ellos levantados a la sombra de fortificaciones. En otros casos, no podemos documentar efectivamente la existencia de puentes de piedra, pero sí de pasos de los ríos vigilados y defendidos por castros o fortificaciones menores, como en Mózar, Bretó, Castropepe o Manganeses de la Polvorosa. Por eso el puente, además del paso de un río, es defensa de ese paso, lo que justifica su fortificación. En ocasiones, el enemigo lo que pretende no es tanto conquistarlo como destruirlo, intentando minar sus pilares o sus estribos. Por ello, se defendía su estructura con torres o con ladroneras sobre matacanes para impedir al enemigo acercarse a su fábrica.</p><p style="text-align: justify;">Pero, los puentes, en realidad, no son más que la forma más acabada o estable de sortear el paso de los ríos. Dadas las carencias seculares de la red viaria medieval y las alteraciones frecuentes en los cauces, la forma más habitual de atravesar un río eran los vados y las barcas, en sus variadas modalidades. Los puentes, especialmente aquellos construidos estructuralmente en piedra, quedaron relegados a aquellos puntos más estratégicos, allí donde los condicionantes del terreno o las características del propio río no permitían adoptar otra fórmula, o bien donde la importancia, el tráfico de la vía, o el protagonismo del núcleo de población inmediato exigían un paso consolidado y de prestigio. Los puentes se convierten así en un elemento de ostentación para las villas, en el emblema de la ciudad, motivo iconográfico frecuente en los sellos concejiles, en la heráldica y en las obras de arte en general.</p><p style="text-align: justify;">Atendiendo a su significado de obra pública, concebida para el uso y disfrute de la comunidad, la construcción de los puentes figura en la Edad Media entre las atribuciones o cometidos de la monarquía. Así en Las Partidas se señala como una de las funciones inherentes a los reyes la de labrar las puentes et las calzadas. El código doctrinal alfonsino también recoge otras responsabilidades orientadas a facilitar las comunicaciones, como la construcción de albergues u hospitales, y todo lo que tiene que ver con la infraestructura viaria. Contamos con abundantes ejemplos de fundación o promoción por los monarcas leoneses y castellanos de obras de puentes, tanto en las vías de comunicación principales como en los ramales secundarios. En este sentido, es bien conocida la noticia que nos suministra la crónica de Pelayo de Oviedo de la reparación por Alfonso VI de todos los puentes existentes a lo largo del Camino de Santiago, en el tramo comprendido entre Logroño y la capital jacobea. Muchos de estos viaductos de condición realenga, acabaron incorporándose por diversas vías al patrimonio de las instituciones eclesiásticas y de los concejos, responsables en última instancia de su mantenimiento y conservación.</p><p style="text-align: justify;">Pero, no sólo los reyes, o los concejos en su nombre, se ocuparon de estas labores de arreglo de caminos y fundación o mantenimiento de puentes. A pesar de su habitual consideración como obras de ingeniería civil, en la Edad Media los puentes tienen mucho que ver con las construcciones religiosas. Volviendo nuevamente sobre Las Partidas, después de recordar los privilegios y libertades de que gozaban los clérigos, se añade como una de sus obligaciones inexcusables, la de contribuir a la construcción de nuevos puentes y el mantenimiento de los que están ya hechos. Para Berceo, el eludir estas tareas identificaba a los malos cristianos y a los delincuentes. Sirva de ejemplo, para ilustrar todo lo dicho hasta ahora, la fundación por el obispo astorgano Osmundo de un puente en el Bierzo, sobre el Sil, a finales del siglo XI. El uso de refuerzos, o tal vez de barandillas de hierro, en su construcción bautizó a la novedosa fábrica como “la Pons Ferrata”, germen de la villa de Ponferrada.</p><p style="text-align: justify;">Los puentes son también, en cierto modo, obras de adscripción religiosa por su asociación con santuarios, ermitas, monasterios u hospitales, pero sobre todo porque algunos de sus más afamados e ilustres artífices son a la vez maestros de obras en iglesias o catedrales. Emblemáticas en este sentido son las figuras de Santo Domingo de la Calzada, San Juan de Ortega o el mismísimo Maestro Mateo, todos ellos vinculados con la construcción de puentes. El Códice Calixtino, recoge con toda solemnidad los nombres de los maestros restauradores del Camino de Santiago, desde Rabanal a Portomarín, que habrían actuado “movidos por devoción y amor a Dios y al Apóstol”. En estos y otros casos existe una interesante asociación entre esta labor arquitectónica y la atribución a sus personas de especiales virtudes espirituales, hasta el punto de que tanto ellos como sus propias creaciones gozaron de la admiración, y en su caso devoción, de los fieles. Tal vez, en todo ello influya el carácter evocador y simbólico que tenía para los cristianos el puente en la Edad Media.</p><p style="text-align: justify;">Para el norte de Zamora contamos con la figura excepcional de Petrus Deustamben, constructor de la iglesia de San Isidoro de León y fundador de un puente que tomó su nombre en el río Esla, situado entre las actuales localidades de Milles de la Polvorosa y Villaveza. Su sepulcro y epitafio ponen de manifiesto un culto popular hacia su persona. Las virtudes y milagros que rodeaban a su figura, movieron a Alfonso VII, y a su hermana doña Sancha, a reservar un lugar de honor para su sepultura en el mencionado templo leonés. En su lápida, parcialmente fragmentada, se reconoce a dos ángeles turiferarios rindiendo honores junto a la imagen del difunto.</p><p style="text-align: justify;">2. El puente medieval: unidad de poblamiento y elemento articulador del espacio</p><p style="text-align: justify;">Los puentes raramente son obras aisladas en el paisaje dentro del imaginario medieval. Su erección o reconstrucción formaba habitualmente parte de un proyecto más ambicioso, que podía afectar profundamente a la organización del espacio. No sólo se asocian a ermitas, hospitales o alberguerías, sino que con frecuencia la edificación de un puente implicaba el establecimiento de una población, así como la asignación de un territorio dependiente, al igual que cualquier otra aldea, villa o gran propiedad agraria. Este territorio exclusivo es denominado en los diplomas bajo la fórmula terminus pontis o la terra pontis. Esto explicaría por qué la construcción de un puente puede llevar aparejada la creación o revitalización de una próspera villa.</p><p style="text-align: justify;">Dado el alto coste de la inversión inicial, en los promotores de los viaductos existía una no disimulada preocupación por garantizar su mantenimiento en el tiempo, a través de su asociación con una institución religiosa o laica, que permitiera además el drenaje de rentas o donaciones para asegurar su supervivencia. En este sentido, una de las fórmulas más socorridas durante los siglos XII y XIII en nuestro territorio fue el establecimiento de lo que podríamos denominar puente-fundación, concebidos con una vocación de autosuficiencia. En el puente-fundación los territorios dependientes, así como las propiedades anejas, generaban unas rentas que al menos en parte se invertían en su mantenimiento. Es frecuente encontrar en las colecciones diplomáticas medievales menciones a tierras, viñas u otras heredades que pertenecen a un viaducto, o a la institución religiosa vinculada a él. En la misma línea, aparecen donaciones o mandas testamentarias de particulares destinadas a su fábrica. En otros casos, la explotación del puente implicaba el disfrute de determinados ingresos derivados de la fiscalidad, entre ellos la participación en los derechos de portazgo y pontazgo o peajes, cuyos pormenores conocemos en el momento en el que los reyes o los propietarios originarios ceden parcial o totalmente a otras instituciones o particulares.</p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">En el norte de la provincia de Zamora contamos con varios ejemplos esclarecedores que se acomodan a esta casuística del puente-fundación. Uno de ellos es el puente de Castrogonzalo, sobre el río Esla. Situado junto a un asentamiento tardorromano y en las inmediaciones de un antiguo castro altomedieval, tal vez tuvo algún antecedente romano, cuya fábrica actual no desvela. Su primera aparición en las fuentes data de 1221, cuando Alfonso IX vende a un particular, Juan Pérez, toda la heredad que le pertenecía en este puente y sus términos, dentro del territorio de Benavente, por 500 maravedís. Lamentablemente, no conservamos más que un breve extracto del diploma, dejando muchos interrogantes en el aire.</span></p><p style="text-align: justify;">La noticia nos muestra como el mencionado puente pertenece al realengo y está integrado en el alfoz benaventano, pero cuenta con su propio coto o territorio, y está vinculado al disfrute de algunas heredades. Su construcción o remodelación, a la sombra del mencionado castrum, no debe ser muy anterior en el tiempo, tal vez bajo los auspicios del propio Alfonso IX o quizás de su antecesor, Fernando II. La iniciativa debe encuadrarse, en cualquier caso, en la repoblación de la villa de Malgrad-Benavente, en época de ambos monarcas leoneses, pues el mencionado paso proporcionaba un acceso rápido y seguro a la floreciente población desde Tierra de Campos sin necesidad de atravesar el Órbigo. La interpretación que hace Carlos Fernández Casado de las estructuras existentes en el río, es que un puente romano anterior habría sido abandonado en los siglos XII o XIII, construyendo otro paralelo al mismo y a muy corta distancia. El puente medieval, construido con ojivas de poco peralte sería del siglo XIII.</p><p style="text-align: justify;">En este mismo año de 1221 nuevamente Alfonso IX hace donación del puente, junto con todos sus portazgos, a Juan Pérez y su mujer Estefanía, con lo que se consolida el dominio de este matrimonio sobre este paso estratégico del Esla. Al año siguiente, en 1222, Alfonso IX concede al monasterio de Arbás la facultad de hacer feria en el puente de Santa Marina de Castrogonzalo, ocho días antes y ocho días después de la festividad de Santa Marina, señalando las franquicias de los concurrentes a las mismas. De estos dos privilegios deducimos que los receptores de la donación de Alfonso IX posteriormente entregaron sus heredades a Santa María de Arbás, con lo que el puente pasó a formar parte del importante núcleo patrimonial de los canónigos agustinos en Tierra de Campos. Poco después, en 1225, completando el dominio del monasterio en la zona, Alfonso IX otorgaba al abad de Arbás cuantos derechos le pertenecían en las dos iglesias de Castrogonzalo.</p><p style="text-align: justify;">La imagen que proporcionan todas estas noticias, junto con otras referencias complementarias, es la de un enclave con cierta prosperidad, al que la monarquía incentiva con la concesión de una feria franca de quince días, lo cual presupone un tráfico intenso de personas y mercancías. El puente está asociado, además, a un santuario de probable culto antiguo: una ermita dedicada a Santa Marina, que se complementa con una alberguería relacionada con la asistencia a viajeros y peregrinos y, probablemente, un núcleo de población estable. El cobro de portazgos en este lugar, y su cesión por el monarca a los nuevos propietarios, no sólo reafirma el despunte económico de este paso, sino también la dedicación de parte de estas rentas a su sostenimiento. Un documento del monasterio de Moreruela nos confirma, a finales del siglo XIII, la existencia en las inmediaciones de viñas y tierras propiedad del puente, el mantenimiento de la alberguería y el culto a Santa Marina, así como la posible explotación de una barca, relacionada, sin duda, con las frecuentes obras de mantenimiento del viaducto.</p><p style="text-align: justify;">El establecimiento de la feria franca y el control del portazgo por el monasterio de Arbás, deben inscribirse en un momento de notable expansión de esta abadía leonesa en tiempos de Fernando II y Alfonso IX. Arbás disfrutaba además, por privilegio real, de los portazgos de todas las mercancías que circularan por sus términos, lo cual le originó conflictos con el concejo de Oviedo, que también por concesión regia estaba exento de pagarlo. El cobro de estos derechos de tránsito en diferentes puntos de la ruta entre Asturias y León, junto con sus posesiones en León y Tierra de Campos, le proporcionaría un lucrativo control de los flujos económicos. No obstante, durante los siglos XIV y XV, este viaducto figura de forma permanente entre los bienes de propios del concejo de Benavente, aunque no sabemos de que forma se formalizó su cesión o adquisición definitiva. La explotación y gestión de este puente por el concejo originó, como veremos, una amplia secuela de pleitos y demandas con los propietarios del resto de barcas existentes en el río Esla.</p><p style="text-align: justify;">Otro ejemplo equiparable de puente-fundación es el del desaparecido Puente de Deustamben, en el Esla, situado en la finca de El Priorato, entre los actuales términos municipales de Villaveza del Agua y Milles de la Polvorosa. Este puente fue levantado o reedificado por Pedro Deustamben, responsable también, como ya se dijo, de buena parte de las obras de la colegiata románica de San Isidoro de León. En torno a este enclave, al calor de los movimientos de población, mercancías y peregrinos, surgió a mediados del siglo XII un próspero, aunque efímero, núcleo de población. Según se desprende de un diploma de 1196, la heredad del Puente de Deustamben, se componía del propio viaducto, una iglesia dedicada a Santa María, un hospital y un conjunto de pertenencias que se explicitan en el texto: villas, iglesias, solares yermos y poblados, tierras labradas y sin labrar, viñas, salinas, aceñas, molinos, prados, montes y fuentes. La imagen que nos proporciona esta relación de bienes es la de una población floreciente, asentada en un nudo estratégico de comunicaciones, concretamente en un paso estable del Esla sobre la antigua Vía de la Plata. La existencia de un hospital, que probablemente acogería también peregrinos y viandantes, parece corroborar esta idea.</p><p style="text-align: justify;">No sabemos con exactitud en qué momento se construyó este viaducto. Tal vez existió anteriormente en este mismo emplazamiento un puente romano, del que sería fiel testigo un excepcional miliario hallado en los años ochenta del pasado siglo. En 1140 se tiene la primera noticia de su existencia, cuando el obispo de Astorga permuta varias heredades con unos particulares junto al denominado Puente de Deus También, para que funden en este lugar una “casería”. En época de Fernando II el asentamiento ha adquirido cierta categoría como núcleo de población, hasta el punto que el monarca decide favorecer a sus propietarios, liberando en 1166 a sus homines de homicidio, fonsado, rauso y de todo fuero y jurisdicción real. De esta forma, sus habitantes quedan sujetos únicamente al señor de la Puente, que goza de plena autonomía de jurisdicción. En 1196, Gutierre Muñoz, con su mujer, hermanas y sobrinos, tal vez herederos de los primitivos propietarios, donan al monasterio de Benevívere este puente, llamado ahora Deustambene, con su iglesia, hospital y demás pertenencias para que sea abadía perpetuamente, con la condición de recibir como monjes a los miembros de esta familia, aunque fuesen mujeres. A principios del siglo XIII la nueva abadía filial de canónigos regulares había adquirido ya cierto peso en la región, hasta el punto que atraía las donaciones piadosas de ciertos potentados, que incluso pedían enterrarse entre sus muros.</p><p style="text-align: justify;">Otro de los puentes relevantes levantados sobre el río Esla fue el de Castrotorafe, que proporcionaba acceso a los territorios zamoranos desde el noroeste y a Galicia por Portugal. No contamos tampoco con datos concretos sobre su origen o construcción. Probablemente fue edificado o reformado en el siglo XII, coincidiendo con la concesión de fueros a la villa por Alfonso VII y Fernando II. Este último monarca repobló la plaza y la entregó en 1176 a los caballeros de Santiago, por sede central de la orden.</p><p style="text-align: justify;">La defensa del puente y la guarda de su castillo aumentaron la notoriedad de este enclave a principios del siglo XIII, que fue objeto de sucesivas disputas entre la mencionada orden, el obispado de Zamora, el Papa y las hijas del Alfonso IX, Sancha y Dulce. En 1202 Alfonso IX concedía a la catedral de Zamora el diezmo integro del portazgo para la reedificación del claustro de San Salvador y el de San Miguel, impuesto que estaría estrechamente vinculado, como ocurre en otros lugares, con la gestión y el control del puente. En abril de 1222 el obispo zamorano alcanzaba un acuerdo con el maestre de la Orden referente a los diezmos del peaje y aceñas en este lugar. El maestre renunciaba a todos los derechos sobre el peaje y la mitad de la aceña de Figal, y el obispo renunciaba a todos sus pretensiones sobre los diezmos del peaje y las aceñas de Castrotorafe. Las diferencias entre la mitra zamorana y la Orden de Santiago sobre el pago de portazgos y del pasagium en Castrotorafe por los vecinos de Manganeses de la Lampreana dieron lugar a una nueva concordia, firmada en 1229 por el obispo y el maestre de la Orden. La Orden promete no exigirlos, pudiendo los dichos vecinos comprar y vender en Castrotorafe. Por estos mismo años diversas referencias documentales de la Catedral de Zamora, procedentes de mandas testamentarias, testimonian la actividad en el puente.</p><p style="text-align: justify;">Para la construcción del viaducto se aprovechó un remanso del río, originado por la acción de “la violentísima curva que antes se desarrolla”, en palabras de Gómez Moreno. El arqueólogo granadino sitúa su construcción a finales del siglo XII, señalando que constaba de doce o más arcos “ ya hundidos, sobre pilas de corte poligonal contra la corriente y espolones a la parte contraria, con bien torpe criterio. Sus cimientos perseveran dentro del río, y otras cuatro pilas, hechas de sillería gruesa, surgen sobre peñas en la margen contraria”. El imponente sistema de fortificaciones de la villa tuvo siempre muy en cuenta la defensa de esta infraestructura, pues desde el ángulo noroeste del castillo un muro descendía a modo de coracha hacia el río, donde se localizan los restos de una torre con espolón que serviría para el aprovisionamiento del agua y la vigilancia.</p><p style="text-align: justify;">Según Carlos Cabezas Leffler a mediados del siglo XVI el puente se derrumbó definitivamente, no volviendo a reconstruirse. Quizás haya que retrasar al menos varias décadas, -o incluso varios siglos- esta circunstancia, puesto que en la visita a las encomiendas de Castrotorafe y Peñasuende de 1528 se menciona aquí una barca. Este mismo documento nos informa de la existencia de una ermita dedicada a Santa Marina situada en las inmediaciones del río Esla, con lo que los paralelismos con respecto al puente de Castrogonzalo son más que evidentes. En todo caso ya finales del siglo XV se evidencia un importante derrumbe del puente, tal y como documenta Hortensia Larrén, cuyos pormenores remiten a una primera destrucción que podría remontarse al siglo XIV y que pudo ser definitiva:</p><p style="text-align: justify;">“Visytamos una puente que está baxo de la fortaleza en dicho Ryo, la cual está cayda, los arcos de ella, salvo tres que están sanos, y todos los pilares de los otros paresçen ençima del agua grand parte; fuemos ynformados que no saben sy se cayó o sy la derrocaron porque no ay memorya de onbres que dello se acuerden”.</p><p style="text-align: justify;">A partir de estas fechas las referencias a esta villa escasean en las colecciones diplomáticas, signo evidente de su pérdida de pujanza, a lo que debió contribuir de forma significativa la ruina del puente. En la actualidad, cuando el embalse tiene sus aguas bajas, se pueden apreciar todavía los arranques de sus pilas en el lecho del río.</p><p style="text-align: justify;">Al margen del ya mencionado de Castrogonzalo, el puente más importante para la villa de Benavente era el situado sobre el Órbigo, del que aún queda un arco en pie junto a la antigua carretera de Orense y la vía del ferrocarril. Este puente debe ser uno de los más antiguos de propiedad concejil, pues aparece documentado al menos desde 1215. Su construcción o reforma debe enmarcarse en la repoblación de la villa por Fernando II y Alfonso IX. Muy posiblemente, una estampa alegórica y estereotipada del mismo es la que ofrece el sello concejil del siglo XIII, conservado en el Archivo Diocesano de Astorga y que nos muestra un puente ojival de cinco ojos. El cauce del río Órbigo ha debido sufrir en este entorno grandes variaciones a lo largo de la historia. En el siglo XIV el río se dividía en dos partes, dejando en medio la isla de Valmonio, controlada en parte por el monasterio de San Martín de Castañeda. Un brazo, la llamada “madre vieja” del Órbigo, cruzaba por el puente de piedra a los pies de la villa y junto a la Puerta de la Puente. El otro lo hacía bajo un puente de madera, llamado puente de la Huerga, junto a Velilla, donde existía también una iglesia o ermita dedicada a Santiago. El territorio próximo al río tenía además un alto interés estratégico, puesto que marcaba el limite incierto entre las diócesis de Oviedo y Astorga, y de ello dan fe las numerosas disputas y pleitos sobre conflictos de jurisdicción. Según el Diccionario de Madoz, este puente tenía siete arcos de piedra a mediados del siglo XIX, sirviendo de enlace con los molinos de Sorribas, a la derecha y los de Ventosa, a la izquierda. De ambos hay constancia desde finales del siglo XII y principios del XIII.</p><p style="text-align: justify;">3. La red de puentes y barcas del norte zamorano</p><p style="text-align: justify;">Siendo los puentes, como hemos visto, un componente esencial en las infraestructuras de las vías de comunicación medievales, es preciso señalar a continuación que en las tierras del norte de Zamora este elemento, y en general todas las modalidades posibles para sortear el paso de los ríos cobran un especial protagonismo. Sus peculiares características orográficas, junto con la confluencia en el entorno de Benavente de los principales ríos de la región -Órbigo, Esla, Tera, Cea y sus respectivos afluentes- hacen de esta encrucijada de caminos un factor destacado para explicar el poblamiento antiguo del territorio y su intenso aprovechamiento agrario. El problema del paso de los numerosos ríos -sobre todo durante los meses invernales o en las épocas de las temibles crecidas tuvo como principal consecuencia la creación de una compleja red de puentes, pontones, barcas y vados. El control y la gestión de estos accesos resultó fundamental para las distintas instituciones con intereses en la región.</p><p style="text-align: justify;">Uno de los rasgos generales que califica y aglutina a todas estas construcciones es su precariedad y caducidad. La fragilidad de su fábrica, la endeblez de los materiales empleados, junto con la inmisericordia de los agentes naturales, nos dibujan una imagen difusa y cambiante de estos pasos de los ríos. Así, por ejemplo, en Castrogonzalo, según la cronología manejada y el tipo de fuente que tomemos, tan pronto se habla de puente de piedra, como de puente de madera, pontón, puente nuevo o puente viejo, puertos, barcas o duernas. Dado que este puente estuvo reparándose y reconstruyéndose durante prácticamente toda su trayectoria histórica, era habitual que el paso del mismo se compaginara con la explotación de las mencionadas barcas y duernas.</p><p style="text-align: justify;">El paso de estos efímeros e inestables viaductos se convertía para los viajeros del norte de Zamora en poco menos que una temeraria aventura. Son frecuentes las alusiones a personas que dejan su vida en el intento de cruzar los puentes, y también de la perdida de mercancías o bestias de carga en los ríos. La calzada solía ser muy estrecha, tanto, que habitualmente no era posible el cruce de carros o vehículos pesados, a veces ni tan siquiera de caballerías cargadas. Por eso en los puentes de piedra los tajamares se recrecen, y se construyen apartaderos que alivien estas angosturas. En consecuencia, en verano, durante los estiajes, o en las épocas de aguas bajas, el ganado y los vehículos pesados utilizarían mayoritariamente los vados. No sólo por razones de economicidad, sino sobre todo por eficacia, rapidez y seguridad, puesto que el peso era una de cuestiones que más podía afectar a la estabilidad de los pontones de madera.</p><p style="text-align: justify;">La mayoría de los caminos medievales no conocía puentes, por lo que podían quedar impracticables por largo tiempo en épocas de crecidas. Los lugares por donde los ríos eran vadeables podían permanecer estables durante mucho tiempo, por lo que los caminos y sendas tradicionales acababan conduciendo invariablemente a ellos. Aunque el emplazamiento no fuera siempre el más propicio, la inercia de los flujos poblaciones y mercantiles hacia que con el tiempo en estos mismos lugares acabaran construyéndose puentes y pontones, o estableciéndose embarcaciones. No contamos con ninguna nómina completa de los puentes y barcas de la región para el período medieval. Tampoco en el Archivo Municipal de Benavente se ha podido localizar un inventario de los mismos para el ámbito concejil. En contrapartida, en este archivo existe abundante contabilidad sobre el reparo puntual de puentes, pontones y embarcaciones para el siglo XV, pero es una documentación muy dispersa y en absoluto sistemática.</p><p style="text-align: justify;">El relato de varios testigos en un interesante pleito sobre el cobro de portazgos y otras imposiciones, coinciden en cifrar a finales del siglo XV en dieciocho o veinte el total de puentes existentes de propiedad concejil. A ellos hay que añadir otros situados fuera del ámbito del gobierno municipal, de los que los más importantes serían los de La Vizana, Castrotorafe, Deustamben, Trefacio, Rionegro, Puebla de Sanabria y Moreruela. Hasta tal punto los puentes constituían un elemento perfectamente integrado en el paisaje de la tierra de Benavente, que sus propios habitantes eran conscientes de que la prosperidad del concejo dependía en buena medida de su buena conservación. En palabras de uno de estos testigos “si no se adereçasen e fiziesen las dichas puentes que se perdería la dicha villa e su tierra”. Aunque los emplazamientos de los mismos eran más o menos estables, las variaciones de los cauces de los ríos junto con la fragilidad de los materiales hacían que constantemente se hicieran de nuevo. En Requejo, entre Manganeses de la Polvorosa y Santa Cristina, se construyó en el siglo XV un puente de madera sobre el Órbigo que suplantaba a otro anterior de piedra, al que el río había retirado sus aguas en fecha incierta. Por las mismas fechas en el Esla, entre Castrogonzalo y Castropepe, existía otro puente en seco, lo cual movió al concejo a acometer uno nuevo en sus inmediaciones.</p><p style="text-align: justify;">La red de puentes y barcas del norte de Zamora, a pesar de todas sus deficiencias, se adaptaba con precisión a las principales vías de comunicación. Al menos desde época romana, la región era una zona de paso obligado entre el sur y el centro de la península con las tierras del noroeste. Los pasos del río Órbigo, constituían la llave de los caminos del oeste. Eran, básicamente, el puente de Benavente, el pontón de la Huerga, los puentes de Santa Cristina y Requejo y la barca de Cejinas. Los caminos que conducían a Sanabria desde Benavente seguían la margen izquierda del Tera, hasta Junquera, para atravesar más adelante el río Negro, a través de un puente en la localidad epónima. Desde aquí, la ruta continuaba a Mombuey, Cernadilla, Asturianos, Palacios, Remesal, Otero, La Puebla, hasta Requejo. El Tera se sorteaba también en el puente de Mózar, paso obligado para todos los vecinos de la merindad de Valverde, y de las aldeas de la margen derecha del río que acudiesen a la villa.</p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">El camino de Astorga o camino de los Maragatos tenía por eje central el río Órbigo. Desde Benavente existían al menos dos alternativas, ambas partían de la puerta de Astorga o del Sepulcro. Una discurría por Villabrázaro, Paladinos, Maire, La Vizana, cercanías de Alija, Navianos, San Juan y La Bañeza. La otra opción seguía el valle del Órbigo por su margen derecha, por Manganeses de la Polvorosa, Morales del Rey, Coomonte, Alija, Villanueva de Jamuz y La Bañeza.</span></p><p style="text-align: justify;">El río Esla ofrecía también múltiples alternativas para salvar su curso. El puente de Castrotorafe proporcionaba acceso a la tierra de Tábara, para atravesar después la sierra de las Cavernas. Desde aquí se accedía al valle de Valverde para enlazar con la vía del Tera. Además del mencionado puente, estaban los ya reseñados de Deustamben y Castrogonzalo. Otra opción muy socorrida era hacer uso de la multitud de barcas existentes en este río, en San Pedro de la Nave, Manzanal, San Vicente, San Pelayo, Misleo, Moreruela o de los Frailes, Barcial, Belvís y Villafer.</p><p style="text-align: justify;">En las inmediaciones del monasterio de Moreruela debió existir también un puente sobre el Esla. En 1238 unos particulares, Martín Peláez y Pedro López, hacían donación al cenobio cisterciense de las tierras que tenían en la Pedrera, de la que un rey no identificado había mandado sacar piedra para un puente. De lo que se deduce la participación directa o indirecta de Fernando III, o tal vez su antecesor Alfonso IX, en su construcción. En cualquier caso, se trataría de un viaducto próximo a Moreruela. La mención en el diploma de un Pedro Moro como “maestre de obra” hace suponer a Aramburu, y otros autores, que se trataría del maestro responsable del puente. Pero más bien parece referirse el texto a la propiedad de una pedrera, que se aprovecha ahora para la construcción del monasterio. Además, por estos mismos años, se documentan varios magister de opera relacionados con la fábrica románica. Recordemos, en todo caso, que el uso de piedra en su edificación no presupone que estructuralmente el puente así lo sea. Según Manuel de la Granja Alonso, el principal material empleado en la construcción del monasterio, a excepción de la parte monumental, era una piedra cuarcítica extraída de una cantera, denominada Piélago, próxima al cauce del río Esla.</p><p style="text-align: justify;">Varios de estos puntos de paso fueron, por razones obvias, el lugar elegido para la fundación de hospitales, albergues o cofradías, relacionados de una forma u otra con la atención a los transeúntes. Ya se han mencionado, en este sentido, los establecimientos de este tipo documentados en Puente de Deustamben y en Castrogonzalo, aunque la información que tenemos sobre ellos no pasa de la mera mención puntual en los diplomas. Otro de los puntos neurálgicos de las comunicaciones regionales fue Rionegro del Puente, en la Carballeda. En sus inmediaciones se unía la mencionada ruta del Tera, proveniente de Benavente con otra, más antigua aún, que atravesaba los valles de Tábara y Valverde, jalonada de monasterios de origen altomedieval.</p><p style="text-align: justify;">En este lugar surgió en la Edad Media un santuario relacionado con la atención a los peregrinos y viandantes. Según la leyenda, la Virgen se apareció a unos peregrinos jacobeos que intentaban vadear el desbordado río Negro, ordenándoles que tendieran sus capas a manera de embarcaciones. La intervención mariana se materializó en la erección de un templo, que aglutinó la devoción de un gran número de aldeas y lugares de la comarca.</p><p style="text-align: justify;">La trayectoria de este santuario estaba íntimamente ligada a la de la cofradía de los falifos, que tenía por principal misión la de facilitar el tránsito y ofrecer albergue a los peregrinos jacobeos, socorrer a enfermos y criar niños expósitos; para ello construyó y reparó caminos y puentes, mantuvo hospitales y costeó amas de cría. Así pues, uno de los cometidos principales de esta cofradía, fue la construcción, reparación y mantenimiento de los puentes en las regiones de Carballeda, Sanabria, Vidriales y Cabrera. Los cofrades afirmaban haber reparado hasta treinta y cinco puentes de piedra y madera en los pasos más peligrosos de estas vías. La cifra puede parecer un tanto exagerada, pero pone de manifiesto la importancia que se daba a estas construcciones para asegurar las comunicaciones de la región.</p><p style="text-align: justify;">Otro puente de factura antigua se documenta en Trefacio, donde además existió un hospital de peregrinos de orígenes altomedievales, integrado probablemente en una ruta que a través de San Ciprián conectaba las tierras Sanabresas con la Cabrera leonesa.</p><p style="text-align: justify;">Se tienen noticias de la existencia de otro hospital en el camino de Benavente a Astorga, junto al Órbigo, en Villanueva de Jamuz, desde el siglo XII, con motivo de una donación que Sancho Ordóñez hizo al monasterio de Moreruela en 1183. El hospital de Villanueva de Jamuz se situaba a medio camino entre los dos pasos principales del Órbigo en este sector: la barca de Cebrones al norte y el puente de La Vizana al sur. En este último puente tenían destacados intereses patrimoniales los Templarios en el siglo XIII.</p><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEguVPuoir8830XC1MKw0vf4K51oXqR7Mcb6tScBN4tiHVayEkhb3a4VHgeqVBNLGHngyULVQoiZ0b69rC0Xagn-JEjnOoSrHvauf7MnxZYj9-gZp2Tz7FC4Nf6cqWHK2f-AuZBlZshnVERts-urWb58Q7f2MiEp_RoO4fZOhjp0qZTaBrTSQ6c_iP-Yr6E/s1920/Puentes%20medievales%20en%20el%20norte%20de%20Zamora%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1339" data-original-width="1920" height="279" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEguVPuoir8830XC1MKw0vf4K51oXqR7Mcb6tScBN4tiHVayEkhb3a4VHgeqVBNLGHngyULVQoiZ0b69rC0Xagn-JEjnOoSrHvauf7MnxZYj9-gZp2Tz7FC4Nf6cqWHK2f-AuZBlZshnVERts-urWb58Q7f2MiEp_RoO4fZOhjp0qZTaBrTSQ6c_iP-Yr6E/w400-h279/Puentes%20medievales%20en%20el%20norte%20de%20Zamora%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Principales puentes medievales en el norte de Zamora</td></tr></tbody></table>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-91655039965960238912024-02-03T10:40:00.038+01:002024-02-03T19:36:04.249+01:00Estando enferma del cuerpo, pero en mi sano juicio - Testamento de Antonia de Losada, mujer de Pedro Hernández de la Cruz “Perejón”<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgcx4L4arIuamw51obw531SQHvvdLl92qQigs1_o60779-bXj3KXCa9-06J7Y4bBYTi2VnD2gZ3TcczVTCGlX45yh8lJOBgmZFdvsgeCPxZxtm0nD_aFjqntmAiHRlxPdvCycovmZxN1ZBzdZG7VtAj2NhkxNRTJGWs4k2a_-MVcg9a1rHP04uhxeTi9dY/s1840/001%20San%20Francisco%20de%20Benavente%20a%20finales%20del%20siglo%20XIX%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1840" data-original-width="1528" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgcx4L4arIuamw51obw531SQHvvdLl92qQigs1_o60779-bXj3KXCa9-06J7Y4bBYTi2VnD2gZ3TcczVTCGlX45yh8lJOBgmZFdvsgeCPxZxtm0nD_aFjqntmAiHRlxPdvCycovmZxN1ZBzdZG7VtAj2NhkxNRTJGWs4k2a_-MVcg9a1rHP04uhxeTi9dY/w333-h400/001%20San%20Francisco%20de%20Benavente%20a%20finales%20del%20siglo%20XIX%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="333" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">San Francisco de Benavente a finales del siglo XIX, lugar de sepultura de Antonia de Losada</td></tr></tbody></table><p style="text-align: justify;"><br />1572, diciembre, 13. Benavente.</p><p style="text-align: justify;"><i>Testamento de doña Antonia de Losada, vecina de la villa de Benavente, mujer que fue de Pedro Hernández de la Cruz.</i></p><p style="text-align: justify;">In Dey nomine, amen. Sepan quantos esta carta de testamento y húltima voluntad vieren como yo doña Antonia de Losada, biuda, muger que fui de Pedro Hernández de la Cruz, vecina de la villa de Benavente, estando enferma del cuerpo, pero en mi sano seso, juiçio y entendimiento natural, creyendo como creo firmemente en la Santísçima Trinidad, que es Padre y Hijo y Espíritu Santo, que son tres personas y un solo Dios verdadero, otorgo y conozco por esta presente carta que a servisio de Dios nuestro Señor y bien de mi ánima hago y ordeno e otorgo este testamento y húltima voluntad en la manera que se sigue:</p><p style="text-align: justify;">Primeramente encomiendo mi ánima a Dios nuestro Señor Salvador y Redentor Jesucristo, que la redimió por los méritos de su sagrada pasión e la Virgen Santa María su madre, a la qual pido por merced sea mi abogada.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que quando Dios nuestro Señor fuere servido de me llevar de esta presente vida, que mi cuerpo sea sepultado en la sepultura donde Viçente de Losada mi padre está sepultado que es en el monesterio de San Francisco de esta villa de Benavente.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que el día de mi entierro llamen los clérigos del cavildo mayor de esta villa de Benavente para que se hallen a mi entierro y obsequias como están obligados, por aver sido el dicho Pedro Hernández de la Cruz cofrade del dicho cavildo, los queales hagan su oficio como están obligados.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que el día de mi entierro llamen clérigos de la yglesia de San Juan del Mercado, y al tercero día, para que se diga a misa cantada y begilias.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que el día de mi entierro digan en el dicho monesterio de San Francisco veynte y çinco misas cantadas e reçadas a dispusisión de mis testamentarios, las quales digan los frayles y clérigos según e como los dichos mis testamentarios que nombrare lo hordensaren, e digan vigilias el día de mi entierro y terçero día.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que el día de mi entierro lleven doze hachas de çera hardiendo, y el terçero, para que alumbren al Santísimo Sacramento e a la cruz, e mando que vistan doçe pobres, que sean seys mugeres e seis hombres, para que lleven las hachas, y mando que lleven doçe velas de çera ardiendo para que alumbren al Santísimo Sacramento y a la cruz.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que llamen los cofrades de las cofradías del Santísimo Sacramento de la yglesia de San Nicolás de esta villa de Benavente e del ospital de Nuestra Señora de la Piedad, e de los Mártires, de donde el dicho Pedro Hernández de la Cruz, mi marido, hera cofrade, para que me entierren y ansí mismo mando que llamen los cofrades de otras qualesquier cofradías de donde el dicho Pedro Hernández de la Cruz, mi marido, hera cofrade.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que el día de mi entierro y terçero día lleven para ofrescer oir mi ánima al dicho monesterio de San Francisco carga y media de trigo y un cuero de bino e dos carneros, lo qual sirva de por orenda de anbos días e más ofrescan de pan y bino e çera que a mis testamentarios les pareçiere y ellos quisieren.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que todos los domingos de un año ofrezcan por mi ánima sobre mi sepultura el pan u bino e çera que a mis testamentarios les paresçiere y ellos quisieren e digan en cada un domingo del año después de un día de mi fallescimiento una misa reçada con responso sobre mi sepultura.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que al cavo del año después del día de mi fallesçimiento me hagan obsequias por mi ánima e digan misas e vigilias y han la orenda e lleven otra doçena de hachas y se haga según y de la forma y manera que mando se haga el día de mi entierro.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que de más de las dichas misas qu tengo mandadas deçir se digan dentro del año después del día de mi entierro otras çien misas, la mitad en el monesterio de San Francisco y la otra mitad en el monasterio de Santo Domingo.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que se repartan en limosnas doçe ducados a disposiçión de mis testamentarios.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que se den y paguen a Cristóual Garçia de Quirós, vezino de esta villa de Benavente lo que el dixiere que le devo.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que se pague a Cristóual de Obiedo, clérigo cura de la yglesia de Ruanueva, lo que el dixiere que yo le devo e cobren de él las prendas que tiene mías en su poder.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que cobren de la muger de Duarte de León, vezina de esta villa, una fuente de plata e un cascauel de plata e un aguamanil, e le paguen treçientos e çincuenta reales que yo le devo sobre dichas prendas.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que hagan quenta con Maçías Çelada, sastre,, de las hechuras de bestidos que para mi casa ha hecho, e le paguen lo que paresçiere que le devo sobre treçientos reales que le he dado.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que se le paguen a Antonio de Benavides, mercader vezino de esta villa, lo que paresçiere por su libro que yo le devo.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que cobren de Gaspar Álvarez, vezino de esta villa, unas arracadas rubís que tiene en si poder y le paguen çien reales que yo le devo.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que cobren de Andrés de Ledesma, vezino de esta villa, un anusz guarnescido de plata y una medalla de oro e una sortixa, e le paguen ciento y cinquenta reales que yo le dvo e más cobren de él un basio de plata.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que se haga quenta con gaspar Garçia y con Antonio de Medina, e se le pague lo que yo le devo.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que cobren de Remedios, ama del cura de Paladinos, una fuente de plata e le paguen doçientos reales que yo le devo sobre ella.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que cobren de doña Beatriz de Prado, vezina de esta villa, dos doblones de a quatro míos que tiene en su poder e le paguen lo que ella dixiere que yo le devo sobre ello y la mitad y la mitad de lo que se le deve lo ha de pagar Francisca Rodríguez, mi criada, que fue muger e que fue de Juan Vara.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que se haga cuenta con las criadas que tengo del tiempo que me an servido e do que yo les he dado e de lo que paresciere que yo devo se lo paguen.</p><p style="text-align: justify;">Yten, digo que por quanto mis hijas, doña Luisa de Losada e doña María de la Cruz, e doña Catalina de Losada e doña Leonor de Lsada, monxas en el monesterio de Santispíritus de esta villa de Benavente, goçavan y an de goçar çinquenta ducados en cada uno año , de los çiento que en cada un año la dicha doña Catalina tenía de magestad por una çedula suta, e si por caso la dicha doña Catalina muriese las demás mis hijas perderían e no goçarían cosa alguna, porque espiran con su muerte de la dicha doña Catalina, e por ser mis hijas y porque tengan alguna más sustentaçión, quiero y es mi voluntad que muerta la dicha dona Catalina e no llevando ni gozando los dichos çincuenta ducados a cada una de ellas que quedaren bivas de las sobredichas mis hijas monjas les haya de dar y de Luis de la Cruz, mi hijo, dos mill maravedís en cada un año a cada una por todos los días de su vida de cada una de ellas, y muerta qualquiera de ellas espire la obligaçión de los dichos dos mill maravedís que avía de aver lo que muriere para las demás, lo qual haga y cumpla atento que está mejorado ansí por mí como por el dicho Pero Hernández de la Cruz, su padre, porque esta es mi voluntad.</p><p style="text-align: justify;">Yten, declaro que yo di a Luis de Villegas, vezino de esta villa de Benavente, quatrocientos ducados por el conçierto de negoçio de Antonio de Losada, mi hijo, e le di al dicho Antonio de Losada, mi hijo, cien ducados y más para hirse a Ytalia, mando que estos quinientos ducados e lo que paresçiere a ser resçivido por escrituras se le quenten en su legítima de mis bienes.</p><p style="text-align: justify;">Yten, digo que las escrituras de mis bienes e del dicho Pedro Hernández de la Cruz, mi marido, las tengo en un cofre, mando que las dichas scripturas se entreguen a Luis de la Cruz, mi hijo, por ynventario luego como yo fallesca de esta presente vida para que hay quenta y razón de ellas.</p><p style="text-align: justify;">Yten, dio que yo por virtud de un poder del dicho Pedro Hernández de la Cruz, mi marido, obe mejorado e Luis de la Cruz, su hijo e mío, en estas casas prinçipales en que bivo que lindan con casas de Antonio de Benavides, hijo que quedó de Pedro de Benavides, e con casas de Cristóbal García de Benavente, e ansí mismo eb la viña que tengo y el dicho Pedro Hernández de la Cruz, mi marido tenía, que está en término de esta villa de Benavente al camino de la hermita de San Lázaro, por tanto digo que apruevo e ratifico la dicha mejora hecha en el dicho Luis de la Cruz, mi hijo, para que valga y haga fee hen juiçio o fuera de él.</p><p style="text-align: justify;">Yten, digo que yo ove mejorado e mejoré por una escriptura que pasó y se otorgó ante el presente escrivano, de cuya mano esta escriptura será signada, al dicho Luis de la Cruz, mi hijo, en el térçio de mis bienes y en remanesçiente de el quinto de ellas cumplidas las mandas y legatos de mi testamento, po tanto, dejo y ratifico, apruebolo e doy por buena la dicha mejora hecha por mi en el dicho Luis de la Cruz, mi hijo, e quiero que valga y haga fee en juiçio e fuera de él.</p><p style="text-align: justify;">E cumplido e pagado este mi testamento e todas las mandas e legatos que en él se contienen dexo e nombro por mis testamentarios caveçaleros e cumplidores de este mis testamento al señor Pedro de Losada, mi hermano, e a Cristóval Garçía de Quirós, vezinos de esta villa de Benavente, a los quales y a qualquiera de ellos yn solidum doy e otorgo todo mi poder cumplido para que de mis bienes tomen lo mejor parado de ellos e los vendan y rematen en pública almoneda o fuera de ella e de los más de su valor cumplan he hagan pago de todas las mandas y legatos en este mi testamento contenidas.</p><p style="text-align: justify;">Yten, digo que Ana de Saravia, hermana de Antonia de Saravia, me servió çierto tiempo y yo le pagué todo lo que la devía de su serviçio que me hizo, e aunque se lo tengo pagado por descargo de mi conciencia mando que de mis bienes le den seis ducados.</p><p style="text-align: justify;">Yten, cumplido e pagado este mi testamento e todas las mandas y legatos que en él se contienen del remaneçiente de todos mis bienes rayces y muebles e semovientes quantos yo ey tengo e me perteneçen en qualquier manera de derecho dexo e nombro por mis unibersales herederos an todo ellos a doña Ana de Losada e a doña Gerónima de Losada e a Felipe de Losada e a Juan de Losada, a mis hijos e hijas del dicho Pedro Hernández de la Cruz, mi marido, lo quales fuiron que hayan y hereden los dichos mis bienes con la bendiçión de Dios e con la mía e se guarde e cumpla la dicha escriptura de mejora de terçio y remanesçiente del quinto de mis bienes que he hecho en favor e Luis de la Cruz, mi hijo, porque esta es mi voluntad.</p><p style="text-align: justify;">Yten, mando que se pague a Antonio de Benavides, hijo de Pedro de Benavides, lo que él dixere por su memoria que le devo e tobien las prendas que tiene.</p><p style="text-align: justify;">Yten, por este testamento reboco caso anulo y doy por ninguno e de ningún valor y efecto todos quales quier testamentos, cobdiçilios y mandas que yo hasta el día de oy haya hecho e otorgado, ansí por palabra como por escripto, lo quales quiero que no valgan ni hagan fee en juiçio ni fuera de él, salvo este que hagora hago e otorgo y ordeno, el qual quiero que valga por testamento e por mi última e postrera boluntad que es esta, lo qual mando se guarde e cumpla por aquella vía e forma que de derecho mejor lugar aya e las dichas escripturas de mejoras.</p><p style="text-align: justify;">En firmeça de lo qual otorgué esta escriptura de testamento e todo lo en ella contenido por ante el escrivano e notario público e testigos de yuso escriptos, que fue fecha e otorgada en la villa de Benavente a treze días del mes de diçiembre, año del nasçimiento de Nuestro Salvador Jesucritos de mill y quinientos y setenta y dos años. Testigos que fueron presentes a los que dicho es: el liçenciado Carvajal abogado e Domingo Estevan e Rodrigo Daça e Juan Martínez y Antonio de Benavides, hijo de Pedro de Benavides, vecinos de esta villa de Benavente, e la dicha Antonia de Losada, otorgante, la firmó de su nombre, a la qual yo el presente escrivano doy fee que la conosco e a los dichos testigos. Doña Antonia de Losada. Pasó ante mí Esteban de castro escrivano. E yo Esteban de castro escrivano y notario público e uno de los número de la dicha villa de Benavente e su jurisdiçión por el excelentísimo señor el conde de Benavente mi señor, exhaminado y aprobado en el Consejo Real de su magesta presente fui a todo lo que dicho es con los dichos testigos e según que ante mí paso y se otorgó fize aquí este mío signo que es a tal en testimonio de verdad. Estevan de Castro escrivano.<br /><br /></p>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-15234647469556469552024-01-28T16:29:00.012+01:002024-01-28T18:09:12.493+01:00Deseando poner mi ánima en carrera de salvación - Testamento de Pedro Hernández de la Cruz “Perejón”<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhU2t4-41JuDJBRaFa15L1ESbyZvQeI_kigCqoHeAPzNF6ezEzku1IsvsOfwBiqm_ooilAYo3UOKBJj3QhJar4kmBZ2IABp_qwugijubonhXYFFVPlrwmiMDA6Qn4BI5crWZSQRh5VYkrKr3gXgODUhFtEOU1K8nRadkKKp1_qM-62ESzfSMxPePKYCUs8/s1920/Perej%C3%B3n%20-%20Buf%C3%B3n%20del%20conde%20de%20Benavente%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1370" data-original-width="1920" height="285" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhU2t4-41JuDJBRaFa15L1ESbyZvQeI_kigCqoHeAPzNF6ezEzku1IsvsOfwBiqm_ooilAYo3UOKBJj3QhJar4kmBZ2IABp_qwugijubonhXYFFVPlrwmiMDA6Qn4BI5crWZSQRh5VYkrKr3gXgODUhFtEOU1K8nRadkKKp1_qM-62ESzfSMxPePKYCUs8/w400-h285/Perej%C3%B3n%20-%20Buf%C3%B3n%20del%20conde%20de%20Benavente%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Perejón, bufón del conde de Benavente y del gran duque de Alba. Hacia 1560. Óleo sobre lienzo, 184,5 x 93,5 cm. Museo del Prado (Detalle del rostro)</td></tr></tbody></table><p></p><p style="text-align: justify;"><br />1557, agosto, 31. Laredo</p><p style="text-align: justify;"><i>Testamento de Pedro Hernández de la Cruz, vecino de la villa de Benavente, otorgado en la villa de Laredo, en tránsito hacia el condado de Flandes.</i></p><p style="text-align: justify;">In Dey nomine, amen. Sepan quantos esta carta de testamento última e postrimera voluntad vieren como yo, Pedro Hernández de la Cruz, vezino de la villa de Benavente, otorgo e conosco estando en la villa de Laredo al presente, para que con el ayuda de Dios pasar al condado de Flandes, en buen juizio e seso natural qual a Dios nuestro Señor fue servido de me le dar, e desando poner mi ánima en carrera de salvación, otorgo e conozco que hago e ordeno este mi testamento y húltima e postrera voluntad en la forma e manera siguiente:</p><p style="text-align: justify;">Primeramente, mando mi ánima y la encomiendo a mi Dios y redentor Jesucristo, e suplico a la Virgen sin mancilla sea rogadora a su muy preçioso hijo quiera perdonar mis pecados y llevarla a su santa Gloria para do fue criado, e mando el cuerpo a la tierra do fue formado.</p><p style="text-align: justify;">Yten, digo que dexo a mi muger, doña Antonia de Losada, que hella haga, como yo mismo haría por ella, en lo que tocare al cumplimiento de mi ánima y honras. E que pague todo aquello que hallare que debo con testigos, obligaçión o çédula, e que a un tal Hernández de Roma, que era vezino de Nápoles, que le busquen y le paguen çinquenta ducados. E si no se hallare, se digan por él y por su muger de misas, y ruego a la dicha mi muger que ella tenga cuenta, con los hijos e hijas míos, e se los encomiendo que hella los procure de administrar y encaminar lo mejor que ella pueda, e dexarles a todos o a cada uno particular lo que ella bien bisto sea.</p><p style="text-align: justify;">Yten, dixo y mando y encomiendo a la dicha mi muger que sehan pagados todos mis criados, a cada uno como a servido, sin ningún pleyto ni contienda de juiçio.</p><p style="text-align: justify;">Yten, dixo que yo encomiendo e suplico a la dicha mi muger que en lo que toca al hazer por mi ánima se lo encomiendo para que como ella lo hordenare sea y por este mi testamento dexo por mis cabeçeros a doña Antonia de Losada e a don Juan Pimentel e a Cristóval Bollo e a Juan de Losada, e a cada uno de ellos a lo quales y a cada uno de ellos doy poder para que hentren y tomen todos mis bienes y los bendan como bien visto les sea e cumplan todo lo por mi dicho e de ello dependiente.</p><p style="text-align: justify;">En testimonio de lo qual otorgué la presente carta de testamento en la manera que dicha es ante el presente escrivano e testigos ynfra escriptos. E por esta carta reboco e anulo e doy por ninguno e de ningún valor y efecto otro qualquier testamento o cobdiçilio que antes de este aya hecho por escripto o por palabra, salvo este que dicho es y agora hago, que es fecho y otorgado en la villa de Laredo a treinta y un días del mes de agosto de mill e quinientos e çincuenta y siete años, estando presentes por testigos a lo que dicho es don Juan de Villarroel e Juan de Caserna e Pedro de Arriçuriaga e Juan de Gilaz de Barrasa y Pedro Gilez, estantes en esta villa de Laredo y el dicho otorgante e testigos lo firmaron de sus nombres. Don Juan de Villarroel. Pedro Hernández. Juan de la Serna. Pedro de Arricuriaga. Pedro de Guilaz. Juan de Guilaz y Barrosa. Pasó ante mí, Diego de Albarado, escrivano.</p>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-80026017579372120472023-12-12T17:49:00.010+01:002023-12-23T17:52:12.447+01:00“El castillo de esta villa que dicen de Malgrado” - A propósito de un documento del monasterio de Sancti Spiritus de Toro<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjCCSiZPqZOhb12Ns2bFkZCt9XTrWJ4TpTIiJGM9rNwyTBhmo4oBQmHmK7fjPda4RZnJxc8fDzmSCmYZwfyAavRoETsPZXNAuBrV9DC6lxf98DH3Lx4GVxbb8XW1o4jzlbyk5SAwTX5VDPk1ZDc05iVuHqq1Nl5tSY23NC6HSMS6WIUOj0V9lJCLCgucY4/s1920/Vista%20a%C3%A9rea%20de%20Benavente%20en%201966%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1280" data-original-width="1920" height="266" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjCCSiZPqZOhb12Ns2bFkZCt9XTrWJ4TpTIiJGM9rNwyTBhmo4oBQmHmK7fjPda4RZnJxc8fDzmSCmYZwfyAavRoETsPZXNAuBrV9DC6lxf98DH3Lx4GVxbb8XW1o4jzlbyk5SAwTX5VDPk1ZDc05iVuHqq1Nl5tSY23NC6HSMS6WIUOj0V9lJCLCgucY4/w400-h266/Vista%20a%C3%A9rea%20de%20Benavente%20en%201966%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Vista aérea de Benavente en 1966</td></tr></tbody></table><br /><div style="text-align: justify;">El estudio de la evolución del plano urbano de Benavente durante la Edad Media presenta en la actualidad todavía muchas incógnitas, especialmente en todo el periodo anterior al siglo XV, esto es a la llegada de los Pimentel al señorío de la villa a partir de 1398.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">La escasez de documentación para estas épocas dificulta enormemente la interpretación de ciertas referencias textuales con las que nos vamos topando en los diplomas de forma siempre puntual. Esta circunstancia se extiende, lógicamente, a todo lo que tiene que ver con el nacimiento y desarrollo de los nuevos barrios, las diferentes fases en la fortificación de la villa, su recinto murado, las distintas puertas de acceso y el castillo o fortaleza. Un castillo que debió existir incluso antes del momento de la repoblación, en época de los reyes leoneses Fernando II y Alfonso IX.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Hoy no existen dudas de que la villa de Benavente no fue creada “ex novo” por el rey Fernando II, sino que fue la sucesora de un antiguo “castro” o núcleo fortificado citado ya en el fuero de 1167 como “Malgrad”. De su existencia tenemos constancia desde la primera mitad del siglo XII. La identificación de ambos topónimos es una cuestión que hoy debe considerarse definitivamente zanjada, pues las referencias documentales a este respecto resultan abrumadoras. Cuestión distinta es determinar hasta qué punto una población es la sucesora de la otra, qué hay detrás de este cambio de denominación y cuáles fueron las circunstancias en las que esta mutación se produjo.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">El primer testimonio escrito que hemos podido recoger referente a lo que hoy es Benavente procede de una donación real fechada el 26 de noviembre de 1115. Se trata de la entrega que hace la reina Urraca, junto con su hijo Alfonso, de la mitad de la villa de Caneda y el monasterio de Ledesma a la iglesia de Compostela. El documento se escritura "in Castro quod dicitur Malgrado". Se constata también la presencia en este lugar de la reina y una destacada representación de los miembros de su corte. Entre los confirmantes reconocemos a miembros de la familia real, las infantas Sancha y Elvira, el obispo de León y diversos condes. Entre ellos comparece cierto “Fernandus Fernandiz”, personaje cercano al círculo de la reina en estos años y que a partir de 1117 comienza a confirmar en los diplomas como “conde” o “cónsul” de Malgrad.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">El tenente, identificado frecuentemente con el dominus villae, es, sin duda, una de las piezas fundamentales en la administración territorial de la monarquía castellana y leonesa. Se trata de una autoridad delegada del poder real desempeñada frecuentemente por miembros relevantes de la nobleza. En ocasiones compatibilizaban una dignidad en la corte con el disfrute de una tenencia. Sus competencias eran básicamente militares y de percepción de impuestos reales, aunque en ocasiones -según se desprende de los textos de algunos fueros- se solapaban las funciones del tenente con las propiamente concejiles. El nombramiento no presuponía una permanencia estable en este puesto. De hecho, tanto en el caso de Malgrad como en el de otras villas leonesas, el funcionario estaba sujeto a la discrecionalidad real, al parecer en función de la coyuntura política y militar.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">La precariedad en el desempeño de las tenencias no deja de ser un aspecto a destacar. Las posibilidades en este sentido son muy variadas. Lo más frecuente era que una persona tuviera bajo su control una villa, pero también era común que un mismo delegado real desempeñara esta función en varias villas relativamente próximas. Menos usual, aunque está documentado, es la situación inversa, es decir varias personas compartiendo el disfrute de una tenencia. De cualquier manera, el desempeño del oficio estaba sujeto a continuos cambios, tanto en las personas como en los destinos a cada uno de ellos asignados. No obstante, era frecuente que la tenencia o tenencias de una determinada región recayeran en los miembros de un mismo linaje durante varias generaciones. Así, en el caso concreto de Malgrad, observamos cómo ciertas familias controlaban también las tenencias de otras villas próximas, en las que tenían, además, destacados intereses patrimoniales.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">La figura del conde Fernando Fernández estuvo unida a la dignidad condal y la tenencia de Malgrad durante un largo periodo, hasta el punto de que esta circunstancia fue recordada en su epitafio. Hace unos años, José Luis Senra dedicó un interesante artículo a los enterramientos del monasterio de San Zoilo de Carrión de los Condes. En la inscripción de lauda de Fernando Fernández se consigna su fallecimiento en 1126 y se le denomina “consulis illustris Fernandi Malgradiensis". Según José Luis Senra, nuestro conde fue uno de los descendientes del linaje de los Banu-Gómez, fundadores del monasterio.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Osorio Martínez, que ocupa el cargo algunos años después, también estuvo casado con una hija de Fernando Fernández; de esta forma, la tenencia de la plaza se mantuvo vinculada a este grupo familiar. Sabemos que los Osorio, señores de Villalobos, poseían bienes en varios puntos de la comarca, pero su influencia en la región debió ser realmente importante, puesto que casi todas las menciones documentales que conocemos relativas a este linaje se refieren a transmisiones de heredades localizadas en estas tierras. Por tanto, se trata de personajes que centran su actuación como oficiales regios en zonas coincidentes, en buena medida, con aquellas donde tenían sus intereses patrimoniales.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">A partir de la repoblación de Malgrad por Fernando II se producen importantes cambios en la tenencia y en la configuración de antiguo “castro”. Desde diciembre 1168 el nombre de “Malgrad”, Malgrado”, “Malo Grato”, “Malgrat”, etc., desaparece de todos los diplomas de la cancillería regia, y en su lugar en los documentos oficiales se utiliza sistemáticamente la nueva denominación de “Benaventum”, “Benavente”. Sin embargo, el nombre de Malgrad no desapareció completamente de la memoria colectiva. Sigue utilizándose ocasionalmente en ciertos diplomas, y parece que los propios benaventanos empleaban esta denominación para referirse a una parte de la villa que consideraban antigua o primigenia, e incluso a un castillo o fortificación del que quedaban estructuras en pie o restos en los siglos XIV y XV. En unas “Ordenanzas de la villa de Benavente”, del siglo XV, hoy conservadas en la Biblioteca Nacional, se menciona la “Cárcava de Malgrado”. Desgraciadamente, no se nos proporcionan más detalles sobre su localización exacta. Todo lo que sabemos es que era uno de los muradales de la villa en el que los vecinos podían arrojar las aguas de lavar el pescado.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Aportamos ahora un documento inédito que vuelve a situarnos en esta problemática, pero con nuevas aportaciones de interés. Se trata de un pergamino del Archivo del monasterio de Sancti Spiritus de Toro. Se existencia me fue comunicada recientemente por Víctor de Castro León, y gracias a su amabilidad me ha facilitado una fotografía del mismo para su estudio y transcripción.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Estamos ante una venta que hacen en 1351 Marina Andrés, manceba de Juan Fernández, clérigo, y su hijo Pedro, moradores en la Puebla de San Martín de Benavente, a Aldonza Fernández, mujer que fue de Fernando Pérez, bufón, de una casa que llaman "La Panera", situada en Benavente, en la calle de la Muela, junto al castillo que llaman de Malgrado. El precio acordado es de 400 mrs., entregando en su lugar por los compradores dos tazas de plata.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">El vocablo “muela” debe ser interpretado, en este contexto, con el mismo significado asignado a “mota”, esto es: “elevación del terreno de poca altura, natural o artificial, que se levanta sola en un llano”, o bien: “cerro escarpado en lo alto y con cima plana”. La “calle de la Muela” sería, por tanto, equiparable a la “calle de la Mota”, lugar en el que existirían a mediados del siglo XIV varias casas y paneras y, además, en las cercanías del llamado “Castillo de Malgrado”.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">La palabra muela viene del sustantivo latino mŏla (a su vez del verbo mŏlo, molere,'moler', 'triturar', 'pulverizar. En el siglo XII hay algún documento benaventano que utiliza esta versión latina, y que probablemente se está refiriendo al mismo sector de la villa.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Así, en 1221 se formaliza un pacto el monasterio de San Martín de Castañeda con María Domínguez, hija de Domingo Muñiz de Villela, en virtud del cual dicha doña María Domínguez, a cambio de ciertas donaciones, recibe el usufructo vitalicio de varios bienes, entre ellos: “concedimus mediatatem domos quas habemus in Benauentum in loco que uocant Illa Mola et ipsos prenominatos domos fuerunt de Egido Picoti”, (concedemos la mitad de las casas que tenemos en Benavente, en el lugar que llaman La Muela, y estas casas citadas pertenecieron e Egido Picoti”.</div><div><br /></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiM46NHmM7M4Dwxs4wzmhrSTBRV2pEeF3aiebp8WO1bjjwMLiPMmIzL5A1Q9QAEKc0ea66KkT1TddWhuXhwnp9Wbb6zyiv0KTp5veiEQ7-j-3Ip0J3xuaWqwh9t7ZJeeqNtE9qrPOhLUtoXlhmXwCMaYM_gsXUkXB7QzVcqGS5yJy9zkFD0e2ulLvhuCv0/s1440/Tenentes%20de%20Malgrad%20-%20Benavente%20hasta%201167%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1080" data-original-width="1440" height="300" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiM46NHmM7M4Dwxs4wzmhrSTBRV2pEeF3aiebp8WO1bjjwMLiPMmIzL5A1Q9QAEKc0ea66KkT1TddWhuXhwnp9Wbb6zyiv0KTp5veiEQ7-j-3Ip0J3xuaWqwh9t7ZJeeqNtE9qrPOhLUtoXlhmXwCMaYM_gsXUkXB7QzVcqGS5yJy9zkFD0e2ulLvhuCv0/w400-h300/Tenentes%20de%20Malgrad%20-%20Benavente%20hasta%201167%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Tenentes de Malgrad hasta 1167</td></tr></tbody></table><br /><div><br /></div><div style="text-align: center;"><b>APÉNDICE DOCUMENTAL</b></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">1351, octubre, 10. Benavente.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;"><i>Marina Andrés, manceba de Juan Fernández, clérigo, y su hijo Pedro, moradores en la Puebla de San Martín de Benavente, venden a Aldonza Fernández, mujer que fue de Fernando Pérez, bufón, una casa que llaman "La Panera", situada en Benavente, en la calle de la Muela, junto al castillo de la villa que llaman de Malgrado. El precio acordado es de 400 mrs., entregando en su lugar por los compradores dos tazas de plata.</i></span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">A. Archivo del monasterio de Sancti Spiritus de Toro. Orig. Perg., gótica cursiva. Buena conservación.</div><div style="text-align: justify;">REG. P. GALINDO ROMERO, “Catálogo del Archivo del monasterio de Sancti Spiritus de Toro”, Archivos Leoneses, 59-60 (1976), pp. 205-236.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Sepan quantos esta carta vieren commo yo, Marina Andrés, mançeba que fuy de Iohán Ferrández, clérigo de Villa Nate, e yo Pedro, su fiio, moradores que somos en Benauente a la Pobra de San Martino, vendemos a uos, Aldonça Ferrández, moger que fuestes de Fernant Pérez bufón, morador en este dicho lugar de Benauente, una casa que dizen Panera, que es en este dicho lugar, en la Muela, la qual fue de Feresma Martínez, que ha por términos de la una parte panera que fue de la dicha Feresma Martínez, e de la otra parte panera de Iohán López, e de la otra parte el castiello desta dicha villa que dizen de Mal Grado, e enfrenta enna dicha calle que dizen de la Muela. E esta dicha casa que dizen Panera ya dicha, así determinada, con entradas e con salidas, e con todos sos derechos e pertenençias vos vendemos e vos otorgamos por quatroçientos maravedís, desta moneda que corre a diez dineros el maravedí, que vos nos diestes e nos de vos resçebimos, de que nos otorgamos por bien pagados por dos taças de plata que de vos resçevimos en fes del notario e de los testigos desta carta, e desde oy día en delante, por esta carta, vos damos e vos entregamos con el jur e con la posesión e con el sennorío, e con la propedat de la dicha casa que dizen Panera, que nos vos vendemos, con tal manera que vos que la ayades e la entredes, la posideades para dar e donar e vender e cambiar e enpennar e enagenar, e para faser della e en ella toda vuestra voluntad assí en la vida commo en la muerte, commo de la cosa más llibre e más çierta que vos ficiéredes o podriedes aver en qual manera que sea, e obligamos nos por nos e por todos nuestros bienes mobres e rayzes, ganados e por ganar de vos esta dicha casa que dizen Panera que vos nos vendemos salvar e amparar e arrendar e de vos la fazer sana e salva de quienquier que uos la demandar o embargar o contrariar por qual razón quier a todo tiempo.</div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">E por que esto sea firme e non venga en dubda roguemos a Iohán Pérez, notario público del rey en Benauente, que mandase escriuir esta carta e fiziese en ella so sygno. Testigos que fueron presentes: Diego Rodríguez, tendero, Pedro Miguéllez, alfayate, que mora en la Rúa, Fernán Pérez, sacristán que fue de Santa María de la Çogue, e otros.</span></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Fecha en Benauente, diez días de othubre, era de mill e treçientos e ochenta e nueve annos. Yo, Iohán Pérez, notario sobredicho, fuy presente a esto que dicho es, e al ruego sobredicho fiz escriuir esta carta, e fiz en ella mío signo que es a tal (signo) en testimonio de verdat.</span></div>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-55695151180208526362023-11-15T23:39:00.044+01:002023-12-05T18:58:09.132+01:00Victoriano González Noriega (1873-1962) - Ilustrador, delineante, cartógrafo, artista<p></p><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgjWR9WEljjooKlD672VXB1dwIVszDlXF1nJJQp2ZWJyqWkVeN3AgDswSB6tLr7-gZn33AQI_xTB2CmV8KXjI_ojhG8tMhV7afvPdPMd5CfcVc-iGU6MxHPDtU75JV6xqPhcHzrZUPsoe3X7u482Qf7sJls7_nEu02oZjuYfD33wKBmJ_r7PAkbQc8UMLs/s1920/Victoriano%20Gonz%C3%A1lez%20Noriega%20en%201956%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1282" data-original-width="1920" height="268" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgjWR9WEljjooKlD672VXB1dwIVszDlXF1nJJQp2ZWJyqWkVeN3AgDswSB6tLr7-gZn33AQI_xTB2CmV8KXjI_ojhG8tMhV7afvPdPMd5CfcVc-iGU6MxHPDtU75JV6xqPhcHzrZUPsoe3X7u482Qf7sJls7_nEu02oZjuYfD33wKBmJ_r7PAkbQc8UMLs/w400-h268/Victoriano%20Gonz%C3%A1lez%20Noriega%20en%201956%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Victoriano González Noriega en 1956</td></tr></tbody></table><br /><div style="text-align: justify;">Victoriano Valentín González Noriega nació el 14 de febrero de 1873 en Fresno de la Ribera, pequeña localidad zamorana muy próxima a Toro. Hijo de Perfecto y de Francisca, fue el mayor de seis hermanos: Perfecto, Buenaventura Jacinto, Francisca, Carmen y Socorro. Con muy corta edad, se trasladó con su familia a vivir a la dehesa de Morales de las Cuevas (Fuentes de Ropel), donde su padre trabajó durante años como administrador en la finca. En Morales nacerían el resto de sus hermanos. Sus primeros estudios fueron en la escuela de Castrogonzalo, y de allí pasó al Seminario de Valderas, dependiente del obispado de León.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Desde muy joven mostró un gran talento para el dibujo y la pintura, por lo que sus padres, con gran esfuerzo para una familia humilde, decidieron enviarlo a Madrid. En 1892 obtiene el título de Bachillerato en el Instituto de San Isidro. A partir de 1897 completa su formación en la Facultad de Ciencias de la Universidad y, a continuación, en la Facultad de Derecho. En 1907 ingresó en el Cuerpo de Delineantes de Obras Públicas, dependiente entonces del Ministerio de Fomento. Después de varios destinos, desempeñó labores profesionales en el Instituto Geográfico y Estadístico de Madrid.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">En 1919 publica Luis Olbés y Zuloaga la tercera edición de unas “Lecciones elementales de Física”. Victoriano colabora como dibujante en las numerosas ilustraciones y grabados intercalados en el texto. Al año siguiente, participa con sus pinturas en el Salón de Otoño, celebrado en el Palacio de Cristal de Madrid. En 1928 realiza una exposición de su obra en el Círculo de Bellas Artes. La muestra se hace en compañía de Florencio Vidal. Ambos son, en este momento, unos modestos artistas que dedican su actividad al mundo de la ilustración del libro y de la revista gráfica. González Noriega expone fundamentalmente dibujos a pluma y al lápiz, predominando el desnudo femenino. Gran parte de los trabajos habían sido ejecutados durante las sesiones docentes del Círculo de Bellas Artes.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><div>Victoriano vivió plenamente el ambiente cultural y bohemio del Madrid de los años 30. Fue creando una pequeña biblioteca privada, acudía a las actividades del Círculo de Bellas Artes, participaba en exposiciones, se relacionaba con escritores, poetas y artistas, e incluso parece que llegó a entablar cierta amistad con Valle-Inclán, pues el ilustre escritor gallego frecuentaba su domicilio.</div></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">En 1933 Noriega es adjudicatario de un concurso para la reproducción de los mapas-tipo provinciales, escala 1:200.000. En 1934 era ya Delineante Cartográfico Primero, Jefe de Negociado de tercera clase, dependiente de la Dirección General del Instituto Geográfico, Catastral y de Estadística de la Presidencia del Consejo de Ministros.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">La Guerra Civil significó para Victoriano un vuelco en su brillante carrera, con la pérdida de su puesto de trabajo y la separación del servicio activo a partir de 1939. En el pliego de cargos de su expediente de depuración, se le supone perteneciente a Izquierda Republicana, haber sido destinado a la Dirección General del Cuerpo de Carabineros y “haber contribuido a la suscripción Pro Konsomol en 1937”. Entre 1939 y 1940 estuvo en prisión, en total un año y cinco meses, pasando por diferentes establecimientos penitenciaros: Cárcel de Barcelona, Campo de Horta, Campo M. Unamuno, Salesas y en la Cárcel de Yeserías.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Victoriano intentó recuperar su puesto en la Administración y realizó diversas gestiones para ello. En 1941 se deniega su solicitud para reingresar en el Cuerpo de Delineantes “en vista de su destacada actuación en el Cuerpo de Carabineros rojo durante la guerra”. En 1943 el expediente se resuelve, con fecha 12 de marzo, disponiendo “que sea reincorporado en el servicio activo de su empleo, reingresando en el Cuerpo de Delineantes Cartográficos, en la categoría de Jefe de Administración civil de tercera clase, con el sueldo anual de 12.000 pesetas”. En la práctica, no volvería a desempeñar responsabilidad alguna pues en esos mismos días se le declara jubilado al cumplir la edad reglamentaria de setenta años.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Sus primeros años de jubilación coinciden con la etapa más dura de la posguerra, con grandes penurias y estrecheces en aquel Madrid de las cartillas de racionamiento y el estraperlo. Su residencia familiar se encontraba en el número 29 de la Avenida Menéndez Pelayo, donde disfrutaba de una coqueta terraza con vistas privilegiadas del parque del Retiro. Allí vivía en compañía de su mujer, Dolores Tomé Rimbau, y de su sobrina, Dolores Fernández González. Fueron también años de una gran labor creativa como dibujante y artista, y de diversas colaboraciones para la editorial Aguilar. De esta época, nos han llegado bocetos de diversos trabajos centrados en la mitología clásica, todos ellos relacionadas con proyectores editoriales que, salvo alguna destacada excepción, nunca llegaron a cuajar.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">En 1944 elabora una serie de materiales para un libreto que debía llamarse “Los pintores y la mitología”. Se trata de una serie de dibujos y textos en los que se trata sobre el desnudo a través de la obra de los grandes pintores universales.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">También en Madrid, en 1945, realiza “Los escultores y la mitología”, siguiendo el mismo patrón de la empresa anterior. En el preámbulo se dice que estos dibujos procedían de un proyecto de libro llamado “Dioses y hombres”, hecho en colaboración con José Corzo Cisneros, y que nunca se llegaría a publicar. Los dibujos son copias fotográficas en papel “Ozalid”, coloreadas y retocadas por el propio González Noriega. Parece ser que los originales ya no estaban en su poder, aunque sabemos que estaban realizados en papel vegetal. “Ozalid” era la marca registrada de un tipo de papel que se utilizaba para las pruebas de impresión en el procedimiento ófset monocromo. Este papel permitía reproducir la imagen de una fotolitografía original en blanco y negro (o "negativo"), de un papel vegetal u otro tipo de soporte transparente.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">“Las Hazañas de Hércules” están fechadas también en Madrid en este mismo año de 1945. A diferencia de los trabajos anteriores, se han conservado todos los dibujos y bocetos originales. En total son 23 ilustraciones, si bien algunas de ellas solamente están esbozadas y no llegaron a ser coloreadas.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Es esta una obra ciertamente desenfadada, iconoclasta, irreverente y llena de sentido del humor. Con el argumento del desnudo, y de los mitos clásicos, se adentra el autor en los terrenos del erotismo, con imágenes muy explícitas y provocativas para la época. Todo ello, acompañado de unos textos satíricos, en los que hay guiños a la actualidad de la España de los años cuarenta, cierta crítica política y social, y alusiones a personajes de la época.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Un trabajo como este nunca hubiera pasado los filtros de la censura franquista. Esto resulta evidente por muchos motivos, y sugiere que en realidad Victoriano elaboró un libro pensado para ser distribuido en un único ejemplar entre su círculo de amistades. Por ello, se tomó la molestia de encuadernarlo y maquetarlo de forma casera, y darle una apariencia de libro facsímil.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Los dibujos de Noriega para esta obra están centrados en los doce trabajos de Hércules y son, como se ha dicho, “originales”. No están basados en las pinturas y esculturas de los grandes maestros de la Historia del Arte. El propio autor nos va desvelando en la introducción y en sus textos su interés por esta temática y su particular visión de las epopeyas del héroe:</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">“Aunque de una manera sucinta, y un tanto desordenada, quisiera relatar los hechos más sobresalientes, pero me temo dejar en el tintero muchas gestas del héroe que en toda clase de luchas batió el récord, como campeón máximo de todas las categorías y pesos. No sé si en los dibujos seré más afortunado interprete de tan maravillosas aventuras que, tratadas por más doctos lápices o plumas, serían superiores, sin duda, a la Ilíada y al Quijote”.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">La lectura y la contemplación de “Las hazañas de Hércules” nos permiten conocer algunas de las virtudes principales del artista. Es un excelente calígrafo y dibujante a la plumilla, de hecho, parece que no cultivó demasiado la pintura. Exhibe una paciencia infinita para elaborar orlas, iniciales, detalles decorativos, marcos, etc., hasta el punto de que reproduce casi fotográficamente documentos y cartas. Otra de sus inquietudes es la poesía, con una particular especialización en la composición de sonetos.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">En 1949 ilustra con diversos dibujos la novela "Agarista de Mantinea", compuesta por su gran amigo, el poeta y escritor Antonio Montoro. Se trata de una curiosa novela de "reconstrucción helénica" o "reconstrucción arqueológica", inspirada en la cultura clásica y en los grandes personajes de la antigua Grecia.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Sus últimos años como dibujante y cartógrafo están muy vinculados a la editorial Aguilar y sus proyectos editoriales. Manuel Aguilar Muñoz fue el fundador de esta empresa en 1923 y el iniciador del primer gran Atlas Universal que se hizo en España. Se editó en un volumen de 41 x 32,5 cms., encuadernado en tela, y artística sobrecubierta. El atlas se vendía en 1956 al precio de 1.725 pesetas. Aguilar tenía entonces su central en la madrileña calle Juan Bravo número 38, y dos librerías en las calles Serrano y Goya.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">El 14 de febrero de 1956 Victoriano recibió un emotivo homenaje en el Departamento Cartográfico de la editorial Aguilar. En aquel acto recibió un pergamino de recuerdo firmado por todos sus compañeros y por los directivos de la empresa. En 1958 la editorial Aguilar publicó la segunda edición “corregida y muy aumentada” del “Ensayo de un diccionario mitológico universal”. Su autor era Federico Carlos Sainz de Robles, pero nuestro artista ilustraba el texto con 553 dibujos interpretativos.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Victoriano González Noriega murió un día de San Fermín, 7 de julio de 1962. Tenía 89 años.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi_4o_YzCjZZWH2O1uqTtLNBf5PG1x7DDMOc4xGjXJ0H8gRQ0DPIwhUYMNKhHS3aPBf1h8q4HUOpX1YVWw0PLrGOgTuOkSyo-Eg_a2cPaOhSUKbCEKNgfAJMtXd3y-4GQnTBYBmyy_WXiCqdFPOT9jCJgVNbSzOr14cy_Ma3eNRDV8_Cb1JrqdmGqOHurI/s1920/El%20Ba%C3%B1o%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi_4o_YzCjZZWH2O1uqTtLNBf5PG1x7DDMOc4xGjXJ0H8gRQ0DPIwhUYMNKhHS3aPBf1h8q4HUOpX1YVWw0PLrGOgTuOkSyo-Eg_a2cPaOhSUKbCEKNgfAJMtXd3y-4GQnTBYBmyy_WXiCqdFPOT9jCJgVNbSzOr14cy_Ma3eNRDV8_Cb1JrqdmGqOHurI/w400-h296/El%20Ba%C3%B1o%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Psique en el baño (según Rafael Sanzio)</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgXkxyMmKigGu873VAVM8kI8jE8ZXPn5HxQiE_ScoSOp5sO53_drw9ZnFBQK5x1qXim8ahqGa2wUXGV7Qa6PTLO9zJxOpC03txNndv_5nql3fAF6-HqJwKyhs8aMNRNLfKWXaf2r2uYj1rCk5FIhP96_Z7QbKNkS1a84dGXVlLRMQc26fKb-Suo-0Ussm8/s1920/D%C3%ADa%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgXkxyMmKigGu873VAVM8kI8jE8ZXPn5HxQiE_ScoSOp5sO53_drw9ZnFBQK5x1qXim8ahqGa2wUXGV7Qa6PTLO9zJxOpC03txNndv_5nql3fAF6-HqJwKyhs8aMNRNLfKWXaf2r2uYj1rCk5FIhP96_Z7QbKNkS1a84dGXVlLRMQc26fKb-Suo-0Ussm8/w400-h296/D%C3%ADa%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Día</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg0dIjTReQ0qirUUcl4_WKElHIvn2ApHA1knir6LQMUEsAyMKOuq-zk-biiFjMoDmjWggw2yqR3xh3ehXnFKMo0bPkPPDFO6DRkn_6ZbVLZdAeacaE_xwiudmn9g6jgeBhRTvUf4T-GdmncD56F0bT0T8yEfyfgxe1Swz1bfZfD8Nvxo3_VkHsYZkoAk2k/s1920/Noche%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg0dIjTReQ0qirUUcl4_WKElHIvn2ApHA1knir6LQMUEsAyMKOuq-zk-biiFjMoDmjWggw2yqR3xh3ehXnFKMo0bPkPPDFO6DRkn_6ZbVLZdAeacaE_xwiudmn9g6jgeBhRTvUf4T-GdmncD56F0bT0T8yEfyfgxe1Swz1bfZfD8Nvxo3_VkHsYZkoAk2k/w400-h296/Noche%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Noche</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiM2bQFX_8BzDD7IDqw2VJZi25SAU942oHGVPXmCpRA3GOPfD3P3mKSTLnp1aNgl6UQtDpGnebUwOjXq_fjLzz6QUylsdzM77QosPvlT6ZjJWmcsQk4Z5zdJpEc2V1AZXH4-cTzJ29MToUUYdnLhn6k2FajEslMkfAQyZmnn5Z4LN7EoTiapOGYxuitcT8/s1920/Urano%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiM2bQFX_8BzDD7IDqw2VJZi25SAU942oHGVPXmCpRA3GOPfD3P3mKSTLnp1aNgl6UQtDpGnebUwOjXq_fjLzz6QUylsdzM77QosPvlT6ZjJWmcsQk4Z5zdJpEc2V1AZXH4-cTzJ29MToUUYdnLhn6k2FajEslMkfAQyZmnn5Z4LN7EoTiapOGYxuitcT8/w400-h296/Urano%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Urano</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh3O45ifRYECSndog-MaU0dPnSolBV_vjrKFec3EkmHw-61aJycwgflkcQRnQQRTluLSSkJagcVw8IeOz7KkB1Rh1TBPxzzjrdQqMyZn9nP_V524wmUDFBpmPPoT52R2fCcfsfXYEyjW1UPIDaaLys0agX9li8v1XpF4GrHwJV3UXMJjhoHHXY51Rzf9k4/s1920/H%C3%A9rcules%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh3O45ifRYECSndog-MaU0dPnSolBV_vjrKFec3EkmHw-61aJycwgflkcQRnQQRTluLSSkJagcVw8IeOz7KkB1Rh1TBPxzzjrdQqMyZn9nP_V524wmUDFBpmPPoT52R2fCcfsfXYEyjW1UPIDaaLys0agX9li8v1XpF4GrHwJV3UXMJjhoHHXY51Rzf9k4/w400-h296/H%C3%A9rcules%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Hércules (según Rafael Sanzio)</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjmW0bjSFcpTLElQdeeMhRQt-QZqjZC3zIpgmiwEjlZ9tegxlmPTmstixI7VwSA4pM6YCKgMkC4asq4uA6nacotPIuWAHPK43G39QBaSQJKyBH4bbX-HgbzFEfHeM7RcaA7PDgARcNQmAFcn7bR3ptV2Se5pWkvPeLdg1v_ZfWxXb-BEaWc7x_gGuDUAE4/s1920/Ninfas%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjmW0bjSFcpTLElQdeeMhRQt-QZqjZC3zIpgmiwEjlZ9tegxlmPTmstixI7VwSA4pM6YCKgMkC4asq4uA6nacotPIuWAHPK43G39QBaSQJKyBH4bbX-HgbzFEfHeM7RcaA7PDgARcNQmAFcn7bR3ptV2Se5pWkvPeLdg1v_ZfWxXb-BEaWc7x_gGuDUAE4/w400-h296/Ninfas%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Ninfas sorprendidas por sátiros (según Rubens)</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiJZmmP_Nu0Dbr5bhZQmZxABqgtUs4MxQ6FW6M1uBpX9OezMc3CuSCr9RJLZXubgoiWxurCxkIHT4pVOkTEkaheeMwA5eGdeMOu41FN3HIQtCNRk6RB24bzL-lHwjI4xMF03cw5tcK9Tlw0SUShthnAC-wNiPYMgOA1Yku68aiIPLfeYqxYfebeIaVQNRc/s1920/Leda%2002%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiJZmmP_Nu0Dbr5bhZQmZxABqgtUs4MxQ6FW6M1uBpX9OezMc3CuSCr9RJLZXubgoiWxurCxkIHT4pVOkTEkaheeMwA5eGdeMOu41FN3HIQtCNRk6RB24bzL-lHwjI4xMF03cw5tcK9Tlw0SUShthnAC-wNiPYMgOA1Yku68aiIPLfeYqxYfebeIaVQNRc/w400-h296/Leda%2002%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Leda y el cisne (según Miguel Ángel)</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgtWN4xZGsqwn5WAbZbuwCiUkHTe_qK5MZDSFTb5cIbZom-MbVPcoSO6CDZyZcGmndUMNuA9-gaKOR_sNUhhA8uWSmF6VRGTnD8WFnTmSLACEpvtSiKpRvpDpmLLbehr6GsaEnvvBEXKojV1fEgINeGMNGakVr2wFMqufrvNSvrvzGpy8cmMvbCAFmNfHc/s1920/Apolo%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgtWN4xZGsqwn5WAbZbuwCiUkHTe_qK5MZDSFTb5cIbZom-MbVPcoSO6CDZyZcGmndUMNuA9-gaKOR_sNUhhA8uWSmF6VRGTnD8WFnTmSLACEpvtSiKpRvpDpmLLbehr6GsaEnvvBEXKojV1fEgINeGMNGakVr2wFMqufrvNSvrvzGpy8cmMvbCAFmNfHc/w400-h296/Apolo%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Apolo y Marsias (según Guercino)</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiHQNObUsFDWhv_LCr1RZnZYZRHkjLUmMe2ACit5TzLcRVFhwN3kH3dzlYW12fyaZrasFThIS1d6Lbw9f-2w2OZZxBzEjOBarxK1y25VMqv45cdQ2Ukkwe1ssufojZNYEvFrY1WhU7kwr5SFRmhI5tTVVBz0A2oNPjtJB8cMbQNFem1v6-nJC5J5o-VtVg/s1920/Galatea%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiHQNObUsFDWhv_LCr1RZnZYZRHkjLUmMe2ACit5TzLcRVFhwN3kH3dzlYW12fyaZrasFThIS1d6Lbw9f-2w2OZZxBzEjOBarxK1y25VMqv45cdQ2Ukkwe1ssufojZNYEvFrY1WhU7kwr5SFRmhI5tTVVBz0A2oNPjtJB8cMbQNFem1v6-nJC5J5o-VtVg/w400-h296/Galatea%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Galatea y Polifemo (según Maratti)</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiFdi3XCIgInjRbXxi58rL9rUcNuQQRYl6HSdxFhHESB8N2x9hYUXMIInBuOP5uXQESSx3TloH8DjnFNDM4MNDHuFmOOb9TRE3DpRkHUVUfPOi-ejHraHXrkSCsfgYGIukNr2jgvFFMadlUleug6mNIqpGc9f7yFz_NJb8EVcVzPy_KTA9lJKXGhV_vtZQ/s1920/Juno%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiFdi3XCIgInjRbXxi58rL9rUcNuQQRYl6HSdxFhHESB8N2x9hYUXMIInBuOP5uXQESSx3TloH8DjnFNDM4MNDHuFmOOb9TRE3DpRkHUVUfPOi-ejHraHXrkSCsfgYGIukNr2jgvFFMadlUleug6mNIqpGc9f7yFz_NJb8EVcVzPy_KTA9lJKXGhV_vtZQ/w400-h296/Juno%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Juno dando de mamar a Hércules (según Rubens)</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj_4d3mBEf8dBAhq3TmpejA7gMt87CtVkU39a19vR4Xevuz4jo1z8yV2YvKBJW1RCCbveFf8RxtkDnC5NyOE6VQblaXf6xQLMGHzCCEFhW0FrsTZS6-HwmOowv-UtmjRD54u3HNdUWGDEHB1q9jo5BOgesJlkG_btj1tz_kBjd5SxtoT1gGJPVuLYr_7jE/s1920/Metopa%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj_4d3mBEf8dBAhq3TmpejA7gMt87CtVkU39a19vR4Xevuz4jo1z8yV2YvKBJW1RCCbveFf8RxtkDnC5NyOE6VQblaXf6xQLMGHzCCEFhW0FrsTZS6-HwmOowv-UtmjRD54u3HNdUWGDEHB1q9jo5BOgesJlkG_btj1tz_kBjd5SxtoT1gGJPVuLYr_7jE/w400-h296/Metopa%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Metopa de los jinetes (Partenón de Atenas)</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhgwYu_16D_BIzQM-5XZFq0FI3hKfGcJjpdJmmnU3V3yuWwyn_KHRenluXe5y1WmgpJdJ1KamP0_ojxfBGZa6qmQbrd77ZUs3d9JNw6rCYdsmng2jmPMWN9eAjU3i_bB7dZq9u1oUexCLK-r529sfkz4izsOpVGENQ0PpJkU2IReSCyH5hT8cHCPi67BJc/s1920/Leda%2003%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="1419" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhgwYu_16D_BIzQM-5XZFq0FI3hKfGcJjpdJmmnU3V3yuWwyn_KHRenluXe5y1WmgpJdJ1KamP0_ojxfBGZa6qmQbrd77ZUs3d9JNw6rCYdsmng2jmPMWN9eAjU3i_bB7dZq9u1oUexCLK-r529sfkz4izsOpVGENQ0PpJkU2IReSCyH5hT8cHCPi67BJc/w296-h400/Leda%2003%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="296" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Leda y el cisne (Museo Arqueológico de Venecia)</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhXhD0s1BWbHwLe0_Jhy6LzH9Av8enQr3-tz_sgGqM1fls2Vchc5bf2qis1i4YPhaXeLOoARSzeJG3yF-Gqrae7uDE1Bjnl9g8bBjqkjTldyw31m7PTtVU6JunkXum9MCNt3KDEKSNRh5wGerSzA4TYsME9I842l0Sg8iFOhHlLGVMLFCioqL8cpGDz8m0/s1920/Escrutinio%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D..jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="1419" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhXhD0s1BWbHwLe0_Jhy6LzH9Av8enQr3-tz_sgGqM1fls2Vchc5bf2qis1i4YPhaXeLOoARSzeJG3yF-Gqrae7uDE1Bjnl9g8bBjqkjTldyw31m7PTtVU6JunkXum9MCNt3KDEKSNRh5wGerSzA4TYsME9I842l0Sg8iFOhHlLGVMLFCioqL8cpGDz8m0/w296-h400/Escrutinio%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D..jpg" width="296" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">El donoso y grande escrutinio en la librería del Quijote</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjcAbgNwCeZW2Gia64oKHWzBKTwpKMYgYsG0JfrRslpC0b9BvTzTr4QvxUaWBDhezk_sFWPMd1FVn241wOnhJxex2zKZe8-YWzynOgdbeXJpoQK22rFmSPU0HSMa9rZhtDaOpvnkaVS0qhckqImFNrsq5txAJGehOsV9PE65j7038zP20omTJzn_iNhDAo/s1920/Europa%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjcAbgNwCeZW2Gia64oKHWzBKTwpKMYgYsG0JfrRslpC0b9BvTzTr4QvxUaWBDhezk_sFWPMd1FVn241wOnhJxex2zKZe8-YWzynOgdbeXJpoQK22rFmSPU0HSMa9rZhtDaOpvnkaVS0qhckqImFNrsq5txAJGehOsV9PE65j7038zP20omTJzn_iNhDAo/w400-h296/Europa%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Europa</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg2zcRYWWiVKmWMQbcTivY9FHmFfHpF1NpjIhnOaYndinfVqDq4AiF26oD6U2xipAi6PoaKUUVn5lQOAOT-B6-ihZNAMXVAXXeU1mCfakS6TyHz-igNI8-myP_a45VaS5xqJowHgrZTAcxzeyOAf1w6Ux63tnTte-d_mVkZRIFx2X9tUjFXIDpTc4py26Y/s1920/D%C3%A1nae%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg2zcRYWWiVKmWMQbcTivY9FHmFfHpF1NpjIhnOaYndinfVqDq4AiF26oD6U2xipAi6PoaKUUVn5lQOAOT-B6-ihZNAMXVAXXeU1mCfakS6TyHz-igNI8-myP_a45VaS5xqJowHgrZTAcxzeyOAf1w6Ux63tnTte-d_mVkZRIFx2X9tUjFXIDpTc4py26Y/w400-h296/D%C3%A1nae%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Dánae recibiendo la lluvia de oro (según Tiziano)</td></tr></tbody></table><br /><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh6XKrrdRIj1-vzACt8p9ftuAhbXdnjwZcBLq4PVHHv_GJA_eslis5MHMPO5pqRyPLQVCooSawmccMTMG_p2pm8bDt8AyzASPz1cf17lfKZtzs-oc6DkPUgjo_Feo6xfvQDpICB5nRD7_lwI3sEPjM_Z0ASeI0rqBYwgiQCbaxsr8DzfJrmhyphenhyphen_8MWm0hos/s1920/Plut%C3%B3n%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh6XKrrdRIj1-vzACt8p9ftuAhbXdnjwZcBLq4PVHHv_GJA_eslis5MHMPO5pqRyPLQVCooSawmccMTMG_p2pm8bDt8AyzASPz1cf17lfKZtzs-oc6DkPUgjo_Feo6xfvQDpICB5nRD7_lwI3sEPjM_Z0ASeI0rqBYwgiQCbaxsr8DzfJrmhyphenhyphen_8MWm0hos/w400-h296/Plut%C3%B3n%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Plutón en su carro entra en el inframundo (según Giulio Romano)</td></tr></tbody></table><div><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjokK3MTx-X2JGo9ZA0ZtsbF14dbfvRZ2FIA0pFm69oJmoHRvDQIlP82ao1dHBi8hC-abEuJE-AsqYgxy5lAZsg_xlshBcalUHxI0hI2KKGiWxrQVzUqooG1XY_d13Z-y9WYxVwD5YYg9ZsKEjky2hCsSzjwJqKaVdXi-4aOCL5jOKunB4ce24-OGjIiLA/s1920/Laoconte%2002%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="1419" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjokK3MTx-X2JGo9ZA0ZtsbF14dbfvRZ2FIA0pFm69oJmoHRvDQIlP82ao1dHBi8hC-abEuJE-AsqYgxy5lAZsg_xlshBcalUHxI0hI2KKGiWxrQVzUqooG1XY_d13Z-y9WYxVwD5YYg9ZsKEjky2hCsSzjwJqKaVdXi-4aOCL5jOKunB4ce24-OGjIiLA/w296-h400/Laoconte%2002%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="296" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Laoconte y sus hijos (Museos Vaticanos)</td></tr></tbody></table><br /><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh6uSn2cUVqpgBXNndsJ3-3M6gqV_oy7TjzNdz45qaMSAMBUkHObDJ-pc__0hs7z0ePBW8fZpBv_m2c0EPvPiFGDJXCwMnHBOCkclR8MAZj5o_wZFgzJ2aWKnfZEYWCYmOli14MfbRgU2D7GPpFYR1DffJk1jwvxWxjol_UvAUBChKKeBbQOZ33fyACITE/s1920/Toro%20Farnesio%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D%2001.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="1419" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh6uSn2cUVqpgBXNndsJ3-3M6gqV_oy7TjzNdz45qaMSAMBUkHObDJ-pc__0hs7z0ePBW8fZpBv_m2c0EPvPiFGDJXCwMnHBOCkclR8MAZj5o_wZFgzJ2aWKnfZEYWCYmOli14MfbRgU2D7GPpFYR1DffJk1jwvxWxjol_UvAUBChKKeBbQOZ33fyACITE/w296-h400/Toro%20Farnesio%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D%2001.jpg" width="296" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">El Toro Farnesio (Museo Arqueológico de Nápoles)</td></tr></tbody></table><div><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhMCsLQbOJeRLoCuWntmvAk0WGl522_aIfS2tBWT-lk1cB3cjNHKJGLIvcsWkniS5afoCP7R9G2a2p1HjMPxkzpstCNqbo4PBBssfS1QZCYRbqke4lwLGAjkxgBdAyLDuOafRRLACsgV7xLtFpQdGfJdUabax1gtl_7TeZWlUV1HWdULUQ4N2St8EtoW6A/s1920/Apolo%20Saur%C3%B3ctono%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="1419" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhMCsLQbOJeRLoCuWntmvAk0WGl522_aIfS2tBWT-lk1cB3cjNHKJGLIvcsWkniS5afoCP7R9G2a2p1HjMPxkzpstCNqbo4PBBssfS1QZCYRbqke4lwLGAjkxgBdAyLDuOafRRLACsgV7xLtFpQdGfJdUabax1gtl_7TeZWlUV1HWdULUQ4N2St8EtoW6A/w296-h400/Apolo%20Saur%C3%B3ctono%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="296" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Apolo sauróctono (según Praxiteles)</td></tr></tbody></table><div><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEil19gk1KtvIH_qcAHX9JB-oyMYSUkNxGaYOgh2H3rgD5wybVt2bnZG1t9A1cU_2ZcQmG74BAC14smU6TH96DVsXcncQPVMB5EROmGPAIofafOzlQed9Uy0UvkFCCvHUrHgVSZon_rZlde1l02wdWktQMoFnPyTpQSF5ncBfU_34PUzJ9B1Se2qoj7sW3U/s1920/Apolo%20Belvedere%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="1419" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEil19gk1KtvIH_qcAHX9JB-oyMYSUkNxGaYOgh2H3rgD5wybVt2bnZG1t9A1cU_2ZcQmG74BAC14smU6TH96DVsXcncQPVMB5EROmGPAIofafOzlQed9Uy0UvkFCCvHUrHgVSZon_rZlde1l02wdWktQMoFnPyTpQSF5ncBfU_34PUzJ9B1Se2qoj7sW3U/w296-h400/Apolo%20Belvedere%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="296" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Apolo Belvedere (Museos Vaticanos)</td></tr></tbody></table><div><br /></div><div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjtZecEHp-UhKg4cH7CXqzdcHNrSZGNoabbKbDcpP264aNx_5iXCuL55STDKqqgAmtMAIC9cgLktROogel4U4__zSf4QUc19k-qzlDsCDpLQc31mpyMqaoG3TZXiXvPPuxiUPdoEV4tl_rsaz7oejsnbgDRGEtJKHt8eH8t8FnBno41DrpRzfHhXR8_OjE/s1920/Sabinas%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="1419" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjtZecEHp-UhKg4cH7CXqzdcHNrSZGNoabbKbDcpP264aNx_5iXCuL55STDKqqgAmtMAIC9cgLktROogel4U4__zSf4QUc19k-qzlDsCDpLQc31mpyMqaoG3TZXiXvPPuxiUPdoEV4tl_rsaz7oejsnbgDRGEtJKHt8eH8t8FnBno41DrpRzfHhXR8_OjE/w296-h400/Sabinas%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="296" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">El rapto de las Sabinas (según Rubens)</td></tr></tbody></table><div><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg8HXW1gbuckKC-06-cROVtfzO8Vlqu-J64kWI7EyFw4S_4maXp-z5Lrk0M0fhnj1XN9Qw0cphKtXmAoZSOTzJwx_EfR4wvfK5cV1HRrprrL18bwEA8y8MYOJ_eUC_EBM6HEa9JtsVDR0OV1EV-ikiEXvzml0q-NTkyyEGKF7Tc5i1GPmzbIRu4rhdye2Q/s1920/Aqueloo%20y%20H%C3%A9rcules%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="1419" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg8HXW1gbuckKC-06-cROVtfzO8Vlqu-J64kWI7EyFw4S_4maXp-z5Lrk0M0fhnj1XN9Qw0cphKtXmAoZSOTzJwx_EfR4wvfK5cV1HRrprrL18bwEA8y8MYOJ_eUC_EBM6HEa9JtsVDR0OV1EV-ikiEXvzml0q-NTkyyEGKF7Tc5i1GPmzbIRu4rhdye2Q/w296-h400/Aqueloo%20y%20H%C3%A9rcules%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="296" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Aqueloo y Hércules (según G. Reni)</td></tr></tbody></table><div><br /></div><div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEigDZq_a6vYlF5vzvO4_L52LQWTBEFVyV1XaaQt1XDFUZbf0DafKSSH5tzLVX6gO4tMCojh_d5tASH9gzENwyffAuylEc_BksiUwwkkwx04O9vNOUmfuwd0AnBcfzd5JPjGmUNTm8EgZ4SoW0Hcw4iphCmnDyaILEH8beI9nEaHeEZc68-b33v5qcl6c0k/s1920/Trabajos%20de%20H%C3%A9rcules%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1419" data-original-width="1920" height="296" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEigDZq_a6vYlF5vzvO4_L52LQWTBEFVyV1XaaQt1XDFUZbf0DafKSSH5tzLVX6gO4tMCojh_d5tASH9gzENwyffAuylEc_BksiUwwkkwx04O9vNOUmfuwd0AnBcfzd5JPjGmUNTm8EgZ4SoW0Hcw4iphCmnDyaILEH8beI9nEaHeEZc68-b33v5qcl6c0k/w400-h296/Trabajos%20de%20H%C3%A9rcules%2001%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Los doce trabajos de Hércules</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><p></p></div></div>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-19429803697701856722023-09-26T18:26:00.021+02:002023-10-04T19:05:26.815+02:00Las Cortes de Benavente de 1228<p></p><div style="text-align: justify;"><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjdAJb-O23gBEN_Lljs-YeZ70rLMKt0NB0DO-vbxYNJXBGRBmdrudvbYl5t3aqOrJQGRvjoe-TMLM7yO9AMkk0ufBbcea4IFq-7ChMnIkscepUlit6DvfrauZbOygxE9OE8SG1NPS76MmcDdgTBQs3W5GonIcl2sjX-0lMGc7R9GdHe6Jpgjt1Poy26mFc/s1920/DSC_3476%20El%20rey%20Herodes%20en%20su%20trono,%20junto%20con%20su%20armiger%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1436" data-original-width="1920" height="299" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjdAJb-O23gBEN_Lljs-YeZ70rLMKt0NB0DO-vbxYNJXBGRBmdrudvbYl5t3aqOrJQGRvjoe-TMLM7yO9AMkk0ufBbcea4IFq-7ChMnIkscepUlit6DvfrauZbOygxE9OE8SG1NPS76MmcDdgTBQs3W5GonIcl2sjX-0lMGc7R9GdHe6Jpgjt1Poy26mFc/w400-h299/DSC_3476%20El%20rey%20Herodes%20en%20su%20trono,%20junto%20con%20su%20armiger%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption">El rey Herodes en su trono. Aparece acompañado de su armíger, que porta el escudo y la espada desenvainada en alto, en representación de la Justicia. Iglesia de San Juan del Mercado de Benavente.</td></tr></tbody></table></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">A diferencia de la "curia plena" de Benavente de 1202, de la que conservamos un texto con sus disposiciones, las informaciones que existen sobre esta asamblea reunida en la misma villa por Alfonso IX en 1228 son todas ellas indirectas, procedentes de testimonios posteriores de la segunda mitad del siglo XIII y el primer tercio del siglo XIV. En realidad, su conocimiento por los investigadores es muy reciente, y en general muy deficiente. Fue el profesor O’Callaghan el primer autor que llamó la atención en un breve artículo publicado en 1983 sobre la existencia de estas cortes, aportando una serie de argumentos muy sólidos para fijar la fecha y concretar algunos aspectos sobre el contenido de lo debatido. Desde entonces apenas se ha vuelto a prestar atención sobre el particular, limitándose la mayoría de los autores a asumir su existencia o bien, en menos casos, poniendo en duda o negando esta posibilidad. Lo cierto es que la progresiva edición de fuentes documentales en las últimas dos décadas ha ido proporcionando nuevos testimonios que permiten acercarse con una mayor solvencia a esta problemática. Por ello, antes de entrar de lleno en el análisis de estas cortes, conviene recopilar y glosar las noticias que nos suministran las fuentes, a fin de desvincular y diferenciar esta asamblea, en la medida de lo posible, de la de 1202.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Las menciones en las fuentes</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">La primera noticia conocida sobre estas cortes de Benavente procede de un documento de Alfonso X de 1268, en el que se dirime un pleito entre San Isidoro de León y el concejo de Mansilla de las Mulas. La cuestión de fondo era la titularidad de unas heredades realengas y foreras que pertenecieron a ciertos clérigos de Mansilla. Posteriormente, estos bienes habían pasado al patrimonio de San Isidoro al incorporarse los citados clérigos al monasterio, pero el concejo de Mansilla exigía el pecho correspondiente al seguirlas considerando como heredades de realengo. Finalmente, Alfonso X falla en el contencioso considerando las heredades efectivamente como realengas y foreras, basándose en lo dispuesto en unas cortes de Benavente, pero las exime excepcionalmente de pago de tributo alguno, ordenando al monasterio leonés que cualquier otra propiedad que posea, adquirida por compra a hombres pecheros en Mansilla, debe ser vendida o enajenada a personas obligadas a pechar o pagar los fueros ordinarios al concejo de Mansilla. El pasaje concreto en el que se hace alusión a la reunión benaventana es el siguiente:</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">“... et el personero del conçeio dixo que estos priuilegios non les deuian a ualer porque el rey don Alfonso, mio auuelo, fizo postura con los obispos, e con los abbades, e con las Ordenes, e a plazer dellos en las cartas que fizo en Benauente depues que estos priuilegios furon ganados que ningun regalengo non pasase a abbadengo nin abbadengo a regalengo. Et yo uistos los priuilegios e oydas las razones de amas las partes e por que falle que estos priuilegios son contra mio senorio e danno de mi tierra, tengo por bien e mando que la postura que fizo el rey don Alfonso mio auuelo en las Cortes de Benauente con los obispos e con los abbades e con las Ordenes que uala e que sea guardada: que regalengo non pase a abbadengo nin abbadengo a regalengo ...”</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">El texto en cuestión resulta sumamente esclarecedor, desde el momento en que fija con precisión algunos de los elementos esenciales que debieron caracterizar a esta asamblea. En primer lugar, a los ojos de Alfonso X y sus contemporáneos esta reunión aparece como una convocatoria de cortes, equiparable, por tanto, a otras que este mismo monarca reunió en varias ocasiones en diversos lugares del reino. Sin embargo, al especificar el rango de los asistentes solamente se hace alusión a obispos, abades y órdenes militares, esto es, representantes del estamento eclesiástico, omitiendo la comparecencia de miembros de la curia, de la nobleza y delegados o personeros de las villas y concejos, como es habitual en otros casos. Esta circunstancia, aunque puede parecer capital, tiene a los efectos prácticos una trascendencia menor, desde el momento en el que el concepto de cortes aplicado a esta época de formación de la institución resulta ciertamente difuso, y en ocasiones contradictorio. Nos encontramos ante una realidad mediatizada por la tiranía de las fuentes, y condicionada por un arquetipo definido por la evolución posterior de esta institución. La asistencia de cives o representantes de las villas tiene en este contexto, como vemos, una importancia relativa a la hora de fijar la representatividad. En cualquier caso, conviene recalcar el dato objetivo de que cuando se cita esta reunión de Benavente en los documentos de esta época siempre se habla de cortes.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">En segundo lugar, el documento de Alfonso X remite a unas cartas que Alfonso IX habría redactado en Benavente, de lo que se deduce que existieron unas actas, cuadernos u ordenamiento emanado de esta asamblea, hoy perdido. Este texto era, sin embargo, perfectamente conocido en determinadas instancias políticas y judiciales del reino, y gozó de una notable difusión y aplicación en la segunda mitad del siglo XIII y principios del siglo XIV, según se deduce de otros testimonios existentes que remiten a este ordenamiento o implícitamente se apoyan en él. El término cartas también podría englobar, sin tener por ello un sentido excluyente, un grupo de privilegios que efectivamente Alfonso IX expidió desde Benavente en torno a esas fechas relacionados con la confirmación de heredades de realengo.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Por lo que se refiere al contenido de lo debatido en esta asamblea de Benavente, el documento nos informa que se concretó una postura que prohibía expresamente el cambio de titularidad recíproca entre las heredades de abadengo y realengo. Evidentemente, esta normativa no encaja en su sentido literal con los contenidos que conservamos de la curia plena de 1202. A juzgar por lo contundente de los argumentos empleados por el concejo y, con matices, por el propio monarca, esta normativa debió tener una aplicación efectiva y rigurosa en el reino durante la segunda mitad del siglo XIII, desde el momento en el que los privilegios obtenidos con anterioridad por San Isidoro, en cualquier otro sentido, no fueron tenidos en cuenta. Por último, el rey se reafirma en lo establecido en Benavente, prescribiendo que regalengo non pase a abbadengo nin abbadengo a regalengo.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Un segundo testimonio, que aporta información adicional de interés, corresponde al cuaderno de las cortes de Zamora de 1301. En él se da cuenta de las peticiones que hicieron los personeros de León, Galicia y Asturias al rey Fernando IV, y la respuesta de éste en forma de ordenamiento. El texto es el siguiente:</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">“Otrossi alo que me pedieron que non conssentiesse quelos delas yglesias e delas Ordenes e los rricos omes nin los delas comunnas que conpren nin camien cassas nin heredamientos delos logares que deuen ffazer los mis ffueros e los delos conçeios; et aquellos quelos conplaren que los dexen e ffinquen fforeros segund dize el ordenamiento que ffue ffecho enlas cortes de Benauente, que ffizo el Rey don Alffonso mio tras auuelo, en que ffue el obispo don Ssauinno que vino por legado de Roma, quelos non conplen nin los aya daqui adelante en ninguna manera, e aquellos que gelos vendieren que pierdan el preçio que por ellos dieren; tengo por bien e mando que esto que ssea guardado segund dize el ordenamiento que el Rey don Ssancho mio padre ffizo sobre esto en Haro”.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">El fragmento aporta datos en parte coincidentes con el anterior testimonio, pero incluye un sincronismo que permite concretar con una razonable exactitud la cronología. Se menciona la estancia en estas tierras del obispo don Sabino, personaje que O’Callaghan identifica con acierto con Juan de Abbeville o Juan Halgrin, cardenal obispo de Santa Sabina, que sabemos estuvo en los reinos peninsulares como legado pontificio en 1228 y 1229. En realidad, este pasaje no sólo nos informa de la estancia del mencionado legado en Castilla, sino que sugiere su asistencia, y participación activa, en las cortes de Benavente y, lo que es más importante, la inclusión de su nombre o suscripción en las actas u ordenamiento emanado de esta asamblea. Sólo así se puede explicar la precisión de los personeros de las villas y del propio monarca. Si admitimos que a la hora de redactar este epígrafe se tenía delante el texto del ordenamiento de Benavente -pues de hecho parece citarse literalmente alguna de sus disposiciones-, igualmente hay que entender que se destacara como hecho relevante la participación del mencionado legado pontificio. No en vano, las propias crónicas de la época dan cumplida noticia de las andanzas de este personaje.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Las condiciones en las que se materializó la participación de Juan de Abbeville en Benavente y su presencia en las actas, no debieron ser muy distintas de las que se mencionan en la ley dada por Alfonso IX sobre los peregrinos en el concilium de Salamanca, de febrero de este mismo año, al que también asistió: “Inde est quod, ad instantiam et petitionem reuerendi patris domini Iohannis, Dei gratia Sabinensis episcopi et apostolice Sedis legati, nos Adefonsus, eadem gratia rex Legionis et Gallecie, constituimus et firmiter per totum regnum nostrum quais legem legem precipumus observari”. En este caso, las actas dan cuenta de la participación del arzobispo de Santiago, junto con“uniuerisi episcopis regni nostri, a predicto domino Legato ad concilium conuocatis, necnon et baronibus regni nostri”. Como vemos, una amplia representación política y social para tratarse, como se ha venido presentando, de un concilium eclesiástico. En cualquier caso, el ejemplo de Salamanca no es el único. Contamos con algún otro documento solemne de Alfonso IX donde se incorpora la suscripción de un legado pontificio. Así, en el tratado de paz formalizado en 1194 en Tordehumos entre el rey leonés y Alfonso VIII de Castilla, tras la data, leemos: “Ego Gregorius, Dei gratia, Sancti Angeli diachonus Cardinalis apostolice sedis legatus”.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Con respecto a la cronología, se sabe que Juan de Abbeville visitó en unos dos años las cuatro provincias eclesiásticas de Braga, Santiago, Toledo y Tarragona. Según señala A. García García, no hay noticia de que se celebraran concilios en la primera de ellas, pero sí en las otras tres. En otoño de 1228 tuvo lugar el concilio de Valladolid, correspondiente a la provincia eclesiástica de Toledo y reino de Castilla. En febrero de 1229 celebró otro, como hemos visto, en Salamanca, en la provincia eclesiástica de Santiago de Compostela y reino leonés. El 29 de marzo tuvo lugar el de Lérida, en la provincia tarragonense en la corona catalano-aragonesa. La existencia de estas asambleas da pie a la acuñación por este autor del concepto concilios legatinos para referirse a este tipo de convocatorias, en lugar del más usual: concilios nacionales. Su contenido estaría en relación con la sustitución del derecho canónico gregoriano desde finales del siglo XI y principios de la centuria siguiente, por el derecho canónico clásico medieval a partir de la segunda mitad del siglo XII. </span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">ÓCallaghan, en base al itinerario de este personaje y el de Alfonso IX sitúa las cortes de Benavente en agosto de 1228, si bien admite que ningún otro documento de este momento hace alusión a la presencia del cardenal en la villa, ni a la celebración de una curia. Sabemos que el día 16 de julio estuvo en Segovia, donde asistió a la consagración de la nueva iglesia catedral. El 8 de agosto estaba en San Pedro de Cardeña y el día 20 en Carrión de los Condes, al norte de Palencia, y es muy probable que visitara la misma Palencia y Zamora. En septiembre se encuentra en Astorga confirmando las constituciones del cabildo y el 11 de noviembre asiste a un concilio celebrado en Villafranca del Bierzo. Por su parte, la estancia en Benavente del monarca leonés se documenta entre 11 y el 17 de agosto de 1228. Con anterioridad, el 9 de este mes está en La Bañeza, mientras, que el día 20 se encuentra en Villaquejida y el 29 en Mayorga. Con posterioridad, el 2 de octubre vuelve a Benavente donde confirma a don Suero Díaz el realengo de Guillardey. De todo ello se concluye que el período comprendido entre el 11 y el 17 de agosto resulta el más factible para la celebración de esta asamblea, pues además coincide con la confirmación de varios privilegios por Alfonso IX relacionados directamente con los asuntos dispuestos en la misma.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Así pues, la asamblea de Benavente de 1228 reúne todos los requisitos de lo que se viene entendiendo por un concilium eclesiástico. Esto es, la asistencia de un legado papal, de representantes de la más alta jerarquía eclesiástica del reino: obispos, abades y órdenes militares, y la discusión de asuntos relacionados directamente con el patrimonio de la Iglesia. No obstante, la presencia del monarca y otras circunstancias, como la cuestión del trasvase de heredades entre el abadengo y el realengo, confieren a esta asamblea un carácter también político. A diferencia del concilium de Salamanca, reunido a instancias del legado pontificio Juan de Abbeville, las fuentes otorgan a Alfonso IX la iniciativa de la reunión de Benavente: “... segund dize el ordenamiento que ffue ffecho enlas cortes de Benauente, que ffizo el Rey don Alffonso mio tras auuelo”. No consta la asistencia de la nobleza, ni de representantes de los concejos o ciudades, pero este detalle, a diferencia de lo que ha venido defendiendo la historiografía tradicional, para los hombres de los siglos XII y XIII tenía una importancia menor, pues el concepto de cortes no tiene en este momento homologación posible con la definición académica clásica.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Podemos interpretar que dadas las características de lo tratado: trasvase de heredades entre abadengo y realengo, no se presupone que se tratara la problemática de los señoríos laicos, lo cual implicaría alguna participación de la nobleza. Pero también es cierto que no es asumible la presencia del monarca en solitario sin miembros de su curia, al menos de los más cualificados. Por otra parte, los textos posteriores que nos hablan de estas cortes y aplican sus disposiciones afectan a conflictos entre concejos y cabildos, lo cual también pude interpretarse en el sentido de que de alguna manera los intereses de los concejos debieron estar representados en dicha asamblea.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Sabemos, en base a la evolución posterior de este tipo de asambleas, que cuando el rey se reunía solamente con uno de los estados, dicha reunión solía recibir el nombre de ayuntamiento, denominación que también se empleaba de una forma no generalizada para referirse a aquellas asambleas en las que existía una representación restringida, tanto desde un punto de vista social como geográfico. Lo realmente importante es que para toda la tradición documental posterior la convocatoria de Benavente tuvo la entidad y solemnidad de unas cortes, no por la cantidad o calidad de los asistentes, sino por la trascendencia de los asuntos tratados y aprobados, que afectaban decisivamente a cuestiones de alto calado, como eran las relaciones entre el abadengo y el realengo.<span style="white-space: pre;"> </span></span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Arvizu advierte que la convocatoria de esta asamblea parece sumamente verosímil, dado que en caso contrario existiría un período demasiado largo sin que Alfonso IX reuniera su curia plena. Tras repasar la argumentación de O’Callaghann, advierte el hecho de que en los documentos reales de la época en la que probablemente se reúne no figuren ni burgueses ni nobles entre los confirmantes. Este autor vincula las disposiciones de 1202 con las de 1228 en cuanto a la semejanza de su contenido, e incluso con alguno de los parágrafos de las de 1188, concluyendo que el traspaso entre las heredades de realengo y abadengo era una preocupación que Alfonso IX ya tenía desde el principio de su reinado. Por su parte, Carlos Estepa considera fuera de discusión esta curia o cortes en Benavente en agosto de 1228. La evidencia de una conciencia posterior sobre su existencia permitiría adquirir una mayor seguridad sobre su celebración, y a la vez sería un síntoma de otras posibles asambleas similares, aunque no hayan quedado de ellas pruebas semejantes.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Al margen de los dos documentos citados, la diplomática ofrece nuevas menciones o aplicaciones prácticas de las disposiciones de Benavente de 1228. En 1314 se formalizó un acuerdo entre el obispo de Oviedo, Fernán Álvarez, con el concejo de esta misma ciudad, a propósito de los bienes comprados por los vecinos en tierras del cabildo que, según disposiciones de las cortes de Nájera y Benavente, no podían pasar de realengo a abadengo y viceversa. La cuestión de fondo es básicamente similar al pleito de las heredades de Mansilla de las Mulas, pero en este caso la situación debatida es la inversa, es decir, el paso del abadengo al realengo. El ordenamiento de Benavente se presenta aquí nuevamente como una cesura rigurosa, a partir de la cual las adquisiciones efectuadas en el abadengo carecían de la correspondiente cobertura legal. El interés del obispo no era otro que el de evitar la entrada de la fiscalidad concejil en sus dominios: "... sobre razón de los heredamientos e techos e lantados que compraran e conprauan los uezinos de Ouiedo en las tierras del obispo e de la Iglesia sua, que dezía el obispo que lle deuían alaxar desenbargados a él e a su Iglesia quantos foran conprados desde las Cortes de Náxara e de Benauente ata en las quales Cortes foe stableçido, que non passasse abadengo a rengalengo nen rengalengo a abadengo, e que non conprassen maes de aquí adelantre en las sus tierras e de su Iglesia, e sobre otras cosas muchas según que adelantre serán declaradas"</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Los cuadernos de las cortes de Valladolid de 1307 proporcionan una nueva alusión a estas cortes, asociando como equivalentes las normativas de Benavente y Nájera. La primera vigente en León y la segunda de aplicación en Castilla:</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">“Otrossi alo que me pidieron merçed que el rregalengo delos mios rregnos que non tenga por bien que passe al abadengo. Et de lo que es passado delas cortes de Nagera e de Benauente aca quelo tomen para mi. Aesto digo que por rrazon quelos prelados dizen que algunos dellos an derecho por priuillegios del Rey don Sancho mio padre e delos otros rreyes, quelo puedan auer; et demas que todos los prelados en quien tanne este ffecho non eran aqui, et me pidieron queles diesse plazo aque vengan mostrar el derecho que por ssi an en esta rrazon, yo diles plazo aquelo vengan mostrar fasta el Sant Martin primero que viene, et yo entonçe veer lo he e librar lo he commo fuere derecho”.</span></div><div style="text-align: justify;"></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">La última mención que hemos podido registrar procede del ayuntamiento de Medina del Campo de 1326, que reunió Alfonso XI con los prelados y procuradores de los cabildos de las iglesias y catedrales. Estableció aquí el monarca castellano un nuevo ordenamiento que modificaba en parte algunos capítulos de las cortes de Valladolid de 1325:</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">“Otrossí, a lo que nos pidieron que declaremos por nuestro priuilegio o carta que los bienes que passaron fasta aquí e passaren daquí adelante a los prelados e a las eglesias para sus perssonas singulares por conpras o por canbios o en otra manera qualquier que se pudo e se puede fazer e que non es contra los ordenamientos de las cortes de Nágera e de Benauente et la declaración que fizo el rey don Sancho, nuestro auuelo, en esta razón, fallándolo así por derecho segunt que en ella se contién que es buena e derecha e que lo otorguemos nos e lo confirmemos en este nuestro priuillegio o carta. A esto respondemos que, quanto a los prelados, que tenemos por bien que non conpren ninguna cosa, ca lo non pueden fazer segund los ordenamientos e las declaraciones; e quanto los clérigos, tenemos por bien que compren segund los ordenamientos e declaraciones que fizo el rey don Sancho”.</span><span style="text-align: left; white-space: pre;"> </span></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;"><br /></span></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Las fuentes aportadas no agotan, ni mucho menos, los ordenamientos e intervenciones regias basadas en estos mismos principios. Lo que ocurre es que no se alude literalmente a las cortes de Benavente, pero el contenido de la norma y su espíritu sigue siendo esencialmente el mismo: “que regalengo non pase a abbadengo nin abbadengo a regalengo”. Aportar ahora la relación de cuadernos de cortes que abordan esta problemática resultaría excesivamente rutinario, así como analizar su tratamiento en recopilaciones legislativas de carácter más general o en los códigos doctrinarios del ciclo de alfonsí, como Las partidas o El Espéculo.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Así pues, el análisis de las fuentes nos brinda una curiosa paradoja. Mientras la curia plena de Benavente nos proporciona al menos dos documentos coetáneos con sus disposiciones, ambos de la primera mitad del siglo XIII, y una legión de copias posteriores de diferentes épocas, lo cierto es que ninguna otra noticia nos aporta detalles sobre su celebración, no es mencionada en ningún otro ordenamiento de cortes, ni se vuelve a invocar o aplicar en ningún pleito posterior. Por el contrario, las cortes de Benavente de 1228 aunque se materializaron en un ordenamiento, este no se ha conservado. Sin embargo, su celebración fue recordada en numerosas ocasiones, sus acuerdos fueros revisados en otras actas y cuadernos de cortes, y sus disposiciones fueron empleadas como argumento o prueba en diversos pleitos.</span></div><div style="text-align: justify;"><span style="text-align: left; white-space: pre;"> </span></div><div style="text-align: justify;">Las disposiciones de la asamblea de 1228</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Como hemos visto, a pesar de las numerosas menciones en las fuentes, no se conserva ningún cuaderno u acta que recoja en su integridad el ordenamiento de las cortes de Benavente de 1228. No obstante, es posible acercarse a algunos de sus aspectos esenciales cotejando las informaciones que aportan las distintas noticias existentes. En este sentido, uno de los testimonios que quizás más se acerque a su literalidad es la ley 231 de las Leyes de Estilo, presentada bajo el título “Como puede pasar el realengo al abadengo; et como non: et quién lo puede fazer, et quien non”:</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">“Otrosi, desde que fué ordenado en las cortes que fueron fechas en Castilla en Najera, et otrosi en las que fueron fechas en tierra de León en Benavente, fue establescido en estas cortes por el rey de Castilla, et otrosi por el rey de León, que realengo non pase a abadengo. Pero los fijos-dalgo lo que oviesen en sus behetrias, et lo que non fuese realengo, que fuese suyo, fue establescido que lo pudiesen vender a las ordenes, et al abadengo, maguer las ordenes no hayan privilegio que puedan comprar, o que les pueda ser dado: mas ningun otro que non sea fijo-dalgo, o muger que sea fija-dalgo lo que oviere en el realengo, non lo puede vender a abadengo; ni comprarlo el abadengo, salvo si oviese el abadengo privillegio que lo pueda comprar, o que les pueda ser dado. Et este privillegio que sea confirmado despues de los otros reyes. Pero es a saber, que cuando Mascarán arrendó todos los derechos del rey, que habia en sus reynos, comenzó a demandar en el reyno de León los heredamientos que fueron mandados, et dexados a las iglesias, et capellanías: et sobre esto fue fallado en tierra de Leon, que realengo es tan solamente en los celleros del rey; mas los otros heredamientos que son behetrias. Et el rey D. Alfonso, padre del rey D. Sancho, declarólo así, que los heredamientos que non los pudiesen vender a abadengo, nin el abadengo comprarlos, salvo si oviesen privillegio de los reyes: mas darlos o dexarlos por sus almas, que los pudiesen dar; mas no en tales lugares, que fuesen contra señorío del rey”.</span><span style="text-align: left; white-space: pre;"> </span></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;"><br /></span></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">No sabemos hasta que punto las disposiciones recogidas en este párrafo se ajustan razonablemente a las aprobadas en 1228, ni tampoco si son una copia literal o una reinterpretación más o menos afortunada de las mismas a cargo de los juristas alfonsíes, sobre la base de los ordenamientos de Nájera y Benavente. Lo que parece claro es que se establecen algunas matizaciones de interés sobre la base del principio general de que el realengo no pase al abadengo. No se menciona en este caso la situación contraria, es decir, el paso del abadengo al realengo, aunque como sabemos por otras fuentes también fue objeto de regulación específica. No obstante, según las Leyes de Estilo, las heredades que tienen los fijos-dalgo en las behetrías sí pueden ser vendidas a instituciones eclesiásticas, sin necesidad de autorización previa, siempre y cuando no pertenezcan al realengo. Pero cualquier otra enajenación, provenga o no de personas de condición noble, queda prohibida expresamente, a no ser que se exhiba una autorización en sentido contrario del monarca, arropada con la correspondiente confirmación de los reyes posteriores. Precisamente el año1228 está marcado por una actividad inusitada de la cancillería de Alfonso IX, no comparable con ningún otro momento anterior o posterior. Se trata, en su mayor parte, de confirmaciones de donaciones y concesiones hechas por su predecesor Fernando II.</span></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;"><br /></span></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Mayor dificultad presenta la interpretación de la alusión a los cilleros reales. En todo caso debe entenderse como una adaptación de la normativa correspondiente a la época de Alfonso X, pues se menciona el arrendamiento de los derechos del rey en León, lo cual no excluye la posibilidad de que esté basada en otras experiencias anteriores. Lo que parece claro, como han puesto de manifiesto diversos autores, es que el reinado de Alfonso IX estuvo marcado por una revisión y actualización de los derechos y heredades de realengo. En el texto romanceado de unas cortes, sin fecha, reunidas por este monarca en León leemos: “Queremos e firmemente mandamos que nuestras tierras sea retornadas a nos, e a los reales derechos, que quien la tierra tiene de nos, ayala con todo su derecho”. Esta iniciativa trajo consigo la anulación de determinadas donaciones, correspondientes a la etapa del reinado de su padre Fernando II. Se trataba de restituir o recuperar las heredades pertenecientes al dominio real, tal y como debió también tratarse en el concilium de Benavente de 1181. Posteriormente, en época de Alfonso X, el arrendador de los derechos del realengo “comenzó a demandar en el reyno de León los heredamientos que fueron mandados, et dexados a las iglesias, et Capellanías”. Fruto de una averiguación o pesquisa se llegó a la conclusión de que eran heredades de realengo únicamente los cilleros del rey, pero no las behetrías. Existe un diploma, también sin fecha, en el que Alfonso IX, en base a las constituciones aprobadas en una curia celebrada el primer año de su mandato, revocaba las incartaciones de cilleros reales, entregados de una forma demasiado generosa por su padre. Carlos Estepa sugiere que tal vez el termino cellarium regis del diploma aludido pone el acento en las rentas sobre las propiedades agrarias o en los tributos o cargas fiscales; “en cualquier caso, se trata de rentas, y la transferencia de las mismas podía significar algo grave en la disminución de las rentas y derechos del rey”. En este caso concreto de las Leyes de Estilo podría interpretarse, en un sentido amplio, que en el reino de León eran bienes de realengo aquellos que contribuían con sus rentas y derechos a los cilleros regios, con la excepción de las heredades de behetría, o bien, en un sentido más estricto, que en las heredades de abadengo eran bienes de realengo absolutamente irrenunciables los cilleros, que formaban parte de la infraestructura recaudatoria de los monarcas.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">La normativa aprobada en Benavente tuvo desde el primer momento una aplicación efectiva en el reino de León, como evidencian un grupo de diplomas de confirmación del realengo emitidos en los años 1228 y 1229. Pero tras la unión política con Castilla en 1230, fue necesario buscar un referente equivalente en el reino vecino, encontrándolo en una legislación promulgada en Nájera. </span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">El texto de este “ordenamiento de Nájera” o “cortes” de Nájera tampoco se conserva. En un breve trabajo Julio González reveló algunos aspectos oscuros sobre esta cuestión, atribuyendo la convocatoria a Alfonso VIII y fijando la fecha entre finales de 1184 y los primeros meses de 1185. Las disposiciones de Nájera quedaron recogidas en otras recopilaciones legislativas como el Ordenamiento de Alcalá, el Libro de los Fueros de Castilla o el Fuero Viejo. Por el Fuero Viejo de Castilla sabemos que en él existía una norma fundamental: “que ningund eredamiento de rey que non corra a los fijosdalgo, nin a monesterio ninguno, nin lo dellos al rey”. Igualmente se menciona o invoca, como ocurre con las de Benavente, como argumento de peso en contenciosos relativos a la naturaleza de las heredades de abadengo y realengo. Como afirma Gonzalo Martínez Díez, la celebración de una curia plena en Nájera en estas fechas es un hecho demostrado, pero lo que no alcanzamos a saber es si en esta curia participaron también los procuradores de villas ciudades. Nos encontraríamos ante una circunstancia equivalente a la asamblea de Benavente de 1228. Más recientemente Ignacio Álvarez Borge ha recopilado la bibliografía existente sobre este particular, concluyendo que la curia de Nájera adquirió “el valor de hito en el proceso de desarrollo y consolidación del dominio señorial en Castilla por cuanto expresa la cimentación de las formas de dominio señorial surgidas directamente de la propiedad dominical nobiliaria, especialmente de la behetría”. </span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">A la vista de la trayectoria seguida en ambos reinos a propósito de esta cuestión, podríamos concluir que se observa en Castilla una mayor progresión o concreción de las iniciativas protectoras del realengo. De admitir esta idea resultaría que Alfonso IX no hizo otra cosa que seguir los pasos del reino vecino obligado por las circunstancias, aunque de una forma bastante más tardía. Pero en realidad, la prohibición de pasar una heredad del realengo a poder de eclesiásticos o de los nobles, a no ser mediando privilegio o licencia del rey, era ya antigua en el reino leonés. Para encontrar antecedentes remotos podemos remitirnos incluso al Fuero de León, en el que ya se prohibía que nadie comprara la heredad del siervo de la iglesia, bajo la amenaza de la pérdida de la misma. En 1089, Alfonso VI, a consecuencia de un litigio de su hermana Urraca con el obispo Pedro de León, en una curia celebrada en Villalpando, con la asistencia de la infanta citada y diversos magnates del reino, determinó que las heredades del realengo, del infantazgo, de San Pelayo de León, del obispado, de otros lugares religiosos o de behetría no podían pasar de una jurisdicción a otra, sino que debían permanecer siempre en el derecho de su propietario.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Durante el reinado de Alfonso IX son frecuentes las actuaciones del monarca tendentes a salvaguardar la integridad del realengo. Uno de los decreta de León, convencionalmente fechados en 1188, prohibía expresamente a los hombres que satisfacían los fueros al rey la entrega de heredades a otras órdenes. En 1206 estableció la pérdida de heredad para los vasallos de la iglesia leonesa pasados a depender de caballeros o del realengo, fijando un plazo de 30 días para restituir los bienes. Parecidas condiciones, con un carácter más general y un plazo de dos semanas, fueron reguladas en las cortes de 1208, al menos según la versión romanceada. En 1215 dispuso que los hombres de las villas y posesiones del rey no pudieran pasar a la tierra del arzobispo de Santiago y los vasallos de éste a la de aquél, y si lo hicieran las heredades debían mantener su titularidad y sus fueros. En julio de 1227, prohibió que los exentos de tributación adquirieran heredades en Castrotoraf, bajo la amenaza de pérdida de las mismas y de sanción pecuniaria para el vendedor.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Como afirma Julio González la observancia de esta ley se hacía sin el debido rigor, y eran demasiadas las excepciones y matizaciones a este principio genérico de inalienabilidad. A pesar de todas las garantías formales y las precauciones tomadas por los monarcas, la impresión general es que el realengo arrastraba, desde hacía ya demasiado tiempo, una preocupante sangría, cuando no de una sistemática expoliación. Se estaba minando uno de los pilares fundamentales del poder regio y la raíz misma del sistema impositivo. Lo que parece que se definió en primer lugar en Nájera, y con posterioridad en Benavente, fue precisamente un mayor rigor y contundencia en el cumplimiento de la norma, consistente en la necesidad de autorización previa para la adquisición de realengo y, sobre todo, la posibilidad real de confiscaciones o devoluciones de propiedades enajenadas irregularmente.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Pascual Martínez Sopena sugería, en un trabajo reciente, la posibilidad de que ciertos diplomas leoneses próximos a estas fechas de agosto de 1228 estuvieran recogiendo literalmente, o de forma próxima a literalidad, disposiciones de estas cortes. Se trata de un grupo de privilegios otorgados a la Orden de Santiago, a las catedrales de Orense y Zamora, y al monasterio de Valparaíso que reproducen un párrafo equivalente:</span></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;"><br /></span></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">“... de cetero uero nolo, immo prohibeo quod regalengum meum uel hereditatem de iunioribus regalengis aliquo modo in regno Legionis sine consensu expresso accipiant vel acquirant. Concedo tamen eis et succesoribus suis quod libere emant et quolibet allio titulo acquirant de hereditatibus nobilium siue de hereditatbus de filiis de algo et de hominibus de benefacturia, et de clericis et de ordinubus, et de hereditatbus regalengis ciuium et burgensium que date non fuerunt eis ad populacionem uel ad forum...”.</span></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;"><br /></span></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Como novedad con respecto a las Leyes de Estilo, se autoriza a adquirir bienes de los nobles, hidalgos, hombres de behetría, clérigos y órdenes, así como bienes de realengo de los ciudadanos y burgueses que no les hubieran sido dados para poblar o ad forum.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">El ejemplo de la catedral orensana es ciertamente emblemático, pues al margen de la confirmación genérica de su realengo, resulta abrumador el número de confirmaciones de Alfonso IX de las donaciones, privilegios, exenciones y otras mercedes otorgadas por Fernando II y Alfonso VII. Todas ellas se enmarcan en un período que abarca mayo de 1228 y septiembre de 1229, y deben entenderse como un blindaje sistemático y minucioso de todos los bienes procedentes del realengo. En la misma línea, existe un interesante documento en el que el monarca leonés confirma todas las heredades de realengo, cualquiera que haya sido la forma de adquisición, a la iglesia de Astorga. Las copias que existen del texto tienen fecha de 1229, pero los confirmantes corresponden a 1225. Si estamos, como parece, ante una interpolación o manipulación intencionada, el dato nos mostraría el interés de la sede astorgana por obtener una confirmación de sus bienes procedentes del realengo con posterioridad a las cortes de Benavente, pues de esta forma se obtenía una garantía de cara a posteriores actuaciones.</span></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Martínez Sopena proponía incluso, en base a un diploma de Alfonso IX a la Orden del Hospital de julio de 1228, que tal vez la curia de Benavente no se celebró en el mes de agosto, o “estuvo precedida de intervenciones reales precisas”. La segunda propuesta resulta más convincente. No parece que puedan cambiarse las fechas a la luz de todos los datos aportados, sino que más bien se manifiesta una larga tradición legislativa que se solemniza o escenifica de una manera más contundente en agosto de 1228. Pero, en definitiva, no era más que el último hito de un proceso de larga duración que prácticamente abarca todo el reinado del monarca leonés.</span></div><p></p>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-11361149565711722242023-08-17T17:27:00.089+02:002023-12-08T23:25:44.043+01:00Firmata est concordia inter eos apud Beneventum - La unidad de León y Castilla en 1230 <table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj7jK1ybCU797ap4YRNH9xQLtu9ZoQSjDf-jKtrdglBh4rKkMyYq0JSb-0hM0I5E8_ti8_Jm0lSpaMSwHs0lEjsiKV-VbtP1QaVQ4lMylrhuO-aTX7_GHVHHawVPn8m3uRYqxpkvg5QtYLPLcN33Gk-5WHzNEAEwQKeAIgbghCG9BUOIRrndB_ErjnLOFM/s1920/DSC_4100%20Fernando%20III%20-%20Santa%20Mar%C3%ADa%20del%20Azogue%20de%20Benavente%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1546" data-original-width="1920" height="323" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj7jK1ybCU797ap4YRNH9xQLtu9ZoQSjDf-jKtrdglBh4rKkMyYq0JSb-0hM0I5E8_ti8_Jm0lSpaMSwHs0lEjsiKV-VbtP1QaVQ4lMylrhuO-aTX7_GHVHHawVPn8m3uRYqxpkvg5QtYLPLcN33Gk-5WHzNEAEwQKeAIgbghCG9BUOIRrndB_ErjnLOFM/w400-h323/DSC_4100%20Fernando%20III%20-%20Santa%20Mar%C3%ADa%20del%20Azogue%20de%20Benavente%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Talla de Fernando III "el Santo" en la iglesia de Santa María del Azogue de Benavente</td></tr></tbody></table><p style="text-align: justify;"><br />Se conoce como “Concordia de Benavente” al acuerdo formalizado el 11 de diciembre de 1230 entre Sancha y Dulce, hijas del difunto rey de León Alfonso IX y su primera mujer, Teresa de Portugal, en favor de rey de Castilla Fernando III, también hijo del rey de León, pero de su segunda mujer, Berenguela. En los documentos y en las crónicas de la época se habla de “forma provisionis et pactionis”, “concordia”, “compositio”, etc. Todas las fuentes destacan el papel protagonista en las negociaciones de las dos reinas viudas: Teresa y Berenguela, con especial alabanza hacia esta última por sus habilidades políticas y diplomáticas.</p><p style="text-align: justify;">Sancha y Dulce renunciaban a sus derechos al trono de León y, de esta forma, se despejaba el camino para la unión definitiva de los reinos de León y Castilla bajo la monarquía de Fernando III. No obstante, ambos territorios mantuvieron durante mucho tiempo una identidad diferenciada, y siguieron conservando cortes, leyes e instituciones diferentes.</p><p style="text-align: justify;">En el año 1214 había fallecido Alfonso VIII, rey de Castilla, siendo sucedido por su hijo Enrique I. La muerte de sus hermanos varones le permitió heredar el trono con tan solo 10 años de edad. Sin embargo, los planes sucesorios se vieron trastocados tres años después con la muerte prematura del niño-rey en Palencia, a consecuencia de un desgraciado accidente. Jugando con otros niños en el palacio episcopal resultó herido mortalmente al ser alcanzado por una teja desprendida desde una de las torres.</p><p style="text-align: justify;">El trono castellano pasó entonces a Berenguela, hermana del difunto Enrique I, y antigua esposa del monarca leonés Alfonso IX. Su matrimonio había sido anulado por el Papa en 1204 alegando el parentesco cercano de los cónyuges. Berenguela entregó casi inmediatamente sus derechos sucesorios a su hijo, Fernando III, que fue proclamado rey de Castilla ante una multitud en Valladolid en 1217. Se cuenta que como no había edificio capaz de acoger a tan enorme gentío, la solemne celebración tuvo lugar en la plaza donde se celebraba el mercado.</p><p style="text-align: justify;">Berenguela, lejos de abandonar la vida pública, estuvo siempre cercana a su hijo en las labores del gobierno, interviniendo activamente en la política del momento y asesorando a los miembros de la corte: “[…] maguer que el rey don Fernando; era ya varon fecho et firmado en edat de su fuerça conplida, ssu madre la reyna donna Berenguella non quedo nin quedaua de dezirle et ensegnarle acuciosamente las cosas que plazen a Dios et a los omes, et lo tenien todos por bien”.</p><p style="text-align: justify;">Respecto a la sucesión en el reino leonés, las alternativas fueron cambiando a lo largo de los años en función de las circunstancias políticas y familiares. A este respecto, señala Julio González que Alfonso IX se fue decantando en favor de sus hijas Sancha y Dulce a partir de 1218, a medida que su hijo Fernando se veía afianzado en el reino de Castilla. La consolidación de la monarquía en Castilla fue vista como una amenaza para independencia leonesa y la integridad de su territorio. No obstante, la solución que representaban las infantas Sancha y Dulce estaba por definir, pues nunca quedó claro el papel que debían desempeñar cada una de ellas en las futuras funciones del gobierno del reino.</p><p style="text-align: justify;">En las treguas y tratados establecidos con otros reinos en 1217, 1218 y 1219 hay cláusulas que dejan claro que las infantas quedan como garantes de los acuerdos una vez que Alfonso IX desaparezca. Así en la paz de Boronal, firmada en 1219 con Alfonso II de Portugal, se dice literalmente que si muriese el rey de León se debería observar el mismo tratado con las infantas doña Sancha y doña Dulce:</p><p style="text-align: justify;">“Posuerunt etiam inter se predicti reges, quod si rexc Legionis premortuus fuerit regi Portugalie, rex Portugalie debet esse in eodem pacto cum filiabus regis Legionis, infantibus domna Sancia et domna Dulcia, in quo est modo cum rege Legionis, patre earum”.</p><p style="text-align: justify;">Parece que esta cuestión de la sucesión quedó recogida en otras cartas y privilegios no bien conocidos, a los que las dos hermanas tuvieron que renunciar expresamente en los acuerdos posteriores de Benavente. En cualquier caso, Sancha y Dulce comparecen junto al rey en los documentos de la cancillería regía, y su condición de herederas parecía un hecho ya consumado por escrituras y varios actos que se repiten desde 1220. </p><p style="text-align: justify;">Así, en 1221, con ocasión de una curia plena celebrada en Zamora, se formalizó un pacto entre Alfonso IX y sus hijas, las infantas Sancha y Dulce, de una parte, y Gil Manríquez, de la otra, por el que el rey y las infantas se comprometen a defender el castillo de Gil en Villalobos, rindiendo éste, a cambio, pleitesía y homenaje al rey y a sus hijas.</p><p style="text-align: justify;">En 1230 murió el rey de León, Alfonso IX “pocos días antes de la festividad de San Miguel”. Las crónicas sitúan el fallecimiento del rey en Villanueva de Sarria (Lugo), el 24 de septiembre. En principio, deberían haberse respetado las disposiciones regias y las sucesoras del trono leonés debían ser sus hijas Sancha y Dulce, hermanas de padre del rey Fernando III. Sin embargo, un cúmulo de circunstancias fueron llevando los acontecimientos por otros derroteros y casi siempre de forma favorable hacia los intereses de la familia real castellana. Para ello, contaron con la colaboración indispensable de un sector muy poderoso de la nobleza, el clero y los concejos del reino de León. En todo caso, sobre toda esta problemática existió siempre la presión y la amenaza de un levantamiento armado, o incluso de una guerra civil.</p><p style="text-align: justify;">Rodrigo Jiménez de Rada nos cuenta que después de la muerte del rey de León, sus hijas iniciaron un periplo, acompañadas por su madre Teresa, por diversas villas del reino para ser reconocidas como sucesoras. Llegaron a Astorga, donde no fueron recibidas como ellas querían. Salieron indignadas de allí, y pasaron a León y Benavente, donde se repitió la misma situación, pues “la respuesta del pueblo y obispos era que recibirían sus personas y les servirían de buen grado, pero no a sus soldados u hombres armados”. En Zamora el recibimiento fue más favorable pues “eran adictos a las nobles señoras Ruiz Fernández, apodado el feo, hijo del conde Froilán y otros muchos de la tierra de León”.</p><p style="text-align: justify;">Por su parte, Fernando III, desde Toledo se fue aproximando a los territorios fronterizos con León, buscando igualmente el reconocimiento de sus aspiraciones al trono. Pasó por Villalar, San Cebrián de Mazote, Toro, Villalpando, Mayorga, Mansilla y finalmente León. En todos estos lugares se le rindió homenaje y “fue recibido con gran gozo y honor”. En la sede regia parece que no hubo en un primer momento gran contrariedad, salvo la oposición a la entrega de la tenencia de las torres de ciudad, en manos del merino mayor, García Rodríguez Carlota.</p><p style="text-align: justify;">Estos movimientos de ambos partidos debieron producirse durante los meses de octubre y noviembre de 1230. Sabemos que la llegada de Fernando III a Toro se produjo en la festividad de San Lucas (18 de octubre). En Villalpando la presencia del rey castellano no fue casual, pues era una de las tenencias de su madre, doña Berenguela.</p><p style="text-align: justify;">A continuación, la reina Teresa se presentó con las infantas y partidarios en Villalobos, y parece que fue ella quien tomó la iniciativa de convocar a Berenguela a una reunión en Valencia de Don Juan. Este lugar era otra de las tenencias de Berenguela, pues así se deduce de un diploma de la Catedral de León de junio de 1230: “Regnante regina Berengaria in Ualencia”.</p><p style="text-align: justify;">Así pues, las condiciones del acuerdo fueron fijadas en diferentes momentos, a través de encuentros entre los negociadores de ambos reinos y entrevistas de los miembros de las dos familias reales. En las vistas de Valencia de Don Juan las dos reinas trataron directamente del asunto y parece que ya llegaron a una solución satisfactoria para todas las partes. No obstante, la firma solemne del tratado se produjo en Benavente, ante los representantes de ambos reinos, el 11 de diciembre de 1230.</p><p style="text-align: justify;">Desde el 7 de noviembre de 1230 la cancillería regia presentaba ya unidos en los diplomas los reinos de Castilla y León. En esta fecha, Fernando III otorga un privilegio rodado a los canónigos de la Catedral de León confirmando un documento de su padre Alfonso IX. En la intitulación se presenta como “Ferrandus, Dei gratia rex Castelle et Toleti, Legionis et Gallecie”. En la rueda, con una cruz inscrita, se utiliza una fórmula similar: “SIGNVM FERRANDI, REGIS CASTELLE ET TOLETI, LEGIONIS ET GALLECIE”. En el apartado de suscripciones, a ambos lados de la rueda, destacan las columnas de confirmantes. A la izquierda los obispos de Castilla encabezados por el arzobispo de Santiago, y a la derecha los de León, presididos por el arzobispo de Santiago.</p><p style="text-align: justify;">Con ocasión del solemne tratado de diciembre de 1230, en Benavente concurrieron las dos reinas madres, las dos infantas, los arzobispos, de Toledo y de Compostela, y otros muchos prelados, nobles y magnates de los dos reinos. Después de varias semanas de negociaciones, las infantas declinaron sus derechos en favor del rey castellano. A cambio, recibieron una importante compensación económica, y diversas garantías para el cumplimento de lo pactado. El rey Fernando III asignó a Sancha y Dulce una renta vitalicia anual de 30.000 maravedís (15.000 cada una), impuestos sobre 12 castillos y cilleros reales. </p><p style="text-align: justify;">La “Crónica latina de los reyes de Castilla” describe los pormenores de la reunión de Benavente y los acuerdos pactados en estos términos:</p><p style="text-align: justify;">“Se firmó la paz y concordia entre ellos en Benavente, estando presentes en la villa las dos reinas, el rey, sus hermanas y los arzobispos toledano y compostelano y muchos barones y concejos. Las condiciones, pues, de la concordia fueron éstas: el rey asignó a sus dos hermanas en lugares fijados 30.000 maravedís, que habían de recibir anualmente mientras ellas vivieran, añadidas muchas condiciones que se contienen en cartas sobre esto escritas. Las hermanas, por su parte, renunciaron al derecho, si alguno tenían en el reino, y destruyeron las cartas paternas sobre la sucesión o sobre la donación del reino a ellas. Mandaron además que los castillos o defensas, que los suyos tenían, fueran entregados en su nombre a nuestro rey, excepto algunos castillos que debían retener sus partidarios para la defensa del pacto".</p><p style="text-align: justify;">La estancia de Fernando III y su corte en Benavente no se limitó al día 11 de diciembre de 1230. El nuevo rey de León y Castilla permaneció todavía en la villa más de diez días, despachando diversos asuntos referentes a sus reinos. Julio González edita privilegios otorgados por el monarca desde Benavente los días 14, 19, 20 y 21 de diciembre. Son muy interesantes, pues aportan detalles muy significativos sobre el organigrama político del reino unificado y una nueva orientación en los usos de la cancillería.</p><p style="text-align: justify;">El último consignado, el del día 21, es la donación a la Orden de Calatrava de unos molinos de propiedad real en Benavente, en el lugar de Prado. El rey actúa en estos diplomas en unión de su esposa, Beatriz, y de sus hijos Alfonso, Federico, Fernando y Enrique. Además, se resalta el consejo y beneplácito en estos actos jurídicos de la reina madre: “ex assensu et beneplácito genitricis meae reginae dominae Berengariae”. </p><p style="text-align: justify;">Los siguientes diplomas conocidos se despachan el día 31 desde Zamora, y pocos días después desde Salamanca. Estos movimientos de la corte corroboran el relato transmitido por Rodrigo Jiménez de Rada: “Así las cosas dispuestas, nuestro rey llegó a Zamora, donde fue recibido con honor. Después entró en Extremadura, donde fue recibido por todos con gozo y honor”.</p><p style="text-align: justify;">La valoración de la unión de los reinos de León y Castilla fue objeto de un interesante debate ya desde los mismos momentos en que se produjo, así como entre los posteriores cronistas medievales. Para Rodrigo Jiménez de Rada, muy identificado con las aspiraciones de la monarquía castellana, “el rey Fernando se hizo cargo en paz y tranquilidad de todas las fortificaciones y todos los castillos; y en esto refulgió a más no poder la sagaz disposición de la noble reina, que logró este reino para su hijo con no menor acierto que el reino de Castilla, que le correspondía a ella por derecho de sucesión. Pues supo prever de tal modo las cosas que, aunque la unión de los reinos no convencía a casi nadie, ella se afanó en disponerlo de tal forma que la unión de los reinos se produjo sin derramamiento de sangre, y uno y otro reino gozaron de eterna paz”.</p><p style="text-align: justify;">Sin embargo, Lucas de Tuy ofrece una visión no tan pacífica de los acontecimientos derivados de la muerte del rey Alfonso IX, especialmente para los habitantes de León y de otras poblaciones. Destaca que “en ese tiempo fue fecha gran turbaçion en el reyno de León, porque muchos caualleros gallegos y asturianos quemaron muchas poblaçiones y las hizieron sin muros, quel rey Alfonso auia fecho, e esforçauanse tanbien a resistir al rey Fernando, si pudiesen”. No obstante, después del acuerdo con sus hermanas Sancha y Dulce, Fernando III habría conseguido pacificar todo su reino, pero “desterró todos los caballeros que habían quemado los palacios de su padre”.</p><p style="text-align: justify;">El autor de la “Crónica latina de los reyes de Castilla”, tiene una visión más aséptica sobre toda esta cuestión, pero destaca la resistencia ofrecida por los gallegos:</p><p style="text-align: justify;">“Y así pues, en breve tiempo, puesto que lo dispuso Dios, en cuya mano está el reino de los hombres, nuestro rey poseyó en paz el reino paterno, excepto Galicia, a la que no pudo acudir de inmediato y en la que perduraba una no pequeña turbación originada a la muerte del padre. En la persona, pues, de nuestro rey, se unieron los dos reinos, que se habían separado a la muerte del emperador”.</p><p style="text-align: justify;">En la "Estoria de España", mandada componer por Alfonso X y continuada bajo Sancho IV, se hace una recapitulación de la evolución política de ambos reinos: “et de entonces, de alli adelante, fue este rrey don Fernando en vno llamado igualmente: rey de Castiella et de Leon, los dos rregnos que el eredo lindamente de padre et de madre; et commo se partieron despues despues del emperador estos dos rregnos en dos Sancho rey de Castiella et en don Fernando rey de León, et andidieron partidos yaquantos annos, assi se ayuntaron de cabo agora desta vez en este rey don Fernando, et del aca andidieron siempre ayuntados, et andan oy en dia con este nuestro sennor rey don Sancho el seteno, que los mantiene”.</p><p style="text-align: justify;">Respecto a la historiografía local, cuenta Ledo del Pozo en su "Historia de Benavente" que los vecinos de la villa fueron siempre especialmente leales y serviciales con el rey Fernando III. Según su particular interpretación de las fuentes, al comienzo de su reinado le apoyaron en todas sus pretensiones sobre el trono de León y le defendieron "contra los demás enemigos de la religión y su corona". A continuación, como principal apoyo de sus reflexiones, cita un documento de su sucesor, Alfonso X, que al parecer pudo consultar personalmente en el Archivo Municipal:</p><p style="text-align: justify;">"Así lo declaró su hijo, el rey don Alfonso, en su privilegio que concedió a la villa, eximiendo a los mercaderes y vecinos de pagar repartimiento alguno, por estar muy deteriorada con las guerras y daños que había padecido en tiempo del rey don Fernando, su padre, contra los enemigos de su corona. Su data en San Esteban de Gormaz a 15 de febrero de la era de 1294 y año de 1256, como expresa la escritura".</p><p style="text-align: justify;">Este privilegio hoy no se conserva, pero existen varias referencias que confirman su existencia y avalan lo esencial de su contenido.<br /><br /></p><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjs1-mchwSezJYO2wicA1LgfmWXNeexh2FjvITRhOPBHknYdfBh6g6jZM5kt8qyMUkqN_w006hz1wSUGU3YdUGkst82SnPjuenn6Xh05Y19aiGz9Daglam_C3_MfFxx3Zd8rfP5kld0jr0-KRZilb5B5IpJ9CWe1hF4cVJSwGqJLTsfCFUd4wps1cqcNw4/s1920/La%20Familia%20del%20rey%20Fernando%20III%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.tif" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1300" data-original-width="1920" height="271" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjs1-mchwSezJYO2wicA1LgfmWXNeexh2FjvITRhOPBHknYdfBh6g6jZM5kt8qyMUkqN_w006hz1wSUGU3YdUGkst82SnPjuenn6Xh05Y19aiGz9Daglam_C3_MfFxx3Zd8rfP5kld0jr0-KRZilb5B5IpJ9CWe1hF4cVJSwGqJLTsfCFUd4wps1cqcNw4/w400-h271/La%20Familia%20del%20rey%20Fernando%20III%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.tif" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">La familia del rey Fernando III</td></tr></tbody></table><p style="text-align: justify;"><br /></p><div style="text-align: center;"><b>APÉNDICE DOCUMENTAL</b></div><p></p><p style="text-align: justify;"><br />1230, diciembre 11. Benavente.</p><p style="text-align: justify;"><i>Tratado establecido entre Fernando III, rey de Castilla, Toledo, León y Galicia, y sus hermanas, las infantas doña Sancha y doña Dulce. </i></p><p style="text-align: justify;">B. Archivo Secreto Vaticano, Reg. de Greg. IX, vol. 15, fol. 141. Nº 161. </p><p style="text-align: justify;">ED. L. AUVRAY, <i>Les registres de Grégoire IX, recueil des bulles de ce pape</i>, Paris, 1896, pp. 747-752; L. SERRANO, "El Canciller de Fernando III de Castilla", <i>Hispania</i>, 5, (1941), p. 29; J. GONZÁLEZ, <i>Reinado y diplomas de Fernando III</i>, Córdoba, 1980-1986, II, doc. 270, pp. 311-314. </p><p style="text-align: justify;">In Dei nomine. Hec est forma provisionis et pactionis inite inter dominum Ferrandum, regem Castelle et Tolleti, Legionis et Galletie, et infantes sorores suas donnam Sanciam et donnam Dolciam.</p><p style="text-align: justify;">In primis assignat eis dominus rex triginta milia morbotinorum singulis annis percipiendorum toto tempore vite earum. Assignat, inquam, in locis certis, scilicet, in villa de Clunia cum suo portu et cum suo canto, et in Abilles cum suo portu et cum suo sale et cum omnibus directuris suis; et in istis cellariis, scilicet, de Valduerna, de Palacio, de Turge, de Valdeorres, de Villanova sine Fonte cubierta, de Castriel, de Vega et de Francelos, de Giion, de Deva, de Candamio, de Grado, de Lena, et de Lena de Aller de Tudela, de Gangas, de Sierra, de Navia, et de Allandia; et omnia ista cellaria assignantur infantibus cum omnibus directuris et pertinentiis suis. In supradictis tamen duabus villis, scilicet, Clunia et Abilles, et in hominibus cellariorum retinet sibi dominus rex monetam et exercitum, ita quod in anno quo dominus rex fecerit exercitum pecuniam quam ab eis recipere debuerit ratione exercitus debent habere infantes et computare in suma sua, sed taliter debet exigere dominus rex exercitum quod occasione ista non minuantur redditus infantibus vel depopulentur homines. Retinet etiam ibi dominus rex justitiam isto modo, quod si aliquis vel aliqui de nominatis duabus villis et hominibus gravati fuerint ab infantibus vel ab earum hominibus dicant infantibus prius quod emendent ipsis conquerentibus vel emendari faciant, quod, si facere noluerint et domino regi postmodum conquesti fuerint, dominus rex significet infantibus quod emendent et emendari faciant, quod si nec sic emendare voluerint, dominus rex mandet merino suo vel aliis bonis hominibus quibus voluerit, et ipsi prout iustum fuerit emendent et faciant emendari. </p><p style="text-align: justify;">Et si dicta cellaria et ville et loca nominata non suffecerint ad summam dictorum morbotinorum, residuum assignat in petito quod dicitur martiniega in subscriptis villis, scilicet, in Mayorga, Toro, Çamora, Salamanca, Alva, Ledesma. Et quicquid superfuerit de supradicta summa debet libere remanere domino regi.</p><p style="text-align: justify;">Si autem alteram infantum nubere contigerit, predicte sume medietas remaneat domino regi libere, et illa que in terra remanserit eligat sex castra que maluerit de illis duodecim inferius annotatis, aliis sex nichilominus in fidelitate remanentibus, ita tamen quod dominus rex quando voluerit muttet in hiis castris aliquem vel aliquos de fidelibus in alium vel alios in carta nominatos, sine necessitate illius requirendi assensum que nupsit. Recipiantur tamen ista castra per portarium illius que in terra fuerit nomine absentis, quia, si maritus eius obierit vel ipsam dimiserit seu ipsa illum vel divortium inter eos celebratum fuerit et ad terram redierit et ibi morari voluerit, debet recuperare redditus suos, videlicet, quindecim milia morbotinorum sicut ante tenebat, quorum omnia debent redire ad pristinum statum. In hoc autem casu, quando altera nupserit vel mortua fuerit, dominus rex eligat cum illa que in regno remanet fidelem vel fideles qui ponantur in illis sex castris que ipsa elegerit ad fidelitatem istam.</p><p style="text-align: justify;">Si vero utramque nubere contingat, tota summa debet domino regi libere remanere, castris omnibus in sua fidelitate remanentibus, quoniam, si mariti sui obierint vel ipsas dimiserint seu ipse illos, vel divortium inter eos celebratum fuerit et ad terram redierint et ibi morari voluerint, debent recuperare redditus suos, scilicet, triginta milia morbotinorum, sicut ante tenebant, quia omnia debent redire ad pristinum statum. </p><p style="text-align: justify;">Mortua vero altera infantum, medietatem castrorum dent fideles domino regi vel successori suo sine aliqua contradictione, obtione data superstiti ut eligat sex castra que maluerit. Cum autem utramque infantum obire contigerit, prenominata castra duodecim dent fideles domino regi vel successori suo, sine aligua contradictione et sub omni fidelitate et bona fide que est in presenti pagina nominata. </p><p style="text-align: justify;">ltem, si altera infantum habitum religionis assumpserit, debet habere redditus decem milia mormotinorum tantum. Si vero utraque habitum religionis assumpserit, debent habere redditus viginti milium morbotinorum tantum.</p><p style="text-align: justify;">Ut autem hec omnia firma et inconcussa permaneant, castra inferius nominata ponit dominus rex cum predictis sororibus suis in fidelitate ad hoc solummodo ut omnes pactiones que in ista carta scripte sunt inviolabiliter observentur in hunc modum, videlicet, quod si dominus rex de istis morbotinis totum vel partem subtraxerit vel diminuerit vel male paraverit sororibus suis, vel subtrahi seu diminui vel male parari sustinuerit, infantes conquerantur domino regi et fidelibus castra tenentibus, et ipsi fideles moneant dominum regem in curia sua quod satisfaciat et emendet, et satisfieri et emendari faciat. Quod, si dominus rex satisfacere noluerit et satisfieri non fecerit usque ad triginta dies, post triginta dies fideles pignorent et guerrent dominum regem in regno Legionensi, et si dominus rex propter hoc eis non satisfecerit et satisfieri non fecerit ab ultimo die illorum triginta dierum usque ad annum, ex tunc fideles dent castra infantibus libere et sine aliqua contradictione, et non valeant proinde minus. Et si alteri tantum iniuria facta fuerit nec fuerit emendata prout superius dictum est dentur ei sex castra que maluerit de duodecim subscriptis. </p><p style="text-align: justify;">Et fideles debent castra recipere per portarium infantum et facere eis homagium quod omnes pactiones in ista carta positas fideliter observent, sin autem sint proinde alevosi et traditores. Similiter fideles debent esse vassalli domini regis et infantum, et facere ¡psi et eis homagium antequam castra recipiant quod compleant dominio regi et infantibus de ipsis castris quicquid scriptum est in carta ista; sin autem sint aleuosi et traditores. </p><p style="text-align: justify;">Et dominus rex non debet occupare castra ista vel aliquod eorum per violentiam nec per furtum nec aliquo alio modo. Et si aliquis alius fortiaverit vel furatus fuerit vel aliquo alio modo prendiderit castra ista vel aliquod eorum, dominus rex debet iuvare fideles ad recuperandum predicta castra quantum poterit bona fide. </p><p style="text-align: justify;">Et si fideles non compleverint totum quod est in presenti carta nominatum, sint proinde traditores. Similiter fideles debent esse vasalli domini regis et infantum, et facere ipsi et eis homagium antequam castra recipiant quod compleart domino regi et infantibus de ipsis castris quie quid scriptum est in carta ista; sin autem sint alenosi et traditores.</p><p style="text-align: justify;">Ista vero sunt castra que in fidelitate ponuntur; in terra de Legione ista quinque, videlicet, Aguilar, Montagudo, Ardon, Castro Gonsalvo, Beluis: in Gallecia vero ista septem: Lobancana, Cabrera, Candrex, Alleric, Santa Cruc, Sant Juannes de Penna Cornera, Milmanda.</p><p style="text-align: justify;">Isti autem sunt fideles qui nominati sunt ad tenenda castra fidelitatum: in terra de Legione, Rodericus Ferrandi de Valduerna, Ramirus Frolec, Didacus Frolec, Petrus Pontii, Rodericus Ferrandi de Villalobos, Petrus Ferrandi de Tyedra, Ferrandus Petri, Morandus Petri, Garsias Roderici Carnota. De Gallecia: Rodericus Gomeç, Ferrandus lohannis, Pelagius Arie, Iohannes Petri, Arias Ferrandi de Meyra, Petrus Manion, Petrus Marino, Rodericus Pelagii de Candrei et filius eius, filii Melendi Blasquec, Rodericus Suareç, Martinus Egidii de Asturiis, Sebastianus Gutterrii, Ordonius Alvari et Ferrandus Alvari et Pelagius Petri. </p><p style="text-align: justify;">Et est sciendum quod milites qui castra fidelitatum tenuerint debent esse naturales domini regis, de regno Legionensi, et debent facere servicium domino regi de ¡psa terra, deductis tamen tenentiis castrorum pro quibus non tenentur facere servitium regi.</p><p style="text-align: justify;">Si vero miles vel milites qui castra tenuerint male servierint domino regi de ipsa terra vel malum fecerint in terra sua, vel ex alia rationabili causa, dominus rex mutet illum vel illos et eligantur de consensu domini regis et infantum, unus vel plures de nominatis in carta pro numero mutandorum. Si autem aliquis vel aliqui de fidelibus obierint, vel de fidelitate exire voluerint, significent domino regi et infantibus, et dominus rex et infantes dent aliquem vel aliquos de fidelibus nominatis in carta, quem vel quos ponant usque ad sexaginta dies loco illius vel illorum, secundum numerum eorum qui obierint vel exire voluerint de fidelitate.</p><p style="text-align: justify;">Et si forte dominus rex et infantes sorores sue non concordaverint in nominatione fidelis vel fidelium ita quod pars una nominet unum et altera alterum, fidelis vel fideles qui mutandi fuerint eligant unum de illis duobus quem magis voluerint; tamen, si altera partium uoluerit nominare fidelem vel fideles et altera nominare noluerit, fidelis vel fideles qui mutandi fuerint vel exire voluerint dent castrum vel castra illi vel illis quem vel quos pars altera nominaverit, et dominus rex mandet conciliis castrorum fidelitatum quod faciant homagium fidelibus, et sint vassalli sui qui adiuvent eos bona fide ad servandum omnia supradicta. </p><p style="text-align: justify;">Et dominus rex tenetur personas sororum suarum et res illarum et homines suos et res eorum defendere et tueri bona fide.</p><p style="text-align: justify;">Et si infantes vel altera earum convente fuerint super predictis possessionibus vel redditibus vel aliquo seu aliquibus eorum ab aliquo vel aliquibus, dominus rex tenetur prosequi causam et procurare negotium, ut si quid evictum fuerit dominus rex tenetur dare eis recompensationem. </p><p style="text-align: justify;">Nichilominus etiam dominus rex obligat suum successorem et successores sub eisdem penis ad istarum observantiam omnium pactionum, ita quod si successor et successores non observaverint supradictas pactiones, fideles pro infantibus faciant contra ipsum et ipsos sicuti facerent contra dominum regem si non observaret omnia que continentur in carta. </p><p style="text-align: justify;">Dominus etiam rex iuravit tactis sacrosantis Evangeliis quod omnia contenta in carta ista fideliter observet et faciat observari. Et dominus rex debet inducere reginam dominam Beatricem et dominum Alfonsum, filium suum primogenitum, quod omnia ita concedant et rata habeant, et alios filios suos inducant ad hoc ipsum cum fuerint requisiti. Et de hac concessione et ratificatione domina regina Beatrix dabit infantibus cartam suam patentem. </p><p style="text-align: justify;">Et hec infantes debent facere reddi domino regi omnia castra et omnes munitiones que per portarium vel homagium illarum tenent milites seu alii, et resignant iuri regni Legionensis, si quod habebant vel habere se contendebant, et abrenuntiant omnibus privilegiis seu cartis ab illustri A. rege patre suo bone memorie sibi factis super donatione seu concessione regni, et absolvunt omnes tam milites quam alios ab homagio quod sibi fecerint. </p><p style="text-align: justify;">ltem dominus rex debet supplicare domino Pape, quanto diligentius et efficacius poterit, quod infantes sorores suas protegat et omnia que continentur in carta ista faciat inviolabiliter observari, et quod omnia ista confirmet et in confirmatione de verbo ad verbum tenorem presentium faciat annotari. </p><p style="text-align: justify;">Et omnia que continentur in presenti instrumento dominus rex et fideles debent bona fide et sine malo ingenio adimplere et facere adimpleri.</p><p style="text-align: justify;">Et ego Ferrandus, Dei gratia rex Castelle et Toleti, Legionis et Gallecie, omnia que in presenti carta continentur concedo, approbo et rata habeo, et iuramento me promitto Omnia servaturum. </p><p style="text-align: justify;">Ut etiam presens factum maioris roboris obtineat firmitatem, sigillis subscriptorum, meo et regine domne Berengarie, genitricis mee, et infantum, sororum mearum, videlicet, presentem paginam facimus communiri. </p><p style="text-align: justify;">Facta carta apud Benaventum, XI die Decembris, anno ab incarnatione Domini M.º CC.º XXX.ª era M.ª CC.ª LXVIII.<br /><br /></p>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-31918035620010326412023-08-06T10:45:00.073+02:002023-09-14T18:10:56.282+02:00 Yo, la sin ventura reina - Catalina de Lancaster, señora de Benavente<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgKiq2N67PEMLLw9VtNdyFJ1AkcmCpiTEE_nb_Lw9kFIoSL-K4lCn7y8bNlO253hdvuiKesmJQ2I0jxxf5DUx_SuuJFYcztAHwtHvQoPf4D1mYSxrSMKNqXlYrhHBtinIvXG4rat7JxZuDxwGGqdaBMcGEqH_c0b8Y1mdpvRdLoQOBD_Gi0tS2kVhQ57e4/s1920/Firma%20de%20Catalina%20de%20Lancaster%20en%201407%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1200" data-original-width="1920" height="250" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgKiq2N67PEMLLw9VtNdyFJ1AkcmCpiTEE_nb_Lw9kFIoSL-K4lCn7y8bNlO253hdvuiKesmJQ2I0jxxf5DUx_SuuJFYcztAHwtHvQoPf4D1mYSxrSMKNqXlYrhHBtinIvXG4rat7JxZuDxwGGqdaBMcGEqH_c0b8Y1mdpvRdLoQOBD_Gi0tS2kVhQ57e4/w400-h250/Firma%20de%20Catalina%20de%20Lancaster%20en%201407%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">"Yo, la Reyna". Autógrafo de Catalina de Lancaster en 1407</td></tr></tbody></table><p style="text-align: justify;"><br />La azarosa vida de don Fadrique, I duque de Benavente, entró en su fase final en el año 1394, cuando después de una larga serie de intrigas palaciegas y conatos de rebelión, cayó en desgracia en la corte de Enrique IIII. La última gota que colmó el vaso fue el intento de usurpación de las rentas reales. Poco después, ciertos movimientos políticos, en colaboración de su primo Pedro Enríquez de Castilla, conde de Trastámara, acabaron con la paciencia del joven rey.</p><p style="text-align: justify;">En julio, fue apresado en Burgos por orden del rey castellano. Entre sus seguidores cundió el desánimo, conscientes de lo delicado de la situación, y según se contaba: “este día se fizo una mula rabiosa, e andaba por el barrio del duque de mala guisa, e los suyos oviéronlo por mala señal”. Fadrique pasó posteriormente por las prisiones de los castillos de Monreal del Campo (Teruel) y Almodóvar del Río (Córdoba). En esta última fortaleza acabaría sus días en circunstancias no bien conocidas.</p><p style="text-align: justify;">Las represalias sufridas por el duque incluyeron la confiscación de todos sus bienes y señoríos. El canciller Pero López de Ayala recordaba en sus crónicas cómo después de la prisión del noble, "envió mandar el rey a todos los logares del duque de Benavente que estoviesen seguros quél los tomaba en sí fasta que ordenase del duque como fuese la su merced; pero las behetrías quel duque tenía tornáronse de otros caballeros".</p><p style="text-align: justify;">El título del ducado de Benavente fue objeto también de esta confiscación y revertió a la Corona. En efecto, en el mes de diciembre de 1394 el notario público de la villa ya consigna en los documentos que actúa en nombre del rey, y no en el duque, como había sido práctica habitual hasta entonces. Parecía que Benavente volvía a recuperar su condición de villa de realengo, al menos nominalmente, pero el proceso de señorialización era ya imparable, y no tardaría mucho en volverse a materializar.</p><p style="text-align: justify;">Catalina de Lancaster, reina consorte de Castilla por su matrimonio con el rey Enrique III, fue "señora" de Benavente en los años anteriores a la donación de la villa a los Pimentel, es decir hasta 1398. Era hija de Juan de Gante, duque de Lancaster, y de su segunda esposa, Constanza de Castilla. Fue nieta de dos monarcas: su abuelo paterno fue el rey de Inglaterra, Eduardo III, y por línea materna el rey Pedro I de Castilla. Cuando accedió al señorío de Benavente era una joven de apenas 21 ó 22 años. Fernando Pérez de Guzmán, en sus "Generaciones y semblanzas", nos dejó el siguiente retrato de nuestro personaje:</p><p style="text-align: justify;">"La reina doña Catalina, muger deste rey don Enrique [III], fue fija de don Johan de Lencastre, fijo legítimo del rey Aduarte de Inguelterra, el qual duque casó con doña Costança, fija del rey don Pedro de Castilla e de doña María de Padilla. Fue esta reina alta de cuerpo e muy gruesa, blanca e colorada e rubia. En el talle e meneo del cuerpo tanto pareçía onbre como muger. Fue muy onesta e guardada en su persona e fama, liberal e magnífica, pero muy sometida a privados e muy regida dellos, lo cual, por la mayor parte, es viçio común de los reyes. Non era bien regida en su persona. Ovo una grande dolençia de perlesía, de la qual non quedó bien suelta de la lengua nin libre del cuerpo. Murió en Valladolid en hedad de çinquenta años, año de mill e quatroçientos e diez e ocho años".</p><p style="text-align: justify;">Catalina llegó a España en 1386, acompañando a su familia, con ocasión del viaje emprendido por su padre, el duque de Lancaster, para hacerse con la corona de Castilla. En el origen de esta invasión estaba la antigua reclamación del trono castellano por parte de Juan de Gante, casado con Constanza, hija del rey Pedro I de Castilla. Esta pretensión se vio fortalecida con la gran derrota castellana frente a Portugal en Aljubarrota (1385). El fracaso castellano fue aprovechado por el duque inglés para desembarcar en La Coruña, ocupar Santiago y emprender una gran ofensiva contra el reino castellano con la ayuda de las tropas portuguesas. </p><p style="text-align: justify;">Se da la circunstancia de que Benavente, la misma villa que pasaría más tarde al señorío de la reina Catalina, sufrió en 1387 un cerco de dos meses por parte de las tropas angloportuguesas encabezadas por su padre. El asedio de Benavente se prolongó durante los meses de abril y mayo. Aunque no consiguieron rendir la plaza, dejaron tras de sí un paisaje de ruina y desolación.</p><p style="text-align: justify;">Las partes en conflicto decidieron negociar, y en 1388 el asunto se zanjó con el Tratado de Bayona, en el que Juan de Gante renunciaba a sus aspiraciones a cambio de una fuerte compensación económica y el matrimonio de su hija Catalina con el hijo del rey Juan I, el futuro Enrique III. Se ponía así fin al largo conflicto sucesorio castellano desatado por la deposición y asesinato de Pedro I de Castilla por su hermanastro Enrique II. El acuerdo incluyó la creación del título de “Príncipe de Asturias” para los herederos de la Corona de Castilla. Sus primeros titulares fueron precisamente Enrique y Catalina. </p><div style="text-align: justify;">Para los benaventanos, el señorío de la reina a partir de 1394 fue interpretado como una vuelta, de hecho, al realengo, después de los turbulentos años padecidos por la villa durante el dominio del duque don Fadrique. Como recordarían años después los propios benaventanos, el paso de esta reina extranjera por estas tierras dejó un buen recuerdo entre la población: </div><p style="text-align: justify;">"E después de esto fue vuestra merçed de nos dar a nuestra señora la reyna, vuestra moger que Dios mantenga, con la qual avíamos olvidado todos los males e trebulaçiones que habíamos sofrido e pasado, lo qual por nuestros pecados nos duró muy breve tiempo".</p><p style="text-align: justify;">En efecto, fue esta una etapa muy corta, y muy poco conocida de la historia de Benavente. Una circunstancia justificable por la escasa documentación existente. A falta de diplomas de esta época en el Archivo Municipal, es necesario acudir a otras fuentes dispersas, a las crónicas, o a referencias indirectas que nos transmiten alguna información.</p><p style="text-align: justify;">Algunos diplomas de estos años dejan constancia del señorío de la reina en Benavente, así como de algunos cambios introducidos en la administración del concejo y en el nombramiento de los oficios de su gobierno. En mayo de 1397 tenemos noticia de una reunión del concejo, junto a la iglesia de Santibáñez (San Juan del Reloj). En su encabezamiento se hace relación de los alcaldes, regidores y “hombres buenos” que tienen la responsabilidad del gobierno de la villa. Los alcaldes bajo la autoridad del rey, y los regidores y hombres buenos bajo la de “nuestra sennora la reyna”:</p><p style="text-align: justify;">“Sepan quantos esta carta vieren commo nos, el conçejo e ommes bonos de Benavente, estando en nuestro conçejo, çerca la eglesia de Santivannes, ajuntados por campana repicada segund que lo avemos de uso e de costumbre, e estando y presentes Pedro Ferrández e Gonçalo Gómez, alcaldes en esta dicha villa por nuestro sennor el rey, e Lope Alfonso e Juan Alfonso de Melgar e Alvar Alfonso su hermano, que son de los ommes bonos regidores que han de ver façienda de nos el dicho conçejo por nuestra sennora la reyna”.</p><p style="text-align: justify;">Igualmente, se menciona a Alvar González, “notario público por nuestra sennora la reyna en Benavente”, a quien se pide que “escriviese o mandase escrivir esta carta e fisiese en ella su signo”.</p><p style="text-align: justify;">En julio de este mismo año 1397 se pide a un notario público que escriture una carta de donación de unas casas con sus corrales a las puertas del Santo Sepulcro de Benavente. De nuevo, se cita el señorío de la reina consorte sobre la villa:</p><p style="text-align: justify;">“E por que esto sea firme e non venga en dubda rogué a Alfonso Hernandes notario público de nuestra señora la reyna en Benauente que escriuiese o mandase escriuir esta carta e la signase de su signo”.</p><p style="text-align: justify;">El concejo de Benavente hizo todo lo posible por mantener a Catalina de Lancaster como su señora. Sin embargo, en 1398 se produce la donación de la villa, a título de condado, al noble portugués Juan Alfonso Pimentel. Sabemos que en las semanas previas los benaventanos intentaron diversas gestiones para evitar este cambio de titularidad. En un memorial enviado a Enrique III en 1400 se recordaba el malestar que toda esta situación generó entre los vecinos:</p><p style="text-align: justify;">“E después de esto fue vuestra merçed de nos tyrar de poderío de la dicha sennora reyna e nos dar al conde don Iohan Alfonso sennor, e commo quiera que por parte de este conçeio e regidores fue dicho e reclamado a la vuestra merçed que non quisiéredes tyrar de la vuestra corona real de que sienpre fuéramos e de la dicha señora reyna, por conplir vuestra boluntat su serviçio e mandado oviemos de faser e conplir lo que por la vuestra merçed nos fue mandado…”.</p><p style="text-align: justify;">Estas gestiones del concejo debieron de coincidir en el tiempo con la decisión de Juan Alfonso Pimentel de abandonar Portugal para instalarse definitivamente en Castilla, pero previo acuerdo de las condiciones con el rey Enrique III. Todo apunta a una calculada y meticulosa negociación entre el noble portugués y los representantes del rey castellano. En carta fechada en Madrid el 28 de enero de 1398 el monarca castellano daba poder a su justicia mayor, Diego López de Zúñiga, para que en su nombre tratara con el señor de Braganza y con Gil Vázquez de Acuña "algunas cosas que cumplen mucho a mi servicio". </p><p style="text-align: justify;">Con este poder, Diego López hacía la concesión el 4 de marzo de 1398 de “la villa de Benavente con su castillo y con sus aldeas y términos, y con todos sus pechos y derechos, y con la jurisdicción alta y baja civil y criminal, y con el mero mixto imperio, y con todas las otras cosas que le pertenecen y pertenecer deben en cualquiera manera según mejor y más cumplidamente la agora ha y tiene la reina doña Catalina mi señora”.</p><p style="text-align: justify;">Por tanto, en el mes de marzo de 1398 Catalina de Lancaster aún disfrutaba de la posesión de la villa de Benavente, y esta situación se mantuvo provisionalmente durante todo el mes de abril. Un documento fechado el día 30, procedente del fondo de Osuna, nos informa de que Martín Alfonso, notario público por la reina Catalina, y Clara González, su mujer, vecinos y moradores en Benavente, venden a Fernando a Álvarez de Villasán, también vecino, un suelo de casas en la colación de Santa María del Azogue, cerca del muradal.</p><p style="text-align: justify;">El traspaso definitivo de la jurisdicción de la villa se produjo el 17 de mayo de 1398. A través de un albalá, Enrique III concedía al noble portugués Juan Alfonso Pimentel, a título de condado, la villa de Benavente con su castillo, aldeas, términos y derechos, exceptuando el cobro de las alcabalas y los pedidos reales de monedas. La toma de posesión tuvo lugar el día 8 de junio en el monasterio de San Francisco. A partir de entonces, Juan Alfonso Pimentel figura ya en todos los diplomas como conde de Benavente y señor de la villa.</p><p style="text-align: justify;">A pesar de la pérdida de Benavente, la reina Catalina mantuvo en su poder importantes títulos y señoríos. El núcleo principal de estas dignidades procedía de la dote y arras concedidas por parte del rey Juan I al casarse con su hijo Enrique. En 1402, con ocasión del nombramiento de Alfonso Martínez como su capellán y limosnero mayor, se intitula en el privilegio como: “Doña Catalina, por la graçia de Dios, reyna de Castiella e de León, duquesa de Soria e señora de Molina e de Huete e de Atiença e de Carrión e de Deça”. </p><p style="text-align: justify;">A partir del año 1406, Catalina de Lancaster volvió adquirir un particular protagonismo político en el devenir del reino. La muerte del rey, con tan solo 27 años, le llevó a tomar las riendas del gobierno y asumir la regencia de su hijo Juan (el futuro Juan II), que por entonces contaba con apenas un año de edad. En esta época se intitulaba en los diplomas como "yo, la syn ventura reyna de Castilla e de León, madre del rey e su tutora e regidora de sus regnos", toda una declaración de intenciones sobre su estado de ánimo. Murió en Valladolid en 1418, siendo enterrada, junto a su marido, en la catedral de Toledo.<br /><br /></p><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhPPSorm8AzQk1vfjAn-i2Gzg1eLX-4oZ-46GOJmo4YD6YYhNcupcsro3AZqIQ7p2O5h-Rc6lBra5XGBRLfYBN2wxotP3mkCAf732DTAAC6srIMNw5KvgHzEzUDRwwmkGJ992dnUN6jsm2w8Gul6Q37rsY9tDCDn_HDK9RJzhtv5JX45ISMy-Is02rGxN0/s1920/La%20familia%20de%20Catalina%20de%20Lancaster%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.tif" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1300" data-original-width="1920" height="271" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhPPSorm8AzQk1vfjAn-i2Gzg1eLX-4oZ-46GOJmo4YD6YYhNcupcsro3AZqIQ7p2O5h-Rc6lBra5XGBRLfYBN2wxotP3mkCAf732DTAAC6srIMNw5KvgHzEzUDRwwmkGJ992dnUN6jsm2w8Gul6Q37rsY9tDCDn_HDK9RJzhtv5JX45ISMy-Is02rGxN0/w400-h271/La%20familia%20de%20Catalina%20de%20Lancaster%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.tif" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">La familia de Catalina de Lancaster</td></tr></tbody></table><br />Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-8101125261383599882023-08-01T15:15:00.002+02:002023-08-01T15:15:11.153+02:00Un seguro asilo a los nacionales de esta villa - El proyecto de habilitación del Castillo de Benavente en 1837<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgcdz2IZ1WlYaFDGXaYGob1gK7lxLzgCeZnP59M6mIGjSS10uXl2LWRDU-CG9Qbg7BBqZbkvQRTRBPQrl1cesSVqgQVG24ZBfk9RmS0ua1Cq1psf8FeQlQLKeCVOE6P9qLuJGveXwA9AOrBVkQDA-klhc7vM39Kzhkeu_TO7zPSnKuK6M9RUU9XRnkSgag/s1920/El%20Castillo%20de%20Benavente%20-%20Clifford%20(1854)%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1440" data-original-width="1920" height="300" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgcdz2IZ1WlYaFDGXaYGob1gK7lxLzgCeZnP59M6mIGjSS10uXl2LWRDU-CG9Qbg7BBqZbkvQRTRBPQrl1cesSVqgQVG24ZBfk9RmS0ua1Cq1psf8FeQlQLKeCVOE6P9qLuJGveXwA9AOrBVkQDA-klhc7vM39Kzhkeu_TO7zPSnKuK6M9RUU9XRnkSgag/w400-h300/El%20Castillo%20de%20Benavente%20-%20Clifford%20(1854)%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">El Castillo de Benavente en 1854, según fotografía de Clifford (Victoria & Albert Museum)</td></tr></tbody></table><br /><p style="text-align: justify;">1837, marzo, 24 y 29. Benavente.</p><p style="text-align: justify;"><i>Acuerdo del Ayuntamiento de 24 de marzo sobre la posible habilitación del castillo de Benavente para defensa de los habitantes de esta villa, y reconocimiento efectuado el 29 de marzo, en el que el ingeniero José Julián Calleja dio un presupuesto de 40.000 reales para realizar las obras necesarias.</i></p><p style="text-align: justify;">AMB, leg. 159,22.</p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Acuerdo.</span></p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">En la villa de Benavente a 24 de marzo de 1837 estando en Ayuntamiento los señores, hecho en unión del señor Comandante de armas, acordaron:</span></p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Que para poner en cumplimiento lo que se previene en el oficio que va por cabeza, acerca de la habilitación de parte del castillo que hay en este pueblo, aprovechando la oportunidad de hallarse casualmente en él el ingeniero y director de caminos don José Julián Calleja, se le invitase a que pasara a reconocerle para manifestar el coste que podría tener habilitar parte de él de una manera que ofreciese un seguro asilo a los nacionales de esta villa; y hecha se dispondrá lo que sea más conveniente.</span></p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Reconocimiento.</span></p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">En la villa de Benavente a 29 de marzo de 1837 los señores de Ayuntamiento, hecho en unión del señor comandante de armas, y del ingeniero y director de caminos don José Julián Calleja se constituyeron en el castillo de la misma, y reconocido que fue escrupulosamente por éste, manifestó; que ya por la brillante porción que ocupa, ya también por la solidez y buena dirección con que está construido, podría fácilmente habilitarse parte de él en términos que quedase inexpugnable, y defendible por mucho tiempo y por una corta guarnición aunque fuera atacada por numerosas fuerzas, prestando la doble ventaja de poderse abrigar cómodamente en él, no solo los nacionales de esta villa y sus familias, sino también todos los del partido. Que el coste de la obra, contando con sacar algunos útiles de maderas y teja del suprimido convento de San Jerónimo extramuros de este pueblo, (que debe demolerse según lo tiene propuesto la Junta que dispone de estos edificios) ascenderá a unos cuarenta mil reales, poco más o menos, y que por quanto piensa permanecer algún tiempo en estas inmediaciones, en obsequio al mejor servicio del Rey, se ofrecía a dirigirla gratuitamente, comunicando sus conocimientos a los arquitectos y operarios que la ejecutasen.<br /><br /></span></p>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-83770732743602880072023-07-31T12:13:00.011+02:002023-08-08T23:11:20.188+02:00El Libro Becerro del Hospital de la Piedad<p></p><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh5o1pwJHotZaDRJUSsAWhzCzdRMEerULo26IHYNtcAcL_FI1IW3D3VlNSuRmVv5L3PDG3YjVJf6xGTMdztynWV_OOMmtR8LeScnU-DWrIY6rJKURJpVaO-YMXoE4rrZbdJjCrkV0vbTq6qpQUQEjDKG1FZ41aMic8E6CIQsDvB2SE6sMo0unrLMbzU-jg/s1920/PA150288-001.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1587" data-original-width="1920" height="331" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh5o1pwJHotZaDRJUSsAWhzCzdRMEerULo26IHYNtcAcL_FI1IW3D3VlNSuRmVv5L3PDG3YjVJf6xGTMdztynWV_OOMmtR8LeScnU-DWrIY6rJKURJpVaO-YMXoE4rrZbdJjCrkV0vbTq6qpQUQEjDKG1FZ41aMic8E6CIQsDvB2SE6sMo0unrLMbzU-jg/w400-h331/PA150288-001.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Índice del Libro Becerro</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br />Libro Becerro del Hospital de la Piedad.</div><div style="text-align: justify;">Siglo XVIII.</div><div style="text-align: justify;">Papel, encuadernado en piel.</div><div style="text-align: justify;">459 mm. X 322 mm.</div><div style="text-align: justify;">320 folios.</div><div style="text-align: justify;">Archivo del Hospital de la Piedad de Benavente.</div><p></p><p style="text-align: justify;">El archivo del Hospital de la Piedad de Benavente se encuentra actualmente en un despacho de la planta baja del edificio, utilizado también, ocasionalmente, como sala de juntas. Toda la documentación histórica se custodia en un armario de factura antigua, probablemente del siglo XVIII, reformado parcialmente durante el siglo XIX, según reza un letrero situado en su parte superior: "Renobose en 1844". La ordenación actual de este voluminoso conjunto documental responde, al parecer, a la primitiva ubicación del archivo en un mueble con varios cajones. De esta forma, en los cartones que presiden cada uno de los legajos se puede leer: Cajón 1 legajo 4; Cajón 2 legajo 3. etc.</p><p style="text-align: justify;">Esta misma distribución en cajones y legajos se observa en el principal instrumento de descripción del archivo, el presente “Libro de Bezerro de foros y zensos del hospital de Nuestra Señora de la Piedad”. Se trata de un inventario-catálogo de toda la documentación del hospital de la Piedad correspondiente a los siglos XVI, XVI y XVIII.</p><p style="text-align: justify;">El libro, de gran tamaño, está encuadernado en pergamino -de ahí su denominación-. Consta de 320 folios numerados, si bien solamente una parte de ellos, concretamente 230 folios- están escritos. La mayor parte del texto es obra de una misma persona que escribe en la segunda mitad del siglo XVIII. El autor extractó con encomiable minuciosidad el contenido de toda la documentación de la institución, distribuyéndola por asuntos y fechas. Junto a sus anotaciones encontramos otras posteriores que completan o añaden algún comentario a lo escrito con anterioridad.</p><p style="text-align: justify;">El índice de documentos es el siguiente:</p><p style="text-align: justify;">Los géneros de papeles que se contyenen en este ynbentario y a qué se pertenecen</p><p style="text-align: justify;">Hospital de la Piedad, sus títulos y pertenenzias, y fundación y dotación de una capellanía que en él hizo Diego Daza. (Página 7).</p><p style="text-align: justify;">Las bullas, confirmaziones, y breves apostólicos. (Página 16)</p><p style="text-align: justify;">El Priorato de Villaberde anexo a este Hospital por bullas pontifizias. (Página 20).</p><p style="text-align: justify;">La hazienda de Salamanca, sus títulos y pertenenzias, con el juro que goza este hospital sobre la alcavala de la carne de dicha ciudad. (Página 25).</p><p style="text-align: justify;">La Villa de Benabente, compras, sesiones y adjudicaciones de casas, y herreñales en el casco de ella, y fueros que goza este hospital. (Página 33).</p><p style="text-align: justify;">Ydem. Dicha villa y sus términos y compras, adjudicaciones de casas, tierras y viñas, y foros que tiene sobre la heredad de la Peralta, y tierra que llaman la viña. (Página 73).</p><p style="text-align: justify;">Lugares de la jurisdiczión de Benabente, compras, fueros y reconocimientos. (Página 92).</p><p style="text-align: justify;">Heredades de tierras, y otras posesiones, sus compras, adjudicaciones y decraziones. (Página 110).</p><p style="text-align: justify;">Estado de Benavente, zensos y subrrogaziones. (Página 149).</p><p style="text-align: justify;">Zensos corrientes en esya villa, su tierra, y lugares de sus jurisdiczión. (Página 156).</p><p style="text-align: justify;">Ydem. Zensos de fuera de la jurisdiczión de esta villa. (Página 179).</p><p style="text-align: justify;">Zensos redimidos por este hospital. (Página 200).</p><p style="text-align: justify;">Apeos de heredades antiguos y modernos. (Página 210).</p><p style="text-align: justify;">Jurisdicción apostólica, y ordinaria, diferentes autos sobre competenzia, y otros ziviles, y criminales, hechos ante los señores administradores de este hospital. (Página 220). </p><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi4uQZAjHECKdmthFR17LzlUWEWnKCjlyCB36kvHE6Ku30aidPKw8ntGRRSbwn8mPzIxs997xyzCYCvZwgYldWQRCfr97kQpUSapFrKA2oGojjDmGy74ipjFjJ19i3wLa8kXEanZQUTs6lTYTLO21lzBkUH36B8M9qI1a8BifBB71vGSrz8t8RRmbcFIxE/s1920/PA150287-001.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="1635" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi4uQZAjHECKdmthFR17LzlUWEWnKCjlyCB36kvHE6Ku30aidPKw8ntGRRSbwn8mPzIxs997xyzCYCvZwgYldWQRCfr97kQpUSapFrKA2oGojjDmGy74ipjFjJ19i3wLa8kXEanZQUTs6lTYTLO21lzBkUH36B8M9qI1a8BifBB71vGSrz8t8RRmbcFIxE/w341-h400/PA150287-001.jpg" width="341" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Aspecto de la cubierta y la encuadernación</td></tr></tbody></table><br />Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-66230547929699357192023-07-29T11:14:00.005+02:002023-08-04T12:46:32.717+02:00Las dehesas de Benavente – La casa de “El Bosque” del conde de la Patilla en 1877<p></p><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjzovisTN_x3ji2a0YRwVmq91pUyaYeJQQ0HUb5MABzbJtoBTK1_2_3q1YyWSC3oD7bBloKZ2TDZVThqJi6JTRWoX-F6FEDmyOfJWI1kTewJXG4Ge7p-pnYkoPaWV4iFZrUIDOZv6FzF5GEcPuOtnNERyNFMMiYNIHBaQHxNGqrBA-BVysdkJgUxINt1fY/s1920/Revista%20El%20Campo%20-%20El%20Bosque%20de%20Benavente%20%5B1877%5D%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1575" data-original-width="1920" height="329" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjzovisTN_x3ji2a0YRwVmq91pUyaYeJQQ0HUb5MABzbJtoBTK1_2_3q1YyWSC3oD7bBloKZ2TDZVThqJi6JTRWoX-F6FEDmyOfJWI1kTewJXG4Ge7p-pnYkoPaWV4iFZrUIDOZv6FzF5GEcPuOtnNERyNFMMiYNIHBaQHxNGqrBA-BVysdkJgUxINt1fY/w400-h329/Revista%20El%20Campo%20-%20El%20Bosque%20de%20Benavente%20%5B1877%5D%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Casa de "El Bosque" propiedad del Sr. conde de la Patilla, en Benavente (1877)</td></tr></tbody></table><br /><div style="text-align: justify;"><b>Revista “El Campo” (1877)</b></div><div style="text-align: justify;">Las dehesas de Benavente</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">A diez y siete leguas de Valladolid, diez de Zamora y nueve de León, en el centro de una de las más feraces campiñas de Castilla, se levanta la antigua villa de Benavente, que tan importante papel jugó durante nuestras luchas de la Edad Media. Propiedad de los Condes de Benavente, vino después a formar parte de la antigua y nobilísima casa de Osuna, que aún ostenta la propiedad del antiguo castillo señorial de la poderosa casa de los Condes de Benavente, hoy en ruinas, y que sólo muestra a la observación del historiador o del anticuario su torre del homenaje, que desafía altiva la inclemencia de los tiempos al lado del paseo de la Mota.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Alrededor de esta fortaleza se extienden las ricas campiñas de Benavente y las feraces dehesas y poblados montes que en una superficie de más de once leguas cuadradas constituyen aquella rica posesión, propiedad hoy del Sr. Conde de Patilla.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Tan importante predio está dividido en diversos cuarteles, que se denominan de Requejo, Socastro, Mosteruelo, Cejinas, Belbís, Escuriel, Piquillos, la Montaña y el Bosque, cuya casa representa la viñeta que figura al pie de estas líneas.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Estos cuarteles se componen de extensas dehesas dedicadas al pasto, limitadas por inmensos bosques de encinas, en los que se encuentra una caza por demás abundante en conejos, perdices, liebres, raposos y otros animales, propios de estos lugares.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Cada cuartel se encuentra bajo la vigilancia de un guarda jurado, que tiene en el mismo habitación cómoda al efecto y pabellones destinados a dar albergue a los cazadores en las importantes excursiones cinegéticas que en diversas épocas del año tienen lugar en aquel rico y abundante cazadero.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><div>En la Montaña se levanta una inmensa caballeriza, capaz para contener 45 potros amarrados, y al cuidado de un jefe de cuadra, un albéitar, seis mozos y un picador. Este edificio contiene un extenso picadero, enfermería, fragua y espaciosas cocheras.</div><div><br /></div><div>El actual propietario, Sr. Conde de Patilla, dotado de gran inteligencia en los asuntos que se refieren al cultivo y ganadería, merced a grandes gastos y a una asiduidad exquisita, ha logra- do hacer de aquellas inmensas posesiones una de las fincas más importantes de España. En sus dehesas pastan hoy unas 10.000 cabezas de ganado lanar, 50 yeguas de vientre, 200 potros, y unas 500 reses vacunas, al cuidado de mayorales entendidos. El valor de estos ganados asciende próximamente a la no despreciable suma de dos millones de reales.</div><div><br /></div><div>Tan importante propiedad se encuentra fecundada con los riegos que abundantemente le proporcionan los ríos Esla, Órbigo y Tera, cuyas aguas recorren y fertilizan tan extensas campiñas, y en los que se encuentra abundante pesca, especialmente de la renombrada trucha del Tera, tan estimada en todos los mercados de Castilla.</div><div><br /></div><div><div>El propietario actual de tan importante posesión agrícola sabe aunar a sus condiciones de cultivador inteligente las del más amable anfitrión, y periódicamente reúne a los cazadores más inteligentes de la comarca y de esta Corte en aquellos ricos cazaderos, donde los invitados encuentran siempre una caza por demás abundante y una hospitalidad tan amable como fastuosa.</div><div><br /></div><div>En los últimos días del mes de Setiembre ha tenido lugar la última de la temporada, de que ya se ocupó la prensa de Madrid, y a la que concurrieron, además de muchas personas importantes de Benavente, cazadores y hombres políticos tan conocidos en esta Corte como los señores López Guijarro, Argaiz, Lirio, Barca, Nieto Álvarez, Alonso Martínez (D. Vicente) y algunos otros que, en su expedición venatoria, que duró cuatro días, cobraron la respetable cantidad de mil y tantas piezas.</div><div><br /></div><div>Terminada por la estación la presente temporada, para la próxima se preparan algunas importantes expediciones en los montes que a vuela pluma acabamos de reseñar, de acuerdo con nuestro propósito de ir dando a los lectores de “El Campo” una idea, siquiera somera, de las más importantes posesiones agrícolas de España.</div></div><div><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhpENwnCKsjogDOhazjxlGkpWUSwc0wNizFSKgRdbdgmtf38upQA35mLWyivjhYmKZScHk7rqDj4mmvTL1zmQ06vr5H1cdg4WfdkO4t_f6pgB20oDGzbQCS4csUYrwN2mb0HT03-vqjZmluBN9vHHrbVyWtdmVZWuEFJdu5Tsn1iuukuBdOv_041GbuSrc/s1920/La%20Casa%20de%20El%20Bosque%20en%201973%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1402" data-original-width="1920" height="293" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhpENwnCKsjogDOhazjxlGkpWUSwc0wNizFSKgRdbdgmtf38upQA35mLWyivjhYmKZScHk7rqDj4mmvTL1zmQ06vr5H1cdg4WfdkO4t_f6pgB20oDGzbQCS4csUYrwN2mb0HT03-vqjZmluBN9vHHrbVyWtdmVZWuEFJdu5Tsn1iuukuBdOv_041GbuSrc/w400-h293/La%20Casa%20de%20El%20Bosque%20en%201973%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">La Casa de "El Bosque" en 1973</td></tr></tbody></table><div><br /></div></div><p></p>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-17022833473051178512023-07-22T16:30:00.020+02:002024-03-18T18:08:18.179+01:00Una maquinaria llamada Esperanza – La subida de aguas en Benavente en 1900<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhTAdRMIqx4_XkjPIYidy6JNlHEm1cBWs_PCDzdHOaIxrTpSagurPdeehxXLeBpnepfrHWFBLMX8APFiBsnpEoLvqcD-A31WciKtwvWP12FMbh_8JK4yopXY6CyhZgJaPcWaSwiIzbtCUn6mrW4f25RVzD0tpK_CDV165ksUS-bKSGqfPvdjMpn4wLwEb4/s1920/Torre%20y%20Cuestos%20del%20Castillo%20de%20Benavente%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1350" data-original-width="1920" height="281" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhTAdRMIqx4_XkjPIYidy6JNlHEm1cBWs_PCDzdHOaIxrTpSagurPdeehxXLeBpnepfrHWFBLMX8APFiBsnpEoLvqcD-A31WciKtwvWP12FMbh_8JK4yopXY6CyhZgJaPcWaSwiIzbtCUn6mrW4f25RVzD0tpK_CDV165ksUS-bKSGqfPvdjMpn4wLwEb4/w400-h281/Torre%20y%20Cuestos%20del%20Castillo%20de%20Benavente%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Torreón del Caracol y Cuestos del Castillo. A la izquierda se aprecian los restos de la antigua Torre del Homenaje, reaprovechada como depósito de agua para suministro de la ciudad (Foto Testera)</td></tr></tbody></table><br /><p style="text-align: justify;"><b>HERALDO DE ZAMORA</b></p><p style="text-align: justify;">Miércoles, 1 de julio de 1900</p><p style="text-align: justify;">Desde Benavente</p><p style="text-align: justify;">Hoy ha tenido lugar un gran acontecimiento para esta villa. La subida de aguas a la población.</p><p style="text-align: justify;">Previamente invitado, como corresponsal del Heraldo de Zamora, asistí al modesto banquete que con tal motivo daba el intrépido empresario don Telesforo Benito.</p><p style="text-align: justify;">¡Modesto banquete!... Así decía la invitación. Pero si esto es modestia desconozco la prodigalidad. Mesas artísticamente preparadas, abundancia extremada de manjares, licores, vinos hasta el rico Champagne y cuanto podía desear el más exigente gastrónomo, demuestran bien claro que don Telesforo no es de los que ofrecen mucho para dar poco.</p><p style="text-align: justify;">A la una de la tarde se reunieron los comensales en número de 60, en el local de la Encomienda, donde tuvo lugar el banquete, presidido por el mismo señor Benito. Asistieron además de “dos patricios”, padre e hijo del anfitrión, los señores concejales presididos por el alcalde don Bernardo Valbuena; los diputados a Cortes don Mateo y don Faustino Silvela, los diputados provinciales don Evaristo Núñez, don José y don Felipe González y don Sixto Morán; el señor Juez de 1ª Instancia y el municipal don Sergio Delgado; don Ángel Regueras en representación del señor Juez eclesiástico; el director del colegio de 2ª Enseñanza; don Valentín y don Luis Morán; los señores Somoza, Figueras (don Isaac), Cadenas (don Asterio), Tapioles (don Juan), corresponsales de “El Imparcial” y “El Liberal” y otros cuyos nombres no recuerdo, y me dispensarán no consigne siquiera por la premura con que hago esta reseña.</p><p style="text-align: justify;">Llegado el momento de los brindis, que inició el señor Silvela (don Mateo), éste en pocas, pero muy sentidas frases, elogió el genio emprendedor del señor Benito, abogando por que se le ayudara en tamaña empresa, cuyo pensamiento fue muy aplaudido. Brindó por Benavente. Después lo verificó su hermano don Faustino que, con gracejo especial, arrancó aplausos muy bien merecidos. Y continúan los brindis... ¿Brindis dije? No, discursos, y algunos “un tanto empalmados”.</p><p style="text-align: justify;">Hizo uso de la palabra el señor Morán (don Sixto) que se extendió en grandes elogios al hombre que falto de recursos pecuniarios, a tanto se atrevía, excitando a los capitalistas, al Ayuntamiento y al pueblo de Benavente, que tantos beneficios ha de recibir con la subida de las aguas, para que todos coadyuven a la obra colosal, premiando así los esfuerzos del noble cuan ingenioso emprendedor. Fue calurosamente aplaudido.</p><p style="text-align: justify;">Y aquí la oratoria más sublime.</p><p style="text-align: justify;">El anciano padre de don Telesforo, afectadísimo por las sentidas frases que de todos oía, y de que su hijo era objeto, levantándose quiso corresponder, decir algo, pero las lágrimas se agolparon en sus ojos, y la voz se ahogó en su garganta, sentándose como rendido, sin articular palabra, sufriendo los efectos de extraordinaria afectación Una salva atronadora de aplausos, pagó a aquel noble corazón que de tal modo demostraba su gratitud.</p><p style="text-align: justify;">Para satisfacer los justos deseos del anciano, que quería ver a sus hijas allí reunidas, una comisión salió en su busca presentándose al poco tiempo en el local, siendo saludadas con nutridos aplausos la señora de don Telesforo Benito con su encantadora bija y las simpáticas hermanas del mismo señor.</p><p style="text-align: justify;">Y aquí, don Valentín Morán, a quien dentro del recinto y “aún un poco fuera”, sin ofender a nadie, podríamos llamar el maestro de la palabra, pronunció la hermosa oratoria que, dispénseme, no me siento con alientos ni aún para extractar. Dedicó a las señoras frases de consideración y respeto; y en un largo período, que parecía oírse más al elocuente orador de la cátedra que al comensal que brindaba; demostró las penalidades y dificultades en las grandes empresas, más grandes cuanto más atañen al bien general, citando en justificación de su aserto a Sócrates y hasta al mismo Jesucristo.</p><p style="text-align: justify;">Al oír esto decía yo para mi capote: ¿pero nuestro querido anfitrión saldrá también crucificado? </p><p style="text-align: justify;">Hizo un cuadro acabado del laborioso industrial, arriesgado después a grandes empresas, y solicitó de todos el concurso para conseguir el mejor éxito. Fue felicitado y muy aplaudido.</p><p style="text-align: justify;">El alcalde señor Valbuena, manifestó que el Ayuntamiento prestaba su incondicional apoyo a don Telesforo Benito, a fin de conseguir la completa realización de la arriesgada empresa para. dotar de aguas a la villa.</p><p style="text-align: justify;">Don Evaristo Núñez, después de galante saludo al bello sexo, dijo creía ver en este animado banquete así como “centelleo” del celebrado poco ha en la culta capital zamorana, en honor del señor Cuadrado. Allí el sabio arrancando secretos a la Naturaleza. Aquí el industrial aprovechando el resultado de los desvelos de aquél para conseguir honra y provecho. Leyó también poesías alusivas al acto y fue aplaudido.</p><p style="text-align: justify;">Y le sucede en el uso de la palabra el joven catedrático, Presbítero, don Ángel Regueras, que representaba la autoridad eclesiástica, disculpando la falta de asistencia del ilustre señor Vicario don Victoriano Para, debida a enfermedad de su señora madre, a quien. habían viaticado. Con la envidiable facilidad de expresión que le distingue, demostró que la iglesia católica; el espíritu religioso, está hermanado con el progreso y la felicidad de los pueblos, y pidió por encargo del Señor para que a don Telesforo Benito se le declarará hijo adoptivo de Benavente. Fue calurosamente aplaudido.</p><p style="text-align: justify;">Don Julián Fernández, improvisó un verso, que gustó como todo lo que es obra suya.</p><p style="text-align: justify;">También hizo uso de la palabra Cadenas (don Asterio) siempre en guerra con el tanto por ciento y con las ventas con pacto de retro, que en su sentir son principales inconvenientes para el desarrollo de las grandes industrias. Fue aplaudido.</p><p style="text-align: justify;">Como esta reseña pudiera ser demasiado extensa, dispénsenme los señores que a última hora hablaron si me concreto a decir que todos abogaron por la prosperidad del mismo asunto, y que estos fueron, Arias (don Fernando), Tapioles (don Juan), Ramos (don Agustín), González (don José); Fernández (don Octavio), Pérez (don Ezequiel), Morán (don Luis) y otros más. Hablaron los señores Silvela (don Mateo) y Morán (don Sixto), que fueron felicitados, dando este último, gracias a la concurrencia por encargo de don Telesforo que estaba muy afectado.</p><p style="text-align: justify;">Y eran las cinco y media de la tarde cuando los comensales se dirigieron al punto donde están instaladas las máquinas. Estas se encuentran en un local del mismo don Telesforo, destinado también para la maquinaria de aserrar maderas, próximo a la población, por la parte del</p><p style="text-align: justify;">Este, entre la cerca y la carretera que conduce a la Puebla, a orillas del canal del Esla. El yacimiento de las aguas se encuentra de frente, a 50 metros, aproximadamente, del lado allá del canal, y según me informó el Ingeniero director de los trabajos, es de manantiales tan abundantes que asegura podrían surtir no solo a Benavente, sino a otra población de más consumo.</p><p style="text-align: justify;">A las seis y media, el señor Regueras bendijo la maquinaria, previas las preces de ritual, empezando a funcionar con el simbólico nombre de Esperanza, debido a la coincidencia de llamarse así la preciosa hija de don Telesforo.</p><p style="text-align: justify;">Eleva 20 metros cúbicos de agua por hora, y aún más, según el mismo señor Ingeniero, que dice puede llenar en cuatro el depósito, construido en el alto de la fortaleza, dando vista al paseo de la Mota, y cuya cabida excede de 120 metros cúbicos. Este depósito es cuadrado, de piedra, habiéndose aprovechado para su construcción paredes del tradicional edificio, Mide como 20 metros de altura con un balconcillo que se extiende a los cuatro lados. Descansa sobre compacto envigado y entramado de hierro, macizado con hormigón y cemento, y por bajo hay un local del que se sirven para almacenar herramientas y otros útiles.</p><p style="text-align: justify;">Desde este sitio nos dirigimos al chalet; y un verdadero derroche de sidras y cervezas vino a aplacar los ardores de los invitados y de los no invitados, extendiéndose a todos la generosidad y galantería del rey de la fiesta.</p><p style="text-align: justify;">Instalada provisionalmente como prueba, una fuente en la plazuela de la Mota alta, donde desembocan seis calles, el entusiasmo del numeroso público subió de punto. Le satisfacía extremadamente ver las caprichosas formas en que el agua se elevaba, a veces a más de 5 metros, según los diferentes juegos que de vez en cuando cambiaba el fontanero.</p><p style="text-align: justify;">Músicas, cohetes y campaneo era el complemento de la fiesta.</p><p style="text-align: justify;">Y basta de ruido don Telesforo, que no puedo con la cabeza.</p><p style="text-align: justify;">Ahora para concluir permítome hacer las siguientes preguntas, reflejo fiel de las generales dudas y de las cuales algo participo.</p><p style="text-align: justify;">Tantos ofrecimientos, ¿llegarán a vías de hecho?</p><p style="text-align: justify;">¿Se tenderá la tubería en todos los puntos necesarios haciéndose el alcantarillado por el Ayuntamiento para la limpieza y salida de aguas sucias?</p><p style="text-align: justify;">Si tal no sucediera sería excesiva comiquería, sería un crimen no ayudar al que ha llegado por su propia iniciativa, por su propio esfuerzo, a donde ningún otro ha podido llegar, consumiendo su fortuna y tal vez arrastrando al mismo fin la de su familia, para vencer dificultades de una empresa que si llega a ser utilidad para el denodado empresario, es porque antes ha de haber colmado al vecindario de beneficios, figurando entre estos muy principalmente el de la salubridad pública.</p><p style="text-align: justify;">Yo, con toda mi alma, deseo ver dotada de aguas a esta pintoresca villa, que con tan preciado elemento vendría a ser una tacita de plata, y su Mota un delicioso vergel donde el veraneante más encopetado y exigente, encontrará cómoda y deleitable residencia.</p><p style="text-align: justify;">Dicho esto, bien conocidos son mis deseos. Pero mal que me pese, me conformo con repetir aquello de... «Da Dios mocos a quien no tiene narices».</p><p style="text-align: justify;">H.P.</p><p style="text-align: justify;">Julio 29 de 1900.<br /><br /></p>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-11685270963344172612023-07-13T21:56:00.008+02:002023-07-13T23:36:00.207+02:00"A todos los conceios de nuestros regnos" - El ordenamiento de las Cortes de Valladolid de 1295<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhHoGstdyQ4o-NjAE35Nu4-Z-ZXFdBTj-yRgt2GBj2ECvY9IyeotUA-CeXkH1G_YxWTfG9ctsky7wo5E3xqJP8wZpw2PPCSZlhZ-_e0-kLMy-oJp-yo7fqD_YX-dD9HFEGwfrQWM9RKvJ35Da_m9YaAbpAPA80COI-tLpT1DfncJWhJwiWvHqCdoB6iyxw/s1920/Archivo%20Municipal%20de%20Benavente%20-%20Fernando%20IV%20-%20Ordenamiento%20Cortes%20de%20Valladolid%20%5B1295%5D%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1584" data-original-width="1920" height="330" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhHoGstdyQ4o-NjAE35Nu4-Z-ZXFdBTj-yRgt2GBj2ECvY9IyeotUA-CeXkH1G_YxWTfG9ctsky7wo5E3xqJP8wZpw2PPCSZlhZ-_e0-kLMy-oJp-yo7fqD_YX-dD9HFEGwfrQWM9RKvJ35Da_m9YaAbpAPA80COI-tLpT1DfncJWhJwiWvHqCdoB6iyxw/w400-h330/Archivo%20Municipal%20de%20Benavente%20-%20Fernando%20IV%20-%20Ordenamiento%20Cortes%20de%20Valladolid%20%5B1295%5D%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Ordenamiento de las Cortes de Valladolid de 1295 (Archivo Municipal de Benavente)</td></tr></tbody></table><br /><div style="text-align: justify;">La minoría de edad y el reinado de Fernando IV están marcados por una sucesión de rebeliones, guerras y revueltas que sumieron al reino de Castilla en una profunda crisis política, complemento de la coyuntura depresiva general asociada a los años finales del siglo XIII y principios de la centuria siguiente. Nueve años tenía Fernando cuando murió su padre Sancho IV, rey de Castilla y León. En estas circunstancias la figura de su madre, la reina María de Molina, adquirió un papel fundamental en el panorama político del reino, defendiendo el trono de su hijo contra los sucesivos asaltos al poder real protagonizados por miembros de su propia familia y de la nobleza.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">La evidente debilidad manifestada por la monarquía en estos años llevó a la concesión, y en su caso confirmación, de toda suerte de mercedes y privilegios para asegurarse el apoyo de los concejos. Buena prueba de ello es un grupo de documentos conservados en el Archivo Municipal de Benavente correspondientes a este reinado.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">En el caso que nos ocupa, se trata de la copia enviada al concejo de Benavente del ordenamiento otorgado en las Cortes de Valladolid de 1295. En esta asamblea, entre otras actuaciones, se confirmaron todos los privilegios antiguos concedidos a las villas desde el rey Alfonso VII.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">En el caso de Benavente, sabemos que está y otras iniciativas acabaron por decantar a la población hacía el bando real. Sin embargo, este apoyo tuvo graves consecuencias para la ciudad. Según diversos testimonios, el infante don Juan, tío del monarca, protagonizó un violento asedio a la villa de Benavente en el que perdieron la vida muchos vecinos. Además, se quemaron los arrabales y se destruyeron los cultivos más próximos al recinto urbano. Para paliar esta situación, en 1297 Fernando IV eximió a la villa de todos los tributos regios, excepto la moneda forera de siete en siete años.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: center;"><b>APÉNDICE DOCUMENTAL</b></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">1295, agosto, 8. Cortes de Valladolid.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><i>Privilegio dado en la minoría de edad del rey don Fernando IV, confirmando todos los antiguos, desde Alfonso VII, el Emperador, a todos los concejos del reino, y dando normas para el mejor ordenamiento del reino y de la corte.</i></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Pergamino original; 480 x 500 mm. Figura real en rojo, fondo violeta. Sello de plomo pendiente en hilos de seda. Anverso: efigie ecuestre. Reverso: escudo de Castilla y León. Leyenda: + :SIGILLUM: FERNANDI: ILVSTRIS: REGIS: CASTELLE: ET: LEGIONIS.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Archivo Municipal de Benavente, leg. 1-8.</div><div style="text-align: justify;">ED. Mª.D. GUERRERO LAFUENTE, Historia de Benavente en la Edad Media, Benavente, 1983, pp. 442-445; P. MARTÍNEZ SOPENA, V. AGUADO SEISDEDOS y R. GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Privilegios reales de la villa de Benavente (Siglos XII-XIV), Salamanca, 1996, pp. 31 y 82.<br /><br /><div>En el nombre de Dios, Padre, e Fijo, e Spiritu Santo, que son tres personas e vn Dios; e de la Virgen Santa María, su madre, que nos tenemos por sennora e por auogada en todos nuestros fechos; queremos que Sepan por este nuestro priuilegio los /2 que agora son e seran de aqui adelante, Commo nos, don Fernando, por la gracia de Dios Rey de Castiella, de Leon, de Toledo, de Gallizia, de Seuilla, de Cordoua, de Murcia, de Jahen, del Algarbe, e Sennor de Molina, es- /3 tando en las Cortes en Valladolit, seyendo lamados a ellas prellados e Ricos omes, e Maestros de la caualleria e de todos los otros de nuestros Regnos; por que sabemos que es seruicio de Dios e nuestro, e muy gran prod de todos los de nu- /4 estros Regnos e meioramiento del estado de toda nuestra tierra; auiendo voluntat de fazer bien e merçed a todos los conceios de nuestros Regnos; con conseio de la Reyna donna Maria, nuestra madre, e con otorgamiento del Infante don An- /5 rrique, nuestro tio e nuestro tutor, e con conseio de don Ruy Perez, maestre de la cauualleria de la orden de Calatraua, nuestro amo, e de don Johan Osoyres, maestre de la caualleria de Santiago, e de los prelados, e de los Ricos omes, e de los otros omes buenos /6 que ý eran con nosco: Ordenamos e damos e confirmamos e otorgamos les estas cosas para sienpre iamas.</div><div><br /></div><div>Primera mientre que les guardemos sus fueros e sus priuillegios e cartas e franquezas e husos e contunbres e libertades que ouieron en /7 tienpo del enperador, e del Rey don Alfonso, que vencio la batalla de Hubeda, e del Rey don Alfonso, que vencio la batalla de Merida, e del Rey don Ferrando, su fijo, e de los otros Reyes onde nos venimos e en el mio fasta aqui: los meiores /8 e de los que ellos mas se pagaren. ¶ Otrosi que todos los Arçobispos, e los Obispos, e los Abbades, que vayan a beuir a sus Arçobispados, e obispados, e Abbadias, e los clerigos a sus logares, saluo los capellanes que conpliren para nuestra capiella, que an- /9 den con nosco. ¶ Otrosi que todos los priuados que andodieron con el Rey don Sancho, nuestro padre, e todos los otros oficiales de su casa, que non anden en nuestra casa, e que den cuenta de quanto leuaron de la tierra, por que esto es seruicio de /10 Dios e nuestro, e prot e guarda de toda la tierra. Pero si, con conseio de la Reyna donna Maria, nuestra madre, nos e el Infante don Anrrique, nuestro tio, e los omes buenos de las villas que nos dieron para ordenar esto, fallarmos que algunos de estos oficiales /11 legos bien husaron de sus oficios, e touiermos por bien que ayan ofiçios en nuestra casa, que los ayan. ¶ Otrosi tenemos por bien que los oficiales de nuestra casa sean omes buenos de las villas de nuestros Regnos, asi commo eran en tienpo del Rey don /12 Alfonso, el que vençio la batalla de Hubeda, e en el tienpo del Rey don Alfonso, que vencio la batalla de Merida, e del Rey don Ferrando, e que non ande ý judio. ¶ Otrosi que las cogechas de los pechos de nuestros Regnos que las /13 ayan omes buenos de nuestras villas, asi commo las ouieron en tienpo del Rey don Ferrando, nuestro bisauuelo, por que non anden ý judios nin otros omes rreboltosos, e que non sean arrendadas. ¶ Otrosi que si el Rey don Alfonso, o el Rey don /14 Sancho, nuestro padre, tomaron algunos heredamientos, o algunas aldeas, a alunos (sic) conçeios, o a algunos omes de los conçeios, non faziendo por que, que sean tornados a aquellos a quien fue tomado. ¶ Otrosi, villa que sea rengalenga, /15 en que aya alcalle o merino, que la non demos por heredat a Infante, nin a Rico ome, nis a Rica fenbra, ni a orden, nin a otro logar ninguno, por que sea enagenada de los nuestros Regnos e de nos. ¶ Otrosi que los nuestros seellos, que sean metidos / 16 en poder de dos notarios que sean legos, e el vno que sea de las villas de los Regnos de Castiella, e el otro de las villas de los Regnos de Leon; e estos dos notarios que tengan las laues de los seellos, e que ayan las vistas de las cartas; e /17 que la nuestra chançelleria non sea metida en arrendamiento. ¶ Otrosi que non ande en nuestra tierra carta de crencia nin blanca, e si alguno la troxiere, que non obren por ellas, por que es contra fuero. ¶ Otrosi que quando fuermos en alguna villa, /18 que non tomen vianda ninguna para nos, a menos que la mandarmos pagar; e lo que tomo el Rey don Sancho, nuestro padre, e la Reyna dona Maria, nuestra madre, que lo mandemos pagar. ¶ Otrosi que los castiellos e los alcaçares de las cibdades e /19 de las villas e de los logares de nuestro sennorio, que las fiemos en caualleros e en omes buenos de las villas que las tengan por nos. ¶ Otrosi, las hermandades que fezieron los de las villas de nuestros Regnos de Castiella e de Leon e de Galli- /20 zia e de Estremadura e del Arçobispado de Toledo, otorgamos las e confirmamos las, asi commo las fezieron. ¶ Otrosi que las apelaciones de nuestra casa, de los conçeios de los Regnos de Leon e de Gallizia, que vayan al Liuro Julgo a /21 Leon, asi commo se solian husar en tienpo del Rey don Alfonso, que vencio la batalla de Merida, e del Rey don Fenando su fijo. ¶ Otrosi que los merinos mayores de Castiella e de Leon e de Gallizia, que non sean Ricos omes, e que sean /22 tales los que ý posiermos, que amen justiçia. </div><div><br /></div><div>Et Nos, sobredicho Rey don Ferrando, rregnante en Castiella, e en Leon, e en Gallizia, e en Toledo, e en Seuilla, e en Cordoua, e en Murcia, e en Jahen, e en Baeça, e en Badaioz, e /23 en el Algarbe, e en Molina, prometemos e otorgamos de tener e guardar todas estas cosas que sobredichas son, e de non venir contra ellas en ningun tienpo. E por mayor firmedunbre de todo esto, el Infante don Anrrique, nuestro tio e nuestro tu- /24 tor, juro por nos, asi commo tutor, sobre los santos Euangelios e sobre la Cruz, e fizo pleito e omenage que lo mantouiesemos e lo aguardasemos en todo tienpo, como dicho es.</div><div><br /></div><div>Et desto mandamos dar al Conçeio de Benauente este priuillegio /25 seellado con nuestro seello de promo; fecho el priuilegio en Valladolit, ocho dias de agosto. Era de mill e trezientos e treinta e tres annos.</div><div><br /></div><div>Yo Johan Garcia, chanceller del ynfante don Henrrique, lo fiz escreuir por /26 mandado den Rey en el anno primero que el Rey sobredicho regno. Iohan Garcia (rubricado). Gonzalo Gil, vista.<br /><br /></div></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiaWigoDuV68xiBXScJ3674BSEhkreKQg-PuuQKmHVXGA8c22SyBhPXEK4zZ0DUr2AI5t4HkhwCc5SUdiIEokt0fpUsx1MvPfGPpm6yZ10ByeqHibU7Oqw54--EfMccNseDsfTMV7weGAxwMfy1m8Xduzg-0RR5KQKSmyBO493auzPNC4jBLSXalg36En4/s1920/Mar%C3%ADa_de_Molina_presenta_a_su_hijo_a_las_Cortes_de_Valladolid_1863_Antonio_Gisbert_P%C3%A9rez.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1561" data-original-width="1920" height="325" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiaWigoDuV68xiBXScJ3674BSEhkreKQg-PuuQKmHVXGA8c22SyBhPXEK4zZ0DUr2AI5t4HkhwCc5SUdiIEokt0fpUsx1MvPfGPpm6yZ10ByeqHibU7Oqw54--EfMccNseDsfTMV7weGAxwMfy1m8Xduzg-0RR5KQKSmyBO493auzPNC4jBLSXalg36En4/w400-h325/Mar%C3%ADa_de_Molina_presenta_a_su_hijo_a_las_Cortes_de_Valladolid_1863_Antonio_Gisbert_P%C3%A9rez.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">María de Molina presenta a su hijo Fernando IV en las Cortes de Valladolid de 1295. Óleo sobre lienzo de Antonio Gisbert Pérez. 1863. (Congreso de los Diputados).</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-58102149644964417802023-07-11T19:27:00.016+02:002023-07-11T20:07:12.300+02:00Si la costumbre hace ley - El Toro Enmaromado del año 1907<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhEBTOv4P8DJGi8_kqHnzgJXSU1FyMxqUa5S5lDpiwsLc7_yukCF9Daz--GllOrZ1OAfASbZDlbOIls1lVwo1UKMZK0eOUiFaAvz80-e8YG5lCiEjfhtKRih9l3WXEUlTk5L2Z_7o745wNFED2BQtIiQcOpazHvVWIRCpyiy-zvoN_t2ZYSC5LsNK9H-gw/s1920/Toro%20Enmaromado%20en%20la%20Plaza%20de%20Santa%20Mar%C3%ADa%20(a%C3%B1o%201956)%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1451" data-original-width="1920" height="303" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhEBTOv4P8DJGi8_kqHnzgJXSU1FyMxqUa5S5lDpiwsLc7_yukCF9Daz--GllOrZ1OAfASbZDlbOIls1lVwo1UKMZK0eOUiFaAvz80-e8YG5lCiEjfhtKRih9l3WXEUlTk5L2Z_7o745wNFED2BQtIiQcOpazHvVWIRCpyiy-zvoN_t2ZYSC5LsNK9H-gw/w400-h303/Toro%20Enmaromado%20en%20la%20Plaza%20de%20Santa%20Mar%C3%ADa%20(a%C3%B1o%201956)%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Toro Enmaromado en la Plaza de Santa María (30 de mayo de 1956)</td></tr></tbody></table><br /><p></p><p style="text-align: justify;"><b>El Heraldo de Zamora. Viernes, 31 de mayo de 1907</b></p><p style="text-align: justify;">Desde Benavente.</p><p style="text-align: justify;">Si la costumbre hace ley, claro es que los benaventanos no han de faltar a ella en manera alguna. Amantes de sus tradiciones, les es muy difícil prescindir de su fiesta favorita; del toro enmaromado, que necesariamente ha de ser corrido por las calles de la población el día que precede al del Corpus Cristi. Así lo dejó dispuesto una señora benaventana, la cual ya en otras ocasiones he hecho mención.</p><p style="text-align: justify;">En remota fecha, parece que la fundadora de la fiesta dejó a la villa una renta bastante a sufragar el coste del cornúpeto y demás gastos que la corrida ocasiona. En la campana del legendario reloj, aparecía esculpido un toro, llevando la maroma al rastro; y en las hermosas andas de plata, propiedad del Municipio, hay quien cree que algunas diminutas figuras, grabadas en el pedestal, simbolizan, también, a la fundadora de la original fiesta, con su toro enmaromado.</p><p style="text-align: justify;">Todo ello más bien parece hijo de la exaltada imaginación de los benaventanos, pues en otro caso, en el revuelto y descuidado archivo municipal, siquiera en la historia de la villa, escrita por Ledo, debiera facilitarse algún dato. Lo exactamente cierto es que el Ayuntamiento, desde tiempo inmemorial, satisface del presupuesto el importe de esta fiesta anual.</p><p style="text-align: justify;">El toro, corrido en la tarde de hoy, procede de la ganadería del señor marqués de Villagodio, habiendo dado excelente resultado. El peso de la maroma; el empedrado suelo y los formidables golpes con que se castiga a la bestia al encuentro de las esquinas, forzado a veces cuando el toro “gana maroma”, rindieron al poderoso animal, que se echó en la calle de Herreros, a la puerta de la casa en que habita Cadenas (don Bernardo), así como pidiendo justa reparación a tan ruda barbarie al conocido y fácil revistero “Ventajas”, que, procedente de Valmaseda, se hospeda en la misma casa.</p><p style="text-align: justify;">Un matarife ejerció de puntillero, y mañana se anunciará carné de toro a 40 céntimos kilo. No ha habido que lamentar desgracia alguna, que es mucha suerte, excepción hecha de un volteamiento sin consecuencias, afortunadamente, que sufrió un hijo del concejal Barrios, Otro concejal, el señor Forés, ejerció por delegación las funciones de primera autoridad.</p><p style="text-align: center;">* * *</p><p style="text-align: justify;">Y sintiendo terminar estas cuartillas con notas tristes, mal de mi grado, consigno que, anteayer-recibió cristiana sepultura el gitano Montoya, herido de bala en un monte de Aguilar y cuyo proyectil no pudo ser extraído. Al acto asistieron muchos gitanos de ambos sexos, con religioso respecto, provistos de blandones El finado deja viuda y seis hijos. Al llegar al cementerio, varios de los desconsolados compañeros, metieron en el ataúd el arma que ellos dicen, la vara que para el oficio usó el difunto.</p><p style="text-align: center;">* * *</p><p style="text-align: justify;">Un guarda de las dehesas de la casa de Patilla, llamado Agapito, interin la corrida del toro, apareció muerto en la finca llamada Tamarales. El Juzgado se constituyó en el sitio del suceso, llevando el cadáver al depósito judicial, cuya muerte se cree casual.</p><p style="text-align: center;">* * *</p><p style="text-align: justify;">De casualidad también ha llegado a mis manos la bien pensada y escrita Memoria que, en cumplimiento del artículo 42 del reglamento de secretarios, eleva al Ayuntamiento de esta villa el que lo es del mismo don Rufino Gutiérrez.</p><p style="text-align: justify;">Pudiera hacerse algún comentario, pero urge terminar estas líneas, ofreciendo a usted, querido Director, ocuparme de este y otros asuntos en otra carta.</p><p style="text-align: justify;">El Corresponsal.<br /><br /></p><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhccTOpaP2nhux_YL6bIUFLs3CyCEDN7N-AZrYSfPX0bXyBeyctEwHilf89mS-GQ0XlIJGA_tj3M609QIXsTComa2tj6IGR3aJ4n5181Iz0RNjwi41fFcVZaT25D7p0WZj-15Yn-JzvJGrY3VvkzohCsXybcstLnh0_HoUTrPQ-ZrLnehH0ncIL9_ted90/s1920/El%20Toro%20Enmaromado%20en%20la%20Plaza%20de%20Santa%20Mar%C3%ADa%20(a%C3%B1o%201956)%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1395" data-original-width="1920" height="291" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhccTOpaP2nhux_YL6bIUFLs3CyCEDN7N-AZrYSfPX0bXyBeyctEwHilf89mS-GQ0XlIJGA_tj3M609QIXsTComa2tj6IGR3aJ4n5181Iz0RNjwi41fFcVZaT25D7p0WZj-15Yn-JzvJGrY3VvkzohCsXybcstLnh0_HoUTrPQ-ZrLnehH0ncIL9_ted90/w400-h291/El%20Toro%20Enmaromado%20en%20la%20Plaza%20de%20Santa%20Mar%C3%ADa%20(a%C3%B1o%201956)%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Toro Enmaromado en la Plaza de Santa María (30 de mayo de 1956)</td></tr></tbody></table><br />Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-37236742001891507402023-07-09T13:16:00.020+02:002023-07-09T15:10:19.642+02:00Un gran puente se está construyendo sobre el río Esla en las proximidades de Benavente - Crónica del año 1953<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEib95gULeq0yE-j4_lSkLuMaQT4hKDywLb3yVgOgJWLLzt0C09EDhnuHFUmYkxZHyixYQzw0ydRpRyvL2SGIOK_kc29-upJO4UZSng5dVgzmqJMYHfI5DFE_nM_KVYmH2B9p4hjEpQfLMswSCary0sels6o_s6td8aAK-QTe6gAzGLMPlERKsLrF9l7FMs/s1920/Construcci%C3%B3n%20del%20nuevo%20puente%20sobre%20el%20Esla%20(Foto%20Testera)%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1396" data-original-width="1920" height="291" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEib95gULeq0yE-j4_lSkLuMaQT4hKDywLb3yVgOgJWLLzt0C09EDhnuHFUmYkxZHyixYQzw0ydRpRyvL2SGIOK_kc29-upJO4UZSng5dVgzmqJMYHfI5DFE_nM_KVYmH2B9p4hjEpQfLMswSCary0sels6o_s6td8aAK-QTe6gAzGLMPlERKsLrF9l7FMs/w400-h291/Construcci%C3%B3n%20del%20nuevo%20puente%20sobre%20el%20Esla%20(Foto%20Testera)%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Construcción del nuevo puente sobre el Esla (Foto Testera) </td></tr></tbody></table><br /><div style="text-align: justify;"><b>Diario "Imperio". Martes, 8 de septiembre de 1953</b></div><p></p><div style="text-align: justify;">Un gran puente se está construyendo sobre el río Esla en las proximidades de Benavente</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">El coste de las obras importará 11,5 millones de pesetas y quedarán terminadas en 1955</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">El puente de Castrogonzalo, que da paso sobre el río Esla a la carretera nacional de Madrid a La Coruña, es muy antiguo y ha sufrido diversas modificaciones, motivadas casi todas ellas por ser pequeño el desagüe para evacuar el río durante sus avenidas extraordinarias.<br /><br /></div><div><div style="text-align: justify;">En la "Descripción física y geológica de la provincia de Zamora", del ingeniero de Minas Puig Larraz, editada en 1833, se relata que en el año 1739 una gran avenida del río Esla arrastró el puente de Castrogonzalo, inundando los campos de Benavente. Debió reconstruirse inmediatamente el puente citado, porque en la misma obra se dice: " Es un puente de sillería con 27 ojos, de los cuales voló cuatro el Ejército aliado el 25 de diciembre de 1808. Desde esta fecha continúa sin componer, habiéndose habilitado el paso con unos tramos de madera, cuya conservación ha costado ya mucho más que si, desde luego, se hubiera reedificado la fábrica destruida".</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">A construirse la carretera de Madrid a La Coruña, se utilizó aquel puente para salvar el río. En los primeros años del siglo actual se cambió la "Pasarela de la Independencia" por una serie de tramos metálicos y se construyeron arcos de hormigón para sustituir otros cuya fábrica no ofrecía las garantías debidas.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">El puente actual es completamente inadecuado para soportar el tráfico que le cruza, que es casi todo el que desde Galicia se dirige a Castilla y el intensísimo local, provocando por los mercados que periódicamente se celebran en la vecina ciudad de Benavente. Al penetrar en el puente, el tráfico rápido de turismos o camiones debe atemperar su marcha y acomodarla a la tranquila de los rebaños de ganado que seguramente se encontrarán colocados “estratégicamente” en las zonas más estrechas del puente.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Por estas razones y otras derivadas del mal estado en que se encuentran algunas bóvedas, o del aumento, cada vez más considerable, de las sobrecargas que han de circular, y de la estética bastante deplorable del puente, la Dirección del Plan de Modernización de Carreteras acordó la construcción de uno nuevo, cuyas obras se hallan actualmente en ejecución.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">El puente que se construye estará formado por nueve bóvedas triarticuladas de hormigón en masa, de 38 metros de luz, con tablero y palizadas de hormigón armado.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">La longitud total de la obra es de 380 metros y su ancho de diecisiete, de los que catorce se dedicarán a calzada y tres a aceras, de forma que puedan coexistir cuatro circulaciones rápidas.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Los accesos al nuevo puente se hacen mediante curvas con radios de más de quinientos metros.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Se emplearán 23.000 metros cúbicos de hormigón, consumiéndose cinco mil toneladas de cemento y doscientas de hierro.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">El coste de las obras importará 11,5 millones de pesetas y quedarán completamente terminadas en el año 1955.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Confiamos que con el nuevo puente se evitarán esas detenciones provocadas por lo gran densidad de tráfico y que… la pescadilla gallega llegará a Madrid con más frescura y sin verse obligada a llevar por delante las ovejas de Castropepe.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi0bIjGBCC3dY31M3wAKeTSA7h6XZPm5HgCh-RqH17llo71aC3ebClEUzDDLcsGpP6A2Si0qy3N80ThPFrglZvufRe_Ic5U8WMqgCzyRQ96jCTIf_qbBsnMV6SQW0AiUA4WEb2B4gxjiNaNB_Bht734gHNWM7XSuOZr5lYEL-u7ugehZkahT4UsgoXiLcE/s1920/Puentes%20sobre%20el%20Esla.%20Postal%20edici%C3%B3n%20de%20M.%20Ma%C3%B1anes%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1288" data-original-width="1920" height="269" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi0bIjGBCC3dY31M3wAKeTSA7h6XZPm5HgCh-RqH17llo71aC3ebClEUzDDLcsGpP6A2Si0qy3N80ThPFrglZvufRe_Ic5U8WMqgCzyRQ96jCTIf_qbBsnMV6SQW0AiUA4WEb2B4gxjiNaNB_Bht734gHNWM7XSuOZr5lYEL-u7ugehZkahT4UsgoXiLcE/w400-h269/Puentes%20sobre%20el%20Esla.%20Postal%20edici%C3%B3n%20de%20M.%20Ma%C3%B1anes%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Puentes sobre el Esla. Postal edición de M. Mañanes</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br /></div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEigG04D9LbluOQhL6jaI3YL4o6cayU5rLQGUyO5qyRf4s3M3Ez2DP_fUmyva67PT87RL2UFhQoW3BCd3ALZ-wXxY0Z5VPF9X4J6cAEfXH58DjVhu3jgZWERjhqrefvFd9sA3mMjzpQWe3Dv_UpBQUnRdhgySSNCmjHO0qx4LhOVdwOQMIReg5LKpnpTVuU/s1920/Un%20gran%20puente%20sobre%20el%20r%C3%ADo%20Esla%20%5B1953%5D%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D%2002.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="1396" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEigG04D9LbluOQhL6jaI3YL4o6cayU5rLQGUyO5qyRf4s3M3Ez2DP_fUmyva67PT87RL2UFhQoW3BCd3ALZ-wXxY0Z5VPF9X4J6cAEfXH58DjVhu3jgZWERjhqrefvFd9sA3mMjzpQWe3Dv_UpBQUnRdhgySSNCmjHO0qx4LhOVdwOQMIReg5LKpnpTVuU/w291-h400/Un%20gran%20puente%20sobre%20el%20r%C3%ADo%20Esla%20%5B1953%5D%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D%2002.jpg" width="291" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Diario "Imperio". Martes, 8 de septiembre de 1953</td></tr></tbody></table><br /><p></p></div>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-2153948632794277932023-07-08T17:02:00.006+02:002023-07-08T17:25:55.135+02:00Por facer bien e gracia al concejo de la mi villa - La cesión al concejo de Benavente de los lugares de Ferreras de Yuso, Nuez, Figueruela, Manzanal, Cional y Folgoso<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiiFhS4WIDAUACCNvbR2zzoPtuKWwlwygTCJTmEMhbS775s4FGqtKJA1ftpo2wSxiDna6KdCAprF1qGl6wZcFAW-VRc2dUpN6eUoS_-2IPKpJ2JwsiKlgYMKI6nnDeJ5ykcWKbJl1R7bsNYLQq2JTrQVLJ-XE3NHPlYy4KZotEMQHAqKJP0sBXmr74IN7Y/s1920/DSC_1510%20Presbiterio%20y%20girola%20de%20la%20iglesia%20del%20monasterio%20de%20Moreruela%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1272" data-original-width="1920" height="265" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiiFhS4WIDAUACCNvbR2zzoPtuKWwlwygTCJTmEMhbS775s4FGqtKJA1ftpo2wSxiDna6KdCAprF1qGl6wZcFAW-VRc2dUpN6eUoS_-2IPKpJ2JwsiKlgYMKI6nnDeJ5ykcWKbJl1R7bsNYLQq2JTrQVLJ-XE3NHPlYy4KZotEMQHAqKJP0sBXmr74IN7Y/w400-h265/DSC_1510%20Presbiterio%20y%20girola%20de%20la%20iglesia%20del%20monasterio%20de%20Moreruela%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Presbiterio y girola de la iglesia del monasterio de Moreruela</td></tr></tbody></table><br /><div style="text-align: justify;">El 12 de marzo de 1434 los monjes del monasterio de Moreruela celebraron un solemne capítulo. La cuestión central planteada era la discusión y aprobación de una permuta entre el monasterio y Rodrigo Alfonso Pimentel, segundo titular del condado.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Según el acuerdo, el cenobio debía ceder sus lugares de Ferreras de Yuso, Nuez, Figueruela, Manzanal, Cional y Folgoso, con la granja y dehesa de Santa Cruz, a cambio de 15.000 mrs. de juro, de los 26.000 mrs. que el conde tenía situados en la alcabala del vino de Zamora y en la barca de Bretocino.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Los antecedentes de esta operación se remontan, según Severiano Hernández, al año 1431, fecha en la que el monasterio de Moreruela había concertado la venta al conde de Benavente de los lugares de Nuez, Figueruela, Moldones, Villagarcía, Vega, Fiexos, Ferreras de Yuso, Cional, Manzanal, Folgoso y la dehesa de Santa Cruz, todos ellos situados en la parte más meridional de Carballeda y en Aliste.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Al parecer, el monasterio deseaba fervientemente desprenderse de estos lugares, pues, debido a su lejanía y por causa de algunos caballeros poderosos comarcanos, no se hacía efectivo desde hacía tiempo el pago de los correspondientes derechos y rentas.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">La envergadura de la operación motivó diversas gestiones, entre las que se incluyó la confirmación de la permuta por los visitadores generales de la Orden del Cister. Finalmente, el 13 de agosto de 1436, a través del correspondiente documento, el conde Rodrigo Alfonso Pimentel, "para acreçentar e estender los terminos e jurisdiçion e terretorio e distrito de la dicha mi villa de Benavente e por faser bien e gracia al conçejo", cedió al concejo de Benavente estos lugares, pasando a integrarse en el alfoz de la villa, dentro de la merindad de Carballeda.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">No obstante, esta donación no debe entenderse como un simple acto de generosidad señorial hacia los benaventanos. Con la entrega a la institución concejil, el conde se aseguraba la correcta gestión y administración de estos territorios, beneficiándose indirectamente de su explotación a través del cobro de los correspondientes derechos señoriales.<br /><br /></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: center;"><b>APÉNDICE DOCUMENTAL</b></div><p style="text-align: justify;"><br /></p><div style="text-align: center;"><b>1</b></div><p></p><p style="text-align: justify;"><br />1434, marzo, 12. Monasterio de Moreruela.</p><p style="text-align: justify;"><i>Acta del capítulo celebrado por los monjes del monasterio de Moreruela en el que se aprobó el trueque de las heredades que tiene dicho convento en Ferreras de Yuso, Manzanal, Cional, Folgoso, Nuez y las dehesas de Santa Cruz, a cambio de 15.000 mrs. de juro, de los 26.000 mrs. que tiene el conde de Benavente situados en la alcabala del vino de Zamora y en la barca de Bretocino.</i></p><p style="text-align: justify;">B. AMB, leg. 102,1. Copia simple del siglo XV.</p><p style="text-align: justify;">En el monesterio de Santa Maria de Moreruela, dose dias del mes de março, anno del nasçimiento de nuestro Sennor Ihesucristo de mill e quatroçientos e treynta e quatro annos, dentro en el capitulo que esta en la calostra del dicho monesterio, en presençia de nos los escrivanos publicos e testigos de yuso escriptos, paresçieron presentes en el dicho capitulo don Ferrando del Alcaçar, abad de dicho monesterio, e Frey Pedro de Riego, prior, e Frey Estevan de Ferreras, çellerero, e Frey Alfonso Ramos, soprior, e Frey Juan de Vega, procurador, e Frey Juan de Benavente e Frey Juan de Riego e Frey Alvaro de Villafafila, cantor, e Frey Symon de Benavente e Frey Pedro de Villalpando, monjes profesos de misas que se dixeron del dicho monesterio, seyendo primeramente llamados por son de canpana para que se ayuntasen en el dicho capitulo, la qual dicha canpana nos los dichos escrivanos e testigos oymos tanner. E estando asi ayuntados en el dicho capitulo, luego el dicho abad prosuso delante los suso nonbrados prior e monjes, que por quanto el dicho abad avya trabtado con el sennor conde de Benavente creyendo ser provechoso al dicho monesterio de le dar en troque e canbio los lugares e tierras de Ferreras de Yuso e Maçanal e Çional e Folgoso e Nues e Figueruela e las dehesas de Santa Crus e otros logares, granjas, despoblados que son dentro de los dichos logares e tierras, con todos sus vasallos, vesinos e moradores que los dichos logares e tierras que agora tienen e les perteneçe e pertenesçer pueden en qualquier manera, e tierras e terminos e distritos, e con los fructos e pechos e derechos e penas e calupnias pertenesçientes al sennorio de los dichos logares e en su tierra, e con las martiniegas e yantares e escrivanias de los dichos lugares e de su tierra, e con todos sus montes e prados e pastos e dehesas e rios e aguas estantes e manantes e corrientes, e con todas sus pertenençias de qualquier manera que sean e ser puedan, e con la justiçia çevill e creminal, alta e baxa, e mero e misto inperio de los dichos logares e de su tierra, e con todo lo otro, poco o mucho, quel dicho monesterio e el dicho abad e prior e monjes han e les pertenesçe en los dichos logares e en su tierra an termino e jurisdiçion en qualquier manera e por qualquier rason, quedando para el dicho monesterio çiertas heredades que son en termino de Ferreras, que fueron dadas por amor de Dios a la mesa del convento, e quel dicho monesterio ovo por herençia por rason de çiertos monjes del dicho menesterio, e quedando para el dicho monesterio las colmenas quel dicho monesterio ha, que son e estan dentro en los dichos terminos de los dichos logares e de cada uno dellos, las quales dichas heredades e colmenas son del sennorio de los dichos logares, por quinse mill mrs. de juro de heredad de los veynte e seys mill quel dicho sennor conde tiene por merçed de juro de heredad puestos por salnados en la alcavala del vino de la çibdad de Çamora e por la barca de Bretoçino, por que sea libre e desenbargada del dicho monesterio, e las rentas e derechos dellas. E por quel dicho sennor conde non ivan de poner barca alguna en el dicho rio, desde el termino del logar de Milles fasta el Cannal del Carrisal, que tienen arrendado Alfonso Garcia e Juan Orejas, e por que el dicho sennor faga al conçejo e ommes buenos del conçejo de la villa de Benavente que non pongan nin manden poner en el dicho rio barca alguna en los dichos limites, por ende que les desia que viesen si era provecho al dicho monesterio que se fesiese el dicho troque e canbio mayormente atocada la tierra de los dichos logares estan asentados, e como por causa de algunos cavalleros poderosos comarcanos de los dichos logares e tierra dellos non pueden gosar de los dicho logares e vasallos e fueros e pechos e rentas e derechos e omneçiones. E luego el dicho abad e prior e monjes començaron solepnemente e diligentemente a trabtar e delibrar e trabtaron e delibraronn entre sy, e al cabo dixeron que conformavan e confirmaron por con mi consentemiento que hera provechoso al dicho monesterio quel dicho troque e canbio se fesiese con el dicho señor conde en la manera que dicha es.</p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">De lo qual todo el dicho abad dixo que pedia e pedio a nos, los dichos escrivanos, que le diesemos testimonio sygnado, e rogo a las presentes que fuesen dello testigos que fueron presentes a esto que dicho es espeçialmente para ello rogados e llamados: Alvaro Gonçalo, escudero de Diego de Baçan, e Diego Gomes, sastre vesino de Çamora, e Ferrando de Toral, omme de dicho Diego de Baçan.</span></p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">E yo Ruy Paes de los Cobres, escrivano de nuestro sennor el rey e su notario publico en la su corte e en todos los sus regnos a todo lo que dicho es e que vino con los dicho testigos e con Gonçalo Garçia de Alva, escrivano del dicho sennor rey, presente fuey a ruego e pedimiento del dicho abad de Moreruela esta carta escrivi e por ende fise aqui este mio signo a tal en testimonio de verdad. Ruy Paes.<br /><br /></span></p><p style="text-align: center;"><b>2</b></p><p style="text-align: justify;"><br />1434, marzo, 21. Benavente</p><p style="text-align: justify;"><i>El conde Rodrigo Alfonso Pimentel traspasa al Concejo de Benavente los lugares de Ferreras de Yuso, Manzanal, Cional, Folgoso, Nuez, Figueruela y las dehesas de Santa Cruz, obtenidos mediante permuta con el monasterio de Moreruela.</i></p><p style="text-align: justify;">AMB, Libro de Actas del concejo, 1434, f.79v.-80r.</p><p style="text-align: justify;">Sepan quantos esta carta vieren commo yo, don Rodrigo Alfonso Pimentel conde de Benavente, otorgo e conosço por esta carta que por quanto el abad, prior, monjes e convento del monesterio de Santa Maria de Moreruela me ovieron dado en troque e canbio los logares e tierras de Ferreras de Yuso e Maçanal e Çional e Folgoso e Nues e Fegueruela e las dehesas de Santa Crus, e otros logares e granjas despobladas que son dentro de los terminos de los dichos logares e tierras, con todos sus terminos, pastos, dehesas, serviçios, derechos e diesmos e presentançias de eglesias e la juridiçion çivil e creminal, salvo çiertas heredades que son en el termino de Ferreras, que fueron dadas por amor de Dios a la mesa del convento e por herençia de monjes que non son del sennorio de los dichos logares, e las colmenas quel dicho monesterio ha, que son e estan dentro en los terminos de los dichos logares e de cada uno dellos, por quinse mill mrs. de juro de heredad que yo di a los dichos abat, prior, monjes e convento en el dicho troque e canbio por los dichos logares e cosas susodichas de los veynte e seys mill mrs. de juro de heredat que yo tengo asentados por privillejo en la alcavala del vino de la çibdat de Çamora. E me dieron e entregaron luego los dichos abat, prior, monjes e convento la posesion e quita de los dichos logares e cosas susodichas que me asi dieron en el dicho troque e canbio en la manera que dicha es, segund que mas largamente todo lo susodicho paso por ante Ruy Paes de los Cobres, escrivano de camara del dicho sennor rey, e por ante Gonzalo Gonzalez de Alva, escrivano del dicho sennor rey e sus notarios publicos en la su corte e en todos los sus regnos. Por ende que traspaso en el conçejo e jues e regidores e ofiçales e ommes buenos de la dicha villa de Benavente los dichos logares e todas las cosas susodichas que me asy fueron dadas en el dicho troque e canbio en la manera que dicha es, e la posesion e quita de los dichos logares e cosas susodichas, por quel dicho conçejo e ommes buenos deven cada anno a mi e la persona o personas que de mi ovieren causa e fagan para lo aver quinse mill mrs., desta moneda usual que fasen dos blancas hun maravedi, para siempre jamas. E por esta carta me obligo e prometo de tener e guardar e cunplir e pagar todo lo contenido en ella e cada cosa e parte della, e de non yr ni venir contra ello ni contra parte dello en algund tiempo ni por alguna manera, e de faser sanos los dichos logares e cada cosa e parte dellos al dicho conçejo, e tomar el plaso e casos por ellos de quien quier o por qual rason quier que ge lo enbarguaren o contrataren todo o poarte dello en juysio o fuera de el, so pena que de e pague al dicho conçejo en pena e por nonbre de pena e interes convençional abenido sosegado contra nos las dichas partes, la estimaçion de los dichos logares e cosas susodichas con el doblo, la qual dicha pena quiero que corra e aya logar contra mi e contra mis bienes tantas veses quantas fuere o veniere contra lo contenido en esta carta o contra parte della, o lo non guardare ni cunpliere, por lo qual todo que dicho es, asy tener e guardar e conplir e pagar, obligo a todos mis bienes muebles e rayses, avidos e por aver, e por esta carta pido e ruego e do poder cunplido a qualquier jues o alcalde, o a otro ofiçial o justiçia qualquier, asi de la corte e casa e chançelleria del dicho sennor rey, commo de todas las çibdades e villas e logares de los sus regnos e sennorios ante quien esta carta fuere mostrada e pedido cunplimiento della, a cuya juridiçion espresamente me someto con todos los dichos mis bienes, renunçiando el mi fuero e el privillejo del, e en cuya juridiçion me obligo e prometo de tener e guardar e conplir e pagar todo lo contenido en esta carta e cada cosa e parte dello, para que a la sinple petiçion del dicho conçejo e ommes buenos, o del que su poder oviere, me apremien e fagan tener e guardar e conplir e pgar todo lo contenido en esta carta e cada cosa e parte dello, e fagan entrega e esecuçion en los dichos mis bienes e los vendan e rematen syn plaso de alongamiento alguno e de los nuestros que alieren fagan pago al dicho conçejo e ommes buenos, o al que por el lo oviere de aver, de las dichas penas sy en ellas cayere, sobre lo qual todo e cada cosa e parte dello renunçio parto todo de todo, escripto o non escripto, etc.</p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Testigos que fueron presentes: Alvar Sanches liçenciado vecino de Toro e Rodrigo Camarero e Diego de la Vid e Juan de Arevalo, criados del dicho sennor conde. Fecha en la dicha villa de Benavente, veynte e hun dias del mes de março, anno del nasçimiento de nuestro salvador Ihesuchristo de mill e quatroçientos e treynta e quatro annos.<br /><br /></span></p><p style="text-align: center;"><b>3</b></p><p style="text-align: justify;"><br />1436, agosto, 13. Madrid.</p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;"><i>El conde Rodrigo Alfonso Pimentel cede al Concejo de Benavente los lugares de Ferreras de Yuso, Nuez, Figueruela, Manzanal, Cional y Folgoso, con la granja y dehesa de Santa Cruz, que había permutado con el monasterio de Moreruela por 15.000 mrs. situados en rentas de Zamora.</i></span></p><p style="text-align: justify;">AMB, leg. 119,2.</p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Sepan quantos esta carta vieren commo yo, don Rodrigo Alfonso Pementel conde de Benavente, otorgo e conosco por esta carta que por quanto yo ove reçebido e reçebi en troque e en permutaçion del abat, prior e monjes e conuento del monesterio de Santa Maria de Moreruela los lugares de Ferreras de Yuso e Nues e Figueruela e Mançanal e Çional e Folgoso, con la granja e dehesas de Santa Crus, e con todos sus terminos e vasallos e jurdiçion çevil e criminal e alta e baxa e mero e misto inperio, e con todos sus pechos e derechos e rentas e tributos e obençiones e presentaçiones de iglesias e diesmos e con todas sus pertenençias, quantas son o les perteneçen e pertenesçer deven, en qualquier manera e por qualquier rason, por quise mill mrs. de juro de heredad puestos por salvado por previllejio en çiertas rentas de la çibdad de Çamora, e por otras çiertas cosas que yo di en troque e permutaçion por los dichos lugares e vasallos e heredades e cosas susodichas al dicho abad, prior, e monjes e convento del dicho monesterio de Moreruela, segund que esto e otras cosas mas largamente se contienen en la carta de troque e permutaçion que por la dicha rason paso por ante Pero Dias de Leon, escrivano de nuestro sennor el rey, a la qual me refiero. Por ende que yo por acreçentar e estender los terminos e jurdiçion e terretorio e distrito de la dicha mi villa de Benavente, e por faser bien e gracia al conçejo, jues e regidores cavalleros e escuderos e ofiçiales e ommes buenos de la dicha mi villa de Benavente, que do e çedo e traspaso en el dicho conçejo, jues e regidores e cavalleros e escuderos e ofiçiales e ommes buenos vesinos e moradores en la dicha mi villa de Benavente los dichos lugares de Ferreras de Yuso e Nues e Figueruela e Mançanal e Çional e Felgoso, con la granja e dehesa de Santa Crus, e con todos sus terminos e vasallos e distrito e terretorio e jurdiçion çevil e criminal alta e baxa e mero misto inperio, e con todos los derechos e abçiones reales e personales utiles e directas que yo he e podria e puedo aver e me perteneçen e pertenesçer deven en qualquier manera en los dichos lugares e en cada uno dellos por verdad del dicho contrato de troque e permutaçion, segund e en la manera que dicha es, para que los dichos lugares con todo lo que dicho es sea todo de la dicha mi villa de Benavente e del dicho conçejo della, segund que son las otras aldeas que la dicha mi villa de Benavente e el dicho conçejo ha tenido e tiene, e para que puedan faser en los dichos lugares e en cada uno dellos e sus terminos e distrito e terretorio e jurdiçion, todos los abtos e cosas e cada una dellas que pueden faser e fasen en las dichas aldeas de la dicha mi villa de Benavente e en sus terminos e distrito e terretorio e jurdiçion. La qual dicha çesion e traspasamiento de los dichos lugares e de cada uno dellos, con todo lo que dicho es, fago a la dicha mi villa de Benavente e al conçejo della en la manera que dicha es, reservando para mi las rentas e pechos e fueros e yantares e escrivanias e martiniegas e diesmos e presentaçiones de yglesias e otros derechos qualesquier que yo he e me perteneçen en los dichos lugares e en cada uno dellos por rason del dicho troque e permutaçion. E desde oy dia que esta carta es fecha en delante e por ella parto e quito de mi todo e qualquier dicho e auçion e tenençia e propiedad e posesion, que yo he e tengo e podia aver en qualquier manera e para qualquier rason a los dichos lugares e a cada uno dellos por virtud del dicho contrabto de troque e permutaçion, e lo do e çedo e traspaso en el dicho conçejo, jues e regidores, cavalleros e escrivanos e ofiçiales e ommes buenos de la dicha mi villa de Benavente, para agora e para sienpre jamas, para que sea suyo propio de la dicha mi villa de Benavente e del dicho conçejo della e del sennorio e jurdiçion della, e por la forma e manera que dicha es. E por esta carta do poder conplido al dicho conçejo e jues e regidores, cavalleros e escuderos e ofiçiales e ommes buenos de la dicha mi villa de Benavente, para que por sy mismos o por sus procuradores en su nonbre, syn liçençia e autoridad de jues ni de alcalde, puedan tomar e tomen la tenençia e posesion vel casi de los dichos lugares e granjas e dehesas de Sata Crus, con todo lo que dicho es, e con cada una cosa e parte dello e de lo a los dichos lugares e a cada uno dellos e al sennorio e jurdiçion dellos, e de cada uno dellos anexo e devido e pertençiente commo quier e en qualquier manera que le pertenescan e pertenesçer deven por qualquier via e caso que sea o ser pueda, e usar de la dicha tenençia e posesion e casi posesion actual, real, corporal e del senorio e propiedat e jurdiçion de los dichos lugares e de cada uno dellos e de todo lo a ellos e al senorio e jurdiçion dellos perteneçiente. E por esta presente carta obligo a mi mismo e a todos mis bienes, asi muebles commo rayses auidos e por aver, e prometo de tener e guardar e conplir todo lo en esta carta contenido e cada una cosa e parte dello, e de non yr ni venir contra ellonicontra parte dello en algund tiempo ni por alguna manera en juisio ni fuera del, espresa ni calladamente directa ni indirectamente, e si contra ello fuere o beniere o pasare en algund tiempo ni por alguna manera, quiero que non sea sobre ello oydo ni reçebido en juisio ni fuera del, e por esta carta do poder conplido a qualesquier jueses e justiçias, asi de la casa e corte en chançelleria del dicho sennor rey, commo de todas las çibdades e villas e lugares de los regnos e senorios del dicho sennor rey ante quien esta carta de çesion e traspasamiento paresçiese e fuere della pedido conplimiento, a la jurdiçion de los quales e de cada uno dellos me someto e renunçio mi fuero e el previllejio del, e en cuya jurdiçion me obligo, e prometo de tener e guardar e conplir todo lo en esta carta contenido, e cada una cosa e parte dello que me constringa e apremie por todos los remedios del dicho, los mas fuertes e mas regurosos e esecutivos que en tal caso ser puedan, a que tenga e guarde e cumpla todo lo en esta carta contenido e cada una cosa e parte dello. E sobre esto que dicho es e sobre cada una cosa o parte dello renunçio e parto de mi todas las leyes e fueros e derechos e usos e costumbres e ordenamientos e [...] usados e por usar, asi canonicos como çeviles, o el traslado desta carta e la demanda en tiempo e plaso de consejo e de avogado e ferias de pan e vino coger, e cartas de rey o de reyna o de ynfante o de otro sennor qualquier que sea, e a todas otras qualesquier buenas rasones, expçiones defensiones que por mi pudiese tener e poner e alegar contra lo en esta carta contenido e contra cada una cosa e parte dello, para yr o benir o pasar contra lo en ella contenido e contra qualquier cosa e parte dello no, ni me sean oydas ni reçebidas en juiso ni fuera del en algund tiempo ni por alguna manera, e en espeçial renunçio la ley del derecho en que dis que general renunçiación non vala.</span></p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">E para que esto sea firme e non venga en dubda firme esta carta de mi nombre, e por mayor firmesa rogue a Ruy Paes de los Cobres, escrivano de camara de nuestro sennor el rey e su notario publico en la su corte e en todos los sus regnos, que la signase con su signo, e a los presentes que son dello testigos que fue fecha e otorgada esta carta en la villa de Madrid, trese dias del mes de agosto, anno del nasçimiento del nuestro sennor Ihesucristo de mill quatroçientos e treynta e seys annos.</span></p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Testigos que fueron presentes: Pedro de Chinchilla e Ferrando de Sevilla escrivano e Juan de Areualo e Diego de la Vid, criados del dicho sennor conde e otros. El conde (hay una rúbrica)</span></p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">E yo, el dicho Ruy Paes de los Cobres, escriuano e notario publico suso dicho, a todo lo que dicho es, en uno con los dichos testigos, presente fuy, e a ruego e otorgamiento del dicho sennor conde que en esta carta firmo su nonbre en mi presençia e de los dichos testigos, esta carta escrivi e por ende fise aqui mio signo a tal (signo) es testimonio de verdad. Rui Paes.<br /><br /></span></p>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-14937625155694217552023-07-07T09:51:00.005+02:002023-07-07T09:52:14.857+02:00 Por algunas cosas que convienen a mi servicio - El conde de Benavente nombra alcaldes en su villa<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhTIRinhSNAUrVcc-shiSCTxEJAZVDHe8hsgFRJ3EtbIohzVM_J5eh3b1xWUo9AjfTZsAKWDJz38pGG7vPOqlq0V4Be0DAAZS2RPjCuWaW8aIqM3cPWz6hYihsQQACk87bJcaLlTrBbBbCs-TnL4l30OIe4o8px4eWVV9q7E4dfg7Zb3bbVAT6atjVNn3w/s1920/1476%20El%20conde%20de%20Benavente%20nombra%20alcaldes%20en%20su%20villa%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1358" data-original-width="1920" height="283" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhTIRinhSNAUrVcc-shiSCTxEJAZVDHe8hsgFRJ3EtbIohzVM_J5eh3b1xWUo9AjfTZsAKWDJz38pGG7vPOqlq0V4Be0DAAZS2RPjCuWaW8aIqM3cPWz6hYihsQQACk87bJcaLlTrBbBbCs-TnL4l30OIe4o8px4eWVV9q7E4dfg7Zb3bbVAT6atjVNn3w/w400-h283/1476%20El%20conde%20de%20Benavente%20nombra%20alcaldes%20en%20su%20villa%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Archivo Municipal de Benavente, leg. 151,1. Papel. Documento original con autógrafo del conde</td></tr></tbody></table><p style="text-align: justify;"><br />La entrada de Benavente bajo el señorío de los Pimentel a finales del siglo XIV dio lugar a cambios muy importantes en el funcionamiento de la institución concejil, no exentos, no obstante, de momentos de tensión y enfrentamiento. En 1400, apenas dos años después de la entrega de la villa por Enrique III al noble portugués Juan Alfonso Pimentel, los vecinos enviaron al monarca un emotivo y ya célebre memorial enumerando una larga lista de agravios y arbitrariedades cometidos por el primer titular de la casa. Uno de los principales puntos de conflicto era el desprecio manifestado por el conde hacia los buenos usos e costumbres e fueros del concejo, y en particular la facultad que tenían de elegir alcaldes todos los años por el día de San Pedro, siguiendo una tradición secular que se remontaba al primitivo fuero de la villa.</p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">El presente documento es una buena muestra de hasta que punto la lógica señorial acabó por imponerse, lo que por otra parte no deja de ser algo frecuente en todas las ciudades de señorío. El conde, en su facultad de señor de la villa, tiene la atribución de nombrar directamente a los principales cargos concejiles, y en especial el cargo de corregidor o alcalde mayor, máximo representante del poder señorial en la ciudad. En el caso que nos ocupa, se trata de ciertos ajustes en la composición institucional del municipio. El conde -por algunas cosas que convienen a mi servicio- decidió enviar a su pariente Fernán Nieto, alcalde de Benavente, a la villa de Mayorga, a desempeñar las funciones de teniente y corregidor. Para cubrir el vacío generado por esta marcha -y para que mi villa non quede syn persona que administre la justicia della- nombró al bachiller Alfonso del Mercado y a García de Herrera, ambos vecinos de la villa, alcaldes, con un salario de 3.000 mrs. anuales cada uno, disfrutando de los mismos beneficios que los antecesores en sus cargos. Así pues, vemos como la provisión de los cargos concejiles se integra en una estrategia planificada de ascenso y promoción social de determinadas personas vinculadas directamente a su casa, o afines a sus intereses.</span></p><p></p><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: center;"><b>APÉNDICE DOCUMENTAL</b></div><p></p><p></p><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">1476, agosto, 8.</div><p></p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;"><span style="white-space: pre;"> </span>El conde de Benavente ordena al concejo de la villa que reciban como alcaldes nombrados por él, al bachiller Alfonso del Mercado y a García de Herrera, vecinos de la villa, con un salario de 3.000 mrs. cada uno.</span></p><p style="text-align: justify;">AMB, leg. 151,1. Papel. Documento original con autógrafo del conde.</p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;"><span style="white-space: pre;"> </span>Conçejo e justiçias e regidores e procurador, ofiçiales e onbres buenos de la mi villa de Benavente. Amigos, sabed que por algunas cosas que convienen a mi serviçio es mi voluntad de mandar de ay a Ferrand Nieto, mi pariente, e lo poner por teniente e corregidor en la mi villa de Mayorga para que lo tenga segund e en la manera que lo solia tener. E por que esa mi villa non quede syn persona que administre la justiçia della, poned por alcaldes por agora al bachiller Alfonso del Mercado e a Garçia de Herrera, vesinos desta dicha mi villa, a los quales asentad cada tress mill mrs. de salario, e con los derechos que suelen levar exçepto las setenas, e ayudadles e favoresçesles enteramente a conplir justiçia, por manera que en ninguna cosa quede menguada, que yo por la presente les doy poderio cunplido por un anno primero seguiente para que la puedan usar e exerçer, asi en lo criminal commo en lo çevil, con todas sus inçidençias e dependençias quel al caso requiere.</span></p><p></p><div style="text-align: justify;"><span style="white-space: pre;"> </span>E a çertificaçion de lo qual enbio esta carta firmada de mi nombre. Fecha ocho dias del mes de agosto, anno del mill e quatroçientos e setenta e seys annos. El conde (hay una rúbrica). Por mandado del conde mi sennor. Alfonso Perez (hay una rúbrica)</div><span style="white-space: normal;"><br /></span><p></p>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-80182246969831349192023-07-06T18:14:00.008+02:002023-07-06T18:44:07.081+02:00Una donación de la infanta Elvira al monasterio de Moreruela en 1152<p></p><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjVIRA68p9NIgdeUbhdp5cZ5E546obN3Zuqn4PdfXJg0DOKT0iA7DGE5qDFesFzLrBoLDr-Q1ZvycDN1nQFiU_CELIndIydSIQoOrKARP_9H2Xcc93Xq6i9_WULbKbZ1A66LpNPIdTaHqigFSDtG8ycc1AvdHuQnfF9SA9HkPw9hg-Fotgr5ViNEojBjzY/s1920/DSC_1639%20Cabecera%20de%20la%20iglesia%20del%20monasterio%20de%20Moreruela%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1276" data-original-width="1920" height="266" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjVIRA68p9NIgdeUbhdp5cZ5E546obN3Zuqn4PdfXJg0DOKT0iA7DGE5qDFesFzLrBoLDr-Q1ZvycDN1nQFiU_CELIndIydSIQoOrKARP_9H2Xcc93Xq6i9_WULbKbZ1A66LpNPIdTaHqigFSDtG8ycc1AvdHuQnfF9SA9HkPw9hg-Fotgr5ViNEojBjzY/w400-h266/DSC_1639%20Cabecera%20de%20la%20iglesia%20del%20monasterio%20de%20Moreruela%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Cabecera de la iglesia del monasterio de Moreruela</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br />El Archivo Municipal de Benavente conserva un interesante y curioso pergamino relacionado con la historia inicial del monasterio de Moreruela. Además, proporciona datos sumamente reveladores sobre el origen de una parte no desdeñable de su patrimonio territorial.</div><p></p><p style="text-align: justify;">Se trata de un traslado en pergamino, efectuado en el siglo XV, de una las primeras donaciones que recibió el monasterio en su etapa fundacional. La infanta doña Elvira, viuda ya del conde don Ramiro, entrega en 1152 al monasterio de Santiago de Moreruela un detallado conjunto de heredades enclavados en diversos lugares de las actuales provincias de Zamora y Salamanca.</p><p style="text-align: justify;">En la “expositio” del documento se hace una breve referencia a la fundación por su primo, Alfonso VII, en los años anteriores. El monarca, a través del conde Ponce de Cabrera -hermano de doña Elvira-, había fundado el monasterio, dotándolo con monjes y propiedades. Al parecer, el lugar tenía un carácter religioso especial por custodiar unas reliquias del apóstol Santiago La donación tiene el sentido formal de un testamento, pues la infanta expresa el deseo de enterrarse en Moreruela, al igual que lo había hecho su hermano y algunos de sus descendientes.</p><p style="text-align: justify;">Existe otro documento del siglo XV en el Archivo de Benavente que nos da la clave para entender las circunstancias en las que se hizo la copia de este diploma. En el año 1436 el conde de Benavente cedió al concejo de la villa los lugares de Ferreras de Yuso, Manzanal, Cional, Folgoso, Nuez y las dehesas de Santa Cruz. Estas heredades, integrantes del dominio monástico de Moreruela, pasaron bajo control de los Pimentel a través de una permuta. Al final de este documento alguien copió literalmente varias líneas del diploma de 1152, probablemente, para fijar la delimitación de algunas de las heredades objeto de la permuta. Así pues, la donación de la infanta Elvira se utilizó como aval de tales propiedades, de ahí que el concejo tuviera gran interés de hacerse con una copia de su texto.<br /><br /></p><p style="text-align: center;"><b>APÉNDICE DOCUMENTAL</b></p><p style="text-align: justify;"><br />1152, mayo, 24. Salamanca.</p><p style="text-align: justify;"><i>La infanta doña Elvira, viuda del conde don Ramiro, dona al abad Sancho y al monasterio de Santiago de Moreruela de Frades, fundado por su primo Alfonso VII, todas sus posesiones que tiene en Salamanca, en Zamora y en otros lugares, estableciendo sus límites.</i></p><p style="text-align: justify;">B. AMB, leg. 104-1. Perg. 430x430 mm. Precortesana. Traslado, a petición del abad de Santa María de Moreruela, hecho ante Fernando Alonso de Toro en 1407. Perdido sello pendiente.</p><p style="text-align: justify;">In nomine Sancte et individue trinitatis que a fidelibus /9 in una deitate colitur et adoratur quod per spacia temporum ratum esse volumus scripturarum vinculis aligamus ne ipsa res gesta diuturnitate temporis oblivioni tradatur et si quidem ydoneum /10 ut ea que deo et religiosis viris in locis pietatis constitutis vel constituendis donantur litterarum instrumentis auctenticis firmentur et roborentur, ea propter ego infantissa dona /11 Geluira olim uxor comitis domini Ramiri intuens purissimam sentenciam misericordissimi iudicis dicentis redime animam tuam muneribus tuis et alibi qui relinquent domos vel fratres /12 et reliqua et cum vita huis seculi brevis sit et quisquis quantum boni potuerit agere ut cum electis Dey valent post mortem in eternum regnare huius rei gracia ac peccatis meis con /13 puncta et ob remedium anime mee et dicti mariti mei ac filiorum et parentum meorum, offero deo et ecclesie beati Iacobi de Morerola de Fratribus cuius reliquie in eodem continentur loco /14 sub cuius nomine famossissimus consobrinus meus Inperator Ispanie dictum fundauit monasterium et fratribus ac possessionibus muniuit et germano meo comiti Poncio ac sucessoribus /15 suis more sepeliendi ac subueniendi tradidit ad cuius instanciam in eodem credo me sepelire facio testum firmitudis eidem loco et tibi Sancio abbati et fratribus presentibus /16 et futuris in eodem Deo militantibus iure hereditario concedo omnia que habeo Salamantice et in terminis suis videlicet omnes domos mee habitacionis que sunt inter plateam et Calem Capreaream /17 cum suis corralibus ex utraque parte et illam meam populleam que est iuxta Sanctum Thomas et Sanctum Bobalem et meum Castrum de Asam cum sua ecclesia Sancti Petri et Rure Rico /18 cum omnibus terminis suis per circuitum ut dividit cum Arapileis et Anticlosis et Villa Nova ac Rore Novo et cum Miranda de Azam et concedo eisdem meas grangias de Sa /19 ugis cum ecclesia Sancti Benedicti et ea que habeo Garsia Magno cum omnibus terminis suis ut dividit cum Nauis de Rollam et Tauera cum Porquericis et omnia que habeo in Franceses /20 et Castellaneis et in Morisco videlicet domos, terras, vineas, prata, areas, virgulta michi pertenentibus. Dono etiam predicto loco et fratribus omnia que habeo Zamore videlicet meam reliquam populleam /21 que est circa Sanctum Antoninim cum illis meis tribus acenis que habeo in piscaria que vocatur Tejares cum directuris suis et Casariam de Cubelis cum tribus iugariis boum et cum /22 domibus et solaribus, vineis, pratis et areis virgultis et saltibus et cum omnibus pertinentiis suis michi expectantibus denique. Confero ac concedo predicte ecclesie et fratribus illam meam /23 villam Ferreras de Iusaneis que est iuxta terminos de Carvalleda cum suis ecclesiis et grangiis videlicet Feleichares et Marsorias ac Monasteriolum cum medietate de Litus et de sua ecclesia /24 ut diuidit erga Ursilionem per medium pelagi et transsit per Vallem Fornorum et tendit ad Cruciattam ubi adherent une videlicet illa via que venit de Melgare et adheret ad illam que /25 venit de Ursilione ut tendit ad bonem curtum ubi dividitur Ferreras de Iusaneis cum Melgar de Tera et vadit per viam de Oter de Bodas ad Lavallos et de inde tendit /26 ad Serram de Rumpe Grameas ad iminentes venarios de Otero de Bodas et vadit per medium serre aquas verssantes et pergit ad rupem que est in medio de Valle Urssi et Lagar /27 del Abad et mergit serram per supra de Orretam de Feleichares et vadit ad Ergastulam Ferreri et transsit rivolum et tendit ad Orretam Salitis ubi diuiditur Ferreras de Iusaneis /28 et suis grangiis cum Ferreras de Supra que est Ordinis Sancti Iohanis et de inde tendit per supra Furnes de Oteuedo et vadit per supra de Vallis de Imera et de inde venit per /29 Serram Colubream aquas versantes ad utranque partem et tendit ad Portellam Cometisse unde abigit Ferreras de Iusaneis et suis grangiis cum Tabora et ascendit per Serram /30 Capreum et transit per medium Valis de Fraxis et vadit ad Serram Herualis ubi determinat cum Villanova Vallis Viridis et revertit ad Pelagum de Litus item condono predicto lo /31 co et fratribus nominatis meam grangiam de Valle Maiori que est inter terminos dicti monasterii cum acenis et riparis et piscatoris suis et hec omnia et singula ut dictum est dono /32 et concedo dicto monasterio et fratribus predictis meliori firmiorique forma qua possum et debeo tam in vita quam in morte absque revocatione ulla alicuius testamenti aut ultime /33 voluntatis et ipsi habeant et possideant cum omnibus pertinenciis suis et vasallis populatis et populandis et cum decimis et jurisdicionibus et inmunicionibus et incautacionibus et incartaci /34 onibus et libertatibus et cum omni mero imperio et cum ingresibus et egressibus et cum aquis stantibus et currentibus, molendinis statutis et statuendis cum memoribus platis, pascuis tan in /35 colibus quam in valibus et cum venationibus et tisionibus et laboratoribus que in eis vel qualibet parte eorum potest fieri deinceps nullus de meo genere vel alieno super hunc meum instru /36 mentum spontaneum et donacionem audeat contrariare et supradictis fratribus molestiam inferre sub ira Dei omnipotentis et regie magestatis et inde prodictoris dampnatione et mille /37 marcarum auri fratribus et loco predicto et regie potestati solucione et predictum factum meum valeat firmum in perpetuum. </p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Facta carta Salamantice VIIIo kalendas junii era millesima cente /38 ssima nonagessima. Regnante ac imperante Adefonsso, Imperatore in Toleto et Legione et Almaria et Baeza absque coniuge regnantibus eius filiis scilicet: Rege dono Sancio regnante /39 in Castella et in Rotas. Regnante dono Fernando rege in Gallecia.</span></p><p style="text-align: justify;"><span style="white-space: normal;">Ego infantissa Geluira quamvis pecatrix timens Deum hanc cartam quam iusi fieri in tempore senetutis mee confir /40 mo et manu mea roboro.</span></p><p></p><div style="text-align: justify;">Comes Poncius maiordomus in curia imperatoris conf. Comes Osorios gener eius. Vella Guterris conf. Iohannes Petris de Castroverde. Magister Geraldus conf. /41 Huis rei sunt confirmatores et testes Stephanus Zamorensis episcopus. Raymundus Palentinus episcopus conf. Iohannes Legionensis episcopus. Bernardus Asturicensis episcopus. Abbas Fernandus de Toldanis conf. Martinus Martines /42 meis majordomus infantisse conf. Fafila Fafilis conf. Micael Petris de Molides conf. Petrus Clusanis Leonensis canonicus conf. Ego Munio qui notui conf.</div><span><div style="text-align: justify;"><br /></div></span><p></p>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-43908012306694006542023-07-02T15:23:00.022+02:002023-07-02T23:29:45.363+02:00La feria de septiembre de Benavente de 1897<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjWN-qXfa1uotohbVbz1tyT6AQpNxpAZw_1ca7mV9vdRgG2Jf3XRJQOsH12ezpMPDD05f7uTxtsb9ZZLas_klw2wFDb4wl9w7cVor-b8qfg7Leu4PLUSPG9cXxxl_u5aBexLdfHSgBjy-lQLOogpK6lZg1k48gMLpFp-z9BC8duGHDjpQnf715uiDRpUVc/s1920/Feria%20de%20ganado%20en%20Benavente%20en%201927%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1219" data-original-width="1920" height="254" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjWN-qXfa1uotohbVbz1tyT6AQpNxpAZw_1ca7mV9vdRgG2Jf3XRJQOsH12ezpMPDD05f7uTxtsb9ZZLas_klw2wFDb4wl9w7cVor-b8qfg7Leu4PLUSPG9cXxxl_u5aBexLdfHSgBjy-lQLOogpK6lZg1k48gMLpFp-z9BC8duGHDjpQnf715uiDRpUVc/w400-h254/Feria%20de%20ganado%20en%20Benavente%20en%201927%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Feria de ganado en Benavente en 1927</td></tr></tbody></table><p style="text-align: justify;"><b><br />PROGRAMA</b></p><p style="text-align: justify;"><b>Día 7</b></p><p style="text-align: justify;">A las doce de su mañana, el disparo de seis bombas reales, los acordes de una brillante banda de música, el repique general de campanas y el popular tamboril del país, anunciarán al público el principio de la feria.</p><p style="text-align: justify;"><b>Día 8.</b></p><p style="text-align: justify;">A las diez de la mañana, tendrá lugar en la parroquia de Santa María de Renueva solemne Función Religiosa con misa y sermón, que estará a cargo de un elocuente orador sagrado, asistiendo a este acto la corporación municipal y el cabildo de San Vicente de esta villa.</p><p style="text-align: justify;">De once de la mañana a una de la tarde, la banda de música que dirige el inteligente profesor Don Juan Celemin, se situará en el templete de la plaza Mayor, tocando escogidas piezas de su nuevo repertorio y disparándose en los intermedios caprichosos voladores.</p><p style="text-align: justify;">En la tarde de este día, la: empresa de la plaza dará la primera y gran corrida de toros de renombrada ganadería; lidiados por los afamados diestros “Gavira” y “Castilla”, con sus correspondientes cuadrillas.</p><p style="text-align: justify;">A las siete y media de la noche caprichosa iluminación a la veneciana de sorprendente efecto en los espaciosos paseos de la Mota, a cargo y dirección del inteligente y reputado artista Don Vicente Pozo, amenizada por la banda municipal y quemándose en los intermedios infinidad de cohetes de bengala.</p><p style="text-align: justify;"><b>Día 9</b></p><p style="text-align: justify;">Música en la plaza Mayor de once a una de la tarde, por la brillante banda municipal.</p><p style="text-align: justify;">A las doce de la mañana adjudicación de premios a los ganados caballar y asnal.</p><p style="text-align: justify;">A las tres y media de la tarde, tendrá lugar; la segunda corrida de toros que serán lidiados por la renombradísima cuadrilla de los Niños Sevillanos, que tantos aplausos han obtenido en cuantas plazas han toreado.</p><p style="text-align: justify;">A los ocho de la noche en los paseos de la Mota Alta, tendrá lugar una grandiosa función de Fuegos Artificiales por el acreditado pirotécnico de Valderas don Manuel Rodríguez, en los que aparecerán entre otros varios números, La palmero japonesa, Rosa náutica, Los semicírculos, la columna de Hércules, el Ciprés de sorpresa, La caprichosa cascada de Diana, El arco triunfal y otras mil figuras de sorprendente efecto.</p><p style="text-align: justify;"><b>Día 10</b></p><p style="text-align: justify;">De once de la mañana a una de la tarde música en el templete de la plaza.</p><p style="text-align: justify;">A las siete y media de la noche brillante iluminación con farolillo de cristal de colores en los paseos de la Mota, dirigida| por el inimitable artista Sr. Pozo.</p><p style="text-align: justify;">De ocho a diez de la misma, la banda de música ejecutará varias piezas de su repertorio, amenizando con ello el paseo de la Mota y tirándose en los intermedios caprichosos fuegos.</p><p style="text-align: justify;"><b>Día 11</b></p><p style="text-align: justify;">A las doce de la mañana dará principio la adjudicación de premios para el ganado vacuno, y a las ocho de la noche se efectuará en la plaza Mayor una gran retreta por la banda municipal. |</p><p style="text-align: justify;">Cucañas de diversas clases y con diferentes premios que se situarán durante los días de feria en los sitios de costumbre.</p><p style="text-align: justify;">En las noches que designen las Juntas Directivas, se celebrarán grandes bailes en los elegantes y suntuosos salones de los círculos y demás sociedades de recreo de esta villa.</p><p style="text-align: justify;">En los días de feria actuará probablemente una compañía de declamación o canto.</p><p style="text-align: justify;"><b>FERIAS GENERALES</b></p><p style="text-align: justify;">La de ganado mular, caballar y asnal, se celebrarán en los sitios de costumbre los días 8 y 9, y la del ganado vacuno, lanar y de cerda, tendrá lugar en los días 10 y 11, situándose en la Plaza del Grano, con premios que se detallarán al final de este programa.</p><p style="text-align: justify;">La de bisutería, quincalla y demás objetos, se establecerán en la Plaza Mayor.</p><p style="text-align: justify;"><b>PREMIOS A LOS GANADOS</b></p><p style="text-align: justify;">En el salón de sesiones del ayuntamiento de esta villa y ante el jurado que al afecto se designe, tendrá lugar el día nueve a las doce de la mañana la adjudicación de premios para los ganados caballar y asnal, y el día once a la misma hora y en igual forma se hará la de ganado vacuno, por el orden siguiente:</p><p style="text-align: justify;">Al que presente mejor caballo de silla de 4 a 6 años 30 pesetas.</p><p style="text-align: justify;">Idem id. id. id. Yegua destinada a la reproducción sin fijar edad 30 idem.</p><p style="text-align: justify;">Idem id. id. id. Potro o Potra de dos a tres años 15 idem.</p><p style="text-align: justify;">Idem id. id. id. Pollino de cuatro a seis años 10 idem.</p><p style="text-align: justify;">Idem id. id. id. Pollina de id. 10 idem.</p><p style="text-align: justify;">Idem id. id. id. Pareja de Bueyes de su propiedad de cuatro a seis años 50 idem.</p><p style="text-align: justify;">Idem id. id. id. Novillo de dos a tres años 30 idem.</p><p style="text-align: justify;">Idem id. id. id. Vaca de reproducción sin fijar edad 25 idem.</p><p style="text-align: justify;">Idem id. id. id. Becerro de un año 20 idem.</p><p style="text-align: justify;">Los premios después de adjudicados se harán públicos por medio de bandos, expresando en estos el dueños del ganado y pueblo de su residencia.</p><p style="text-align: justify;"><b>OBSERVACIONES</b></p><p style="text-align: justify;">1ª Los ganados de esta villa no tendrán opción a premio alguno.</p><p style="text-align: justify;">2ª A ningún dueño de ganados le serán adjudicados más de un premio por cada clase de ganado que presente.</p><p style="text-align: justify;">3ª Serán preferibles para la adjudicación de premios los ganados que hayan permanecido en esta villa durante los días señalados para cada uno de ellos.</p><p style="text-align: justify;">4ª Contra el fallo del Jurado no se admitirá fallo alguno.</p><p style="text-align: justify;">La compañía de ferrocarriles del Oeste accediendo a lo pedido por la comisión de festejos, establece trenes baratos a precios reducidos con billetes de ida y vuelta, valederos para todos los días de feria.</p><div style="text-align: justify;">Benavente, 22 de Agosto de 1897</div><p style="text-align: justify;">El alcalde Eliseo Lumeras</p><p style="text-align: justify;">La Comisión<br /></p><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiVfqoRNTQFcOh3PTagNzhuP36BZk38NyXDiZSQBjx2dkR8-7E5pNC7m5CN-QA6pLMc2TaAy-5Uif3V1jFtqo7xBJyOqdEzxgJ025md10XcoZ5oA5e318flTaSecCL_Tk04b_iS96m_8CuyL9DM6mC6RJa-0YH952I49_WkuMSDLbJ55Q5dZa1VzWsQL8Y/s1920/1897-09-01%20Fiestas%20en%20Benavente%20prensa_0879%202.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="1405" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiVfqoRNTQFcOh3PTagNzhuP36BZk38NyXDiZSQBjx2dkR8-7E5pNC7m5CN-QA6pLMc2TaAy-5Uif3V1jFtqo7xBJyOqdEzxgJ025md10XcoZ5oA5e318flTaSecCL_Tk04b_iS96m_8CuyL9DM6mC6RJa-0YH952I49_WkuMSDLbJ55Q5dZa1VzWsQL8Y/w293-h400/1897-09-01%20Fiestas%20en%20Benavente%20prensa_0879%202.jpg" width="293" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">El Heraldo de Zamora, 1 de septiembre de 1897</td></tr></tbody></table>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-78580546239700205682023-06-27T19:21:00.004+02:002023-06-27T19:22:44.954+02:00Fiestas de iglesia y plaza – Corridas de toros en Benavente en 1746<p></p><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEil6Ygz8G7PnKR_2JNqXHD5ImglXyZB2Gm2NTpocYwDS5nFsmUTFQiGfxUKDuS4KxtOvAb_0Mj34jcbJK0ldJNxB111QMTGrA-tk14QdftjP8fIyeh0ehBCTbkudt4xqtqUM7pj0zQhwDuHv63yu4473aVD5XalM8TPxfXlx0Ud0pfWIDhdVoKIGX8IJ-w/s1920/La%20corrida%20de%20toros,%20por%20Goya%20%5B1808-1812%5D%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1221" data-original-width="1920" height="255" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEil6Ygz8G7PnKR_2JNqXHD5ImglXyZB2Gm2NTpocYwDS5nFsmUTFQiGfxUKDuS4KxtOvAb_0Mj34jcbJK0ldJNxB111QMTGrA-tk14QdftjP8fIyeh0ehBCTbkudt4xqtqUM7pj0zQhwDuHv63yu4473aVD5XalM8TPxfXlx0Ud0pfWIDhdVoKIGX8IJ-w/w400-h255/La%20corrida%20de%20toros,%20por%20Goya%20%5B1808-1812%5D%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">"La corrida de toros", por Francisco de Goya. 1808-1812. Óleo sobre tabla, 45 x 72 cm. Real Academia de Bellas Artes de San Fernando</td></tr></tbody></table><div style="text-align: justify;"><br />Fiestas de iglesia, y plaza, que se han celebrar los días 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23 de junio de este presente año de 46, en el religiosíssimo convento de nuestro padre San Francisco de la villa de Benavente a la colocación del Santísimo Sacramento en su nueva iglesia.</div><p></p><p style="text-align: justify;">Los Excelentísimos Condes de Benavente cuentan entre las grandezas de su elevada Casa, la de el patronato de su Apostólica Provincia de Santiago, y singularmente de su convento de Nuestro Padre San Francisco de su referida Villa.</p><p style="text-align: justify;">Aviendo padecido la Iglesia de éste ruina considerable, la reedificó, y amplió la generosa profussión de sus Excelencias tan a la vela, que quedaron sus tres naves en toda línea gallardamente adornadas de bóbedas, balcones, sillería, canceles, y más primores, que constituyen a todas luces magnífico un templo religioso; cuya belleza coronan cinco selectíssimos retablos, con imágenes iguales; esmero todo de el arte, y el primor. En el principal se coloca el inefable Sacramento en el próximo mes de junio; para cuya sagrada solemníssima función ordena la piedad de sus Excelencias, quien solo puede competirse, y excederse a sí misma, las siguientes fiestas:</p><p style="text-align: justify;">Viernes, días 17 de junio</p><p style="text-align: justify;">Este día por la tarde, a hora competente, se formará gravísima Procesión General, para conducir a el Sol Eucharístico, quien dexando llenas de explendor las principales calles, se retirará a colocarle en su throno, algo después que el material; a que acompañará hermosa iluminación, y seguirá copia de fuego artificial.</p><p style="text-align: justify;">Día 18</p><p style="text-align: justify;">Estará el Santíssimo manifiesto todo el día, obsequiando de sonoros instrumentos, y vozes (lo mismo en todos los restantes de iglesia). Concluido el Evangelio de la misa solemne, ocupará el púlpito el Reverendo Padre Fray Thomás Ángel Labora, actuante que fue en el Capítulo General de Valladolid, y lector jubilado de esta Santa Provincia.</p><p style="text-align: justify;">Día 19</p><p style="text-align: justify;">Continúa en todo la solemnidad, a que dará creces el sermón del Reverendo Padre Fray Lázaro Fernández, predicador general de dicha Santa Provincia.</p><p style="text-align: justify;">Día 20</p><p style="text-align: justify;">Y último de fiestas de Iglesia, en que coronará el púlpito el M. Reverendo Padre Fray Antonio Barros, lector jubilado, y actual difinidor de esta Provincia.</p><p style="text-align: justify;">Días 21, 22 y 23 de junio</p><p style="text-align: justify;">Estos tres días se relaxan a el brazo seglar para su diversión de Plaza. Se forma esta toda de madera, pero segurísima, en la inmediación de esta Villa, en sitio cómodo, agradable y despejado; tanto, que ocupa su ochavo seiscientos pies geométricos. Su altura se eleva a tres órdenes, en dos de balcones sobre los tablados; todo con el mayor aseo, seguridad, hermosura, y aún resguardo de los temporales, que puedan sobrevenir, en todos los asientos. Cada uno de los tres días rendirán las vidas, víctimas de el acero, doce toros fierísimos; quatro por la mañana, los que sacrificará la habilidad experimentada de los mejores toreros de las Castillas, y picadores de bara larga, que se merecen la aprobación de Salamanca; ocho cada tarde, en que manejarán por los mismos banderillas, rexón corto, con los más primores, y gustillos de el arte. En la misma Plaza las noches de estos días se harán agradables, y divertidas con abundancia de mússicas, poesías, invenciones de fuego, y luminarias. Corona las fiestas la autorizada presencia de mis Señoras las Excelentísimas Duquesa de Osuna, y Condesa de Benavente; y de los Excelentísimos Señores Duque de Osuna y Conde de Benavente.<br /><br /></p><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjz9gdsiKi7e9912nt4_d_ecE-ty0DaJCcwmIx6ubpEkH5LYzcasCpX3gJhl4uopaY_J2aQQzRsW6Mf6pQgUcthYBphZbbld9asPHtZSxatLW-D_YwLzpGdFRu1xF0APFlpng7-2GJLGfD1EAQ8-lp34lBmCI4bTRpfbq7LQvE2e4HGK2nr478SARwn6Ck/s1920/Fiestas%20de%20iglesia%20y%20plaza%20en%20Benavente%20en%201746%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="1386" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjz9gdsiKi7e9912nt4_d_ecE-ty0DaJCcwmIx6ubpEkH5LYzcasCpX3gJhl4uopaY_J2aQQzRsW6Mf6pQgUcthYBphZbbld9asPHtZSxatLW-D_YwLzpGdFRu1xF0APFlpng7-2GJLGfD1EAQ8-lp34lBmCI4bTRpfbq7LQvE2e4HGK2nr478SARwn6Ck/w289-h400/Fiestas%20de%20iglesia%20y%20plaza%20en%20Benavente%20en%201746%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="289" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Fiestas de iglesia y plaza (1746). Biblioteca Digital de Castilla y León</td></tr></tbody></table><br />Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-7109760110869360413.post-13797586172480530182023-05-25T17:02:00.025+02:002023-05-31T22:55:35.949+02:00Una tormenta espantosa sobre la iglesia de San Nicolás de Benavente - ¡Caridad!<table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEghPG-YMhQSRQDu4-Vb8mFXKcqxAd817k7KOynp9At6QKqog-AP6QBvaMJgL8j0Xbux0ZsvL2j3y5Ut---14FabGlH6orR_CS_kjb2mY-3PeYskIDwuGLYVZz2j_rmbHOHfGQzCVBU-kl3Z5_84g-Aeq5adO7wDp7CKJJxktgOSANIhmwxGBLdeg25I/s700/PhotoFunia-1685383563.gif" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="592" data-original-width="700" height="339" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEghPG-YMhQSRQDu4-Vb8mFXKcqxAd817k7KOynp9At6QKqog-AP6QBvaMJgL8j0Xbux0ZsvL2j3y5Ut---14FabGlH6orR_CS_kjb2mY-3PeYskIDwuGLYVZz2j_rmbHOHfGQzCVBU-kl3Z5_84g-Aeq5adO7wDp7CKJJxktgOSANIhmwxGBLdeg25I/w400-h339/PhotoFunia-1685383563.gif" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">La iglesia de San Nicolás, según plumilla de Tomás Viforcos</td></tr></tbody></table><br /><div style="text-align: justify;"><b style="text-align: left;">El Heraldo de Zamora</b></div><div><div style="text-align: justify;">Lunes, 1 de septiembre de 1913</div><div style="text-align: justify;">Desde Benavente.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Tormenta espantosa. Un muerto y varios heridos. ¡Caridad!</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Una tormenta funesta ha producido esta tarde el terror en toda la villa y la miseria más espantosa en la familia de un obrero dignísimo.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">A la cinco de la tarde, después de regulares truenos y relámpagos, descargó la nube torrencialmente, en medio de general alegría porque se veía salvada la cosecha de uva, que estaba amenazada por la sequía tan extraordinaria por lo absoluta, que padecemos desde el invierno.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Cuando todos celebraban contentos la benéfica tormenta, creyéndola pasada, una nueva nube comenzó a relampaguear tan intensa y rápidamente, que en menos de un cuarto de hora desprendió en esta villa dos rayos en la calle de Zamora, otro sobre la torre de la iglesia de Renueva, que resultó con un ventanal rajado, otro en la Cámara de Comercio y el último, y el más trágico, en la iglesia de San Nicolás.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Celebrábase allí una fiesta al Sacramento de la Eucaristía, como domingo fin de mes, y el rayo al caer en el coro hirió a una niña de don Félix Garmón, produciéndola una herida en la frente, que manó sangre copiosísimamente; al comerciante don Francisco Regueras, ocasionándole una conmoción cerebral intensísima, con total privación del conocimiento; y al sacerdote don Juan Tapioles, a quien ha originado una hemiplejia del lado derecho.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Y por último, mató instantáneamente al celador de Telégrafo y conserje de Ateneo don Marcial del Olmo, dignísimo vecino respetado y querido de todos, por sus altos dotos morales.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Esta catástrofe pudo ser mayor porque precipitadamente quisieron todos los fieles salir del templo a la vez, arrollando los más fuertes a los más débiles en las puertas, originándose multitud de contusiones y heridas que afortunadamente no revisten, hasta ahora, gravedad.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">La familia del señor del Olmo queda en una situación de tan angustiosa y extrema miseria que impone un remedio colectivo urgente.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Su mujer está enferma desde hace muchos años; su cuñada, en cama desde hace quince días, con una fiebre; y dos hijos jóvenes, un pequeño y otro un estudiosísimo, que sin el auxilio de Benavente ni podrá terminar la carrera, ni aliviar la precaria situación de su casa, su triste casa, que una tolvanera de dolor ha envuelto en miseria y lágrimas.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">Benavente: la tragedia llamó a tus puertas.</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">El Corresponsal.</div><div style="text-align: justify;">31 Agosto 1913.</div></div><div><br /></div><div><div><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiCfT3S4WtECrO0OO5vG7KzbY2WDm3BuzFoE7gqgpuwZHUb3Ns6a4SJUitLW1X-NaaGZrd3Je-hLvJkR6yIpMV-5mGu0XnOHHgsi46bwOnXytROMKikjCXNg2MUkIYTCmJCxIx14DBtVL-VeQH73Qhhw1v9S8njjpN2nRtfJW0VDwlRzLNc134eSp90/s1920/Interior%20de%20la%20iglesia%20de%20San%20Nicol%C3%A1s%20de%20Benavente%20en%20los%20d%C3%ADas%20de%20su%20derribo.%201967%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1316" data-original-width="1920" height="274" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiCfT3S4WtECrO0OO5vG7KzbY2WDm3BuzFoE7gqgpuwZHUb3Ns6a4SJUitLW1X-NaaGZrd3Je-hLvJkR6yIpMV-5mGu0XnOHHgsi46bwOnXytROMKikjCXNg2MUkIYTCmJCxIx14DBtVL-VeQH73Qhhw1v9S8njjpN2nRtfJW0VDwlRzLNc134eSp90/w400-h274/Interior%20de%20la%20iglesia%20de%20San%20Nicol%C3%A1s%20de%20Benavente%20en%20los%20d%C3%ADas%20de%20su%20derribo.%201967%20%5Bmasvalevolando.blogspot.com%5D.jpg" width="400" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">Interior de la iglesia de San Nicolás de Benavente en los días de su derribo en 1967. (Archivo CEB Ledo del Pozo)<br /></td></tr></tbody></table></div><br /><table align="center" cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><tbody><tr><td style="text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgqh7Xnl8voMeDnfnEra-1i2IKF4TunZrGDRzl8Tu1qmeNU8vCJ2152pmQYkubvWwrCmBaOAPiLS9SxlINYExN149uGukVDBtGyN3xdl5bqU3VcbOFjs_ADYWER9r3oSVV8ERMWSj6A9nffCu-c_Y6d3RL0n1TP7XLH1bHQiP9uvPj43zxs8t5aMzes/s1920/1913%20Tormenta%20San%20Nicol%C3%A1s%20de%20Benavente%2002.jpg" style="margin-left: auto; margin-right: auto;"><img border="0" data-original-height="1920" data-original-width="763" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgqh7Xnl8voMeDnfnEra-1i2IKF4TunZrGDRzl8Tu1qmeNU8vCJ2152pmQYkubvWwrCmBaOAPiLS9SxlINYExN149uGukVDBtGyN3xdl5bqU3VcbOFjs_ADYWER9r3oSVV8ERMWSj6A9nffCu-c_Y6d3RL0n1TP7XLH1bHQiP9uvPj43zxs8t5aMzes/w159-h400/1913%20Tormenta%20San%20Nicol%C3%A1s%20de%20Benavente%2002.jpg" width="159" /></a></td></tr><tr><td class="tr-caption" style="text-align: center;">El Heraldo de Zamora (1 de septiembre de 1913)</td></tr></tbody></table><div><br /></div></div>Rafael González Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/12188832486498492744noreply@blogger.com0