sábado, 30 de abril de 2022

Mujeres con sombrero en misa - Una visita del obispo de Oviedo a las iglesias de Benavente en 1560

 

Santa María del Azogue. Postal de 1969.

1560, julio, 16. Benavente.

Capítulos que el obispo de Oviedo, Jerónimo de Velasco, dejó establecidos para el gobierno de las iglesias de la villa de Benavente.

Archivo Histórico de la nobleza, Osuna, leg. 426, 77.

Relación para el ilustrísimo señor conde de Benabente de lo que el reverendísimo señor obispo don Gerónimo de Belasco probeyó en esta villa de Benabente besitando.

Primeramente lo que está probeido en los libros de las parroquias, es que se alló mala horden en dezir y cumplirse las capellanías, e las voluntades de los defuntos son frustradas y los sacrifiçios deivinos no se hazen segund e como los defuntos quisieron, e ansí mandó su señoría del señor obispo a los capellanes o sostitutos que sirban de aquí adelante e digan las misas en la yglesia e altar el día e ora que los defuntos mandaron, e al tiempo que las dixeren digan al sacristán de la dicha yglesia como dizen la misa de tal capellanía y en su absençia al cura o benefeciado que presente se allare y en defeto de estos lo diga en llegando al altar los que se allaren presentes al oyr la misa, so pena que si ansí no lo hiziere e cumpliere no sean abidas por dichas misas, e que todo el hemolumento que el tal capellán o sostituto ubiere de aber, se aplique como dende agora se aplicó para la fábrica de la tal yglesia, y en las quentas se aga cargo de ello al mayordomo, e lo cobre para la fábrica a costa de ella, y el sacristán tenga un libro a donde se asiente y escriba cómo e quándo e quién cumple lo suso dicho y por ello se le dé de la pitança de cada una misa e quatro maravedís.

Yten, mandó su señoría a los dichos capellanes, o sostitutos, que dentro de quatro meses agan apeo por ante justicia de los bienes de las dichas capellanías, e ansí mismo busquen las escripturas e testamentos de las fundaciones e dotaciones de las dichas capellanías, e las pongan todas al fin de este libro por horden conforme a su antigüedad, para que ansí mejor se sepa la obligaçión que cada una tiene, e se conserbe e cumpla la boluntad del defunto, so pena de quatro dineros para la fábrica de la dicha yglesia.

Yten, halló su señoría que en esta villa de Benavente algunas fiestas principales la cleresçía tienen e hazen ciertas proseciones, como es fiesta de los Reyes e de San Juan, e otras semejantes, e que por yr los curas e clérigos a las dichas proseçiones dexaban sus yglesias propias sin misas solemnes como tales días requiere o lo menos las anteponían e posponían reszadas, mandó su señoría que dende oy más las misas e sacrifiçios los digan e agan los curas propios y beneficiados de las dichas yglesias o sus sustitutos al tiempo e ora acostumbrada en otrso días semejantes e con las solemnidad que se debe en semejante día e no dexen sus yglesias que es mayor obligaçión que la de las proseçiones so pena de dexcomunión e de cada tres dineros para la fábrica la mitad e la otra mitad para el acusador que le acusare e juez que sentençiare.

Yten, alló su señoría que en esta dicha villa los ofiçiales guardan mal las fiestas, y abren sus tiendas, compran e vendes antes e después de misa, e los herradores hierran públicamente, mandó su señoría que de aquí adelante no se abra tienda ninguna, ni hierren, ni agan otro oficio serbil antes de misa, ni después, sin liçencia de su cura, el qual la dará como biere que conbiene, lo qual guarden e cumplan so pena de tres reales por la primera vez, e por la segunda, aplicados la tercera parte para el denunçiante e la otra terçia parte para el cura o justiçia que lo hexecutara e la otra tercera parte para la fábrica.

Yten, por quanto ansí mismo alló su señoría que al tiempo de la Quaresma muchos feligreses dexan sus curas y se ban a confesar con otras personas e no traen cédula firmada con quién se confiesan, e los curas los no creen por su palabra, e todos se podían engañar, mandó su señoría dende aquí adelante cada uno tenga su cédula firmada con quien se confesare, y el cura en esto no los crea ni los aya por confesados no lo mostrando, so pena de dexcomunión.

Yten, mandó su señoría que el día de Corpus Christi en cada un año desde oy en adelante los curas o benefiçiados, o sus lugarestenientes de Santa María y de San Nicolás e Nuestra Señora de Ruanueba y las otras yglesias digan las misas mayores cantadas a las siete e salga la procesión a las ocho, so pena de quatro reales a los dichos curas o benefiçiados o sus lugarestenientes para la fábrica de sus yglesias.

Ansí mismo, mandó su señoría que todas las anibersarias que ay en la dicha yglesia e otras dotaçiones, se pongan e asienten en una tabla, la qual esté puesta e clabada en la dicha yglesia a donde se bea, lea e sepan para que se puedan mejor cumplir.

Iten, mandó su señoría que ninguna muger desde oy en adelante tenga sombrero puesto en la yglesia después que en ella entrare asta que salga, so pena de dexcomunión, e que las hebiten los curas e clérigos de los oficios divinos siendo rebeldes.

Yten, mandó su señoría que todas las personas que tubieren o tiene sepulturas en esta dicha yglesia dentro de quinze días muestren el derecho que tienen a ellas ante el cura de la dicha yglesia e pongan a cada una que suya fuere el marco para mejor claridad y hebitar confusiones para adelante.

Yten, mandó su señoría que todas las personas que tienen testamentos por cumplir los cumplan dentro de treinta días primeros siguientes, lo quales pasados mandó al dicho cura se ynforme qué personas son las rebeldes, los hebite de la yglesia y oficios divinos della asta que lo cumplan, e para ello le dio poder cumplido.

Ansí mismo, mandó su señoría que ningún clérigo de esta villa sirba ningín beneficio simple ni capellanía sin primero tener licencia para ello de su señoría o su provisor o bicario, so pena de excomunión e de seis dineros, la tercera parte para la yglesia donde se viere y la otra terçia parte para el que lo denunçiare e la otra terçia parte para el juez que lo sentencie.

Yten, por quanto a su señoría constó algunos clérigos de esta villa e dioçesi haçiendo de escuderente lleban a las ancas en las mulas algunas señoras por las calles públicamente y de la mano, lo qual es anexo al ábito secular e yndecoro del saçerdotal, en especial que de ello se an bisto y entendido muy grandes ynconbinientes, para lo remediar mandó su señoría que de aquí adelante ningund clérigo de esta dioçesis o de fuera de ella que en ella esté llebe de la mano escudereando a ninguna muger, ni en las ancas de la mula o cabalgadura so pena de dexcomunión mayor e de beinte dineros, las dos partes para obras pías e la otra parte para el denunçiante e juez que lo sentençie [...]

sábado, 23 de abril de 2022

Cuando el conde mandó hacer su fortaleza - Nuevos testimonios sobre la construcción del castillo de Benavente

El castillo de Benavente, según Robert Ker Porter (1808)

Como es bien conocido, fueron el cuarto conde, Rodrigo Alfonso Pimentel (1461-1499) y especialmente su hijo y sucesor, Alonso Pimentel (1499-1530), los verdaderos impulsores de la reforma del castillo de Benavente, convirtiéndolo en el símbolo mismo del poder señorial de la familia sobre toda la región. Con ellos, la fortaleza pierde, en parte, su función militar, o al menos queda relegada a un segundo plano, y se va configurando como una auténtica residencia palaciega, muy al gusto de la época.

En el contexto de las demás villas del señorío, la tenencia del castillo de Benavente era la que comportaba una asignación anual mayor, concretamente 90.000 maravedís en 1499, frente a los 50.000 de Portillo, 40.000 de Puebla de Sanabria, 30.000 de Mayorga, 25.000 de Villalba y Castromocho y 20.000 de Viana. El dato es especialmente significativo si tenemos en cuenta que muy pocos años antes, concretamente en 1493, la tenencia de Benavente suponía 25.000 maravedís. En opinión de Isabel Beceiro no es fácil saber si este llamativo crecimiento puede estar motivado por un alza general de los salarios, en consonancia con las fluctuaciones económicas de la época, o se trata de una cuestión específica entre el conde y sus caballeros, relacionada, quizás, con el gasto de mantenimiento de la fortaleza.

A las obras emprendidas por el cuarto conde se alude en un documento procedente del Archivo Municipal. Se trata de la confirmación hecha en 1475 de una carta de su padre, el conde Alonso Pimentel, por la que otorgaba a los vecinos de la calle de la Rúa ciertas mercedes sobre la venta de paños. A la hora de establecer las sanciones derivadas del incumplimiento de sus instrucciones el conde fija una multa de 1000 mrs., repartida de la siguiente manera: la terçia parte para las obras del castillo de la dicha mi villa y la otra para la justiçia y la otra para la persona o personas que ovieren cargo de faser mecer los dichos pannos de la dicha Rúa.

Al margen de este escueto dato, la fuente principal para el estudio del castillo de Benavente durante este período son los testimonios de varios testigos, correspondientes a un pleito entablado entre la viuda del cuarto conde, María Pacheco, y su hijo el quinto conde, don Alonso Pimentel. La reclamación de doña María venía motivada por las obras realizadas en la fortaleza y en otros lugares durante el mandato de su marido, y que ahora reclama, en concepto de bienes gananciales, a su hijo. El conde por su parte, alegaba que estos trabajos no se habían hecho a costa del matrimonio, sino por vasallos dependientes del entonces titular de la casa, y en cualquier caso, la mayor parte de los edificios se habían arruinado a la muerte de éste. A continuación, cada uno de los testigos va relatando, con bastante detalle, las edificaciones y mejoramientos del cuarto conde, aportando noticias de interés sobre aspectos muy diversos: calidad de los materiales, nombres de cada uno de los edificios y construcciones, disposición y uso de las mismas, etc. Algunas referencias a esta documentación aparecen ya en la monumental obra de Cooper sobre los castillos señoriales de la Corona de Castilla, pero ha sido Isabel Beceiro Pita quien ha publicado los testimonios más significativos. Aportamos ahora nuevos testimonios que pueden complementar toda la documentación dada a conocer hasta ahora.

Esta fuente, junto con las cuentas de gastos de 1493 y 1499, así como diversas noticias que aportan los libros de descargos y otros documentos del fondo Osuna del Archivo Histórico Nacional (Sección Nobleza, Toledo) permiten atribuir al cuarto conde un buen número de edificaciones nuevas, junto con la reforma o reconstrucción de otras preexistentes. Entre ellas la barrera o cerca exterior que rodeaba todo el conjunto, junto con las torres de flanqueo correspondientes y el adarve, construido con el característico encofrado de cal y canto, también presente en las murallas y en las puertas de la ciudad. También se alude a varias torres: la denominada Torre de la Açucena, que probablemente haría las funciones de torre del homenaje del alcázar, otra llamada de Las Eminas, situada junto a la anterior, otra emplazada sobre el río, antecesora quizás de la Torre del Caracol, y la Torre Laguna. Tanto Cooper como Gómez Moreno coinciden en situar en el siglo XV, y más concretamente en la segunda mitad del siglo, el conjunto de construcciones que se pueden ver en las fotografías más antiguas de finales del siglo XIX.

De la disposición interior del edificio existen algunas referencias vagas, sin poder precisar su ordenación exacta. Se mencionan, por ejemplo, la Sala de los Artesones, de lujosa decoración, de la que partían algunos corredores. Junto a ésta, si es que no se trata de una misma estancia, se encontraba el Cuarto Rico, cuya denominación es suficientemente expresiva. También construyó este conde la escalera principal, la capilla destinada "a la misa dorada rica", dos cocinas, una para el conde y otra para la condesa, y buena parte de los subterráneos, además del sistema de conducción de aguas desde el Órbigo. El uso de dos cocinas independientes pone de manifiesto uno de los rasgos característicos de las residencias señoriales de la época: la frecuente separación de los aposentos del señor y de sus gentes, de los de la señora y las suyas. También sabemos de esta costumbre por el relato de uno de los visitantes del castillo: su casa era repartida de tal manera, que la Condesa con sus damas, no tenga que departir, ni ver, si quieren, con el Conde y sus criados. En cuanto a la decoración, los testimonios son ciertamente deslumbrantes. Aunque se mencionan frecuentemente labores de cantería, carpintería y pintura, pocas veces se indica en qué lugares concretos se aplicaron. En cualquier caso, se documenta el uso de maderas nobles, yeserías, artesonados, panes de oro, azulejos, vidrieras, tapices, marfiles, mármoles y terciopelos.

A pesar del empeño puesto por el cuarto conde por engrandecer su casa, su obra fue efímera. Así al menos lo expresa García de León, uno de los testigos personados en el citado pleito, haciendo recaer sobre su sucesor, Alonso Pimentel, todo el mérito en la edificación del nuevo palacio. Según su testimonio, cuando falleció don Rodrigo la fortaleza estaba totalmente posteada ante la amenaza de ruina inminente, especialmente en todo el sector construido sobre el río que estava toda armada sobre falso, hasta llegar a la puerta de Santiago, entrada principal al castillo. La existencia de amplios e intrincados subterráneos y pasadizos bajo los cimientos de la construcción, descritos entre otros por Münzer, debió favorecer esta situación. No obstante, el testimonio no deja de ser parcial pues se trata de un testigo propuesto por el conde, interesado en remarcar sus iniciativas frente a las de su antecesor. 


APÉNDICE DOCUMENTAL

Principios del siglo XVI.

Testimonios y probanzas de las obras realizadas en la fortaleza de Benavente durante los mandatos del IV conde, Rodrigo Alfonso Pimentel, y del V conde, Alonso Pimentel.

Archivo Histórico de la Nobleza, Osuna, leg. 478, 1-7.

Testigo Diego Macías, clérigo, vezino del lugar de la Verdenosa, dixo, que a la sazón que el dicho Conde don Rodrigo Alonso Pimentel hizo la fortaleza de Benavente, vio cómo a los labradores de la tierra de la dicha villa, a su costa dellos mesmos les hazían traer toda la piedra, cal, y arena que era menester para la dicha fortaleza, y les hazía dar peones para servir a los maestros que andavan en la obra; y que todo era a costa de los labradores, porque este testigo como vivía a dos leguas de la villa de Benavente, en el lugar de la Verdenosa, donde aora vive, que es lugar que está metido entre la tierra del dicho Conde, lo vio, y ansí passa lo que dicho tiene, y porque vio muchas vezes sobre ello quexarse a los labradores de las sinrazones que el dicho Conde les hazía, en les quitar de sus haziendas, y hazer llevar la cal, y arena, y piedra a la dicha fortaleza de Benavente, y dar peones para servir a los maestros sin les pagar cosa ninguna, sino antes los maltratava, sino yvan tan presto, como los llamavan; y que lo mismo ha oydo dezir este testigo, que el dicho Conde hazía hazer a los de las otras villas, do quiera que hizo y edificó fortaleza, y que solamente él no pagava más de los maestros.

Testigo Pedro Alonso, vezino de Benavente, dixo, que él vio a la sazón que el Conde don Rodrigo Alonso Pimentel hazía la fortaleza de Benavente, que hazía venir allí a los vassallos de la tierra de Benavente a traer la piedra, y cal, y arena que era menester para la dicha fortaleza, sin les dar ni pagar cosa ninguna por ello, porque este testigo a la sazón que el dicho Conde hazía la dicha fortaleza vivía en la villa de Benavente, y aún vido, que el dicho Conde trahía tan aperreados a traer lo que era menester para la dicha fortaleza, que muchos de Benavente tenían que dezir dello, sino que no osavan hablar de miedo del dicho Conde, porque era muy bravo hombre, y hazía todo quanto quería; y también vio, que el dicho Conde, de que vio que sus vassallos andavan muy aperreados y fatigados a traer los materiales para la dicha fortaleza, que puso doze pares de bueyes con doze collaços, que andavan con ellos a costa del dicho Conde a ayudar a traer los dichos materiales, y que esto que fue ya cuando estaba hecha la media fortaleza; y que siempre este testigo ha oydo dezir después acá, que el dicho Conde hizo la dicha fortaleza de Benavente, que él no gastó en ella sino lo que dava a los oficiales que labravan, y a los doze collaços que puso, que todo lo otro se hizo, como declarado tiene arriba, a costa de los labradores de la tierra, y que lo demás en la pregunta contenido, que no lo sabe.

Testigo Carlos de Medina, vezino de Benavente, dixo, que el vido, que a la sazón que el Conde don Rodrigo Alonso Pimentel ya difunto hazía la fortaleza de la villa de Benavente, y labrava en ella, porque se le avía quemado, que el dicho Conde, que hazía traer a los vassallos de la tierra de la dicha villa de Benavente la piedra y cal y arena que era menester, a su costa de los mismos; y que después vido este testigo, que porque a los labradores se les hazía caro dexar de entender en sus haziendas, y andar a traer los dichos materiales, que ellos se concertaron con el dicho Conde don Rodrigo y con sus oficiales, en que cada labrador pagasse una hanega de pan mediado, y veynte y cinco maravedís, para que el dicho Conde tomasse collaços y bueyes, para que traxessen los dichos materiales, y ansí de allí adelante el dicho Conde compró más de quarenta pares de bueyes, y tomó collaços que trahían los dichos materiales para la dicha fortaleza, y los labradores pagavan cada año cada uno los dichos veynte y cinco maravedís, y una hanega de pan mediado para los dichos collaços. Y desta manera ha visto este testigo, que se hizo la dicha fortaleza de la dicha villa de Benavente; y lo demás en la pregunta contenido, este testigo no lo sabe.

Testigo Juan García el viejo labrador, vezino del lugar de Santa Cristina, dixo, que a la sazón que el dicho Conde don Rodrigo Alonso Pimentel hazía la fortaleza de la villa de Benavente, este testigo vido, como hazía allí venir a los labradores de la tierra con sus carros y bueyes a la hazer y traer la piedra, y cal y arena que era menester para la dicha fortaleza; y que quando era menester peones para trabajar en ella, que también se los hazía dar, y que de cosa ninguna dello les pagava el dicho Conde don Rodrigo blanca, ni cornado, ni siquiera les dava a comer, porque este testigo como su vassallo del anduvo allí harto tiempo acarreando piedra para la dicha fortaleza, y avezes se lo hazían traer de a par de León, y otras vezes de a par de un lugar que se llamava Quintos, y la cal les hazía traer de un lugar, que se llama Béçares, y después y a la postre que andavan en los acabos de la fortaleza, porque toda la tierra se quexava, que se perdía y no entendía en sus labores, por andar trayendo a la dicha fortaleza las serventías que les mandavan traer, el dicho Conde se concertó con toda la tierra, en que quería poner collaços y bueyes, para que traxessen a la dicha fortaleza lo que fuesse menester, y que ellos le pagassen para pagar aquellos collaços, de cada casa dos eminas de pan mediado, y veynte maravedís en dinero en cada un año, y assí se concertaron con él toda la tierra, y de allí adelante ellos no yvan a llevar ninguna serventía, salvo que le pagaban al dicho Conde don Rodrigo lo que declarado tiene. Y desta pregunta esto es lo que sabe y vido de lo en ella contenido; y que en lo que toca en las otras villas, que el dicho Conde tenía, que este testigo no sabe cosa alguna dello.

Testigo Christóval García Contador, vezino y regidor de la villa de Benavente, dixo, que él a la sazón que vino a vivir a la casa del Conde don Rodrigo Alonso Pimentel, oyó dezir a un suegro que después tuvo, que se llamava Alonso Martínez, que fue contador del dicho Conde, que cuando se començó a hazer la obra de la fortaleza de la villa de Benavente, que el dicho Conde, que hazía allí venir por premia a los vassallos de la tierra, con sus bueyes, y carros, y bestias, y traer todas las serventías que eran necessarias para la dicha obra, y que les hazía también dar peones para ella; y que después, porque de aquello los labradores recebían gran fatiga, por los sacar de sus haziendas, y los traer allí aperreados, que se dio por medio entre ellos y el dicho Conde, en que el Conde tomasse veynte yuntas de bueyes con veynte collaços, y otros tantos carros, para traer las dichas serventías; y que los labradores de la tierra, para pagar los dichos collaços y costa de los bueyes, que diesse cada labrador en cada un año al dicho Conde dos eminas de pan, una de trigo, y otra de centeno, y veynte maravedís en dinero, y este testigo después que vino a la dicha casa del dicho Conde, vido, como la tierra pagava lo susodicho en cada un año, y se los vido assí pagar, hasta el año de noventa y ocho, que entonces el dicho Conde, como se le murió el Marques de Villafranca su hijo, se lo quitó, porque era imposición, y que lo que el dicho Conde don Rodrigo hizo en la fortaleza de Villalva, este testigo le vido hazer en ella, que fue solo un quarto pequeño, que está en las Barcaras, que a su parecer deste testigo, le costó al dicho Conde a hazer cien mil maravedís, o ciento y veynte, que se la hizieron unos Moros de Valladolid e ordenaron, y que en la dicha fortaleza este testigo no vio, que el dicho Conde don Rodrigo que labrasse otra cosa más del dicho quarto; y que en la fortaleza de la villa de Portillo sabe este testigo, que hizo el dicho Conde una barrera de cal y canto, con sus cubos, y que no sabe si la tierra, si le dava las serventías para ello, y que en lo de la fortaleza de Sanabria, que este testigo sabe y vido, que los de la tierra de la dicha villa de Sanabria, y los de la Abadía de San Martín de Castañera, que aunque entonces no eran vassallos del dicho Conde don Rodrigo, sino de encomienda, que ellos apremiados para ello, les hazían traer la cal de Portugal, y la piedra, y las otras serventías necessarias para la obra de la dicha fortaleza, también como a los propios sus vassallos, sin por ello le pagar cosa alguna; y lo vido assí este testigo, estando él en la Puebla de Sanabria al tiempo que se hazía la dicha fortaleza, y ansí es muy público y notorio en la dicha tierra de Sanabria.

Testigo Andrés Barrete, vezino del lugar de Castro, dixo, que sabe, que el conde de Benavente don Rodrigo Alonso Pimentel ya difunto, que a la sazón, que hizo la fortaleza de la villa de Benavente, que hazía allí venir a todos los labradores de la tierra de la dicha villa con sus carros y bestias a traer la piedra, y cal, y arena, que era menester para la obra de la dicha fortaleza, sin por ello les dar ni pagar a los dichos labradores cosa alguna porque este testigo como vassallo, que a la sazón era del dicho conde don Rodrigo, lo vio ansí passar, y porque fue en traer harta piedra con un carro para la dicha fortaleza y que está por pagar dello también, como los otros labradores, y esto es ansí cosa muy pública y notoria en la dicha villa de Benavente, y en su tierra, y que este testigo desta pregunta no sabe otra cosa.

Testigo Juan de Benavente, vezino del lugar de Vareicil del Barco, dixo, que sabe que el Conde don Rodrigo Alonso Pimentel en su vida, al tiempo que hizo la fortaleza de la villa de Benavente, que hazía traer para la hazer todos los materiales de piedra, y cal, y arena, a los labradores de la tierra de Benavente a su costa dellos mismos, sin les dar ni pagar por ello cosa ninguna; porque este testigo a aquella sazón que el dicho Conde don Rodrigo hazía la dicha fortaleza, era su vassallo, y anduvo allí a traer con un par de bueyes y un carro que tenía, piedra para la dicha fortaleza, y vio andar a otros muchos, y que les hazían yr por la piedra a las vezes a par de Toro, y otras vezes al término que se llama de Quintos, y por la cal en bestias a Viel, a Fafila, y a otras partes, sin por ello les dar ni pagar cosa alguna, ni tan solamente siquiera a bever, y que también les hazía dar peones para acabar y servir a los canteros, porque este testigo, como su vassallo que era del dicho Conde, lo vio, y porque fue él en traer de los dichos materiales, y hazer las otras servencías que le mandavan también como a los otros vasallos, y aún con todo ello le avían todos miedo al dicho Conde don Rodrigo, por que tenía siempre puesto un sobrino para los que no venían a traer los dichos materiales para la dicha fortaleza, para prendarlos luego por ello; y desta manera les hazían a todos venir a las traer, que solamente lo que gastava el dicho Conde en la dicha obra, era lo que dava a los maestros, y a los que sacavan la piedra y hazían la cal, que aquello todo lo pagava el dicho Conde, sacando el traer y ponerlo en la obra, que aquello, como declara este testigo, trahían los vassallos a su costa dellos mesmos, y más los peones que davan para servir en la dicha obra a los maestros.

Con más testigos se prueva esta pregunta, y dizen todos lo mesmo que ellos [...]

Testigo Juan de León el viejo, vezino de Benavente, dixo, que él ha visto que el Conde de Benavente, que agora es, don Alonso Pimentel, que después que heredó la casa de Benavente; y el Conde don Rodrigo su padre falleció, que él que ha hecho en la fortaleza de Benavente dos torres muy buenas con sus corredores y balcones, que ha hecho en el quarto que se llama de la Condessa, muchos aposentos más fuertes y mejores que de antes estavan hechos, porque este testigo como vezino que es de la villa de Benavente, lo ha ansí visto, que según lo que el Conde don Alonso ha hecho en la dicha fortaleza, que lo que de antes estava hecho en ella, parece nada.

Testigo Pedro Sánchez de Toro, vezino de Benavente, dixo, que la sabe, como en ella se contiene, porque este testigo ha visto que el Conde don Alonso Pimentel, que después del fallecimiento del Conde don Rodrigo su padre, que el dicho Conde que ha labrado dos torres de cal y canto muy rezias y fuertes, con que reforçó toda la fortaleza, y tanto, que si no fuera por ello, se cayera la mayor parte de la casa, especial la sala de las artesas que hizo, y los corredores, y otros muchos aposentos que están dentro de la dicha fortaleza, en que es tanto lo que ha edificado y hecho en ella después que su padre falleció, que no parece que era nada lo que de antes estava hecho en la dicha fortaleza.

Testigo Diego Macías clérigo vezino del lugar de la Verdenosa, dixo, que él ha visto, que el Conde de Benavente don Alonso Pimentel, que aora es, que después del fallecimiento del Conde don Rodrigo su padre, que él como declarado tiene en las preguntas antes della, que ha hecho en la fortaleza de Benavente las heminas que estavan caydas, y una torre, que demás dello ha hecho otra torre muy grande hazia el río con su estrivo, con que asseguró toda la fortaleza, y que ha hecho los corredores que se hundían todos, y otros muchos aposentos que en lo que el dicho Conde ha hecho de nuevo en la dicha fortaleza, es lo más y mejor que en ella agora ay; porque este testigo como hombre que en vida del dicho Conde don Rodrigo entró en ella muchas vezes, y assí mismo después acá que el dicho Conde don Alonso ha edificado en ella, lo que dicho y declarado tiene, lo ha este testigo ansí visto.

Testigo Gerónimo de la Fuente pintor, vezino de Benavente, dixo, que después acá que el Conde don Rodrigo Alonso falleció, que ha visto este testigo que el Conde don Alonso su hijo, que ha hecho y edificado de nuevo en la fortaleza de Benavente dos torres muy buenas, con un aposentamiento a par dellas, y la una torre toda dorada con su chiminea y suelo de azulexos ricos, y que acabó una sala que el Conde don Rodrigo su padre dexó empeçada; y más hizo los corredores que se cahían todos, y los tornó a hazer de nuevo, y que ninguna piedra de las que tenía tornó a poner en ellos, y los hizo con sus tejados, y sus argolas, y dos pilares enteros cada uno de una piedra, y los antepechos todos de claraboyas, y hizo unos estrivos de parte del río, hazia las heminas, muy grandes y buenos, para reforçar la fortaleza, porque se yva hazia el río a caer, que si aquellos estrivos no hiziera, se hundiera toda, y que según lo que este testigo ha visto que el Conde don Alonso ha hecho y edificado en la dicha fortaleza, después acá que el dicho Conde don Rodrigo su padre falleció, que tiene por sí, que ha gastado tanto en ella, como gastó el dicho su padre, porque son muy buenos los edificios, y ricos, que el dicho Conde don Alonso  ha hecho, y que desta pregunta no sabe otra cosa.

Testigo Francisco Yáñez, vezino de Benavente, dixo, que él ha visto, que el Conde don Alonso Pimentel que aora es, que después del fallecimiento del Conde don Rodrigo su padre, que él que ha fecho en la fortaleza de Benavente dos torres grandes y ricas, todas de cal y canto, y que en la una de ellas, que es la torre que se llama del Río, no está aún acabada de hazer, pero en lo que aora está fecho y gastado en ella con las maderas que se traxeron para ella de Soria, tiene por sí este testigo, que ha costado más de quatro mil ducados, y ansimismo ha visto, que el dicho Conde, que ha fecho las eminas dos vezes, porque tantas vezes se han hundido, y aún vido día, en el tiempo que las hazían, que andavan por las henchir de tierra más de ciento y cincuenta hombres con sus bestias; y assimismo ha visto, que hizo unos corredores, que están fechos entre las dichas tierras con muchos aposentamientos a par dello, de que hizo los corredores del patio, porque se hundían, y enlosó y adereçó todo, y que ha fecho otros muchos edificios en la dicha fortaleza, ha visto este testigo, que es lo más y mejor que en ella ay, y ansí es notorio a todos los que han visto la dicha fortaleza después acá, que el dicho Conde don Rodrigo falleció y heredó la casa del dicho Conde don Alonso.

Testigo Pedro Bermúdez clérigo y Cura del lugar de Requexo, dixo, que ha visto, que el Conde don Alonso Pimentel que aora es, que después del fallecimiento del Conde don Rodrigo su padre, que él que ha fecho de nuevo en la fortaleza de Benavente dos torres de cal y canto ricas, y que en las eminas que hizo otra torre para sustentar las dichas eminas, que se llama la torre de Laguna, y que hizo unos muros muy grandes con sus estrivos para sustentar las dichas eminas, y la fortaleza, por que se yva tras dellas; y que hizo los corredores del patio, que se quería hundir, y los fizo muy altos y muy ricos, con todas las armas de los linages de Castilla de pintura, y ha hecho en el quarto de la Condessa, que se llama, muchos aposentos ricos con sus valcones y unos corredores, y en la una dellas dos torres que aora hizo, ha hecho en ella muchas cosas ricas de oro en el maderamiento, y de suelo todo de açulexos ricos, y otro tanto en las ventanas, con sus mármoles de jaspe, en que lo que el dicho Conde ha fecho en la dicha fortaleza después acá que su padre el Conde don Rodrigo falleció, es lo más y mejor que en ella está fecho, y lo más rico y principal de la dicha casa.

Testigo Christóval García contador, vezino y regidor de la villa de Benavente, dixo, que después acá que el Conde don Rodrigo Alonso Pimentel falleció, que ha visto, que el Conde don Alonso Pimentel su hijo, que ha fecho la fortaleza de la villa de Benavente dos torres de las principales que en la casa ay, que se cayeron luego que el dicho Conde don Rodrigo falleció, y que entre las dichas torres, que hizo un quarto muy bueno de aposento, que está fecho encima de la barrera, y que hizo las eminas que se cayeron, quando se cayó la torre de Laguna, y que en ellas se hizo muy gran gasto, porque llevavan una pared muy gruessa de cal y canto, dende a par del río, en que llevava treynta y cinco pies de gruesso, porque si ansí no se hiziera, toda la casa se yva tras las eminas a hundir hazia el río, y ha fecho los corredores del patio principal, con sus pilares, y arcos y sobrearcos, y empedrado, y hecho dos algibes, y otros muchos aposentamientos, que son de aposento los mejores que la dicha casa tiene, porque este testigo como hombre que ha entendido en lo fazer, lo ha ansí visto.

La familia de Rodrigo Alfonso Pimentel, IV conde de Benavente

miércoles, 13 de abril de 2022

“Sintiéndome enfermo de mal que a Nuestro Señor plugo de me dar” - El testamento de Rodrigo Alfonso Pimentel, IV conde de Benavente (1499)

"Yo, el conde". Firma de Rodrigo Alfonso Pimentel, IV conde de Benavente (1481)


1499, agosto, 28. Benavente.

Testamento de Rodrigo Alfonso Pimentel, IV conde de Benavente.

Archivo Histórico de la Nobleza, Osuna, leg. 418-17 y leg. 448, 1-7.

In Dei nomine, Amen. Conocida cosa sea a todos los que esta carta de testamento vieren, como yo don Rodrigo Alonso Pimentel, conde de Benavente, sintiéndome enfermo de mi persona y mal que a Nuestro Señor plugo de me dar, y recelando la muerte que es natural a todos los humanos, pero con todo mi seso y juyzio y entendimiento, otorgo y conozco por esta carta que fago e ordeno este mi testamento y postrimera voluntad por Dios y por mi ánima en remissión de mis pecados.
Primeramente, mando mi ánima a mi Señor Dios que la crio a su ymagen y semejança, y a mi Señor Iesu Christo que la redimió por su preciosa sangre, para que la lleve y ponga en su gloria, quando fuere su voluntad de me llevar de este mundo, y ruego y pido por merced, y la gloriosa Virgen María su bendita Madre, que tomo por mi abogada, que ruegue a su Hijo bendito que aya piedad de ella, y me quiera perdonar mis pecados por su infinita clemencia y misericordia. Ruego a señor San Miguel Ángel que la presente ante mi Señor Dios, y sea mi abogado el día que mi ánima saliere de mi cuerpo, y mando que mi cuerpo y arnes sea sea sepultado en el monesterio de San Francisco de esta mi villa de Benavente, en la capilla mayor, do están sepultadas las otras personas de mi linage, y que el día del entierro los frayles del dicho monesterio, y de los otros monesterios de mis villas, digan por mí las misas y sacrificios que pudieren, y que no curen de fazer mucho gasto de cera, ni de otras cosas, sino los más llanamente que pudieren, sin otras solenidades y gastos; y quiero y mando que me entierren en el hábito del señor San Francisco, y que de la manera que he dicho se hagan los otros cumplimientos que por mí se ovieren de hazer adelante en todo el año.
Item, mando que se digan diez mil missas por mi ánima por las yglesias y monesterios que mis testamentarios lo ordenaren.
Item, mando que se acabe de hazer la claustra del dicho monesterio de San Francisco, según y de la manera que lo dexó ordenado y començado el conde don Rodrigo Alonso Pimentel, mi señor agüelo que santa gloria aya.
Item, mando que se acabe y faga el monesterio de Santa María de Jesús de la Orden de San Francisco de la mi villa de Villalón, según está començado, y yo le he dicho y platicado con el devoto padre fray García de Palençuela, frayle del dicho menesterio.
Item, mando que se haga el crucero de Santa María de Nogales, según y de la manera que yo lo avía señalado y mandado que se hiziesse.
Item, mando a nuestra Señora de la Vega, que es cerca del mi lugar de Barrones, diez mil maravedís, porque ella se mi abogada.
Item, mando a la yglesia de Santo Tirso otros diez mil maravedís.
Item, mando al monesterio de San Juan de Aguilar otros diez mil maravedís.
Item, mando a nuestra Señora de Quintanilla de la mi villa de Mayorga otros diez mil maravedís.
Item, mando al monesterio de San Espíritus de esta mi villa de Benavente cien mil maravedís, los quales dichos maravedís que assí mando a las dichas yglesias y monesterios, quiero que se gasten en las obras y reparos dellas a vista de las personas que mis cabeceros para ello nombraren.
Item, mando a García de la Serna, mi criado vezino de esta mi villa de Benavente, veynte mil maravedís, demás de los maravedís de que yo le fize merced, los quales mando que los lleve y los goze por todos los días de su vida.
Item, mando a Catalina Villares, mi criada, veynte cargas de pan de renta en cada un año por todos los días de su vida, demás de las doze cargas de pan mediado, trigo y cevada que la señora marquesa de Aguilar, mi hermana, le fizo merced en la puente de Bayzana, y estas veynte cargas de pan por mitad de que yo le fago merced, mando que ge las den situadas en qualquier renta que yo tenga, que no sea del mayorazgo de mi casa.
Item, mando a Tomé Charro, mi moço de cámara, veynte cargas de pan de renta cada año, mitad trigo y mitad cevada, por todos los días de su vida, situadas en las rentas de pan que yo tengo en la tierra de esta mi villa de Benavente.
Item, mando al monesterio de Santa Clara de esta mi villa de Benavente veynte mil maravedís para siempre jamás, en las rentas que ellas señalaren y quisieren en esta mi villa de Benavente, por descargo de la parte que cabía a la señora marquesa de Aguilar, mi hermana, de los cien mil maravedís de juro de heredad que tenía la condessa, mi señora madre, que santa gloria aya, porque descontándose lo que el rey y la reyna, nuestros señores, mandaron quitar en las Cortes de Toledo a la dicha marquessa, como una heredera que era de quatro herederos que quedamos de la dicha condessa, mi señora madre, no le podía aún aver los dichos veynte mil maravedís.
Item, por quanto yo tengo la Puente de Vayzana, que era de la dicha marquesa, mi hermana, mando que se aprecie por dos personas lo que justamente vale, y que de ello se faga y den las vestimentas y casullas que ella mandó en su testamento, que cumplan todo lo que ella era obligada a cumplir y pagar, y lo que demás fuere, mando que se dé al dicho monasterio de Santa Clara de esta mi villa.
Item, mando que se den dozientos mil maravedís para casar huérfanas pobres de mi tierra, como lo depusieren y ordenaren los dichos mis albaceas y testamentarios.
Item, mando a doña María Pimentel mi hija, muger de don Diego Hurtado de Mendoça, demás de lo que se le ha dado en casamiento, cien mil maravedís para manillas, con los quales le ruego que se contente y lo reciba todo ello por su legítima.
Item, mando a doña Beatriz Pimentel, mi hija, la villa de Magaña, con su fortaleza, y tierra, y vasallos, y juridición, y señorío y rentas, y pechos, y derechos, para que se case con los vínculos y condiciones contenidos en mi mayorazgo, en la qual dicha villa la dexo e instituyo por mi legítima heredera.
Item, mando a doña María, marquesa de Villafranca, mi nieta, hija del marqués, mi hijo, que Parayso aya, tres quentos de maravedís por algunos cargos en le soy, y deudas que le devo, y en todos los bienes remanecientes, demás del cumplimiento de este mi testamento, dexo por mi heredero universal a don Alonso Pimentel, Adelantado de León, mi hijo, y lo mejoro en ello por vía de mejoría del tercio de mis bienes, demás y alliende de las villas, y fortalezas, y lugares, y bienes contenidos en el mayorazgo que he hecho y establecido, los quales quiero que aya segundo por la forma que se contiene en el dicho mayorazgo, y si las dichas mis hijas doña María, y doña Beatriz, y la dicha doña María mi nieta quisieren heredar y partir en los dichos mis bienes que dexo fuera de mayorazgo, con el dicho don Rodrigo, mi hijo, que traygan a collación y partija la dicha doña María el casamiento que de mi recibió, y lo que le mando, y la dicha doña Beatriz, y doña María mi nieta, lo que arriba en este mi testamento les mando, y todo lo en él contenido.
Item, por quanto yo tengo algunos cargos, ansí de mis criados, como de otras personas, y deudas que devo de que al presente no tengo entera memoria para los mandar descargar, y mi voluntad es, que aquello sean satisfechos y cumplidos y pagados por descargo de mi ánima y conciencia, y confiando de la virtud y nobleza de la muy noble señora, mi muy amada muger doña María Pacheco, condesa de Benavente, y ansí mismo del dicho don Alonso Pimentel, adelantado de León mi muy amado hijo.
Y otrosí, confiando de la buena conciencia del licenciado Alonso de Mercado, mi alcalde mayor, y amor y afición que a mi servicio ha tenido, a la dicha señora condesa, mi muger, pido por merced, por el amor que siempre conmigo tuvo, y por el servicio de Nuestro Señor, y al dicho adelantado mi hijo, ruego y mando, y al dicho licenciado ruego y encargo que todos tres juntamente quieran ser mis cabeceros y executores y cumplidores de este mi testamento, a los quales dexo el dicho cargo de mis testamentarios y cabeceros, para que ellos se informen y sepan y ayan plenaria y cierta y cumplida información de todoso los dichos mis cargos y deudas que assí devo a los dichos mis criados, y deudores, y otras qualesquier personas a quien yo sea en cargo y deva qualesquier deudas, y sea en otro qualquier cargo de qualquier calidad que sea, y les encargo las conciencias que se informen, y sepan si tengo cargo alguno de algunas imposiciones, o otras cosas que se ayan puesto en mi tiempo, y después que yo soy señor de este mi señorío, y en qualesquier villas y lugares, y tierras de las que yo tengo y posseo, y si fallaren que por se aver impuesto o levado, o guardado a mi ha seydo, y es cargo de conciencia, las quiten y moderen y alcen como vieren que conviene al descargo de mi ánima y conciencia, y para lo cumplir y pagar les doy poder cumplido, y para que entren y tomen todos mis bienes, ansi muebles como rayzes, do quiera que los yo aya y tenga, y especialmente para ellos señalo el dinero, o oro, o plata, y joyas, y todas las otras cosas de mi cámara; y si esto que señalo no bastare, señalo ansí mismo qualesquier villas, y fortalezas, y lugares, y bienes que yo he y tengo, y ove adquerido después del fallecimiento del señor conde don Alonso, mi señor padre, que santa gloria aya, que quedan puestos y vinculados en el dicho mayorazgo que he fecho y constituydo, para que de ellos se pague y cumpla todo lo que dicho es, según y como los dichos mis cabeceros los dispusieren y ordenaren. Y esto ansí cumplido, que todo lo que remaneciere, quede en el dicho mayorazgo de las forma y manera, y con los vínculos, cláusulas, y firmezas en el contenidas y declaradas; y quiero que tomen de los dichos bienes y los vendan tantos, hasta que enteramente satisfagan y paguen todos los dichos mis cargos y deudas, y todas mis mandas, y todo lo que fallaren que yo devo y soy obligado, sobre lo qual les encargo sus conciencias, que ansí como ellos lo fizieren conmigo, lo faga Dios con ellos, y si caso fuere que antes que esse mi testamento sea cumplido, alguna persona de los dichos mis testamentarios falleciere, o por algún impedimiento no pueda entender en ello, mando que las dos personas que quedaren lo puedan hazer y cumplir; y si las dos fallecieren, que la una sola que quedare lo faga y cumpla. Según dicho es, y para lo hazer y cumplir, y executar, según de suso se contiene, le señalo término de tres años, antes si antes pudiere, y si más tiempo para ello fuere necessario, por la presente ge lo prorogo y largo por tanto tiempo quanto para ello fuere menester, de tal manera, que su oficio no fenezca, fasta que todo lo suso dicho sea cumplido y acabado. 
Item, mando que si algunas cédulas y albalaes parecieren firmadas de mi nombre de algunas quantías de maravedís, de que yo aya fecho merced a algunas personas, hombres, o mugeres, que vistas las dichas mis cédulas y albalaes, los dichos mis cabeceros y testamentarios las cumplan y fagan pagar, como y en la manera que en ellas se contiene, y entiéndase las que ovieren dado de un año a esta parte, el qual se quente desde el día de la fecha de este mi testamento.
Y otrosí, mando que la dicha señora condessa, mi muger, aya y tenga por todos los días de su vida la mi villa de Castromocho, con sus términos y fortaleza, y lleve las rentas, pechos, y derechos de ella, y tenga el señorío y juridición de ella, y después de sus días quede al dicho Alonso Pimentel, mi hijo, con las otras villas, y fortalezas, y lugares, y bienes del dicho mayorazgo.
Item, dexo a la dicha señora condessa, mi muger, por tutriz de la dicha doña María, marquessa de Villafranca, mi nieta, para que tenga a ella y a sus bienes en administración, fasta que sea de edad; y si la dicha condessa, mi muger, no quisiere aceptar la dicha tutela, que la tenga y aya en tutela, y en administración el dicho Alonso Pimentel, adelantado de León, mi hijo; y si la dicha marquessa de Villafranca, mi nieta, llegare a edad de se poder casar, me parece para lo que cumple a su persona y estado, que deve casar con don Bernardino, mi sobrino, lo qual se faga con acuerdo y mando de los dichos mis testamentarios.
Otrosí, por quanto yo tengo cargo de mis criados, y de las personas que me han servido bien y lealmente, que los dexo todos encomendados al dicho don Alonso, mi hijo, y le mando que mire por ellos, y los honre y faga mercedes, y trate bien, y descargue él, y los dichos mis cabeceros todo el cargo que de ellos tengo, según fallaren y supieren que cada uno de ellos me han servido, por que la mejor herencia que queda, y que más estima, se deve tener en las casas de los grandes señores a los buenos criados.
Otrosí, mando a Juan Madera, recibidor del Marquesado de Villafranca, y alcalde de Curollón, y de Cornatelo, y a Martín de Yebra, alcalde de Peña Ramilo, y a Álvaro de Valcer, alcalde de Serracín, y a Juan de Quiroga, alcalde de Balboa, y a Iuan Briceno, alcalde de Maylla, por virtud de los pleytos omenages que me tienen fechos, que si Dios me llevare de este mundo, den y entreguen luego las dichas casas y fortaleza, sin dilación alguna, según por los dichos pleytos omenages lo otorgaron al dicho don Alonso Pimentel, mi hijo, adelantado de León, o a quien el mandare, y dándogelas y entregándogelas a él o a su cierto mandado, y siendo entrego y apoderado de lo alto y baxo dellas toda su voluntad, yo por la presente les alço y quito qualquier pleyto omenage y juramento que me tengan fecho por las dichas fortalezas, y cada una de ellas, y le doy por libres y quitos a ellos y a sus bienes, y fijos y herederos para agora y para siempre jamás.
Otrosí, por quanto yo ove fecho merced a Martín de Sosa, mi primo, para que en su vida los vassallos que yo tengo en los lugares de Granunallo, y Gramincillino, y Conquenilla, y llevasse las rentas dellos, ruego y mando al dicho don Alonso, mi hijo, que le guarde la merced que assí le tengo hecha, y ge la confirme para que la tenga y goze della por todos los días de su vida, y le honre y trate siempre, y le tenga en su casa, y revoco y anulo, y doy por ninguno todos y qualesquier testamentos y codicillos que yo aya fecho y otorgado fasta el día de oy, quiero que non valgan ni tengan fuerça, sino este mi testamento, el qual quiero que valga por mi testamento y postrimera voluntad, y si no valiere por testamento, que valga por codicillo, y si no valiere por codicillo, que valga por mi postrimera voluntad, que fue fecha y otorgada esta carta de testamento, en la villa de Benavente a veynte y ocho días del mes de agosto, año del nacimiento de nuestro Salvador Iesu Christo de mil y quatrocientos y noventa y nueve años, de lo qual fueron presentes por testigos rogados y llamados. El bachiller Pedro Alonso, y Pedro Gómez contador del dicho señor conde, y Pedro Charro, su camarero, y Gómez de Benavente, su criado, vezinos de la dicha villa de Benavente. Y yo Diego Gonçález de Benavente, escrivano de cámara del rey y de la reyna, nuestros señores, y su notario público en la su Corte, y en todos los sus reynos y señoríos, presente fuy en uno con los dichos testigos a todo lo que dicho es, y por ruego y otorgamiento del dicho señor don Rodrigo Alonso Pimentel, conde de Benavente, esta dicha carta de testamento fize escrivir, y por ende puse aquí este mío signo, que es a tal, en testimonio de verdad. Diego Gonçález de Benavente.

La familia de Rodrigo Alfonso Pimentel, IV conde de Benavente

domingo, 3 de abril de 2022

La familia de Antonio Alfonso Pimentel - Una relación de amas de cría al servicio del VI conde de Benavente

Medalla conmemorativa de Antonio Alfonso Pimentel, VI conde de Benavente (1562)

Antonio Alfonso Pimentel (1514-1575), VI Conde y III Duque de Benavente (1530-1575), fue hijo del V Conde, Alonso Pimentel, y de Ana Hernández de Velasco y Herrera. Nació en Benavente en 1514. Fue titular del condado de Benavente tras la muerte del primogénito de la familia, Rodrigo Pimentel, pues, aunque éste llegó a ser V conde de Mayorga, nunca pudo gozar de la posesión del cetro de la casa. Según Fernández de Oviedo en sus “Batallas y Quinquagenas”, “este murió en edad de seys años”.

Antonio Alfonso Pimentel casó con Luisa Enríquez y Girón, hija de Fernando Enríquez, V Almirante de Castilla, y de María Girón. Fue uno de los nobles más destacados e influyentes del reinado de Carlos V, acompañando al emperador en algunos de sus viajes europeos. Participó activamente en 1535 en la campaña de Alemania y en la famosa expedición a Túnez contra Barbarroja. En 1554 su palacio-fortaleza de Benavente alojó durante varios días al entonces príncipe Felipe, futuro Felipe II. El relato de la estancia de la comitiva real en el palacio, y en otros espacios señoriales de recreo, tales como el Jardín y El Bosque, fue descrito con todo lujo de detalles por Andrés Muñoz. En 1567 fue nombrado virrey y capitán general del reino de Valencia, cargos que desempeñaría hasta 1571.

Durante el reinado de Felipe II mantuvo su vinculación y lealtad a la corona. Acompañó al monarca en 1548-1549 en su viaje a los Paíse Bajos, asistiendo a los numerosos festejos y agasajos que se realizaron al paso de la comitiva real. En 1565 formó parte del cortejo que llevó a la reina Isabel de Valois a Bayona.

Las crónicas describen a Antonio Pimentel como un personaje amante de las artes y las letras. Entre su cultivada corte de servidores cabe destacar a su secretario, Antonio de Torquemada, autor de diversas obras de gran difusión en su época como los "Colloquios satíricos" o el "Jardín de Flores curiosas".

Murió el conde en Valladolid, el 20 de febrero de 1575, "entre las diez y las once, antes de media noche". En su testamento expresaba su deseo de que "mi cuerpo sea sepultado en el monesterio de San Francisco de la mi villa de Benavente, en la capilla mayor donde están los cuerpos de los muy illustres señores don Alonso Pimentel y doña Ana de Velasco y de Herrera, su muger, conde y condesa de Benavente, mis padres, y del muy illustre señor conde don Rodrigo Alfonso Pimentel, mi abuelo, y de los otros mis señores anteçesores que en gloria sean, y que allí pongan y entierren mi cuerpo en la bóbeda del dicho enterramiento, a los pies de los dichos señores mis padres, llanamente, sin poner piedra ni tumba enzima".

Ledo del Pozo, en su "Historia de la nobilísima villa de Benavente, indica que sus hijos fueron los siguientes:

- Don Luis, VII conde.
- Don Juan Alfonso, VIII conde.
- Doña María, mujer de don Fadrique de Toledo, IV duque de Alba, conde de Salvatierra. Felipe II creó a doña María duquesa de Huéscar, por cuyo motivo han usado desde entonces este título las mujeres de los primogénitos de los duques de Alba.
- Doña Luisa, mujer de don Juan Álvarez de Toledo, V conde de Oropesa y Deleitosa.

Sin embargo, Domingo de Ascargorta en su "Origen de los Condes Duques de Benavente y su apellido Pimentel" recoge una descendencia bastante más numerosa, con un total de 11 hijos:

- Don Luis Alfonso Pimentel, conde de Mayorga.
- Don Juan Alfonso Pimentel, conde de Luna.
- Don Alonso Pimentel.
- Don Pedro Pimentel.
- Don Jerónimo Pimentel.
- Don Francisco Pimentel.
- Don Antonio Pimentel.
- Don Fernando Pimentel.
- Doña Luisa Pimentel, que casó con don Juan Álvarez de Toledo, quinto conde de Oropesa.
- Doña María Pimentel, que casó con don Fadrique de Toledo, duque de Huesca (sic), primo segundo del duque de Alba.
- Doña Ana Pimentel, que murió doncella.

La familia de Antonio Alfonso Pimentel, VI conde de Benavente


APÉNDICE DOCUMENTAL


1544-1557.

Noticia de los hijos de Antonio Alfonso Pimentel, VI conde de Benavente, en la que se hace relación de cómo se llamaron, dónde nacieron, quiénes fueron sus padrinos y madrinas en su bautizo, y el tiempo en que fueron amamantados por sus respectivas amas de cría.

Archivo Histórico de la Nobleza, Osuna, 425, 19.

Nació don Alonso, mi hijo, Dios le guarde, año de mill y quinientos y quarenta y quatro, a veynte y seis de março, entre las ocho y las nueve de la mañana, un miércoles. Vatizose de ocho días, fue su padrino el almirante y tubo dos madrinas, la condesa del Mar y la de Monterrey. Bautizole el obispo de Çamora que agora es, don Antonio del Águila. Vautizose en Nuestra Señora de la Plaza de la villa de Benavente.
Diole la primera leche María de Danezo, mujer de Juan de Portillo, vezinos de Portillo. Diole seis meses y quinze días.
Diole leche luego Catalina de Carmona, muger de Juan de Benavides, dos noches y un día.
Diole leche Leonor de Prado, muger de Diego Garçia çapatero, diez y ocho días.
Diole leche Mariana Álvarez, muger de Andrés Çezón, vezinos de Portillo, diez meses y onze días.
Diole leche Fernanda Çidiona, muger de Jorge Martínez, vezinos de Villalón seys meses y veynte e çinco días.
Diole leche Ysabel de Orozco, muger de Juan Moreno, vezinos de Portillo, treynta y çinco días [...]
Destetose a veynte y quatro de abrill de mill e quinientos y quarenta e seys años [...]

Nació Mariquita, Dios la guarde [en Villalón], año de MDXLV, domingo, entre las quatro y las çinco de la tarde. Bautizose de XV días. Bautizola el abbad de Valladolid don Antonio Enríquez. Fueron padrinos el Almirante y la Condesa de Monterrey.
Diole la primera leche Francisca Çidiona, vecina de Villalón, XXI días. Dexola y tomola María de Duezo, vecina de Portillo, y diole leche VI meses. Cayó mala y tomola Juana Nieto, muger de Nabarrete, vecina de Benavente. Diole leche quatro meses y onze días. Tomola Barbosa Juárez, vecina de Mayorga, muger de Juan de Villaçé, e acabola de destetar. Diole veynte meses leche.

Naçió don Gerónimo, Dios le guarde, año de MDXLVI, miércoles, a las tres y media de la noche a XXVIII de octubre, día de San Simón y Judas. Babtizose de XVIII días. Fueron padrinos don Juan Pimentel y doña Maria Pimentel. Babtizole el bachiller Martín Pérez, cura de Nuestra Señora. Diole la primera leche Barbosa Juárez, ama de doña María, una noche y un día. Tomole Francisca Sánchez, muger de Francisco Sánchez, vecinos de Castromocho, a XXVIII de octubre del a XXIIII de henero. Tomole Barbosa Juárez, ama de Mariquita [...]

Naçió don Antonio, mi hijo, Dios le guarde, a IX de septiembre, domingo, a las nueve y media de la mañana. Bautizose de un mes. Bautizole el maestro Juan Feliz, rector de San Miguel. Fueron padrinos don Juan Pimentel y doña María de Lazón. Diole la primera leche Ysabel de Avtillo, vecina de Castromocho, muger de Bernaldino Nabarro. Dexole la dicha viernes XXVIII de diziembre. Diole leche Catalina de Azoco, ama de don Gerónimo, tres días. Tomole Leonor de San Miguel, muger de Juan de Barrio, vecinos de Villalpando, el primero día de henero de 1549 años.

Naçió doña Luisa, Dios la guarde, miércoles [1550] entre las nueve y las diez [de la mañana], tres de setiembre. Diole leche Maria González, muger de Andrés Cano, boticario, vecinos de Castromocho. Dexola el sávado adelante, a seis de setiembre. Tomola Ysavel Gutiérrez, muger de Christóval Plata, vecinos de Villalón. Bautizose lunes diez y siete de setiembre. Bautizola el rector de San Miguel, el maestro Juan Feliz. Fueron padrinos don Ysidro Enrríquez y doña Madalena Martínez, muger de don Álvaro Osorio, señor de Villacís [...]

Naçió don Luis, Nuestro Señor le guarde, a los 8 de disiembre [1551], día de Nuestra Señora, a las ocho de la mañana. Diole leche Barbosa Juárez, ama de Luisa [...]

Naçió don Hernando, Dios le guarde, a syete de diciembre, víspera de la Asumpçión, año de 1554. Batizose en Nuestra Señora. Fue su padrino don Juan pimentel y doña Vitoria, y bautizolo el cura Martín Pérez. Diole leche María Redondo el dicho día y a la noche. Diole leche Ysabel de Valderas, ama de Juanico, hasta veynte y quatro de diciembre [...]