viernes, 24 de octubre de 2025

El fuero de Benavente de 1164 - Una aproximación a su texto a partir del fuero de La Coruña

Iglesia de Santiago de La Coruña. Portada del Agnus Dei

RESUMEN

Se ofrecen en este artículo una serie de reflexiones y consideraciones sobre el fuero de Benavente y sus diferentes versiones, especialmente sobre la primera carta foral otorgada por el rey Fernando II de León a la villa en 1164. El diploma original se ha perdido, pero diversas informaciones proporcionadas por la documentación de la época suministran detalles muy reveladores sobre los aspectos principales de su concesión. Por otra parte, el análisis y cotejo con otras cartas de la misma familia foral permiten conocer algunas claves de su naturaleza y contenido. Entre estos documentos, se analiza en detalle el contenido de una copia del fuero de La Coruña incluida en el “Libro de asientos de la cofradía de clérigos de Todos los Santos”. A partir de este texto, no suficientemente valorado hasta ahora, es posible acercarse con gran aproximación a la literalidad del fuero de Benavente de 1164.

PALABRAS CLAVE: Fuero de Benavente, Fuero de La Coruña, Fernando II de León, Alfonso IX de León, Fundación de La Coruña, Alfoz, Castros, Concejos, Repoblación urbana, Archivos municipales.

TITLE: The Benavente charter of 1164. An approach to its literal meaning based on the charter of La Coruña

ABSTRACT:

This article offers a series of reflections and considerations on the charter of Benavente and its different versions, especially on the first charter granted by King Ferdinand II of León to the town in 1164. The original diploma has been lost, but various pieces of information provided by the documentation of the time provide very revealing details on the main aspects of its concession. On the other hand, the analysis and comparison with other charters of the same charter family allows us to know some keys to its nature and content. Among these documents, the content of a copy of the charter of La Coruña included in the “Book of entries of the brotherhood of clergy of All Saints” is analyzed in detail. From this text, not sufficiently valued until now, it is possible to approach with great approximation the literality of the charter of Benavente of 1164.

KEYWORDS: Charter of Benavente, Charter of La Coruña, Ferdinand II of Leon, Alfonso IX of Leon, Foundation of La Coruña, Alfoz, Hill-forts, Councils, Urban repopulation. Municipal archives.

Confirmación de Sancho IV de 1286 del privilegio de Alfonso IX otorgado a La Coruña en 1208 (Archivo Municipal de La Coruña)

miércoles, 22 de octubre de 2025

El puente de Castrogonzalo a mediados del siglo XIX - Un informe de 1849

Puente Mayor de Castrogonzalo

Gaceta de Madrid

Jueves, 18 de enero de 1849

CARRETERA DE MADRID A LA CORUÑA.

Obras nuevas

Esta carretera se halla dividida en 18 trozos desde el barranco del Caño, frente de Ataquines, hasta el puente de Villar de Frades, en donde concluye la provincia de Valladolid. Quedan además 11 trozos desde dicho puente hasta el de Pobladura del Valle, donde termina la de Zamora y el distrito de Valladolid. Esta parte de carretera se halla en construcción. Los trozos 6º, 10, 11, 17, 23 y 24 que hacen una línea de 40.620 varas, o sean 6 leguas y 960 pies construidos por contrata, estaban recibidos de primera entrega desde 20 de junio del año próximo pasado. Aunque construidos con arreglo a condiciones, estaban entonces demasiado cargados de recebo, y aun en algunas partes algo removido el cascajo con que se ha formado el firme, y para asegurarlos y afirmarlos bien, se estaban arreglando con el cilindro a fin de que quedasen en el estado de perfección debida a la época de su recepción final.

Las 31 tajeas y 20 alcantarillas nuevamente construidas en dichos trozos son: algunas de mampostería y roscas de ladrillo, o en general de ladrillo, como las condiciones exigían. Todas se han construido bien, y algunas esmeradamente, como en el estado núm. 2 se expresa.

En el trozo 11 se halla comprendida la travesía de Rueda, en donde nada se ha ejecutado a causa de las dificultades que presenta la gran cantidad de aguas que se reúnen en el centro de la calle única que sirve de travesía, pues aquellas suben a más de 8 o 10 pies en las grandes avenidas, motivo por que están pendientes las obras de un proyecto especial que debe formarse.

A la salida de Villalpando, entre la legua 42 y 43, había otro trozo de 1.630 varas no incluidas en las anteriores que se estaban ya afirmando, observándose puntualmente las condiciones. Se comprenden en este trozo los puentes de Valderaduey, ya concluido con arreglo a su plano y condiciones, aunque las aletas que, según el proyecto, debieron construirse de ladrillo, se han ejecutado de sillería, y el de Zambrana, que estaba levantado hasta los arranques de los arcos, y puestos los salmeres.

Además, hay en este trozo 27 alcantarillas en varios grupos, construidas de mampostería con arcos de ladrillo.

Poco antes del puente de Gastro-Gonzalo hay un trozo (núm. 21 del estado) que tiene de longitud 3.100 varas ya explanadas y afirmadas, pero que aún no se han recibido a causa de que se está perfeccionando la inclinación de los taludes de su gran desmonte. Tienen dichos taludes una altura de algo más de 50 pies. En el primitivo presupuesto se habían calculado 12.000 varas cúbicas de desmonte, cuyas tierras se habían de transportar, como se ha verificado al fin del trozo, quedando arreglada esta gran línea a una pendiente de 5 por 100; pero durante la ejecución se observó que podría suavizarse la pendiente hasta un 4 por 100; y como por esta causa exigían mayor inclinación los taludes, se estaba ejecutando su arreglo hasta dejarlos a los 45°. Inmediato al puente de Castro-Gonzalo hay un trozo de 66 varas que debe repararse, pero en el que nada se puede hacer hasta que se lleve a efecto la obra de reparación propuesta para el puente.

Después del puente de Gastro Gonzalo sigue una línea de 4.196 varas en terraplén, contenido por muros de sostenimiento de 45 pies de altura media con 85 alcantarillas para el paso de las aguas, y más allá un puente de 7 arcos escarzanos de 14 ½ pies de luz cada uno.

Las alcantarillas están repartidas en nueve grupos. El primero y segundo de 3 bocas cada uno de arco escarzano de 7 pies de luz. El tercero de 12. El cuarto grupo de 13 arcos también escarzanos, y a los costados 2 más pequeños de tapa. El quinto grupo de 20 arcos. El sexto, séptimo, octavo y noveno de 8 bocas cado uno. Todos estos arcos son de rosca de ladrillo de 4 pies de luz, excepto el primer grupo, cuyos arcos son de sillería, e igualmente lo son todos los paramentos de estos grupos de alcantarillas. Los muros son de buena mampostería, y estaba sentada ya sobre ellos la mayor parte de la imposta general, que es también de grandes losas de sillería. La Dirección General tenía aprobada la construcción de pretiles sobre todos los grupos de las alcantarillas, y al efecto se halla ya acopiada la piedra necesaria para esta obra, y aún mucha parte de la que pudiera emplearse para un pretil seguido, o mejor aún interrumpido a trechos sobre toda la imposta de este gran terraplén, cuya obra sería muy conveniente; pero no habiéndose formado presupuesto, tampoco ha recaído resolución para llevar a cabo esta obra.

El puente siguiente es el de Tamariz, nombre de aquella vega, y el resto hasta Benavente está también en terraplén, con algún pequeño desmonte. Hay en esta parte de la carretera otras 26 tajeas, una alcantarilla y un pontón. Estas obras son de mampostería ordinaria, y están perfectamente construidas. El pontón es de muy buena mampostería concertada.

Los demás trozos de nueva construcción hasta el fin del distrito estaban concluidos con arreglo a condiciones y recibidos de primera entrega.

Obras de conservación y reparación.

Todos los demás trozos que se figuran en el referido estado núm. 2, cuya longitud forma una extensión de 116.788 varas lineales; o sean 15 leguas y 364 pies, pertenecientes a las primitivas contratas, y que con aprobación de la Dirección General fueron recibidos a su tiempo, se conservan por cuenta de los fondos asignados al distrito, según manifiesta el estado núm. 3 y 4, en que se expresan las cantidades mensuales empleadas con este objeto desde primero de año.

Todas las obras de fábrica de los referidos trozos han sido modernamente construidas con arreglo a proyectos y planos que para ello se formaron, y se conservan igualmente en el más perfecto estado de solidez y buena construcción. A las márgenes de toda esta carretera existían en la época de su reconocimiento bastantes acopios de buenos materiales, tanto de piedra como de recebo, repartidos en diferentes trozos de las 24 leguas, y 17.511 pies que tiene de longitud. En esta importante carretera (comprendida dentro del distrito de Valladolid), así los escarpes de los desmontes, los de los terraplenes y cunetas, como las demás obras de tierra, se encontraban bien arreglados y cuidados por los respectivos peones camineros.

La única obra de reparación que estaba sin principiar es la del puente de Castro Gonzalo, cuyos proyecto y presupuesto fueron remitidos a la Dirección General para su aprobación.

Para toda esta carretera se estaban ya labrando las correspondientes leguarias de la misma forma y dimensiones que las de la carretera de León.

PORTAZGOS.

No hay establecidos en la parte de esta carretera que comprende el distrito de Valladolid más que el de Castro Gonzalo, en el que se cobra igualmente el paso de la barca de Azoague, situada como a una media legua más abajo sobre el mismo río Esla, uno y otro arrendado en 90.618 ½ reales, pues, aunque se cobra otro en Tordesillas, perteneció al convento de Santa Clara de aquella villa, y es uno de los que en virtud de la reciente ley debe ser incorporado a la carretera. La actual casa del portazgo de Castro Gonzalo está situada a la entrada del mismo puente, pero se estaba construyendo otro nuevo edificio para la recaudación en lo alto del desmonte a la bajada del puente, cuya obra estaba bastante avanzada.

El Inspector indica la necesidad de establecer en los puntos designados en la propuesta hecha en 28 de abril de 1846 los nuevos portazgos que corresponden a esta gran línea de carretera.

sábado, 18 de octubre de 2025

Arancel que han de guardar los caseros de la venta de Castrogonzalo y de la casa de Ventosa. 1588

La barca de la Ventosa cruzando el río Órbigo, a partir de una imagen antigua

1588, febrero, 22. Benavente.

Arancel que han de guardar los caseros de la venta del puente de Castrogonzalo y de la casa de Ventosa, hecho por los señores justicia, regidores y procurador general de la villa de Benavente.

Archivo Histórico de la Nobleza, Osuna, C. 460, D. 17-18.

Arançel que an de guardar los caseros de la venta de la puente de Castrogonçalo e de la casa de Ventosa, echo por los señores justiçia y regidores e procurador general desta villa de Benavente.

Quel casero de la puente venda el açumbre del vino un maravedí más de como valiere en Castrogonçalo.

Quel casero de la casa de Ventosa venda el açumbre del vino comprándolo desta villa a dos mrs. más en açumbre que en ella se vendiere, y comprándolo en otras partes le venda un maravedí más por açumbre que valiere en Castrogonçalo y Villanueva.

Yten, que ellos y qualquiera dellos no puedan vender vino nuevo sin que primero lo agan saber en regimiento e sin su liçencia.

Yten, que vendan el pan coçido un maravedí e dimás de lo que valiere en esta villa.

Yten, que vendan los peçes coçidos y guisados a dies y ocho mrs. la libra.

Yten, que vendan el açeyte un quarto más en libra de como valiere en esta villa.

Yten, que vendan los huevos coçidos e asados a dos mrs. cada uno.

Yten, que las sardinas vendan una blanca más de a como valieren en esta villa.

Todo lo qual mandaron que los sobredichos guarden y cumplan so pena de mill mrs. no lo cumpliendo ansí que los pague el que no lo cumpliere repartidos por terçias partes conforme a las ordenanças desta villa.

Otrosí, mandaron sus merçedes que de aquí adelante, conforme a la costumbre antigua, el casero de Ventosa compre en esta villa aviéndolo en ella el vino que fuere menester e vendiere en la dicha casa y no lo traya de otra parte e comprándolo en esta dicha villa venda dos mrs. más por açumbre de a como valiere en esta dicha villa, so pena que si lo contrario hiçiere pague de pena seisçientos mrs. por cada vez, repartidos por terçias partes conforme a las ordenanças desta villa, e perdido el dicho vino que así vendiere repartido como dicho es, e la dicha pena a de ser de mill mrs. cada vez e perdido el dicho vino conforme al dicho arançel repartidos como dicho es.

Sacose este arançel en Benavente, a veinte y dos de hebrero de mill y quinientos y ochenta y ocho años, y va çierto y verdadero y en fee dello lo firmé. Joseph de Atiença. (Hay una rúbrica)

Arancel de la venta de Castrogonzalo y la casa de Ventosa. 1588