martes, 11 de julio de 2023

Si la costumbre hace ley - El Toro Enmaromado del año 1907

Toro Enmaromado en la Plaza de Santa María (30 de mayo de 1956)

El Heraldo de Zamora. Viernes, 31 de mayo de 1907

Desde Benavente.

Si la costumbre hace ley, claro es que los benaventanos no han de faltar a ella en manera alguna. Amantes de sus tradiciones, les es muy difícil prescindir de su fiesta favorita; del toro enmaromado, que necesariamente ha de ser corrido por las calles de la población el día que precede al del Corpus Cristi. Así lo dejó dispuesto una señora benaventana, la cual ya en otras ocasiones he hecho mención.

En remota fecha, parece que la fundadora de la fiesta dejó a la villa una renta bastante a sufragar el coste del cornúpeto y demás gastos que la corrida ocasiona. En la campana del legendario reloj, aparecía esculpido un toro, llevando la maroma al rastro; y en las hermosas andas de plata, propiedad del Municipio, hay quien cree que algunas diminutas figuras, grabadas en el pedestal, simbolizan, también, a la fundadora de la original fiesta, con su toro enmaromado.

Todo ello más bien parece hijo de la exaltada imaginación de los benaventanos, pues en otro caso, en el revuelto y descuidado archivo municipal, siquiera en la historia de la villa, escrita por Ledo, debiera facilitarse algún dato. Lo exactamente cierto es que el Ayuntamiento, desde tiempo inmemorial, satisface del presupuesto el importe de esta fiesta anual.

El toro, corrido en la tarde de hoy, procede de la ganadería del señor marqués de Villagodio, habiendo dado excelente resultado. El peso de la maroma; el empedrado suelo y los formidables golpes con que se castiga a la bestia al encuentro de las esquinas, forzado a veces cuando el toro “gana maroma”, rindieron al poderoso animal, que se echó en la calle de Herreros, a la puerta de la casa en que habita Cadenas (don Bernardo), así como pidiendo justa reparación a tan ruda barbarie al conocido y fácil revistero “Ventajas”, que, procedente de Valmaseda, se hospeda en la misma casa.

Un matarife ejerció de puntillero, y mañana se anunciará carné de toro a 40 céntimos kilo. No ha habido que lamentar desgracia alguna, que es mucha suerte, excepción hecha de un volteamiento sin consecuencias, afortunadamente, que sufrió un hijo del concejal Barrios, Otro concejal, el señor Forés, ejerció por delegación las funciones de primera autoridad.

* * *

Y sintiendo terminar estas cuartillas con notas tristes, mal de mi grado, consigno que, anteayer-recibió cristiana sepultura el gitano Montoya, herido de bala en un monte de Aguilar y cuyo proyectil no pudo ser extraído. Al acto asistieron muchos gitanos de ambos sexos, con religioso respecto, provistos de blandones El finado deja viuda y seis hijos. Al llegar al cementerio, varios de los desconsolados compañeros, metieron en el ataúd el arma que ellos dicen, la vara que para el oficio usó el difunto.

* * *

Un guarda de las dehesas de la casa de Patilla, llamado Agapito, interin la corrida del toro, apareció muerto en la finca llamada Tamarales. El Juzgado se constituyó en el sitio del suceso, llevando el cadáver al depósito judicial, cuya muerte se cree casual.

* * *

De casualidad también ha llegado a mis manos la bien pensada y escrita Memoria que, en cumplimiento del artículo 42 del reglamento de secretarios, eleva al Ayuntamiento de esta villa el que lo es del mismo don Rufino Gutiérrez.

Pudiera hacerse algún comentario, pero urge terminar estas líneas, ofreciendo a usted, querido Director, ocuparme de este y otros asuntos en otra carta.

El Corresponsal.

Toro Enmaromado en la Plaza de Santa María (30 de mayo de 1956)

domingo, 9 de julio de 2023

Un gran puente se está construyendo sobre el río Esla en las proximidades de Benavente - Crónica del año 1953

Construcción del nuevo puente sobre el Esla (Foto Testera) 

Diario "Imperio". Martes, 8 de septiembre de 1953

Un gran puente se está construyendo sobre el río Esla en las proximidades de Benavente

El coste de las obras importará 11,5 millones de pesetas y quedarán terminadas en 1955

El puente de Castrogonzalo, que da paso sobre el río Esla a la carretera nacional de Madrid a La Coruña, es muy antiguo y ha sufrido diversas modificaciones, motivadas casi todas ellas por ser pequeño el desagüe para evacuar el río durante sus avenidas extraordinarias.

En la "Descripción física y geológica de la provincia de Zamora", del ingeniero de Minas Puig Larraz, editada en 1833, se relata que en el año 1739 una gran avenida del río Esla arrastró el puente de Castrogonzalo, inundando los campos de Benavente. Debió reconstruirse inmediatamente el puente citado, porque en la misma obra se dice: " Es un puente de sillería con 27 ojos, de los cuales voló cuatro el Ejército aliado el 25 de diciembre de 1808. Desde esta fecha continúa sin componer, habiéndose habilitado el paso con unos tramos de madera, cuya conservación ha costado ya mucho más que si, desde luego, se hubiera reedificado la fábrica destruida".

A construirse la carretera de Madrid a La Coruña, se utilizó aquel puente para salvar el río. En los primeros años del siglo actual se cambió la "Pasarela de la Independencia" por una serie de tramos metálicos y se construyeron arcos de hormigón para sustituir otros cuya fábrica no ofrecía las garantías debidas.

El puente actual es completamente inadecuado para soportar el tráfico que le cruza, que es casi todo el que desde Galicia se dirige a Castilla y el intensísimo local, provocando por los mercados que periódicamente se celebran en la vecina ciudad de Benavente. Al penetrar en el puente, el tráfico rápido de turismos o camiones debe atemperar su marcha y acomodarla a la tranquila de los rebaños de ganado que seguramente se encontrarán colocados “estratégicamente” en las zonas más estrechas del puente.

Por estas razones y otras derivadas del mal estado en que se encuentran algunas bóvedas, o del aumento, cada vez más considerable, de las sobrecargas que han de circular, y de la estética bastante deplorable del puente, la Dirección del Plan de Modernización de Carreteras acordó la construcción de uno nuevo, cuyas obras se hallan actualmente en ejecución.

El puente que se construye estará formado por nueve bóvedas triarticuladas de hormigón en masa, de 38 metros de luz, con tablero y palizadas de hormigón armado.

La longitud total de la obra es de 380 metros y su ancho de diecisiete, de los que catorce se dedicarán a calzada y tres a aceras, de forma que puedan coexistir cuatro circulaciones rápidas.

Los accesos al nuevo puente se hacen mediante curvas con radios de más de quinientos metros.

Se emplearán 23.000 metros cúbicos de hormigón, consumiéndose cinco mil toneladas de cemento y doscientas de hierro.

El coste de las obras importará 11,5 millones de pesetas y quedarán completamente terminadas en el año 1955.

Confiamos que con el nuevo puente se evitarán esas detenciones provocadas por lo gran densidad de tráfico y que… la pescadilla gallega llegará a Madrid con más frescura y sin verse obligada a llevar por delante las ovejas de Castropepe.

Puentes sobre el Esla. Postal edición de M. Mañanes

Diario "Imperio". Martes, 8 de septiembre de 1953

sábado, 8 de julio de 2023

Por facer bien e gracia al concejo de la mi villa - La cesión al concejo de Benavente de los lugares de Ferreras de Yuso, Nuez, Figueruela, Manzanal, Cional y Folgoso

Presbiterio y girola de la iglesia del monasterio de Moreruela

El 12 de marzo de 1434 los monjes del monasterio de Moreruela celebraron un solemne capítulo. La cuestión central planteada era la discusión y aprobación de una permuta entre el monasterio y Rodrigo Alfonso Pimentel, segundo titular del condado.

Según el acuerdo, el cenobio debía ceder sus lugares de Ferreras de Yuso, Nuez, Figueruela, Manzanal, Cional y Folgoso, con la granja y dehesa de Santa Cruz, a cambio de 15.000 mrs. de juro, de los 26.000 mrs. que el conde tenía situados en la alcabala del vino de Zamora y en la barca de Bretocino.

Los antecedentes de esta operación se remontan, según Severiano Hernández, al año 1431, fecha en la que el monasterio de Moreruela había concertado la venta al conde de Benavente de los lugares de Nuez, Figueruela, Moldones, Villagarcía, Vega, Fiexos, Ferreras de Yuso, Cional, Manzanal, Folgoso y la dehesa de Santa Cruz, todos ellos situados en la parte más meridional de Carballeda y en Aliste.

Al parecer, el monasterio deseaba fervientemente desprenderse de estos lugares, pues, debido a su lejanía y por causa de algunos caballeros poderosos comarcanos, no se hacía efectivo desde hacía tiempo el pago de los correspondientes derechos y rentas.

La envergadura de la operación motivó diversas gestiones, entre las que se incluyó la confirmación de la permuta por los visitadores generales de la Orden del Cister. Finalmente, el 13 de agosto de 1436, a través del correspondiente documento, el conde Rodrigo Alfonso Pimentel, "para acreçentar e estender los terminos e jurisdiçion e terretorio e distrito de la dicha mi villa de Benavente e por faser bien e gracia al conçejo", cedió al concejo de Benavente estos lugares, pasando a integrarse en el alfoz de la villa, dentro de la merindad de Carballeda.

No obstante, esta donación no debe entenderse como un simple acto de generosidad señorial hacia los benaventanos. Con la entrega a la institución concejil, el conde se aseguraba la correcta gestión y administración de estos territorios, beneficiándose indirectamente de su explotación a través del cobro de los correspondientes derechos señoriales.


APÉNDICE DOCUMENTAL


1


1434, marzo, 12. Monasterio de Moreruela.

Acta del capítulo celebrado por los monjes del monasterio de Moreruela en el que se aprobó el trueque de las heredades que tiene dicho convento en Ferreras de Yuso, Manzanal, Cional, Folgoso, Nuez y las dehesas de Santa Cruz, a cambio de 15.000 mrs. de juro, de los 26.000 mrs. que tiene el conde de Benavente situados en la alcabala del vino de Zamora y en la barca de Bretocino.

B. AMB, leg. 102,1. Copia simple del siglo XV.

En el monesterio de Santa Maria de Moreruela, dose dias del mes de março, anno del nasçimiento de nuestro Sennor Ihesucristo de mill e quatroçientos e treynta e quatro annos, dentro en el capitulo que esta en la calostra del dicho monesterio, en presençia de nos los escrivanos publicos e testigos de yuso escriptos, paresçieron presentes en el dicho capitulo don Ferrando del Alcaçar, abad de dicho monesterio, e Frey Pedro de Riego, prior, e Frey Estevan de Ferreras, çellerero, e Frey Alfonso Ramos, soprior, e Frey Juan de Vega, procurador, e Frey Juan de Benavente e Frey Juan de Riego e Frey Alvaro de Villafafila, cantor, e Frey Symon de Benavente e Frey Pedro de Villalpando, monjes profesos de misas que se dixeron del dicho monesterio, seyendo primeramente llamados por son de canpana para que se ayuntasen en el dicho capitulo, la qual dicha canpana nos los dichos escrivanos e testigos oymos tanner. E estando asi ayuntados en el dicho capitulo, luego el dicho abad prosuso delante los suso nonbrados prior e monjes, que por quanto el dicho abad avya trabtado con el sennor conde de Benavente creyendo ser provechoso al dicho monesterio de le dar en troque e canbio los lugares e tierras de Ferreras de Yuso e Maçanal e Çional e Folgoso e Nues e Figueruela e las dehesas de Santa Crus e otros logares, granjas, despoblados que son dentro de los dichos logares e tierras, con todos sus vasallos, vesinos e moradores que los dichos logares e tierras que agora tienen e les perteneçe e pertenesçer pueden en qualquier manera, e tierras e terminos e distritos, e con los fructos e pechos e derechos e penas e calupnias pertenesçientes al sennorio de los dichos logares e en su tierra, e con las martiniegas e yantares e escrivanias de los dichos lugares e de su tierra, e con todos sus montes e prados e pastos e dehesas e rios e aguas estantes e manantes e corrientes, e con todas sus pertenençias de qualquier manera que sean e ser puedan, e con la justiçia çevill e creminal, alta e baxa, e mero e misto inperio de los dichos logares e de su tierra, e con todo lo otro, poco o mucho, quel dicho monesterio e el dicho abad e prior e monjes han e les pertenesçe en los dichos logares e en su tierra an termino e jurisdiçion en qualquier manera e por qualquier rason, quedando para el dicho monesterio çiertas heredades que son en termino de Ferreras, que fueron dadas por amor de Dios a la mesa del convento, e quel dicho monesterio ovo por herençia por rason de çiertos monjes del dicho menesterio, e quedando para el dicho monesterio las colmenas quel dicho monesterio ha, que son e estan dentro en los dichos terminos de los dichos logares e de cada uno dellos, las quales dichas heredades e colmenas son del sennorio de los dichos logares, por quinse mill mrs. de juro de heredad de los veynte e seys mill quel dicho sennor conde tiene por merçed de juro de heredad puestos por salnados en la alcavala del vino de la çibdad de Çamora e por la barca de Bretoçino, por que sea libre e desenbargada del dicho monesterio, e las rentas e derechos dellas. E por quel dicho sennor conde non ivan de poner barca alguna en el dicho rio, desde el termino del logar de Milles fasta el Cannal del Carrisal, que tienen arrendado Alfonso Garcia e Juan Orejas, e por que el dicho sennor faga al conçejo e ommes buenos del conçejo de la villa de Benavente que non pongan nin manden poner en el dicho rio barca alguna en los dichos limites, por ende que les desia que viesen si era provecho al dicho monesterio que se fesiese el dicho troque e canbio mayormente atocada la tierra de los dichos logares estan asentados, e como por causa de algunos cavalleros poderosos comarcanos de los dichos logares e tierra dellos non pueden gosar de los dicho logares e vasallos e fueros e pechos e rentas e derechos e omneçiones. E luego el dicho abad e prior e monjes començaron solepnemente e diligentemente a trabtar e delibrar e trabtaron e delibraronn entre sy, e al cabo dixeron que conformavan e confirmaron por con mi consentemiento que hera provechoso al dicho monesterio quel dicho troque e canbio se fesiese con el dicho señor conde en la manera que dicha es.

De lo qual todo el dicho abad dixo que pedia e pedio a nos, los dichos escrivanos, que le diesemos testimonio sygnado, e rogo a las presentes que fuesen dello testigos que fueron presentes a esto que dicho es espeçialmente para ello rogados e llamados: Alvaro Gonçalo, escudero de Diego de Baçan, e Diego Gomes, sastre vesino de Çamora, e Ferrando de Toral, omme de dicho Diego de Baçan.

E yo Ruy Paes de los Cobres, escrivano de nuestro sennor el rey e su notario publico en la su corte e en todos los sus regnos a todo lo que dicho es e que vino con los dicho testigos e con Gonçalo Garçia de Alva, escrivano del dicho sennor rey, presente fuey a ruego e pedimiento del dicho abad de Moreruela esta carta escrivi e por ende fise aqui este mio signo a tal en testimonio de verdad. Ruy Paes.

2


1434, marzo, 21. Benavente

El conde Rodrigo Alfonso Pimentel traspasa al Concejo de Benavente los lugares de Ferreras de Yuso, Manzanal, Cional, Folgoso, Nuez, Figueruela y las dehesas de Santa Cruz, obtenidos mediante permuta con el monasterio de Moreruela.

AMB, Libro de Actas del concejo, 1434, f.79v.-80r.

Sepan quantos esta carta vieren commo yo, don Rodrigo Alfonso Pimentel conde de Benavente, otorgo e conosço por esta carta que por quanto el abad, prior, monjes e convento del monesterio de Santa Maria de Moreruela me ovieron dado en troque e canbio los logares e tierras de Ferreras de Yuso e Maçanal e Çional e Folgoso e Nues e Fegueruela e las dehesas de Santa Crus, e otros logares e granjas despobladas que son dentro de los terminos de los dichos logares e tierras, con todos sus terminos, pastos, dehesas, serviçios, derechos e diesmos e presentançias de eglesias e la juridiçion çivil e creminal, salvo çiertas heredades que son en el termino de Ferreras, que fueron dadas por amor de Dios a la mesa del convento e por herençia de monjes que non son del sennorio de los dichos logares, e las colmenas quel dicho monesterio ha, que son e estan dentro en los terminos de los dichos logares e de cada uno dellos, por quinse mill mrs. de juro de heredad que yo di a los dichos abat, prior, monjes e convento en el dicho troque e canbio por los dichos logares e cosas susodichas de los veynte e seys mill mrs. de juro de heredat que yo tengo asentados por privillejo en la alcavala del vino de la çibdat de Çamora. E me dieron e entregaron luego los dichos abat, prior, monjes e convento la posesion e quita de los dichos logares e cosas susodichas que me asi dieron en el dicho troque e canbio en la manera que dicha es, segund que mas largamente todo lo susodicho paso por ante Ruy Paes de los Cobres, escrivano de camara del dicho sennor rey, e por ante Gonzalo Gonzalez de Alva, escrivano del dicho sennor rey e sus notarios publicos en la su corte e en todos los sus regnos. Por ende que traspaso en el conçejo e jues e regidores e ofiçales e ommes buenos de la dicha villa de Benavente los dichos logares e todas las cosas susodichas que me asy fueron dadas en el dicho troque e canbio en la manera que dicha es, e la posesion e quita de los dichos logares e cosas susodichas, por quel dicho conçejo e ommes buenos deven cada anno a mi e la persona o personas que de mi ovieren causa e fagan para lo aver quinse mill mrs., desta moneda usual que fasen dos blancas hun maravedi, para siempre jamas. E por esta carta me obligo e prometo de tener e guardar e cunplir e pagar todo lo contenido en ella e cada cosa e parte della, e de non yr ni venir contra ello ni contra parte dello en algund tiempo ni por alguna manera, e de faser sanos los dichos logares e cada cosa e parte dellos al dicho conçejo, e tomar el plaso e casos por ellos de quien quier o por qual rason quier que ge lo enbarguaren o contrataren todo o poarte dello en juysio o fuera de el, so pena que de e pague al dicho conçejo en pena e por nonbre de pena e interes convençional abenido sosegado contra nos las dichas partes, la estimaçion de los dichos logares e cosas susodichas con el doblo, la qual dicha pena quiero que corra e aya logar contra mi e contra mis bienes tantas veses quantas fuere o veniere contra lo contenido en esta carta o contra parte della, o lo non guardare ni cunpliere, por lo qual todo que dicho es, asy tener e guardar e conplir e pagar, obligo a todos mis bienes muebles e rayses, avidos e por aver, e por esta carta pido e ruego e do poder cunplido a qualquier jues o alcalde, o a otro ofiçial o justiçia qualquier, asi de la corte e casa e chançelleria del dicho sennor rey, commo de todas las çibdades e villas e logares de los sus regnos e sennorios ante quien esta carta fuere mostrada e pedido cunplimiento della, a cuya juridiçion espresamente me someto con todos los dichos mis bienes, renunçiando el mi fuero e el privillejo del, e en cuya juridiçion me obligo e prometo de tener e guardar e conplir e pagar todo lo contenido en esta carta e cada cosa e parte dello, para que a la sinple petiçion del dicho conçejo e ommes buenos, o del que su poder oviere, me apremien e fagan tener e guardar e conplir e pgar todo lo contenido en esta carta e cada cosa e parte dello, e fagan entrega e esecuçion en los dichos mis bienes e los vendan e rematen syn plaso de alongamiento alguno e de los nuestros que alieren fagan pago al dicho conçejo e ommes buenos, o al que por el lo oviere de aver, de las dichas penas sy en ellas cayere, sobre lo qual todo e cada cosa e parte dello renunçio parto todo de todo, escripto o non escripto, etc.

Testigos que fueron presentes: Alvar Sanches liçenciado vecino de Toro e Rodrigo Camarero e Diego de la Vid e Juan de Arevalo, criados del dicho sennor conde. Fecha en la dicha villa de Benavente, veynte e hun dias del mes de março, anno del nasçimiento de nuestro salvador Ihesuchristo de mill e quatroçientos e treynta e quatro annos.

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1436, agosto, 13. Madrid.

El conde Rodrigo Alfonso Pimentel cede al Concejo de Benavente los lugares de Ferreras de Yuso, Nuez, Figueruela, Manzanal, Cional y Folgoso, con la granja y dehesa de Santa Cruz, que había permutado con el monasterio de Moreruela por 15.000 mrs. situados en rentas de Zamora.

AMB, leg. 119,2.

Sepan quantos esta carta vieren commo yo, don Rodrigo Alfonso Pementel conde de Benavente, otorgo e conosco por esta carta que por quanto yo ove reçebido e reçebi en troque e en permutaçion del abat, prior e monjes e conuento del monesterio de Santa Maria de Moreruela los lugares de Ferreras de Yuso e Nues e Figueruela e Mançanal e Çional e Folgoso, con la granja e dehesas de Santa Crus, e con todos sus terminos e vasallos e jurdiçion çevil e criminal e alta e baxa e mero e misto inperio, e con todos sus pechos e derechos e rentas e tributos e obençiones e presentaçiones de iglesias e diesmos e con todas sus pertenençias, quantas son o les perteneçen e pertenesçer deven, en qualquier manera e por qualquier rason, por quise mill mrs. de juro de heredad puestos por salvado por previllejio en çiertas rentas de la çibdad de Çamora, e por otras çiertas cosas que yo di en troque e permutaçion por los dichos lugares e vasallos e heredades e cosas susodichas al dicho abad, prior, e monjes e convento del dicho monesterio de Moreruela, segund que esto e otras cosas mas largamente se contienen en la carta de troque e permutaçion que por la dicha rason paso por ante Pero Dias de Leon, escrivano de nuestro sennor el rey, a la qual me refiero. Por ende que yo por acreçentar e estender los terminos e jurdiçion e terretorio e distrito de la dicha mi villa de Benavente, e por faser bien e gracia al conçejo, jues e regidores cavalleros e escuderos e ofiçiales e ommes buenos de la dicha mi villa de Benavente, que do e çedo e traspaso en el dicho conçejo, jues e regidores e cavalleros e escuderos e ofiçiales e ommes buenos vesinos e moradores en la dicha mi villa de Benavente los dichos lugares de Ferreras de Yuso e Nues e Figueruela e Mançanal e Çional e Felgoso, con la granja e dehesa de Santa Crus, e con todos sus terminos e vasallos e distrito e terretorio e jurdiçion çevil e criminal alta e baxa e mero misto inperio, e con todos los derechos e abçiones reales e personales utiles e directas que yo he e podria e puedo aver e me perteneçen e pertenesçer deven en qualquier manera en los dichos lugares e en cada uno dellos por verdad del dicho contrato de troque e permutaçion, segund e en la manera que dicha es, para que los dichos lugares con todo lo que dicho es sea todo de la dicha mi villa de Benavente e del dicho conçejo della, segund que son las otras aldeas que la dicha mi villa de Benavente e el dicho conçejo ha tenido e tiene, e para que puedan faser en los dichos lugares e en cada uno dellos e sus terminos e distrito e terretorio e jurdiçion, todos los abtos e cosas e cada una dellas que pueden faser e fasen en las dichas aldeas de la dicha mi villa de Benavente e en sus terminos e distrito e terretorio e jurdiçion. La qual dicha çesion e traspasamiento de los dichos lugares e de cada uno dellos, con todo lo que dicho es, fago a la dicha mi villa de Benavente e al conçejo della en la manera que dicha es, reservando para mi las rentas e pechos e fueros e yantares e escrivanias e martiniegas e diesmos e presentaçiones de yglesias e otros derechos qualesquier que yo he e me perteneçen en los dichos lugares e en cada uno dellos por rason del dicho troque e permutaçion. E desde oy dia que esta carta es fecha en delante e por ella parto e quito de mi todo e qualquier dicho e auçion e tenençia e propiedad e posesion, que yo he e tengo e podia aver en qualquier manera e para qualquier rason a los dichos lugares e a cada uno dellos por virtud del dicho contrabto de troque e permutaçion, e lo do e çedo e traspaso en el dicho conçejo, jues e regidores, cavalleros e escrivanos e ofiçiales e ommes buenos de la dicha mi villa de Benavente, para agora e para sienpre jamas, para que sea suyo propio de la dicha mi villa de Benavente e del dicho conçejo della e del sennorio e jurdiçion della, e por la forma e manera que dicha es. E por esta carta do poder conplido al dicho conçejo e jues e regidores, cavalleros e escuderos e ofiçiales e ommes buenos de la dicha mi villa de Benavente, para que por sy mismos o por sus procuradores en su nonbre, syn liçençia e autoridad de jues ni de alcalde, puedan tomar e tomen la tenençia e posesion vel casi de los dichos lugares e granjas e dehesas de Sata Crus, con todo lo que dicho es, e con cada una cosa e parte dello e de lo a los dichos lugares e a cada uno dellos e al sennorio e jurdiçion dellos, e de cada uno dellos anexo e devido e pertençiente commo quier e en qualquier manera que le pertenescan e pertenesçer deven por qualquier via e caso que sea o ser pueda, e usar de la dicha tenençia e posesion e casi posesion actual, real, corporal e del senorio e propiedat e jurdiçion de los dichos lugares e de cada uno dellos e de todo lo a ellos e al senorio e jurdiçion dellos perteneçiente. E por esta presente carta obligo a mi mismo e a todos mis bienes, asi muebles commo rayses auidos e por aver, e prometo de tener e guardar e conplir todo lo en esta carta contenido e cada una cosa e parte dello, e de non yr ni venir contra ellonicontra parte dello en algund tiempo ni por alguna manera en juisio ni fuera del, espresa ni calladamente directa ni indirectamente, e si contra ello fuere o beniere o pasare en algund tiempo ni por alguna manera, quiero que non sea sobre ello oydo ni reçebido en juisio ni fuera del, e por esta carta do poder conplido a qualesquier jueses e justiçias, asi de la casa e corte en chançelleria del dicho sennor rey, commo de todas las çibdades e villas e lugares de los regnos e senorios del dicho sennor rey ante quien esta carta de çesion e traspasamiento paresçiese e fuere della pedido conplimiento, a la jurdiçion de los quales e de cada uno dellos me someto e renunçio mi fuero e el previllejio del, e en cuya jurdiçion me obligo, e prometo de tener e guardar e conplir todo lo en esta carta contenido, e cada una cosa e parte dello que me constringa e apremie por todos los remedios del dicho, los mas fuertes e mas regurosos e esecutivos que en tal caso ser puedan, a que tenga e guarde e cumpla todo lo en esta carta contenido e cada una cosa e parte dello. E sobre esto que dicho es e sobre cada una cosa o parte dello renunçio e parto de mi todas las leyes e fueros e derechos e usos e costumbres e ordenamientos e [...] usados e por usar, asi canonicos como çeviles, o el traslado desta carta e la demanda en tiempo e plaso de consejo e de avogado e ferias de pan e vino coger, e cartas de rey o de reyna o de ynfante o de otro sennor qualquier que sea, e a todas otras qualesquier buenas rasones, expçiones defensiones que por mi pudiese tener e poner e alegar contra lo en esta carta contenido e contra cada una cosa e parte dello, para yr o benir o pasar contra lo en ella contenido e contra qualquier cosa e parte dello no, ni me sean oydas ni reçebidas en juiso ni fuera del en algund tiempo ni por alguna manera, e en espeçial renunçio la ley del derecho en que dis que general renunçiación non vala.

E para que esto sea firme e non venga en dubda firme esta carta de mi nombre, e por mayor firmesa rogue a Ruy Paes de los Cobres, escrivano de camara de nuestro sennor el rey e su notario publico en la su corte e en todos los sus regnos, que la signase con su signo, e a los presentes que son dello testigos que fue fecha e otorgada esta carta en la villa de Madrid, trese dias del mes de agosto, anno del nasçimiento del nuestro sennor Ihesucristo de mill quatroçientos e treynta e seys annos.

Testigos que fueron presentes: Pedro de Chinchilla e Ferrando de Sevilla escrivano e Juan de Areualo e Diego de la Vid, criados del dicho sennor conde e otros. El conde (hay una rúbrica)

E yo, el dicho Ruy Paes de los Cobres, escriuano e notario publico suso dicho, a todo lo que dicho es, en uno con los dichos testigos, presente fuy, e a ruego e otorgamiento del dicho sennor conde que en esta carta firmo su nonbre en mi presençia e de los dichos testigos, esta carta escrivi e por ende fise aqui mio signo a tal (signo) es testimonio de verdad. Rui Paes.

viernes, 7 de julio de 2023

Por algunas cosas que convienen a mi servicio - El conde de Benavente nombra alcaldes en su villa

Archivo Municipal de Benavente, leg. 151,1. Papel. Documento original con autógrafo del conde


La entrada de Benavente bajo el señorío de los Pimentel a finales del siglo XIV dio lugar a cambios muy importantes en el funcionamiento de la institución concejil, no exentos, no obstante, de momentos de tensión y enfrentamiento. En 1400, apenas dos años después de la entrega de la villa por Enrique III al noble portugués Juan Alfonso Pimentel, los vecinos enviaron al monarca un emotivo y ya célebre memorial enumerando una larga lista de agravios y arbitrariedades cometidos por el primer titular de la casa. Uno de los principales puntos de conflicto era el desprecio manifestado por el conde hacia los buenos usos e costumbres e fueros del concejo, y en particular la facultad que tenían de elegir alcaldes todos los años por el día de San Pedro, siguiendo una tradición secular que se remontaba al primitivo fuero de la villa.

El presente documento es una buena muestra de hasta que punto la lógica señorial acabó por imponerse, lo que por otra parte no deja de ser algo frecuente en todas las ciudades de señorío. El conde, en su facultad de señor de la villa, tiene la atribución de nombrar directamente a los principales cargos concejiles, y en especial el cargo de corregidor o alcalde mayor, máximo representante del poder señorial en la ciudad. En el caso que nos ocupa, se trata de ciertos ajustes en la composición institucional del municipio. El conde -por algunas cosas que convienen a mi servicio- decidió enviar a su pariente Fernán Nieto, alcalde de Benavente, a la villa de Mayorga, a desempeñar las funciones de teniente y corregidor. Para cubrir el vacío generado por esta marcha -y para que mi villa non quede syn persona que administre la justicia della- nombró al bachiller Alfonso del Mercado y a García de Herrera, ambos vecinos de la villa, alcaldes, con un salario de 3.000 mrs. anuales cada uno, disfrutando de los mismos beneficios que los antecesores en sus cargos. Así pues, vemos como la provisión de los cargos concejiles se integra en una estrategia planificada de ascenso y promoción social de determinadas personas vinculadas directamente a su casa, o afines a sus intereses.


APÉNDICE DOCUMENTAL


1476, agosto, 8.

El conde de Benavente ordena al concejo de la villa que reciban como alcaldes nombrados por él, al bachiller Alfonso del Mercado y a García de Herrera, vecinos de la villa, con un salario de 3.000 mrs. cada uno.

AMB, leg. 151,1. Papel. Documento original con autógrafo del conde.

Conçejo e justiçias e regidores e procurador, ofiçiales e onbres buenos de la mi villa de Benavente. Amigos, sabed que por algunas cosas que convienen a mi serviçio es mi voluntad de mandar de ay a Ferrand Nieto, mi pariente, e lo poner por teniente e corregidor en la mi villa de Mayorga para que lo tenga segund e en la manera que lo solia tener. E por que esa mi villa non quede syn persona que administre la justiçia della, poned por alcaldes por agora al bachiller Alfonso del Mercado e a Garçia de Herrera, vesinos desta dicha mi villa, a los quales asentad cada tress mill mrs. de salario, e con los derechos que suelen levar exçepto las setenas, e ayudadles e favoresçesles enteramente a conplir justiçia, por manera que en ninguna cosa quede menguada, que yo por la presente les doy poderio cunplido por un anno primero seguiente para que la puedan usar e exerçer, asi en lo criminal commo en lo çevil, con todas sus inçidençias e dependençias quel al caso requiere.

E a çertificaçion de lo qual enbio esta carta firmada de mi nombre. Fecha ocho dias del mes de agosto, anno del mill e quatroçientos e setenta e seys annos. El conde (hay una rúbrica). Por mandado del conde mi sennor. Alfonso Perez (hay una rúbrica)

jueves, 6 de julio de 2023

Una donación de la infanta Elvira al monasterio de Moreruela en 1152

Cabecera de la iglesia del monasterio de Moreruela

El Archivo Municipal de Benavente conserva un interesante y curioso pergamino relacionado con la historia inicial del monasterio de Moreruela. Además, proporciona datos sumamente reveladores sobre el origen de una parte no desdeñable de su patrimonio territorial.

Se trata de un traslado en pergamino, efectuado en el siglo XV, de una las primeras donaciones que recibió el monasterio en su etapa fundacional. La infanta doña Elvira, viuda ya del conde don Ramiro, entrega en 1152 al monasterio de Santiago de Moreruela un detallado conjunto de heredades enclavados en diversos lugares de las actuales provincias de Zamora y Salamanca.

En la “expositio” del documento se hace una breve referencia a la fundación por su primo, Alfonso VII, en los años anteriores. El monarca, a través del conde Ponce de Cabrera -hermano de doña Elvira-, había fundado el monasterio, dotándolo con monjes y propiedades. Al parecer, el lugar tenía un carácter religioso especial por custodiar unas reliquias del apóstol Santiago La donación tiene el sentido formal de un testamento, pues la infanta expresa el deseo de enterrarse en Moreruela, al igual que lo había hecho su hermano y algunos de sus descendientes.

Existe otro documento del siglo XV en el Archivo de Benavente que nos da la clave para entender las circunstancias en las que se hizo la copia de este diploma. En el año 1436 el conde de Benavente cedió al concejo de la villa los lugares de Ferreras de Yuso, Manzanal, Cional, Folgoso, Nuez y las dehesas de Santa Cruz. Estas heredades, integrantes del dominio monástico de Moreruela, pasaron bajo control de los Pimentel a través de una permuta. Al final de este documento alguien copió literalmente varias líneas del diploma de 1152, probablemente, para fijar la delimitación de algunas de las heredades objeto de la permuta. Así pues, la donación de la infanta Elvira se utilizó como aval de tales propiedades, de ahí que el concejo tuviera gran interés de hacerse con una copia de su texto.

APÉNDICE DOCUMENTAL


1152, mayo, 24. Salamanca.

La infanta doña Elvira, viuda del conde don Ramiro, dona al abad Sancho y al monasterio de Santiago de Moreruela de Frades, fundado por su primo Alfonso VII, todas sus posesiones que tiene en Salamanca, en Zamora y en otros lugares, estableciendo sus límites.

B. AMB, leg. 104-1. Perg. 430x430 mm. Precortesana. Traslado, a petición del abad de Santa María de Moreruela, hecho ante Fernando Alonso de Toro en 1407. Perdido sello pendiente.

In nomine Sancte et individue trinitatis que a fidelibus /9 in una deitate colitur et adoratur quod per spacia temporum ratum esse volumus scripturarum vinculis aligamus ne ipsa res gesta diuturnitate temporis oblivioni tradatur et si quidem ydoneum /10 ut ea que deo et religiosis viris in locis pietatis constitutis vel constituendis donantur litterarum instrumentis auctenticis firmentur et roborentur, ea propter ego infantissa dona /11 Geluira olim uxor comitis domini Ramiri intuens purissimam sentenciam misericordissimi iudicis dicentis redime animam tuam muneribus tuis et alibi qui relinquent domos vel fratres /12 et reliqua et cum vita huis seculi brevis sit et quisquis quantum boni potuerit agere ut cum electis Dey valent post mortem in eternum regnare huius rei gracia ac peccatis meis con /13 puncta et ob remedium anime mee et dicti mariti mei ac filiorum et parentum meorum, offero deo et ecclesie beati Iacobi de Morerola de Fratribus cuius reliquie in eodem continentur loco /14 sub cuius nomine famossissimus consobrinus meus Inperator Ispanie dictum fundauit monasterium et fratribus ac possessionibus muniuit et germano meo comiti Poncio ac sucessoribus /15 suis more sepeliendi ac subueniendi tradidit ad cuius instanciam in eodem credo me sepelire facio testum firmitudis eidem loco et tibi Sancio abbati et fratribus presentibus /16 et futuris in eodem Deo militantibus iure hereditario concedo omnia que habeo Salamantice et in terminis suis videlicet omnes domos mee habitacionis que sunt inter plateam et Calem Capreaream /17 cum suis corralibus ex utraque parte et illam meam populleam que est iuxta Sanctum Thomas et Sanctum Bobalem et meum Castrum de Asam cum sua ecclesia Sancti Petri et Rure Rico /18 cum omnibus terminis suis per circuitum ut dividit cum Arapileis et Anticlosis et Villa Nova ac Rore Novo et cum Miranda de Azam et concedo eisdem meas grangias de Sa /19 ugis cum ecclesia Sancti Benedicti et ea que habeo Garsia Magno cum omnibus terminis suis ut dividit cum Nauis de Rollam et Tauera cum Porquericis et omnia que habeo in Franceses /20 et Castellaneis et in Morisco videlicet domos, terras, vineas, prata, areas, virgulta michi pertenentibus. Dono etiam predicto loco et fratribus omnia que habeo Zamore videlicet meam reliquam populleam /21 que est circa Sanctum Antoninim cum illis meis tribus acenis que habeo in piscaria que vocatur Tejares cum directuris suis et Casariam de Cubelis cum tribus iugariis boum et cum /22 domibus et solaribus, vineis, pratis et areis virgultis et saltibus et cum omnibus pertinentiis suis michi expectantibus denique. Confero ac concedo predicte ecclesie et fratribus illam meam /23 villam Ferreras de Iusaneis que est iuxta terminos de Carvalleda cum suis ecclesiis et grangiis videlicet Feleichares et Marsorias ac Monasteriolum cum medietate de Litus et de sua ecclesia /24 ut diuidit erga Ursilionem per medium pelagi et transsit per Vallem Fornorum et tendit ad Cruciattam ubi adherent une videlicet illa via que venit de Melgare et adheret ad illam que /25 venit de Ursilione ut tendit ad bonem curtum ubi dividitur Ferreras de Iusaneis cum Melgar de Tera et vadit per viam de Oter de Bodas ad Lavallos et de inde tendit /26 ad Serram de Rumpe Grameas ad iminentes venarios de Otero de Bodas et vadit per medium serre aquas verssantes et pergit ad rupem que est in medio de Valle Urssi et Lagar /27 del Abad et mergit serram per supra de Orretam de Feleichares et vadit ad Ergastulam Ferreri et transsit rivolum et tendit ad Orretam Salitis ubi diuiditur Ferreras de Iusaneis /28 et suis grangiis cum Ferreras de Supra que est Ordinis Sancti Iohanis et de inde tendit per supra Furnes de Oteuedo et vadit per supra de Vallis de Imera et de inde venit per /29 Serram Colubream aquas versantes ad utranque partem et tendit ad Portellam Cometisse unde abigit Ferreras de Iusaneis et suis grangiis cum Tabora et ascendit per Serram /30 Capreum et transit per medium Valis de Fraxis et vadit ad Serram Herualis ubi determinat cum Villanova Vallis Viridis et revertit ad Pelagum de Litus item condono predicto lo /31 co et fratribus nominatis meam grangiam de Valle Maiori que est inter terminos dicti monasterii cum acenis et riparis et piscatoris suis et hec omnia et singula ut dictum est dono /32 et concedo dicto monasterio et fratribus predictis meliori firmiorique forma qua possum et debeo tam in vita quam in morte absque revocatione ulla alicuius testamenti aut ultime /33 voluntatis et ipsi habeant et possideant cum omnibus pertinenciis suis et vasallis populatis et populandis et cum decimis et jurisdicionibus et inmunicionibus et incautacionibus et incartaci /34 onibus et libertatibus et cum omni mero imperio et cum ingresibus et egressibus et cum aquis stantibus et currentibus, molendinis statutis et statuendis cum memoribus platis, pascuis tan in /35 colibus quam in valibus et cum venationibus et tisionibus et laboratoribus que in eis vel qualibet parte eorum potest fieri deinceps nullus de meo genere vel alieno super hunc meum instru /36 mentum spontaneum et donacionem audeat contrariare et supradictis fratribus molestiam inferre sub ira Dei omnipotentis et regie magestatis et inde prodictoris dampnatione et mille /37 marcarum auri fratribus et loco predicto et regie potestati solucione et predictum factum meum valeat firmum in perpetuum. 

Facta carta Salamantice VIIIo kalendas junii era millesima cente /38 ssima nonagessima. Regnante ac imperante Adefonsso, Imperatore in Toleto et Legione et Almaria et Baeza absque coniuge regnantibus eius filiis scilicet: Rege dono Sancio regnante /39 in Castella et in Rotas. Regnante dono Fernando rege in Gallecia.

Ego infantissa Geluira quamvis pecatrix timens Deum hanc cartam quam iusi fieri in tempore senetutis mee confir /40 mo et manu mea roboro.

Comes Poncius maiordomus in curia imperatoris conf. Comes Osorios gener eius. Vella Guterris conf. Iohannes Petris de Castroverde. Magister Geraldus conf. /41 Huis rei sunt confirmatores et testes Stephanus Zamorensis episcopus. Raymundus Palentinus episcopus conf. Iohannes Legionensis episcopus. Bernardus Asturicensis episcopus. Abbas Fernandus de Toldanis conf. Martinus Martines /42 meis majordomus infantisse conf. Fafila Fafilis conf. Micael Petris de Molides conf. Petrus Clusanis Leonensis canonicus conf. Ego Munio qui notui conf.

domingo, 2 de julio de 2023

La feria de septiembre de Benavente de 1897

Feria de ganado en Benavente en 1927


PROGRAMA

Día 7

A las doce de su mañana, el disparo de seis bombas reales, los acordes de una brillante banda de música, el repique general de campanas y el popular tamboril del país, anunciarán al público el principio de la feria.

Día 8.

A las diez de la mañana, tendrá lugar en la parroquia de Santa María de Renueva solemne Función Religiosa con misa y sermón, que estará a cargo de un elocuente orador sagrado, asistiendo a este acto la corporación municipal y el cabildo de San Vicente de esta villa.

De once de la mañana a una de la tarde, la banda de música que dirige el inteligente profesor Don Juan Celemin, se situará en el templete de la plaza Mayor, tocando escogidas piezas de su nuevo repertorio y disparándose en los intermedios caprichosos voladores.

En la tarde de este día, la: empresa de la plaza dará la primera y gran corrida de toros de renombrada ganadería; lidiados por los afamados diestros “Gavira” y “Castilla”, con sus correspondientes cuadrillas.

A las siete y media de la noche caprichosa iluminación a la veneciana de sorprendente efecto en los espaciosos paseos de la Mota, a cargo y dirección del inteligente y reputado artista Don Vicente Pozo, amenizada por la banda municipal y quemándose en los intermedios infinidad de cohetes de bengala.

Día 9

Música en la plaza Mayor de once a una de la tarde, por la brillante banda municipal.

A las doce de la mañana adjudicación de premios a los ganados caballar y asnal.

A las tres y media de la tarde, tendrá lugar; la segunda corrida de toros que serán lidiados por la renombradísima cuadrilla de los Niños Sevillanos, que tantos aplausos han obtenido en cuantas plazas han toreado.

A los ocho de la noche en los paseos de la Mota Alta, tendrá lugar una grandiosa función de Fuegos Artificiales por el acreditado pirotécnico de Valderas don Manuel Rodríguez, en los que aparecerán entre otros varios números, La palmero japonesa, Rosa náutica, Los semicírculos, la columna de Hércules, el Ciprés de sorpresa, La caprichosa cascada de Diana, El arco triunfal y otras mil figuras de sorprendente efecto.

Día 10

De once de la mañana a una de la tarde música en el templete de la plaza.

A las siete y media de la noche brillante iluminación con farolillo de cristal de colores en los paseos de la Mota, dirigida| por el inimitable artista Sr. Pozo.

De ocho a diez de la misma, la banda de música ejecutará varias piezas de su repertorio, amenizando con ello el paseo de la Mota y tirándose en los intermedios caprichosos fuegos.

Día 11

A las doce de la mañana dará principio la adjudicación de premios para el ganado vacuno, y a las ocho de la noche se efectuará en la plaza Mayor una gran retreta por la banda municipal. |

Cucañas de diversas clases y con diferentes premios que se situarán durante los días de feria en los sitios de costumbre.

En las noches que designen las Juntas Directivas, se celebrarán grandes bailes en los elegantes y suntuosos salones de los círculos y demás sociedades de recreo de esta villa.

En los días de feria actuará probablemente una compañía de declamación o canto.

FERIAS GENERALES

La de ganado mular, caballar y asnal, se celebrarán en los sitios de costumbre los días 8 y 9, y la del ganado vacuno, lanar y de cerda, tendrá lugar en los días 10 y 11, situándose en la Plaza del Grano, con premios que se detallarán al final de este programa.

La de bisutería, quincalla y demás objetos, se establecerán en la Plaza Mayor.

PREMIOS A LOS GANADOS

En el salón de sesiones del ayuntamiento de esta villa y ante el jurado que al afecto se designe, tendrá lugar el día nueve a las doce de la mañana la adjudicación de premios para los ganados caballar y asnal, y el día once a la misma hora y en igual forma se hará la de ganado vacuno, por el orden siguiente:

Al que presente mejor caballo de silla de 4 a 6 años 30 pesetas.

Idem id. id. id. Yegua destinada a la reproducción sin fijar edad 30 idem.

Idem id. id. id. Potro o Potra de dos a tres años 15 idem.

Idem id. id. id. Pollino de cuatro a seis años 10 idem.

Idem id. id. id. Pollina de id. 10 idem.

Idem id. id. id. Pareja de Bueyes de su propiedad de cuatro a seis años 50 idem.

Idem id. id. id. Novillo de dos a tres años 30 idem.

Idem id. id. id. Vaca de reproducción sin fijar edad 25 idem.

Idem id. id. id. Becerro de un año 20 idem.

Los premios después de adjudicados se harán públicos por medio de bandos, expresando en estos el dueños del ganado y pueblo de su residencia.

OBSERVACIONES

1ª Los ganados de esta villa no tendrán opción a premio alguno.

2ª A ningún dueño de ganados le serán adjudicados más de un premio por cada clase de ganado que presente.

3ª Serán preferibles para la adjudicación de premios los ganados que hayan permanecido en esta villa durante los días señalados para cada uno de ellos.

4ª Contra el fallo del Jurado no se admitirá fallo alguno.

La compañía de ferrocarriles del Oeste accediendo a lo pedido por la comisión de festejos, establece trenes baratos a precios reducidos con billetes de ida y vuelta, valederos para todos los días de feria.

Benavente, 22 de Agosto de 1897

El alcalde Eliseo Lumeras

La Comisión

El Heraldo de Zamora, 1 de septiembre de 1897

martes, 27 de junio de 2023

Fiestas de iglesia y plaza – Corridas de toros en Benavente en 1746

"La corrida de toros", por Francisco de Goya. 1808-1812. Óleo sobre tabla, 45 x 72 cm. Real Academia de Bellas Artes de San Fernando

Fiestas de iglesia, y plaza, que se han celebrar los días 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23 de junio de este presente año de 46, en el religiosíssimo convento de nuestro padre San Francisco de la villa de Benavente a la colocación del Santísimo Sacramento en su nueva iglesia.

Los Excelentísimos Condes de Benavente cuentan entre las grandezas de su elevada Casa, la de el patronato de su Apostólica Provincia de Santiago, y singularmente de su convento de Nuestro Padre San Francisco de su referida Villa.

Aviendo padecido la Iglesia de éste ruina considerable, la reedificó, y amplió la generosa profussión de sus Excelencias tan a la vela, que quedaron sus tres naves en toda línea gallardamente adornadas de bóbedas, balcones, sillería, canceles, y más primores, que constituyen a todas luces magnífico un templo religioso; cuya belleza coronan cinco selectíssimos retablos, con imágenes iguales; esmero todo de el arte, y el primor. En el principal se coloca el inefable Sacramento en el próximo mes de junio; para cuya sagrada solemníssima función ordena la piedad de sus Excelencias, quien solo puede competirse, y excederse a sí misma, las siguientes fiestas:

Viernes, días 17 de junio

Este día por la tarde, a hora competente, se formará gravísima Procesión General, para conducir a el Sol Eucharístico, quien dexando llenas de explendor las principales calles, se retirará a colocarle en su throno, algo después que el material; a que acompañará hermosa iluminación, y seguirá copia de fuego artificial.

Día 18

Estará el Santíssimo manifiesto todo el día, obsequiando de sonoros instrumentos, y vozes (lo mismo en todos los restantes de iglesia). Concluido el Evangelio de la misa solemne, ocupará el púlpito el Reverendo Padre Fray Thomás Ángel Labora, actuante que fue en el Capítulo General de Valladolid, y lector jubilado de esta Santa Provincia.

Día 19

Continúa en todo la solemnidad, a que dará creces el sermón del Reverendo Padre Fray Lázaro Fernández, predicador general de dicha Santa Provincia.

Día 20

Y último de fiestas de Iglesia, en que coronará el púlpito el M. Reverendo Padre Fray Antonio Barros, lector jubilado, y actual difinidor de esta Provincia.

Días 21, 22 y 23 de junio

Estos tres días se relaxan a el brazo seglar para su diversión de Plaza. Se forma esta toda de madera, pero segurísima, en la inmediación de esta Villa, en sitio cómodo, agradable y despejado; tanto, que ocupa su ochavo seiscientos pies geométricos. Su altura se eleva a tres órdenes, en dos de balcones sobre los tablados; todo con el mayor aseo, seguridad, hermosura, y aún resguardo de los temporales, que puedan sobrevenir, en todos los asientos. Cada uno de los tres días rendirán las vidas, víctimas de el acero, doce toros fierísimos; quatro por la mañana, los que sacrificará la habilidad experimentada de los mejores toreros de las Castillas, y picadores de bara larga, que se merecen la aprobación de Salamanca; ocho cada tarde, en que manejarán por los mismos banderillas, rexón corto, con los más primores, y gustillos de el arte. En la misma Plaza las noches de estos días se harán agradables, y divertidas con abundancia de mússicas, poesías, invenciones de fuego, y luminarias. Corona las fiestas la autorizada presencia de mis Señoras las Excelentísimas Duquesa de Osuna, y Condesa de Benavente; y de los Excelentísimos Señores Duque de Osuna y Conde de Benavente.

Fiestas de iglesia y plaza (1746). Biblioteca Digital de Castilla y León

jueves, 25 de mayo de 2023

Una tormenta espantosa sobre la iglesia de San Nicolás de Benavente - ¡Caridad!

La iglesia de San Nicolás, según plumilla de Tomás Viforcos

El Heraldo de Zamora
Lunes, 1 de septiembre de 1913
Desde Benavente.

Tormenta espantosa. Un muerto y varios heridos. ¡Caridad!

Una tormenta funesta ha producido esta tarde el terror en toda la villa y la miseria más espantosa en la familia de un obrero dignísimo.

A la cinco de la tarde, después de regulares truenos y relámpagos, descargó la nube torrencialmente, en medio de general alegría porque se veía salvada la cosecha de uva, que estaba amenazada por la sequía tan extraordinaria por lo absoluta, que padecemos desde el invierno.

Cuando todos celebraban contentos la benéfica tormenta, creyéndola pasada, una nueva nube comenzó a relampaguear tan intensa y rápidamente, que en menos de un cuarto de hora desprendió en esta villa dos rayos en la calle de Zamora, otro sobre la torre de la iglesia de Renueva, que resultó con un ventanal rajado, otro en la Cámara de Comercio y el último, y el más trágico, en la iglesia de San Nicolás.

Celebrábase allí una fiesta al Sacramento de la Eucaristía, como domingo fin de mes, y el rayo al caer en el coro hirió a una niña de don Félix Garmón, produciéndola una herida en la frente, que manó sangre copiosísimamente; al comerciante don Francisco Regueras, ocasionándole una conmoción cerebral intensísima, con total privación del conocimiento; y al sacerdote don Juan Tapioles, a quien ha originado una hemiplejia del lado derecho.

Y por último, mató instantáneamente al celador de Telégrafo y conserje de Ateneo don Marcial del Olmo, dignísimo vecino respetado y querido de todos, por sus altos dotos morales.

Esta catástrofe pudo ser mayor porque precipitadamente quisieron todos los fieles salir del templo a la vez, arrollando los más fuertes a los más débiles en las puertas, originándose multitud de contusiones y heridas que afortunadamente no revisten, hasta ahora, gravedad.

La familia del señor del Olmo queda en una situación de tan angustiosa y extrema miseria que impone un remedio colectivo urgente.

Su mujer está enferma desde hace muchos años; su cuñada, en cama desde hace quince días, con una fiebre; y dos hijos jóvenes, un pequeño y otro un estudiosísimo, que sin el auxilio de Benavente ni podrá terminar la carrera, ni aliviar la precaria situación de su casa, su triste casa, que una tolvanera de dolor ha envuelto en miseria y lágrimas.

Benavente: la tragedia llamó a tus puertas.

El Corresponsal.
31 Agosto 1913.

Interior de la iglesia de San Nicolás de Benavente en los días de su derribo en 1967. (Archivo CEB Ledo del Pozo)

El Heraldo de Zamora (1 de septiembre de 1913)

sábado, 11 de febrero de 2023

La iglesia de Santa Marta de Tera y la figura del obispo de Astorga Pedro Fernández (1241-1265)

 Imagen de Santiago peregrino de Santa Marta de Tera 


La iglesia de Santa Marta de Tera es bien conocida como uno de los ejemplos más puros de la arquitectura románica zamorana, tanto por sus notables valores arquitectónicos y escultóricos como por su privilegiado estado de conservación. El descubrimiento y difusión en los últimos años del denominado “fenómeno de la luz equinoccial” ha atraído la atención mediática sobre este pequeño templo rural y también el interés de los investigadores, pero quedan aún importantes incógnitas por despejar sobre la verdadera naturaleza de este edificio de origen monástico, su funcionalidad y la concreción cronológica de sus fases constructivas.

Nos ocuparemos en este artículo de una particular vinculación que se atisba entre nuestra iglesia y la personalidad del obispo de Astorga Pedro Fernández, conocido como "el venerable", y que desempeñó la dignidad de la mitra asturicense entre los años 1241 y 1265. Por otra parte, Pedro Fernández, parece que tuvo una reconocida devoción hacia Santa Marta también en la propia ciudad de Astorga, relacionada con su iglesia parroquial, y el funcionamiento de una cofradía y un hospital instituidos bajo la misma advocación.

Una de las claves de esta vinculación viene determinada por el contenido de ciertos textos que acompañan a tres lipsanotecas medievales halladas en la iglesia y que fueron dadas a conocer hace años por Ángel Panizo Delgado. Uno de estos testimonios escritos es especialmente significativo, pues se trata de una pequeña tira de pergamino de 130 mm. x 35 mm., con un breve texto escrito en letra gótica cursiva, cuya transcripción y traducción, según este mismo autor, serían las siguientes:

“Sancte marie virginis, Sancte eugenie…[borrado] iacent ibi in ista causela. Quiae reliquiae reconditae sunt in isto altare ad honorem beatae marte virginis per dominum p.[etrum] astoricensis episcopum quartum. Eram mccxcviii, ultima die februarii”.

[Reliquias] de Santa María Virgen y de Santa Eugenia [¿virgen?] están aquí en esta cajita. Cuyas reliquias se guardan en este altar, para honor de Santa Marta virgen, por Don P.[edro] IV obispo asturicense. Era de mil doscientos noventa y ocho, último día de febrero. (Equivale al año de mil doscientos sesenta de la Era Cristiana).

La otra pieza de pergamino alude, igualmente, a una deposición e identificación de reliquias. Estos documentos son conocidos como "auténticas". En este caso, es más breve y no incluye datación, pero todo apunta a que corresponde al mismo momento que la anterior, pues su letra y características formales son idénticas:

“Petri et Pauli. Sancti Longini. Sancti Martini episcopi. Qui iacent in ista causela”.

[Reliquias] de San Pedro y San Pablo. De San Longinos. De San Martín obispo. Que están en esta cajita.

Alguna precisión podríamos hacer sobre la transcripción, pero lo que nos interesa ahora resaltar es la presencia del obispo Pedro en Santa Marta de Tera "el último día de febrero" del año 1260. Parece que ese día se produjo un ceremonial litúrgico bien conocido por las fuentes medievales, consistente en una bendición o renovación del altar o altares de la iglesia, acompañada de una deposición de reliquias de diversos santos y mártires, todos ellos minuciosamente identificados con sus correspondientes "auténticas". Las pequeñas cajitas de madera o "tecas" utilizadas en este ceremonial procedían, en realidad, de un momento anterior. Su tipología y la letra visigótica cursiva empleada para identificar las reliquias remiten a modelos que se suelen fechar en el siglo XI o la primera mitad del siglo XII.

Muy relevante es también la fecha elegida para la solemne bendición de los altares y ocultación de las reliquias. El año 1260 (era 1298) fue bisiesto según el calendario juliano, y el "último día de febrero" correspondería al día 29, que fue domingo. Si bien es cierto que en Edad Media la asignación de los días bisiestos no estuvo siempre claramente regulada, en época de Alfonso X ya era práctica habitual añadirlos al último día del mes de febrero. El día 29 de febrero de 1260 era, además, el primer domingo posterior a la celebración de la festividad de Santa Marta. Según los calendarios litúrgicos, la iglesia asturicense conmemoraba a su mártir y patrona el día 23 de febrero.

Enrique Flórez menciona la existencia en Astorga de un "Breviario antiguo". Se trataría de manuscrito medieval,  confeccionado en vitela, y que puede atribuirse al siglo XIII. En él se incluía el culto de la mártir Marta el día 23 de febrero. Este libro se ha perdido, pero por las señas que nos da Flórez se trataría de una de estas recopilaciones de vidas de santos elaboradas con fines litúrgicos, compuestas, sin duda, para ser leídas el día de la festividad del santo protagonista.

En esta misma fuente se especificaba que la mártir padeció en Asia bajo el procónsul Paterno, que después de quitar la vida en África a San Cipriano, pasó a la Asia, y allí martirizó a Santa Marta: "Passio Sancte ac beatissime Marthe, que passa est in Asia sub paterno Proconsule die septimo Kls. Martii". Por el contrario, la tradición local quiere ver a la mártir como una de las principales referencias de su historia y, por tanto, oriunda de Astúrica Augusta. Su iglesia sería una de las primeras edificaciones religiosas del espacio urbano, levantada en el área en la que estuvo su propia residencia familiar. Santa Marta pasó a ser patrona oficial de la ciudad de Astorga mucho más tarde, a partir de un acuerdo del consistorio de finales del siglo XVII, luego escriturado formalmente en 1741. En cualquier caso, el 23 de febrero fue desde antiguo asignado a la conmemoración de su martirio.

Todas estas circunstancias apuntan a que el día 29 de febrero de 1260 se celebró en el pequeño templo de las orillas del Tera un solemne ritual, con la asistencia del obispo de la diócesis, muy importante para la historia y evolución del edificio, tal vez una nueva consagración del mismo, que culminaría alguna fase constructiva o de reforma que alteró sus elementos estructurales. La dedicación de una iglesia en la Edad Media era uno de los ritos más solemnes y minuciosamente reglados de la liturgia cristiana y, posiblemente, uno de los que más carga simbólica encerraba. Se santificaba el espacio creado y se preparaba para el culto que va a ser celebrado en su interior. Dentro del ceremonial, la deposición y ocultación de las reliquias de los mártires en el altar era uno de sus hitos ineludibles.

No es habitual encontrar los documentos fundacionales o de consagración de los templos medievales. Se han conservado numerosas inscripciones en piedra que hacen referencia directa o indirecta a este momento, pero son excepcionales las "actas" de consagración. En el Archivo Diocesano de Zamora existe un pergamino de reducidas dimensiones (136 x 75 + 10 mm.), del que pende un sello de cera, posiblemente de obispo zamorano Martín I. Alude a la consagración de la iglesia del Espíritu Santo, en uno de los suburbios de la ciudad. Fue hallado en un hueco bajo el ara de su altar, cuando se estaban realizando obras en el templo en los años sesenta. Según José Carlos de Lera Maíllo, en la parte dispositiva se relata como el obispo de Coria, Arnaldo, con el acuerdo del obispo Martín I, colocó con sus propias manos en un cofre las reliquias referentes a la leche de la Virgen, las de los apóstoles Andrés, Felipe y Santiago, las de los Santos Estaban, protomártir, Vicente y Clemente, las de las santas vírgenes, Marina y Eufemia, así como las Once mil vírgenes. La data indica el tiempo y lugar donde el acontecimiento tuvo lugar: el 12 de junio de 1211, que fue domingo.

En el caso de Santa Marta de Tera, este ritual de la deposición de reliquias debe también contextualizarse en un nuevo impulso en la organización y administración de la abadía de Santa Marta como dignidad dentro del cabildo catedralicio, abandonada ya definitivamente su condición de monasterio.

Según Augusto Quintana Prieto, durante el pontificado de Pedro Andrés (1206-1226) se instituyó en Santa Marta una canonjía con categoría de dignidad bajo la dirección de un miembro del cabildo que a la vez ostentaba la condición de abad. Este abad administraba las cuantiosas propiedades y rentas del antiguo monasterio en el valle del Tera, una vez extinguida la comunidad regular. No es posible establecer la fecha exacta para la creación de esta canonjía, pero aparece plenamente consolidada cuando termina el mandato de este obispo.

En 1228 el legado pontificio Juan, obispo de Sabina, establece unas nuevas constituciones para el cabildo y regula las asignaciones económicas de sus miembros. Las disposiciones reestructuraban la vida del cabildo asturicense, a instancias del obispo Nuño (1226-1241). Entre las cuatro abadías-dignidades consignadas se cita expresamente "la abadía que llaman de Santa Marta" con una asignación de 300 áureos. Las otra tres eran Compludo, Foncebadón y Santiago de Peñalba. El primer abad de estas características documentado en Santa Marta es Rodrigo Iohannes o Ibáñez, desde 1259. Este mismo personaje vuelve a aparecer en los años siguientes, y por tanto hay que relacionarlo de forma directa con la deposición de reliquias en Santa Marta de Tera realizada por el obispo Pedro Fernández el 29 de febrero de 1260.

Tanto el abad Rodrigo como el obispo Pedro Fernández aparecen conjuntamente en la documentación defendiendo los intereses patrimoniales de Santa Marta en varias ocasiones. Parece que el obispo estuvo especialmente involucrado en la recuperación de su prestigio y su solvencia económica por estos años. En 1259 tenemos noticia de una composición o acuerdo entre Rodrigo Iohannes, abad de Santa Marta de Tera, y don Viviano, abad del convento de San Martin de Castañeda, sobre los diezmos de las heredades en el sitio de Valmonio, del término de la iglesia de Vilella, propia de dicha abadía de Santa Marta, "a cuya composizión yntervino el señor don Pedro obispo de Astorga y puso su sello como también se pusieron los de dichos dos abades, el de la iglesia de Astorga y de tercero convento, todos cinco de zera pendientes en cordones encarnados. Su fecha en junio en la era de M.CC.L.XXXX.V.II. que corresponde al año de 1259".

El obispo Pedro Fernández volvió a visitar Santa Marta de Tera en el año 1261. A través del extracto de un diploma procedente del “Tumbo Negro de Astorga” sabemos que el 28 de noviembre se escrituró aquí una donación al obispo, y a la catedral, de unas heredades en “Uña de la Carballeda” (Uña de Quintana).

En 1262 el obispo está en Benavente interviniendo en una reclamación sobre los intereses de la abadía en la villa. El extracto que se ha conservado en la copia del Tumbo Negro de Astorga es el siguiente: "Requerimiento que hizo el señor obispo de Astorga don Pedro por si y por el abad de Santa Marta y el de Foncebadón a los jueces puestos por el rey en Benavente y a su concejo, sobre que providenciasen en el embarazo puesto por el arcediano de Benavente que priva que sus caseros en dicha villa labrasen las viñas y heredades, y que no se les comprase su pan y vino, y les hacía otras vejaciones, siendo así que el obispo y abades referidos eran vecinos de dicha villa y debían de gozar de los privilegios que todos los demás, sobre que respondieron darían parte de todo al señor obispo de Oviedo para que lo remediase, y donde no el consejo vería lo que se había de hacer en satisfacción de los agravios hechos a dicho señor obispo y abades. Pasó ante Gonzalo Miguélez notario público del concejo de Benavente".

Pedro Fernández también mantuvo una estrecha vinculación con la cofradía y hospital de Santa Marta de Astorga, instituida en la iglesia parroquial homónima, situada junto a la catedral. La fecha de su fundación no es conocida, pero diversas noticias apuntan a su pleno funcionamiento a mediados del siglo XIII. De todo ello se deduce una especial devoción del obispo por la patrona de Astorga. Ángel San Román en su "Historia de la beneficencia en Astorga" (1908) señala a este respecto lo siguiente:

"Por algunos escritos que se conservan, relativos a fundaciones hechas en ella, aparece que ya existía [la cofradía] a mediados del siglo XIII. Refiere uno de los escritos que la limosna de las bollas que se repartía el día de Santa Marta, no sólo a los cofrades, sino también a los pobres, que fueran a recibirla, la había dejado fundada el venerable don Pedro Fernández, obispo que fue de esta diócesis desde el año 1242 a 1265, como también dotó con la misma limosna la función que esta cofradía celebraba el lunes de Pascua de Pentecostés en la ermita o capilla del Espíritu Santo de la Cuesta. Y añade otra relación, que habla de lo mismo, que al dicho prelado se le llamaba el venerable y el limosnero. Sin duda en agradecimiento a la donación, era por lo que la cofradía cantaba todos los años el día de Santa Marta un responso sobre la sepultura de este obispo en la Catedral".

Contamos ya con varios estudios y monografías centrados en los aspectos históricos y artísticos de Santa Marta de Tera, entre ellos deben destacarse los de Fernando Regueras Grande, Augusto Quintana Prieto, José Manuel Rodríguez Montañés, Guadalupe Ramos de Castro o Mª Concepción Cosmen Alonso. En todos ellos, desde los trabajos pioneros de Manuel Gómez Moreno, se apunta a un primer edificio prerrománico correspondiente a la etapa fundacional. De él no quedarían más que muy leves indicios y algún elemento decorativo reaprovechado. En el templo románico que ha llegado hasta nuestros días es evidente la existencia de al menos dos fases constructivas.

La primera fase, la mayoría de los autores la inician a finales del siglo XI, pero con importantes actuaciones arquitectónicas y escultóricas que parecen situarse en las primeras décadas del siglo XII. Afectaría al plan general de la obra, con su planta de cruz latina, la cabecera, el transepto, los tres accesos y los muros de la nave hasta el arranque de las bóvedas. En el aspecto documental, este periodo tendría dos hitos significativos: por un lado, la donación del monasterio en 1063 por el rey Fernando I al obispo de Astorga Ordoño y, por otro, la donación de Alfonso VII en 1129 de todos los bienes del realengo y del condado situados dentro de su coto monástico. Este último documento resulta muy próximo en el tiempo con otra carta de 1128 en la que la infanta Sancha, hermana del rey, entregaba la iglesia de Santa María de Matilla al monasterio de Santo Tomé de Zamora, "noviter hedificato". Las similitudes y filiaciones estilísticas entre ambos templos son más que evidentes, especialmente en el aspecto exterior de su cabecera cuadrada.

La segunda fase, vendría condicionada por un cambio importante respecto al proyecto inicial. Podría tratarse simplemente de un nuevo impulso a la obra después de una interrupción durante varios años, o bien una intervención condicionada por un hundimiento o destrucción parcial del edificio, o por un incendio como apuntaba Gómez Moreno, a juzgar por ciertos indicios que observó en los muros del acceso occidental del templo. Esta fase tendría como actuación principal la cubrición de la nave mediante bóveda de arista. Los tres tramos se separan con arcos perpiaños, apuntados y doblados, que apean sobre simples repisas. Estas y otras actuaciones se suelen situar en los años finales del siglo XII, o ya bien entrado el siglo XIII. En el aspecto histórico, este momento debe relacionarse con cambios trascendentales en el estatus de la abadía de Santa Marta de Tera.

Sabemos de la participación del obispo Pedro Fernández en la consagración de al menos dos templos dentro de su diócesis. La más importante sería la de la propia catedral. No se ha conservado ninguna inscripción o testimonio escrito que detalle la fecha o las circunstancias de esta consagración, pero en una copia libraria del epitafio del monumento funerario del obispo se le atribuía, como uno de sus principales méritos, la consagración del templo catedralicio. Esta información vendría a avalar su participación en alguna de las fases constructivas de la iglesia de mediados del siglo XIII.

El epitafio, según Flórez, se conservaba en el "Manuscrito 37" del archivo de la catedral. El sepulcro se encontraba en la antigua Capilla de los Obispos, o de San Juan Bautista y San Pablo Apóstol, "hasta que le pasaron a otro sitio (en la pared de la puerta que mira al patio de Santa Marta, bajo una cruz pintada allí de quando consagró la iglesia)". En otra versión más amplia del epitafio se dice incluso que además consumar y consagrar la iglesia, la aumentó con muchos dones y que fue sepultado bajo un arco del templo. En opinión de Eduardo Carrero, el magnífico sepulcro medieval actualmente exhibido, fuera de contexto, en el Museo de la Catedral, tal vez deba relacionarse con este obispo, o con Pedro Andrés y Nuño, los tres vinculados con obras en la catedral durante el siglo XIII. El texto del Manuscrito 37, siguiendo siempre a Flórez, es el siguiente:

HIC REQVIESCIT FAMVLVS DEI PETRVS
FERNANDI ASTORICENSIS EPISCOPUS
QVI ECCLESIAM ISTAM CONSVMAVIT
ET CONSACRAVIT. QVI ETIAM REDIENS
DE EXERCITV DE GRANATA OBIIT APVD
ALBALA PROPE BENQVERENTIAM. VII.
IDVS IVNII. ET SEPVLTVS FVIT XIV. KAL.
IVLII. ANNO D. M. CC. LXV.
ORATE PRO EO
P. N. A. M.

La otra consagración consta por el epígrafe conservado en la iglesia de Faramontanos de Tábara (Zamora). Si bien el actual templo parroquial corresponde a una obra muy posterior, junto a la portada meridional hay empotrado un sillar de esquisto de 59,5 × 32 cm. que nos relata la dedicación de su fábrica a San Martín por el obispo Pedro de Astorga en la era 1283 (año 1245). La lectura y traducción de José Manuel Rodríguez Montañés es la siguiente:

PETRVS EPISCOPVS AS
TORICENSIS: CONSECRA
VIT: ISTAM ECCLESIA(m)
IN HONORE S(an)C(t)I MARTINI
SVB ERA MCCLXXXIII
VIII KALEND(as) M(ar)T(ia)S

Es decir, “El obispo Pedro de Astorga consagró esta iglesia (edificada) en honor de San Martín en la era de 1283 (año 1245) el 8 de las calendas de marzo (22 de febrero)”.

La lectura de las dos últimas líneas plantea algunos problemas de difícil solución. Máximo Gutiérrez Álvarez sugiere "era millesima ducentesima octogesima octava, octavo kalendas [...]". Esta datación correspondería al año 1250. Después de “kalendas” el texto se interrumpe abruptamente sin indicar el mes, aunque hay espacio suficiente para ello. La interpretación de Rodríguez Montañés respecto a la era MCCLXXXIII (año 1245) parece más convincente, pero no así las "kalendas martias", que además de algo forzada nos lleva a un 22 de febrero que no fue domingo, como prescribía la tradición de la Iglesia hispana para las consagraciones de templos. Revisando el calendario juliano del año 1245 resulta que el único día compatible con "VIII kalendas" que corresponda a un domingo sería el 24 de septiembre. No obstante, esta práctica de las consagraciones en domingo no siempre fue respetada, y sobre ello se podrían alegar varios ejemplos. como la catedral de Santiago, dedicada en 1211 "siendo la feria quinta de la segunda semana de Pascua" (21 de abril).

Epígrafe de consagración de la iglesia de San Martín de Faramontanos de Tábara (Zamora)

Vista de la nave de la iglesia de Santa Marta de Tera

Iglesia de Santa Marta de Astorga