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| La reina Urraca I, a partir de una miniatura del Tumbo A de Santiago de Compostela |
Hoy no existen dudas de que la villa de Benavente no fue creada “ex novo” por el rey Fernando II, sino que fue la sucesora de un antiguo “castro” o núcleo fortificado citado ya en el fuero de 1167 como “Malgrad”. De su existencia tenemos constancia desde la primera mitad del siglo XII. La identificación de ambos topónimos es una cuestión que hoy debe considerarse definitivamente zanjada, pues las referencias documentales a este respecto resultan abrumadoras. Cuestión distinta es determinar hasta qué punto una población es la sucesora de la otra, qué hay detrás de este cambio de denominación y cuáles fueron las circunstancias en las que esta mutación se produjo.
El primer testimonio escrito que hemos podido recoger referente a lo que hoy es Benavente procede de una donación real fechada el 26 de noviembre de 1115. Se trata de la entrega que hace la reina Urraca, junto con su hijo Alfonso, de la mitad de la villa de Caneda y el monasterio de Ledesma a la iglesia de Compostela. La reina Urraca I de León (1109-1126) realizó múltiples donaciones a la iglesia de Santiago de Compostela, entonces regida por el poderoso obispo Diego Gelmírez. Esta entregas deben encuadrarse en el contexto de las complejas relaciones de poder en Galicia y los vaivenes de las alianzas políticas. Unas veces estaba justificadas por la necesidad del apoyo de Gelmírez frente a determinadas partidos nobiliarios y otras por la presión de los conflictos en la zona.
Nuestro documento se escritura "in Castro quod dicitur Malgrado". Se constata también la presencia en este lugar, junto a la reina, de una destacada representación de los miembros de su corte. Entre los confirmantes reconocemos a miembros de la familia real, las infantas Sancha y Elvira, el obispo de León y diversos condes. Entre ellos comparece cierto “Fernandus Fernandiz”, personaje cercano al círculo de la reina en estos años y que a partir de 1117 comienza a confirmar en los diplomas como “conde” o “cónsul” de Malgrad.
El "tenente", identificado frecuentemente con el "dominus villae", es, sin duda, una de las piezas fundamentales en la administración territorial de la monarquía castellana y leonesa. Se trata de una autoridad delegada del poder real desempeñada frecuentemente por miembros relevantes de la nobleza. En ocasiones compatibilizaban una dignidad en la corte con el disfrute de una tenencia. Sus competencias eran básicamente militares y de percepción de impuestos reales, aunque en ocasiones -según se desprende de los textos de algunos fueros- se solapaban las funciones del tenente con las propiamente concejiles. El nombramiento no presuponía una permanencia estable en este puesto. De hecho, tanto en el caso de Malgrad como en el de otras villas leonesas, el funcionario estaba sujeto a la discrecionalidad real, al parecer en función de la coyuntura política y militar.
La precariedad en el desempeño de las tenencias no deja de ser un aspecto a destacar. Las posibilidades en este sentido son muy variadas. Lo más frecuente era que una persona tuviera bajo su control una villa, pero también era común que un mismo delegado real desempeñara esta función en varias villas relativamente próximas. Menos usual, aunque está documentado, es la situación inversa, es decir varias personas compartiendo el disfrute de una tenencia. De cualquier manera, el desempeño del oficio estaba sujeto a continuos cambios, tanto en las personas como en los destinos a cada uno de ellos asignados. No obstante, era frecuente que la tenencia o tenencias de una determinada región recayeran en los miembros de un mismo linaje durante varias generaciones. Así, en el caso concreto de Malgrad, observamos cómo ciertas familias controlaban también las tenencias de otras villas próximas, en las que tenían, además, destacados intereses patrimoniales.
La figura del conde Fernando Fernández estuvo unida a la dignidad condal y la tenencia de Malgrad durante un largo periodo, hasta el punto de que esta circunstancia fue recordada en su epitafio. Hace unos años, José Luis Senra dedicó un interesante artículo a los enterramientos del monasterio de San Zoilo de Carrión de los Condes. En la inscripción de la lauda de Fernando Fernández se consigna su fallecimiento en 1126 y se le denomina “consulis illustris Fernandi Malgradiensis". Según José Luis Senra, nuestro conde fue uno de los descendientes del linaje de los Banu-Gómez, fundadores del monasterio.
APÉNDICE DOCUMENTAL
1115, noviembre, 26. Castro de Malgrado [Benavente].
Donación de la reina Urraca a la iglesia de Compostela de la mitad de la villa de Caneda y del monasterio de Ledesma.
BCS, f. 25v. AC, Tumbo A, f. 31v., cols. 1 y 2.
ED. A. LÓPEZ FERREIRO, Historia de la Santa A. M. Iglesia de Santiago de Compostela, III, Santiago, 1900, ap. XXXIV, pp. 104-105; FERNÁNDEZ CATÓN, El llamado Tumbo Colorado y otros códices de la iglesia compostelana. Ensayo de Reconstrucción, AL, 87-88 (1990), doc. 9, pp. 114-115; M. LUCAS ÁLVAREZ, Tumbo A de la Catedral de Santiago, Santiago, 1998, pp. 179-180.
In Dei nomine. Ego Vrraca, Dei nuto, Hispanie regina, nobilissimi regis domni Adefonsi Constantiaeque regine filia, una cum filio meo domno Ildefonso in fastigia regni iam benedicto et consecrato, facio pro remedio anime mee et parentum meorum cartulam firmitatis ecclesiae Sancti Iacobi de medietate de uilla quae dicitur Caneta, et de medietate de monasterio de Letesma, quod situm est in ripa fluminis Ulie, et sunt hee uille in dominio Sancti Iacobi; quas uillas, scilicet, Canetam et Letesmam dono ecclesie Sancti Iacobi cum omnibus uillis et ecclesiis et omnibus bonis et aiuntionibus suis, que ad eas pertinent ubicumque bona earum sunt, sicuti Iuri meo actenus manserunt. Cum tale debito et foro do eas Sancto lacobo ut ipsa ecclesia perpetualiter habeat eas absque mea et mee propaginis inquietudine. Ab isto uero die sint de iuri meo ablate et in iure Sancti Iacobi habite. Quam siquidem ecclesiam gubernat et regit domnus Didacus episcopus michi in omnibus et super omnia fidelissimus, in cuis manus et eius iussionem facio scriptum de supradictis hereditatibus, in quo habeo magnam fiduciam ut me defendat et amparet ab omnibus meis inimicis.
Si quis tamen aduersarius hoc regale donum dolose obuius consurrexerit et non ilico penituerit, siue ego siue aliquis ex gente mea, excomunicationis gladio feriatur, cum Datan quoque et Abiron, quos uiuos terra deglutuit, obsorbeatur et cum Iuda Domini proditore in ima inferni demergatur, et pro temporali dampno auri puri libras Xm et insuper ipsas hereditates duplatas, et scriptum sit firmum.
Facta scriptura die VI kalendas decembrium, era I. C. L. IIIª. in Castro quod dicitur Malgrado.
Ego Vrraca gratia Dei regina hanc cartam, quam fieri iussi tota mentis intentione et uoluntarie signaui. (Signum: VRRAKA REGINA).
Sancia soror eius conf.- Geluira similiter conf.- Froyla Didaz comes conf.- Suarius Uermudiz, comes, conf.- Gomez Nuniz, comes conf.- Didacus Legionensis episcopus conf.- Fernandus Fernandiz conf.- Petrus Didaz conf.- Rudericus Didaci conf.- Pelagius Martinici conf.- Lopzan Gudesteiz conf.- Petrus Lopiz conf.- Lop Lopiz conf.- Garcia Enequici conf.- Guter Petriz conf.- loannes Petriz conf.- Martinus Pelaiz notarius, conf.










