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jueves, 2 de enero de 2014

Y para que conste lo firmo - José Ledo del Pozo en Carracedelo

Iglesia parroquial de San Esteban de Carracedelo (León)

José Ledo del Pozo, autor de la “Historia de la nobilísima villa de Benavente”, fue catedrático de filosofía en la Universidad de Valladolid y párroco titular del lugar de Carracedelo (León). Una errata en la portadilla de su “Historia”, obra publicada en Zamora en 1853, confunde a Carracedelo con Carracedo, error que se ha venido manteniendo a lo largo del tiempo.

La única biografía que tenemos del erudito benaventano es la que escribió la profesora Elena Hidalgo Muñoz en la introducción de la edición facsímil de esta obra en el año 2000. Esta breve, pero bien documentada, semblanza está basada a su vez en las notas recopiladas años atrás por Vidal Aguado Seisdedos. Por estas fuentes sabemos que Ledo del Pozo nació en Benavente el 29 de octubre de 1753, siendo bautizado en la parroquia de Santa María de Renueva. Murió en Carracedelo a los 35 años de edad, y fue enterrado en la iglesia de este mismo lugar un 9 de noviembre de 1788. En el libro de difuntos no consta ni la fecha, ni la causa de tan temprano fallecimiento.

Muy poco sabemos de sus años en la parroquia berciana (1779-1788). Según los apuntes de la profesora Elena Hidalgo, era su vicario Manuel Antonio de Pacios quien administraba habitualmente los sacramentos. Ledo visitaba la parroquia temporalmente, alternando estas visitas con el desempeño de la cátedra de Filosofía en la Universidad de Valladolid, y otras actividades entre las que se encontraría la publicación de su otra obra impresa conocida: “Apología del Rey Don Pedro de Castilla”. A este respecto hay que señalar que esta obra salió del establecimiento de Isidoro Fernández Pacheco, en Madrid, sin fecha. Según Palau debió ser publicada hacia 1780. Sin embargo, sabemos que en 1783 y 1784 el autor pedía al Consejo Real licencia para su impresión. La licencia fue concedida el 7 de febrero de 1784. Incluye censura y certificado de la Real Academia de la Historia.

En la documentación de este Consejo encontramos también referencias a otras dos obras para las que también solicitó el preceptivo permiso: "Discurso político y moral sobre la nobleza, obligación y conducta de los nobles", en 1785 y "Oraciones retóricas" en 1785-1787. Mientras que la primera quedó sin resolver, de la segunda consta la licencia favorable concedida el 11 de agosto de 1787.

Precisamente, de sus años en Carracedelo tenemos noticia de un curioso episodio relacionado con la actividad del Tribunal de la Inquisición de Valladolid y el control de las ideas en la España del siglo XVIII. De la documentación exhumada recientemente por Ángel de Prado Moura se desprende que Ledo del Pozo fue objeto de una denuncia en 1782 por poseer libros no recomendables y hacer afirmaciones temerarias sobre la figura de Sor María de Jesús de Ágreda. De todo ello se cursó la oportuna carta al Consejo, hoy conservada en la Sección Inquisición del Archivo Histórico Nacional. El pasaje central de la denuncia es el siguiente:

“Manuel Ramos y Antonio Benigno estando empleados los infraescriptos (individuos del Colegio Seminario de Sahagún) por el Ilmo. Obispo de Astorga en el exercicio de Missionar por el territorio de su jurisdicción, llegamos, día cinco de Enero de este presente año, en prosecución de nuestras tareas al lugar de Carrazedelo, sito entre Ponferrada y Villafranca del Vierzo, y estando en la noche del mismo día en conversación cristiana con Don Josef Ledo, cura propio de dicho lugar, como se tocasse por incidente la V.M. Sor María de Jesús de Ágreda, al punto, el referido Don Joseph, rompió sin la menor reserva en horrores de sus escritos pronunciando que su doctrina estaba condenada. Y aunque reconvenido mirase lo que decía, se ratificó en su dicho; le explicó después añadiendo que lo estaba por la Universidad de París, que su sentir en este punto era que la doctrina de la mencionada Madre era errónea, escandalosa, piarum aurium ofensiva, sapiens heresim, que esto lo daría por escrito de su mano y que si la citábamos en el púlpito, subiría él a decir lo contrario. Para apoyo de este dictamen decía que assí lo traía un libro intitulado “Amort de revelacionibus et visionibus”, que este libro no estaba prohibido, y que él podía livre e inpunemente sostener lo mismo».

Espadaña de la iglesia

Portada románica correspondiente a la fachada sur de la iglesia

Casa rectoral de Carracedelo

Escudo sobre la puerta principal de la casa rectoral

Inscripción romana reaprovechada como jamba de una de las ventanas

En determinados ambientes ilustrados del siglo XVIII fueron muchas las bibliotecas particulares que contaron en sus anaqueles con literatura prohibida. Las fórmulas para sortear las restricciones eran muy variadas y las colecciones privadas eran siempre las más difíciles de controlar. Cuando al tribunal del distrito vallisoletano del Santo Oficio llegaba alguna denuncia sobre la existencia de libros no permitidos en manos de particulares, los inquisidores iniciaban una investigación. Cuestiones personales, viejas afrentas, enemistades o simples envidias eran motivos habituales de las delaciones.

De este curioso relato se deducen aspectos muy poco conocidos de la personalidad de Ledo del Pozo, entre ellos su vehemencia, su carácter apasionado, su afición bibliófila y su conocimiento de autores y obras consideradas heterodoxas en su época.

De su interés por los libros ya teníamos constancia por la amplia bibliografía que manejó en la redacción de su “Historia de Benavente”. Es muy posible que una parte de estas obras formaran parte de su biblioteca privada. En la edición de 1779 de la “Crónica de los Reyes de Castilla”, de Pedro López de Ayala, según las enmiendas de Jerónimo Zurita, Josef de Ledo y Soto figura como suscriptor con el título de “colegial mayor de Santa Cruz de Valladolid”. Este libro constituiría una de las fuentes básicas para componer su “Apología del Rey Don Pedro de Castilla”.

Como señala Vicente Fernández Vázquez, el disfrute del beneficio curado de Carracedelo era uno de los más importantes de la comarca, ya que sólo en diezmos recaudaba 4.936 reales a mediados del siglo XVIII. Por ello, esta parroquia constituía un destino muy codiciado en los concursos de vacantes en la diócesis de Astorga. Además los beneficiados disponían de casa rectoral, con su huerta correspondiente, y contaban con las rentas procedentes de censos (préstamos), arrendamientos, derechos de altar y los oficios durante los días festivos. Esto permitía a los párrocos disfrutar de un elevado nivel de vida en comparación con el resto de sus vecinos. Como se refleja en sus testamentos, todos ellos tenían personal a su servicio, criada, caballo, bienes inmuebles, biblioteca, buenos muebles, etc. Al contar habitualmente con liquidez se permitían incluso hacer préstamos a los vecinos, especialmente en épocas de dificultades económicas. En el momento de redactar su testamento al licenciado Ledo del Pozo le adeudan sus feligreses 5.375 reales que les había prestado.

Del paso de Ledo del Pozo por el Bierzo quedan también sus anotaciones en los libros parroquiales de Carracedelo. Su firma aparece frecuentemente junto a la del vicario, Manuel Antonio de Pacios, refrendando actas, libros de cofradías, cuentas, visitas y certificaciones. Así ocurre por ejemplo en el “Libro de efectos y haberes de la Cofradía del Santísimo Sacramento”.

En uno de sus folios podemos leer la siguiente anotación de su puño y letra: “Publiqué yo el infrascrito Cura Párroco al ofertorio de la Misa popular del día festivo siguiente estos Autos de Visita, y para que conste lo firmo. Dn. Josef Ledo (hay una rúbrica) ”.

Al tratarse de una obra local, la "Historia de Benavente" de Ledo del Pozo no dejó una profunda huella en el panorama bibliográfico de su época. Aún así recibió algunas críticas en los círculos eruditos. Tomás Muñoz y Romero, en su "Diccionario Bibliográfico-histórico de los antiguos Reinos, Provincias, Ciudades, Villas Iglesias y Santuarios de España", Madrid, 1858, no deja en buen lugar al autor benaventano. Califica el contenido de su obra como "pesadez de estilo y no mucha crítica". Carga a continuación contra el editor, por no haber sabido concertar con rigor los diferentes capítulos del manuscrito original:

"Divídese esta obra en 4 libros; al tratar en el primero de la fundacion de Benavente, se extiende largamente el autor hablando de su antiguo nombre y situación. Opina que fue la Intercacia de los Vaceos, apoyándose mucho en la autoridad de los falsos cronicones y en las obras de sus comentadores, a pesar de la ficción de aquellos, que Ledo del Pozo confiesa. En toda la obra se halla erudicion, pesadez en el estilo, y no mucha critica. El editor no tenia completo el manuscrito del autor, y estando para publicarlo, aparecieron algunos fragmentos, poniendo de su cosecha lo que era forzoso para enlazarlos entre si, y en esto no estuvo muy feliz. Pruébalo, entre otras cosas, el principio del libro IV: "Comenzó, dice, una nueva luz a ilustrar a España, después de la avaricia, ruindad y tiranía del rey D. Pedro, a quien sus malas obras dieron el sobrenombre de Cruel". El editor no tenia presente que Ledo del Pozo escribió y publicó, en un tomo en folio la Apología del mismo rey.

Agradezco a los profesores bercianos Vicente Fernández Vázquez, Carlos Fernández Rodríguez y Miguel J. García González su amabilidad para la cesión de documentos y referencias.

Portada de la obra  "Historia de la nobilísima villa de Benavente", por José Ledo del Pozo

Portada de la obra "Apología del rey Don Pedro de Castilla", por José Ledo del Pozo


domingo, 12 de enero de 2020

Ledo del Pozo frente a Jovellanos - Censura de la "Apología del rey don Pedro de Castilla"

Gaspar Melchor de Jovellanos por Goya (1798)

Censura de la "Apología del rey don Pedro de Castilla", de José Ledo del Pozo (1783)

Ilustrísimo señor:
Habiendo examinado la "Apología del rey don Pedro de Castilla", escrita conforme a la misma historia verdadera de don Pedro López de Ayala, hallamos que su autor, don José Santos Ledo del Pozo y Monterrey, ha profundizado bastantemente la materia de su argumento; que la ha tratado con la erudición, difusión y prolijidad propia de un catedrático de filosofía de Valladolid y que, convenciendo a sus lectores de que no hay razón para que la memoria del rey don Pedro pueda haber perdido el derecho a ser lavada en cualquier tiempo de la mancha infamatoria de crueldad por medio de una apología, la ha desempeñado con efecto, tomando los medios de la defensa de las mismas historias de don Pedro López de Ayala, de que el torrente de los escritores había abusado para denigrar la reputación de aquel desgraciado príncipe.
Procede el autor examinando una por una las acciones más atroces que se vituperan en la vida de don Pedro el Cruel; y combinando a López de Ayala con el mismo López de Ayala, consultando las leyes, observando la naturaleza de los delitos vengados, los desórdenes de la monarquía, las costumbres de aquellos siglos y la práctica de los demás príncipes contemporáneos, concluye que aquel rey más fue justiciero que tirano, más benigno que cruel y más digno de la lástima de la posteridad que de la execración.
Sólo nos parece que en la obra se deben corregir, o suprimir, algunas cosas que no hacen al intento o que pueden impresionar mal el ánimo de los lectores. Tales son:
1.º La acrimonia y dureza con que trata la historia de España de Ferreras, la cual infama con desprecios, acriminaciones y cargos; así merecen suprimirse en la página 121 los párrafos 86 y 87.
2.º Al p[adre] Feijoo le trata de arrogante (página 137) de desafecto, con precisión, a la creencia; de declamador libre con tono descompuesto y atrevimiento (página 139).
3.º Después de demostrar que el rey d[o]n Pedro no tuvo parte en la muerte de su madre, que falleció en Portugal, se adelanta, no obstante, a decir (página 324) que el hijo pudo, justamente, envenenarla como rea de lesa majestad, de rebeldía y de traición. Esta aserción horroriza la naturaleza, y sería mejor omitirla, ya que no es necesaria.
4.º Lo mismo sucede con la muerte que mandó dar el rey a los infantes don Juan y don Pedro, sus hermanos, de corta edad; pues habiendo concluido n[uest]ro autor que lo merecieron, se pone después a probar, abusando de la escritura y los concilios, que los inocentes pueden justamente ser castigados con pena capital por ajenos delitos. Creemos que esta doctrina, en un siglo en que los derechos de la humanidad se miran más escrupulosamente, debería sentarse con mayores reservas.
Finalmente, notamos que aunque el autor justifica los castigos que mandó ejecutar el rey don Pedro, en especial los de fuego, maza, etc., por razón de que eran comunes en aquella edad, se olvidó de insistir también en que aquellos siglos eran bárbaros, los delitos atroces, las penas crueles y las leyes criminales, sanguinarias e injustas.
Por lo demás, nos parece que, no conteniendo esta obra nada contra la religión, buenas costumbres y regalías, ni aun contra el b[achille]r Pedro Fernández, se le puede conceder la licencia que solicita. Salvo, etc.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 15 de agosto de 1783
José de Viera
Don Gaspar Melchor de Jovellanos


Año 1787

13 de julio. El Secretario dio cuenta de un Memorial de don José Ledo del Pozo, Cura párroco del lugar de Carracedelo, en que solicita se nombre un Académico que, con acuerdo suyo, arregle  el Prólogo y correcciones de su obra, intitulada "Apología del Rey Don Pedro", con cuya condición le concedió el Consejo la licencia. Y teniéndose presente que la censura de ella estuvo á cargo de los Sres. Viera y Jovellanos, se nombraron para el desempeño de esta Comisión al segundo y al Sr. Flores (menor).

Jovellanos en la Real Academia de la Historia, Boletín de la Real Academia de la Historia, 1911, p.56.


Portada de "Apología del rey don Pedro de Castilla", de Josef Ledo del Pozo

Museo casa natal de Jovellanos en Gijón (Asturias)

domingo, 2 de enero de 2022

En torno a un privilegio perdido de Alfonso X al concejo de Benavente

Alfonso X, según una miniatura de las Cantigas (Biblioteca del monasterio de El Escorial)

Cuenta Ledo del Pozo en su "Historia de Benavente" que los vecinos de la villa fueron siempre especialmente leales y serviciales con el rey Fernando III. Según su particular interpretación de las fuentes, al comienzo de su reinado le apoyaron en todas sus pretensiones sobre el trono de León y le defendieron "contra los demás enemigos de la religión y su corona". A continuación, como principal apoyo de sus afirmaciones, cita un documento de su sucesor, Alfonso X, que al parecer pudo consultar personalmente en el Archivo Municipal:

"Así lo declaró su hijo, el rey don Alfonso, en su privilegio que concedió a la villa, eximiendo a los mercaderes y vecinos de pagar repartimiento alguno, por estar muy deteriorada con las guerras y daños que había padecido en tiempo del rey don Fernando, su padre, contra los enemigos de su corona. Su data en San Esteban de Gormaz a 15 de febrero de la era de 1294 y año de 1256, como expresa la escritura".

Ledo del Pozo no sólo consultó este diploma, sino que también hizo uso de un manuscrito, hoy en paradero desconocido, que cita varias veces en su obra, como "Libro Becerro de la villa de Benavente". En él se recogían los privilegios otorgados por los distintos monarcas a la villa. Respecto al privilegio de Alfonso X señala lo siguiente:

"... pues aunque el Becerro pone año en lugar de era, intitulando a don Alonso IX, sin embargo el contexto de la donación declara que este don Alonso fue su hijo del santo rey don Fernando, con quien viene bien el compacto señalado para evitar la equivocación de aquel libro".

Una nueva mención a este diploma de Alfonso X la encontramos en las "Memorias históricas de la ciudad de Zamora" (1882), de Cesáreo Fernández Duro. El erudito zamorano no debió consultar el pergamino original, pues cita a Ledo del Pozo y no aporta nada nuevo sobre su contenido:

"1256. Privilegio concediendo a la villa de Benavente exención de repartimientos por los daños que había padecido en tiempo del rey don Fernando, su padre, sirviendo contra los enemigos de la corona. Dado en San Esteban de Gormaz  a 15 de febrero". 

Tendremos que esperar a los años 30 del siglo XX para encontrar alguna noticia nueva sobre nuestro diploma. Se trata del "Itinerario de Alfonso X", editado en varias entregas por Antonio Ballesteros Beretta en el Boletín de la Real Academia de la Historia. El primero de los artículos corresponde al año 1934, aunque en su introducción el autor advierte que publica "un trabajo elaborado, en sus líneas generales, hace más de veinte años". En la entrada correspondiente al año 1256 extracta varios diplomas de Alfonso X fechados en el mes de febrero en San Esteban de Gormaz, y en entre ellos el siguiente fechado el día 9:

"San Esteban de Gormaz. Privilegio rodado de Alfonso X a los mercaderes de Benavente sobre daños que recibieron en tiempo de San Fernando. Les otorga mercedes para que no se despueble la villa (en poder de un librero llamado Morales)".

Ballesteros, en realidad, registra dos documentos distintos con el mismo asunto. Por un lado, éste del día 9 de febrero en poder "de un librero llamado Morales" y, a continuación, otro fechado el día 15 con idéntico contenido y que remite a la autoridad de Ledo del Pozo y Fernández Duro. Todo parece indicar que estamos ante un mismo diploma, pero con algún error de datación.

En el Archivo Municipal de Benavente existe alguna memoria sobre este privilegio de Alfonso X. En el legajo 106-14 localizamos un "Inventario del Archivo. Privilegios, rentas reales, arrendamientos de las rentas, etc". Comprende documentos confeccionados en diferentes épocas, pero el que nos interesa ahora data de hacia 1700. Incluye un resumen o extracto de los privilegios reales conservados en aquel momento en el Archivo. Entre ellos encontramos el siguiente registro:

"Por el mesmo rey don Alonso en quince de febrero de 1294 despachó su zédula real estando en San Esteban de Gormaz para que los mercaderes y demás vezinos no paguen repartimiento alguno que se les echase para el serbicio de los reyes, por estar muy deteriorada del tiempo y reinado del rey don Fernando, su padre. Scripta en pergamino".

 

viernes, 26 de junio de 2015

Mi última y postrera voluntad - Testamento y codicilo de José Ledo del Pozo

Primera página del testamento de José Ledo del Pozo
José Ledo del Pozo, autor de la “Historia de la nobilísima villa de Benavente”, formalizó su testamento en Carracedelo, jurisdicción de la villa de Ponferrada en el obispado de Astorga, el día 22 de noviembre de 1782. En aquel momento manifiesta encontrase sano y en plenas facultades. Vive en una casa propiedad de la parroquia, en compañía de su prima, doña María Ledo, quien atiende las labores del servicio de su residencia.
Dispone como primera voluntad enterrarse en la iglesia parroquial de San Esteban, donde disfrutaba de su beneficio curado. Allí existía un espacio de enterramiento reservado a los clérigos. A continuación se van desgranando distintas disposiciones relativas a la celebración de sus funerales, así como diferentes mandas de contenido fundamentalmente económico.
No consta la propiedad de bienes inmuebles, pero sí de un importante ajuar doméstico, mobiliario, aperos, ropa y libros. Además, varias personas tenían deudas contraídas con el testador, fruto de los préstamos que hacía a los feligreses y vecinos de la comarca, y que tenía minuciosamente registrados. Los préstamos los hacía en metálico o mediante la entrega de grano de su panera.
Sorprende que no haya en el testamento ninguna alusión a Benavente, su villa natal, ni tampoco manda alguna a sus iglesias y monasterios, aunque sí hay menciones a su padre, madre, hermanos y otros miembros de su familia. Instituye por único y universal heredero a su padre, don Antolín Ledo, y si este hubiese fallecido a todos sus hermanos. Su madre, Catalina Rodríguez, ya había fallecido, y su padre tenía otros hijos fruto de segundas nupcias.
Hay una cláusula curiosa relativa al destino de los libros de su biblioteca privada. Se establece que en caso de que alguno de sus hermanos tuviera la intención de cursar estudios recibiría una ayuda económica durante seis años. Los libros estarían a su disposición durante este tiempo, pero sin poder venderlos, pudiendo pasar luego a otro de los hermanos que iniciara estudios.
Según el inventario de bienes que se realizó a su muerte, Ledo del Pozo tenía 234 volúmenes en su librería, “los que no se les da precio por no saber el coste de ellos”. Sin duda, estos libros fueron la base fundamental para componer su “Historia de la nobilísima villa de Benavente”, y otras obras de las que hay constancia.
Entre los objetos diversos de este inventario, escriturado en 1788, también se anota una escopeta, dos pistolas y un reloj “de campana”, tasado en cuatrocientos reales, un artilugio poco habitual entre los enseres domésticos de las zonas rurales y reservado a los grupos sociales más distinguidos. Además, disponía de una bodega bien surtida de tinajas, cubas y cubetos de vino, y una panera con abundante grano, legumbres, lana, linaza, etc. En sus establos había “dos marranos de ceba”, “una mula de silla cerrada con sus pertrechos” y “una burra con su cría”. La relación de bienes se completa con los aperos agrícolas, mobiliario, la ropa personal, la ropa de cama, joyas, útiles de cocina, cubertería, cuadros, espejos y cortinas. El valor total de todo este inventario se estima en 31.877 reales.
El codicilo fue redactado seis años después, el 29 de agosto de 1788, también en Carracedelo. Entonces el erudito benaventano dice estar “henfermo con henfermedad que Dios nuestro Señor fue servido darme, aunque en mi sano y caval juicio”. Vive ahora en compañía de su hermana, doña Josefa Ledo, a quien deja 2.000 reales en reconocimiento a su dedicación. Tiene además varios criados a su servicio. A pesar de su enfermedad, puede firmar de su puño y letra al final del documento.
Ledo del Pozo moriría en este mismo año, cuando contaba solamente con 35 años de edad. Como señala la profesora Elena Hidalgo Muñoz, fue enterrado en la iglesia de San Esteban el 9 de noviembre de 1788.
El codicilo, como es habitual en este tipo de documentos, no altera los aspectos fundamentales de su testamento, pero clarifica ciertas cláusulas, modifica algunas de las asignaciones económicas y dispone misas suplementarias a celebrar en su memoria.
Llama la atención su cambio de parecer sobre el destino de la colección bibliográfica. Si en el testamento parecía tener un especial apego a sus libros y no desea su dispersión, ahora dispone la venta a su muerte sin más contemplaciones. Tal vez ninguno de sus hermanos llegó a estudiar, o cambiaron las circunstancias personales y familiares.
Sí muestra, en cambio, un especial interés por una obra suya pendiente de ser impresa en Madrid. Concretamente en los talleres de Isidoro Hernández Pacheco. Sobre esta cuestión deja algunas instrucciones muy precisas a sus herederos a fin de asegurar la finalización de este proyecto. A este respecto hay que señalar que su otra obra impresa conocida: “Apología del Rey Don Pedro de Castilla” salió del establecimiento de este impresor madrileño sin fecha de edición. Según Palau debió ser publicada hacia 1780. Sin embargo, sabemos que en 1783-1784 el autor pedía al Consejo Real licencia para su impresión. La licencia fue concedida el 7 de febrero de 1784. Incluye censura y certificado de la Real Academia de la Historia.
Todo apunta a que esta obra debió ser publicada a partir de este año 1388. El día 13 de julio de 1387, el secretario de Real Academia de la Historia "dio cuenta de un Memorial de don José Ledo del Pozo, Cura párroco del lugar de Carracedelo, en que solicita se nombre un Académico que, con acuerdo suyo, arregle  el Prólogo y correcciones de su obra, intitulada "Apología del Rey Don Pedro", con cuya condición le concedió el Consejo la licencia. Y teniéndose presente que la censura de ella estuvo á cargo de los Sres. Viera y Jovellanos, se nombraron para el desempeño de esta Comisión al segundo y al Sr. Flores (menor)".
En la documentación del Consejo Real encontramos referencias a otras dos obras suyas para las que también solicitó el preceptivo permiso: "Discurso político y moral sobre la nobleza, obligación y conducta de los nobles", en 1785 y "Oraciones retóricas", en 1785-1787. Mientras que la primera quedó sin resolver, de la segunda consta la licencia favorable concedida el 11 de agosto de 1787.
Se ofrece a continuación un extracto del testamento y codicilo de Ledo del Pozo, con algunos de sus pasajes más significativos. Se incluye también un breve pasaje del inventario. Estos documentos se encuentran en la Sección Protocolos del Archivo Histórico Provincial de León. Pertenecen a los protocolos del escribano de Ponferrada Manuel Gerónimo Suárez (Caja 2515, leg. 1721). Inventario: fol. 45-54v, testamento: fol. 58-64 y  codicilo: 66-70v. El testamento es una copia autentificada del registro del escribano de Ponferrada, Pedro Fuentes. En cambio, el codicilo es original y tiene la firma autógrafa de José Ledo del Pozo. Quiero agradecer particularmente a mi amigo y compañero el profesor Miguel José García González sus gestiones realizadas para la localización de estos textos.

TESTAMENTO

1782, noviembre, 22. Carracedelo.

En el nombre de la Sanctísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Sancto, tres personas distintas y un sólo Dios verdadero. Sépase que yo el Lizenciado Don Josef Sanctos Ledo, cura párroco del lugar de Carrazedelo, jurisdicción de la villa de Ponferrada, obispado de Astorga, hallándome al presente por favor de la Divina Misericordia sano y en mi natural juicio, creiendo como verdaderamanete creo, en todos los misterios que tiene, cree y confiesa nuestra Sancta Madre Yglesia Cathólica Romana, en cuia fee y creencia profeso vivir y morir, como cathólico y fiel christiano, y caso que subceda (lo que Dios no permita) que por alguna enfermedad de demencia, u otro accidente digese lo contario[...] en uso de mis derechos y teniendo presente la facultad que se concede a los hixos de familia para poder testar de los vienes quasi castrenses, y otros de esta clase, según la ley primera título octavo, la tercera título quarto del libro quinto de la Recopilación, siendo de esta calidad los que gozo, como adquiridos por el estado clerical, sin otro especial arbitrio que provenga de mis padres, dispongo y otorgo mi testamento, última y postrera voluntad en la manera siguiente:
Primeramente mando y encomiendo mi alma a Dios, nuestro Señor, que la crió y redimió con su preciosíssima sangre, y el cuerpo a la tierra de que fue tomando, el qual quando Dios sea servido sacarme de esta presente vida a la eterna, mando se entierre en la yglesia parroquial de San Esteban de este lugar, en la sepultura de los señores curas, y se dé a dicha yglesia un ornato sacerdotal, en caso que se tome otro de los más usados para mi mortaja correspondiente al estado.
Yten, que asistan a mi entierro y autos doce señores sacerdotes, bien sean seculares o bien regulares, a quienes se dará el estipendio acostumbrado, con el cargo de las misas, y si acaso subcediese acudir voluntariamente algunos sacerdotes seculares o regulares sobre el número de los doce llamados, es mi voluntad se dé a cada uno siete reales con el cargo de una misa y asistencia a mi entierro.
Yten, que se dé lo acostumbrado al señor cura a quien pertenezca mi entierro, con cargo de el responso anual sobre mi sepultura, y que el día de mi entierro se dé de comer a todos los señores sacerdotes que asistan a él, y a cada pobre de este lugar se dé una limosna, una bolla de dos libras y un quartillo de vino, y caldo de legumbres, excepto q los […] y porbres forasteros, que a estos se dará solamente una libra de pan a cada uno, y el caldo, con cargo de que todos rezen a coro un Padrenuestro y Avemaría por mi ánima a la puerta de casa.
Yten, mando se diga por mi alma trecientas misas y por cada una se dé la limosna de tres reales, con la condición que no se dilaten en zelebrarlas más de treinta días siguientes al de mi entierro, porque entonces es mi voluntad se restituía el estipendio a mis testamentarios para que dispongan lo que tengan por más conveniente sobre su conciencia.
Yten, mando a mi prima Doña María Ledo ocho mill reales de vellón, y una cama entera con dos colchones, y quatro sábanas buenas, en pago de sus salarios y buen servicio sin que se tome en quenta nada de lo recivido hasta entonces, ni se le registren sus baúles, cuia manda se entiende en el supuesto que se halle en mi servicio al tiempo de mi fallecimiento, y no viba ya separada.
Ytem, que si al tiempo de mi fallecimiento viviese Doña Manuela Rodríguez, que al presente es monxa en Sam Bernavé de Zamora, mando se la den cien ducados por una vez, por los muchos favores que la debo.
Declaro que todas las deudas que resulten de recibidos o notadas en el Libro de Caxa se tengan por ciertas, y las en que se hallen comprehendidos mis feligreses, mando no se les pida alguna que no pase de cien reales, y que en las que excediesen de esta cantidad se cobre el restos que exceda, y se les perdonen los cien reales.
Yten, mando se cobre y recoja todo el pan que tuviese prestado a mis feligreses, y que de mi panera se repartan después veinte cargas entre quarenta vecinos de los más necesitados a juicio prudente de mis testamentarios.
Yten que si acaso subdiese que al tiempo de mi fallecimiento se hallase dedicado algún hermano mío a los estudios, mando se le den seis mill reales repartidos en seis años, con condizión que estudie, y asimismo se le aplique toda la librería para su uso, sin que sea visto pueda venderla, sino que antes bien la ha de ir reservando para el siguiente que estudie de la familia, prefiriendo al más inmediato en parentesco.
Yten, mando que a cada uno de los criados que se hallasen en mi servicio al tiempo de mi fallecimiento se den dos cargas de pan sobre sus justos salarios, que se les abonarán por entero, con tal que mi servicio haian estado más de un año, pero si acaso subcediese no haver llegado a cumplirlo, en este caso, mando se les dé solamente por gracia media carga además de sus salarios.
Yten, mando que a cada uno de mis hermanos Francisco y Francisca, que quedaron de mi madre Doña Cathalina Rodríguez, difunta, se les den quatromill reales para ayuda de sus gastos, pero su subcediese haver muerto alguno de estos dos antes que yo fallezca es mi voluntad que entonces se den al que quedass seis mill reales.
Yten, mando que los testamentarios que fueren en virtud de este mi testamento se dé a cada uno una alhaja de mi casa, valor de trecientos reales a juicio prudente suio, por razón de trabajo y agradecimiento.
Que al clérigo o vicario que se hallare de mi orden en servicio de mi parrochia se le den trecientos reales sobre el estipendio justo en que estuviéremos convenidos.
Yten, declaro que por quanto hice concordia con Don Luis Gancedo, presvítero vecino que fue de la villa de Ponferrada, sobre la casa que havito en este lugar de Carrazedelo, mando se esté a lo que previene dicha escritura, que se hallará adjunta con los demás apeos de esta yglesia y apuntada en el fin de los libros de arriendo de ella, y que mediante haver satisfecho las cargas que allí se previenen y los quarenta reales annuales en los reparos precisos de ella, como se verá por la quentas que tengo tomadas, que no estén obligados mis herederos a pagar cosa alguna por razón de desperfectos, ni otra causa, mediante estar aceptada la casa con esta condición y no haverse gravado a los curas más que con los quarenta reales annuales por razón de renta para reparo.
Yten, que por quanto en los Libros de Fábrica y cofradías he procurado poner con toda claridad mis quentas, mando se obserbe en el de Fábrica lo prevenido desde el folio ciento veinte y seis, donde ser advierten las cantidades que tengo recividas de poder de los mayordomos, y desde el folio ciento treinta y uno satisfacción de ellas, donde se hallarán abonadas con toda claridad y orden, cuio método se observará en el de la Cofradía del Sanctíssimo Sacramento a los folios cinquenta y quatro, y ciento y uno, y en el de Nuestra Señora, a los folios quarenta y siete, y ciento y uno.
Yten, es mi voluntad que si alguno de mis herederos intentase poner pleito o demanda a los demás interesados sobre lo que dispongo y mando en este mi testamento, sea excluido inmediatamente de la parte de mi herencia que competir le pueda, y se aplique sin más informe a la parte ynteresada contra quien litigase.
Y para cumplir este mi testamento, mandas y legados en él contenidos, elijo y nombro por mis testamentarios y albaceas al vicario que fuere en esta mi parrochia al tiempo de mi fallecimiento y al señor cura más inmediato, a quienes pertenezca mi entierro por derecho de tal, a quienes y cada uno “in solidum” doy todo mi poder cumplido, el que de derecho  se requiere y es necesario, para que en lo más bien parado de mis bienes lo paguen y cumplan, y mando que hasta haverlo executado qualquiera de los dos, o entrambos se apoderen de todos, y los retengan, vendiéndolos en pública almoneda, o fuera de ella, como más bien les pareciere conveniente, sin que persona alguna se lo estorbe.
Yten, el remanente de todos mis bienes, derechos y acciones y futuras subcesiones elijo y nombro e instituio por mi único y universal heredero a Don Antolín Ledo, mi padre, y si este huviese fallescido antes que yo, declaro por mis herederos a todos mis hermanos, habidos en las primeras y segundas numpcias de el mencionado mi padre para que lo repartan entre sí igualmente, y los lleven y gozen con la bendición de Dios y la mía.
Y por este mi testamento reboco, anulo y doy por ninguno y de ningún valor, ni efecto otro qualquier testamento o testamentos, codicilo o codicilos, poderes para testa y otras últimas disposiciones que antes de este haya echo y otorgado por escrito, de palabra o en otra qualquiera manera, y aunque tengan cláusulas derogatorias, y que pidan especial mención para su derogación, porque sólo quiero que valga tan solamente este que al presente hago por mi testamento y codicilo y última y postrimera voluntad en la mejor forma y vía que haia lugar en derecho, el qual por firme assí lo otorgo ante el presente escrivano, en este lugar de Carrazedelo a veinte y dos de noviembre de mill setecientos ochenta y dos, siendo testigos Don Manuel de Pacios presvítero, Josef Manuel Menéndez de Jesús, y Francisco Fernández el Viexo, vecinos de él, el otorgante a quien yo el dicho escrivano doi fee conozco, y de que está sano, en pie, y en su cabal juicio, y entendimiento natural, lo firmó y firmé. Lizenciado Don Josef Ledo. Ante mí Pedro Fuentes.
Concuerda con su original que en mi poder, oficio y registro queda en sello quarto, a que me refiero y en fee de ello yo el dicho Pedro Fuentes escribano por Su Majestad y perpetuo del número de esta villa de Ponferrada y su jurisdicción lo signo y firmo en ella y estas siete foxas primera de el sello tercero y las de yntermedio papel común a veinte y quatro de noviembre de mil setecientos ochenta y dos. Pedro Fuentes (Hay una rúbrica).

CODICILO

1788, agosto, 29. Carracedelo.

En el nombre de Dios. Amén.
Sepase como yo Don Josef Ledo, cura párrocho de el lugar de Carrazedelo, obispado de Astorga, hallándome a el presente henfermo con henfermedad que Dios nuestro Señor fue servido darme, aunque en mi sano y caval juicio, creiendo como firmemente creo en todos los misterios que tiene y cre nuestra Santa Madre Yglesia Romana otorgo este mi codicilio mediante tener hecho mi testamento por ante Pedro Fuentes, escrivano del número de esta villa de Ponferrada en el año de mil setezientos ochenta y dos, y el que quiero que valga en todo y por todo eszetuando en aquella cosas que se enmendan y se añadieran en este mi codizilio que son las siguientes.
Primeramente que además de los sazerdotes llamados para mi entierro en mi testamento se llame expecialmente a la comunidad de Caveza de Alta, a quien se dará lo acostumbrado.
Yten que de la limosna que se manda dar a los pobres en el día de mi entierro se revaje el cuartillo de vino y en compensa se bistan a doze pobres que han de asistir nombradas [...] a mi entierro, según el juicio de mis testamentarios.
Yten mando que a las misas que ban señaladas en mi testamento se añadirán otras [...] zientas por mis obligaciones de las quales doszientas se darán a los frailes de Caveza de Alta, con la premisa condizión que han de ser todas las primeras que digan.
Yten, mando que además de la manda que hago a mi prima Doña Mariana Ledo en mi testamento, la qual quiero que valga en todo y sobre todo, se la dé además otra cama entera con dos colchones y otras cuatro sávanas buenas, de suerte que sean dos camas con las condiziones sobredichas [...]
Yten, mando que se paguen los dineros que fueren necesarios para conpletar la ympresión de una obra que es hella pendiente en poder de Don Yisidoro Hernández Pacheco, impresor de Madrid, y para lo qual tiene rezividos siete mil quinientos reales como resultara de las quentas que sobre este particular [...]
Yten, revoco la manda que hago en el testamento para el hermano que se hallase dedicado a los estudios y es mi voluntad que nada sirva y mando que la librería pueda venderse libre.
[...]
Yten, mando que a mi criada Ysabel García se done todo cuanto tubiere rezivido, y que además se la den dos cargas de pan que puso en mi panera y otras dos de la darán a parte, y además se la dará una cama a estilo de aldea, con sávanas de estopa y dos mantas, una arca de las mías y dos quintales de legumbre por los buenos servicios que me ha echo, y además se la dará una caldera mediana, una sartén y un cazo.
Yten, mando a mi criado Eugenio se le abone entero el salario de el año y además si quisiere [...] y además se quede con media carga de pan para aiuda de mantenerse.
Yten, mando que a mi criada que fue María García se la perdone todo lo que tubiere rezivido, y mando que además se la dé una carga de pan.
Yten, mando que las alajas que mando dar a mi vicario a de ser con la condizión que zele por estas mis cosas siendo yo fallezido.
Yten, mando que nada se pida de cuanto tubiere dado a mi tío Don Lorenzo Ledo y qualquiera de mis parientes.
Yten, mando que se den dos mill reales a mi hermana Doña Josefa Ledo que está en mi compañía los que forzosamente se abrán de reservar para su acomodo, y para cumplir este mi codicilio añado a los albazeas nombrados en mi testamento al señor Don Manuel Corral cura que es de San Martín, a quienes doy todo mi poder para que sin cargo de ynbentario ni fianza retengan todos mis bienes con intervenzión y asistencia de mi prima Doña Mariana Ledo asta que se cumplan todas las mandas que se hallan comprendidas en este mi testamento (digo) codicilio y en el mi testamento y en el ynterín mando que nada se entregue a ninguno de mis herederos.
Yten declaro que la manda que azía en mi testamento a favor de mis hermanos Don Francisco y Doña Francisca, se entienda solo porción a favor a favor de mi hermano Don Francisco, a quien se dará la cantidad de quatro mil reales, y por este mi codicilio quiero que se arregle dicho mi testamento, los quales quiero que valgan en quanto en este mi codizilio no se halle derogado.
Y para que este sea firme por no haber escribano en este lugar lo otorgo ante los testigos que se darán abajo a veinte y nuebe días de el mes de agosto de mill setezientos ochenta y ocho, siendo testigos Don Manuel Antonio de Pacios, presbítero, Josef Menéndez de Jesús, Eusebio García, Damián Tidal y Santiago Fernández, todos vecinos de este dicho lugar y los firmo junto con los testigos que saven. (Hay varias firmas, entre ellas la de Don Josef Ledo).

INVENTARIO

Primeramente en la sala principal se hallaron
Una mesa redonda con su carpeta de esparragón encarnado en cien reales. 100
Más trece tavoretes forrados de badana en cuatrozientos veinte y nuebe reales. 429
Más una silla poltrona en cinquenta y quatro reales. 054
Más tres silletas de color chocolate en doze reales. 012
Más otra silleta de lo mismo en quatro reales. 004
Más quatro láminas de vidriera en ochenta reales. 080
Más dos quadros negros en ocho reales. 008
Más dos láminas doradas de cobre en treinta y dos reales. 032
Más siete láminas chicas con media caña y otra con la ymagen de un Christo también con media caña, en veinte y quatro reales. 024
Más un espejo en ocho reales. 008
Más nuebe cortinas de lana y cinco baras en cien reales. 100
Se halló en la alcoba delantera dos láminas o medias cañas de papel en ocho reales. 008
Más una tarima de cama con su cordel en ocho reales. 008
Más un jergón de estopa en veinte y siete reales. 027 

martes, 26 de mayo de 2015

Una mesa de piedra en el Jardín del Conde - La leyenda de los cuatro obispos

Plano del Jardín de Benavente, según Pedro Sánchez Lago (1903)

Cuenta Ledo del Pozo en su "Historia de la nobilísima villa de Benavente" que en el Jardín del Conde, a las afueras de la villa, había "una mesa de piedra, colocada casi al extremo, en la que podían comer según tradición de las gentes, los obispos de León, Astorga, Zamora y Oviedo, sentado cada uno en su obispado".

Una pista sobre los orígenes de esta tradición nos la proporciona Carlos González de Posada, en su obra “Memorias históricas del Principado de Asturias y obispado de Oviedo”, publicada en 1794. Al referirse a la Vicaría de San Millán, recuerda que “los obispos de Oviedo, León, Astorga y Zamora pueden en esta vicaría comer juntos en una mesa, estando cada uno en su obispado, y se practicó así en la consagración del Ilustrísimo Llano Ponte para obispo de Larén”.

Respecto a esta consagración sabemos que, efectivamente, el día 14 de enero de 1770 se consagraron en la iglesia del convento de San Francisco de Benavente, Alonso Francos Arango, obispo de Orense, y Juan de Llano Ponte, obispo de Lares o Larén, sufragáneo y auxiliar del obispo de Oviedo. A la muerte de Agustín González Pisador, Llano Ponte fue titular del obispado de Oviedo desde el 26 de septiembre de 1791.

La Gaceta de Madrid del 20 de febrero de 1770 consigna que "fue su consagrante el Illmo. Sr. Obispo de Zamora. Asistentes los Illmos. Señores Obispos de Astorga y Valladolid. Padrino del Sr. Obispo de Orense el Doct. D. Pedro de Bustillo Francos, Arcediano de Babia, a nombre y representación del Illmo. Sr. Obispo de Oviedo, y del Sr. Obispo de Laren, D. Miguel Pisador, Arcediano de Villaviciosa, como Diputado del Venerable Dean y Cabildo de su Santa Iglesia Catedral, de la que son dignidades".

La asistencia de estos obispos y dignidades a esta ceremonia solemne en Benavente debió ser la ocasión elegida para escenificar en la mesa de piedra del Jardín la supuesta confluencia de las cuatro diócesis en aquel punto. A todo ello tampoco pudo ser ajena la condesa-duquesa de Benavente, María Josefa Pimentel, pues no hay que olvidar que los Pimentel ejercían el patronazgo sobre el monasterio franciscano, sede del panteón familiar, y el Jardín formaba parte de sus dominios en la villa.

Sin embargo, en la nómina de autoridades presentes, según las fuentes, nos falta una pieza clave: el obispo de León. Tal vez no llegó a participar, o alguna de las otras personas citadas actuó en su representación. En cualquier caso, parece que existía una tradición anterior respecto a la mesa y este tipo de celebraciones y, por tanto, debieron existir precedentes anteriores.

Pedro Sánchez Lago en su "Historia completa de Benavente" precisa que la mesa "tenía sus bordes labrados", y reproduce un croquis de parte del Jardín, con una mesa monumental representada en el ángulo inferior izquierdo.

En un inventario de 1612 de las esculturas “y otras cosas de bronzes, mármoles y tierra” existentes en el Jardín de Benavente figuran dos mesas monumentales de piedra: “una mesa quadrada de bara y dozavo de diversos embutidos de jaspes con una ajedrez en medio”, y “dentro del dicho Jardín una mesa de mármol blanco con una tabla de jaspe colorado y blanco embutida en ella con una lista de jaspe negro y dorado de quatro dedos de ancho embutido en la mesma tabla”. Estas piezas fueron traídas de Nápoles por Juan Alfonso Pimentel, VII conde de Benavente (1576-1621), y virrey de Nápoles entre 1603 y 1610.

En relación con todo esto, hay que señalar que en la ermita de la finca de La Montaña, en las inmediaciones del viejo estanque del Jardín, al parecer, existían hasta hace unos años cuatro sitiales en su interior. Según la documentación antigua, la pequeña ermita o capilla estuvo dedicada a San Juan, pero también es conocida como “la capilla de los cuatro obispos” o “la casa de los obispos”.

La organización eclesiástica del territorio que configuraba el alfoz del concejo de Benavente fue, ciertamente, muy peculiar dentro del panorama hispano. La existencia de varias jurisdicciones dentro del concejo dio lugar a múltiples y continuadas disputas, algunas de ellas con ramificaciones que llegan prácticamente hasta el siglo XX. De hecho, en 1954 se rectificaron los confines eclesiásticos, intentando evitar que los límites de las diócesis no comprendieran distintas provincias civiles. De esta forma, doce parroquias de la diócesis de Astorga situadas en el partido judicial de Benavente y en la provincia civil de Zamora, pasaron a depender del obispado de Zamora. Igualmente el arciprestazgo de Benavente, dependiente hasta entonces de la diócesis de Oviedo, fue agregado a la diócesis de Zamora.

Desde la Edad Media cuatro eran los obispados que tenían jurisdicción en el territorio del alfoz concejil: Oviedo, Astorga, León y Zamora. Esta circunstancia es la que otorga cuerpo a la tradición de la mesa de los cuatro obispos. Analizaremos a continuación la evolución seguida por estas diócesis en relación con el concejo benaventano:

El origen de la penetración ovetense en esta zona es un tanto oscuro y se remonta la Alta Edad Media. Los diplomas disponibles para acreditar esta presencia asturiana en tierras leonesas ofrecen muchas dudas sobre su autenticidad. Ledo del Pozo sugiere que en un principio las iglesias de Benavente pertenecían a Astorga, remontándose a la Hitacion de Wamba para fundamentarlo, pero que en el año 875 el pontífice Juan VIII en su bula declaratoria del obispado de Oviedo agregó estos territorios a su jurisdicción. En 926 Ramiro II confirmó varios privilegios y donaciones a la Catedral, añadiendo diversas villas y heredades en esta zona, fundamentalmente en el territorio de Coyanza (Valencia de Don Juan). Durante el siglo XII la acumulación patrimonial aumentó considerablemente, especialmente a través de donaciones reales. Así en 1180 Fernando II dona a la Iglesia de Oviedo y a su obispo Rodrigo el diezmo de la rentas reales de Benavente y la mitad del peaje de Gordón.

En 1182, consta la primera noticia de la existencia del arcedianato de Benavente, que nace muy poco después de que el monarca Fernando II de León donara a la Iglesia de Oviedo una considerable cantidad de bienes en la zona sur de León y norte de Zamora. Estos territorios quedaron así vinculados firmemente a esta jurisdicción. El documento narra como el arcediano, Suario, había construido una iglesia en Villafer, lugar situado dentro de su jurisdicción. El templo debió convertirse más tarde en una iglesia propia, puesto que un freire de la Orden de San Juan donó la tercera parte de los diezmos al obispo de Oviedo. Este personaje debe ser el mismo que en fecha imprecisa, pero muy cercana al documento anterior, llega a un acuerdo con el abad del monasterio de San Pedro de Montes acerca de ciertas propiedades en Morales del rey, lugar que se encontraba teóricamente en la diócesis de Astorga.

Como señala Soledad Suárez Beltrán, para que el arcedianato de Benavente pudiera llegar a formar parte de la diócesis de Oviedo tuvo que establecerse previamente una sólida base territorial que sustentara  los derechos de los obispos asturianos. Cuando en la primera mitad del siglo XII el obispo Pelayo falsifica los diplomas reales de los siglos X y XI, atribuidos a los reyes Alfonso III, Fruela II y Fernando I, aprovecha para incluir en ellos gran cantidad de bienes, sobre todo iglesias de esta zona concreta que, si en ese momento no pertenecían todavía a la Iglesia de Oviedo, pasarían a engrosar su patrimonio a consecuencia de ello.

En los años siguientes el obispado de Oviedo intentó mantener a toda costa este enclave en tierras leonesas, delimitando lo que sería el Arcedianato de Benavente, La Vega y Coyanza, entre las diócesis de Astorga, León y Zamora. Se trataba de un territorio exento, pues no había continuidad geográfica con el resto de los dominios de la diócesis. Estos territorio estaban bajo la jurisdicción de un vicario. La sede del vicario estuvo primitivamente en la localidad de San Millán de los Caballeros, si bien posteriormente pasó a Benavente. Geográficamente el territorio de la Vicaría de San Millán que afectaba al concejo de Benavente comprendía algunos pueblos situados en las orillas del río Esla (la Vega de Villamandos) y la propia villa de Benavente.

Según un inventario (incompleto) de parroquias que mandó hacer el obispo de Oviedo don Gutierre en el siglo XIV, seis eran las parroquias que pertenecían a esta diócesis en Benavente: San Julián, San Pedro, San Martín, San Bartolomé, Santiago y San Miguel, todas ellas en el casco urbano .

En cuanto a la diócesis de Astorga, durante los siglos XI y XII fue adquiriendo un bien número de propiedades en la zona mediante donaciones, compras, permutas, etc. Las comarcas de Tera, Carballeda y Vidriales, que habían sido entregadas al concejo de Benavente como alfoz en 11881 por Fernando II, quedaron englobadas dentro de la diócesis. Las zonas más "conflictivas" eran aquellas que entraban en contacto con los intereses de la mitra ovetense. Por un documento de 1157 sabemos que la infanta doña Elvira, hija de Alfonso VI, donó a la catedral todo lo que poseía en diversas iglesias del obispado, entre ellas se mencionan las iglesias de Bretó, Castropepe y Castrogonzalo, todas ellas en lugares cercanos a Benavente situados en la orilla del río Esla y, por tanto, muy próximos a los límites de Oviedo y León. De hecho, el mencionado lugar de Castrogonzalo se cita como límite de la diócesis de León en un documento del siglo X.

El obispado de Astorga disfrutaba del señorío de los lugares de San Adrián del Valle, Camarzana de Tera, Villaobispo y San Pedro de Zamudia. Por su parte, el cabildo de Astorga tenía la Verdenosa, en la merindad de La Polvorosa.

Más compleja aún era situación que existía en la propia villa de Benavente. Según un documento de la iglesia astorgana, en el año 1228 pertenecían al obispado de Astorga las iglesias de Santa María de Renueva y San Salvador. Esta información se contradice con otro documento de 1210 según el cual la iglesia de San Salvador estaba en el obispado de Oviedo, a no ser que se admita la peculiar circunstancia de que una iglesia se encuentre en el territorio de un determinado obispado pero pertenezca realmente a otro. Dadas estas circunstancias, no es de extrañar que se produjeran frecuentes pleitos por los límites diocesanos entre Astorga y Oviedo. Así en 1336 se plantea una demanda en relación con la injerencia del obispo de Oviedo en la diócesis de Astorga.

Por otra parte, diversas dignidades del cabildo catedralicio, bien a título particular o como representantes de su iglesia, poseían algunos bienes y rentas en la ciudad y en su entorno. Así en 1186 Pelayo, arcediano de Astorga y tenente del hospital de Foncebadón, otorga fuero a los vecinos y "amigos" de Benavente y Villa Muza que quieran plantar viñas en Villa Muza, en la heredad que Foncebadón tenía en este lugar, muy próximo a Benavente. El deán de Astorga también disfrutaba de diversos bienes, destacando muy especialmente el control que mantenía sobre los llamados Molinos de Sorribas.

En cuanto a la diócesis de León, su influencia en el concejo de Benavente fue escasa. En los siglos X y XI la catedral de León tenían algunas heredades en diversos lugares de la ribera del Tera como Villanázar, Colinas y Castroferrol. Solamente algunos lugares del concejo situados en la margen izquierda del Esla, en la Merindad de allende el río, pertenecían al obispado. Según el “Becerro de Presentaciones” de la Catedral del León estos lugares estaban incorporados al arciprestazgo de Fuentes, que incluía Fuentes de Ropel, Valdescorriel, Santa Eufemia, San Miguel, Roales, San Esteban del Molar, Villanueva la Seca, Villalobos, Villasanct, Otero, Palazuelo, Quintana, Villaobispo, Piquillos, Morales de Riba de Esla, Rubiales, Escorriel de Frades, La Torre, San Esteban, Palazuelo, Santa Cristina y San Julián.

Por último queda analizar el papel de la iglesia zamorana en la zona. En este caso tampoco la documentación aporta datos significativos sobre sus intereses en el concejo. De los mapas y documentos consultados se deduce que las áreas de su jurisdicción limitaban con la zona más al sur del concejo de Benavente, pero sin entrar en ella. Bretocino, Bretó y Santovenia quedaban dentro de Astorga, mientras que Granja de Moreruela era ya aldea del obispado de Zamora. Parece ser que Zamora tuvo un importante papel mediador en buena parte de las disputas entre las diócesis de León, Astorga y Oviedo. En al Archivo Diocesano de Zamora existe, por ejemplo, un documento del siglo XIII en el que se toma declaración a diversos canónigos del obispado de Astorga sobre los bienes que tienen en Benavente.

Así pues, el erudito local Ledo del Pozo evocó, a finales del siglo XVIII, este panorama complejo de la organización eclesiástica de Benavente a través de la reproducción de esta tradición de la mesa de piedra en la que comían cuatro obispos. Estos serían los ya citados anteriormente: los de Astorga, León, Oviedo y Zamora. Ciertamente, el lugar que señala Ledo del Pozo se encontraba en los límites entre el obispado de Astorga y el de Oviedo. Más difícil explicar es la posible jurisdicción que tendrían aquí León y Zamora, pues según la documentación de la que disponemos sus territorios de influencia estaban bastante más alejados, a no ser que tuvieran bienes o intereses puntuales en el área ocupada por el Jardín de los Condes, también conocido como La Montaña, y anteriormente como Valmonio. En cualquier caso, este relato pone de manifiesto una curiosa problemática que quedó para siempre unida a la historia de la Villa.

Vista del Castillo y Parador de Benavente desde el Puente del Jardín

Retrato de María Josefa Alfonso Pimentel, por Goya (1785)

Mapa de los territorios correspondientes a la Vicaría de San Millán en 1894

domingo, 22 de febrero de 2015

Reseña histórica de las parroquias, iglesias y ermitas de Benavente - Santa María de Ventosa

Talla de Santa María de Ventosa existente en la iglesia de Santa María del Azogue

Iglesia / advocación: Santa María de Ventosa.
Otras denominaciones: "Sancta Maria de Ventosa".
Categoría: Parroquia.
Localización: Extramuros, junto al río y el puente de piedra.
Patronato / presentación: Derecho de presentación de los feligreses.
Fundación: Fundada probablemente antes de la repoblación de la villa por Fernando II.
Primera mención documental: 1178.
Desaparición: Derribada hacia 1447.
Cofradías y capellanías: Sin datos.

La iglesia y parroquia de Santa María de Ventosa se encontraba probablemente extramuros, próxima al río y al puente medieval. Se trata del llamado "Puente del Jardín", sobre el Caño de los Molinos, del que aún se conserva uno de sus arcos en pie. No obstante, resulta problemático fijar el lugar exacto de su emplazamiento, pues las informaciones disponibles no son coincidentes y, en ocasiones, contradictorias.

Ledo del Pozo la sitúa "en las afueras de la villa, junto al río, cuyo sitio aún lleva su nombre; después del cerco que puso Láncaster a la villa se pasaron a Santa María la Mayor las imágenes". El erudito benaventano identifica el barrio de Ventosa como el área en el que estuvo el monasterio de Santa Clara desde su fundación, antes de su traslado al interior de los muros de la villa:

"Hasta el sitio de Ventosa por la parte que pasa el río, se halla extendida la población de Benavente en forma de arrabales, subordinada en aquel lugar a la parroquia de Santa María, conocida con este nombre; y aún aquí tuvo el convento de Santa Clara su primer asiento, hasta que arruinados todos los edificios y casas en las continuas guerras de Portugal y Castilla, fue preciso reunir estos arrabales, pasando el convento y vecinos al recinto del pueblo [...] Y aunque en el (privilegio de Alfonso XI) no se nombra el barrio de Ventosa, es por haber tomado con el tiempo el nombre de Santa Clara por la fama del monasterio y honra de sus fundadores".

Otros autores llevan el templo más lejos, hacia la zona de la actual fábrica de harinas de la Ventosa. Sánchez Lago habla incluso de una iglesia de "estilo plateresco", sin aportar ningún testimonio sobre ello. Su ubicación estaría cerca del río y próxima a la calle de su nombre, añadiendo que el atrio y los portalillos estaban montados sobre un puentecillo existente "cerca de la fábrica de harinas de los señores Herrero, donde terminaba la calle en el año 1035 (sic)". Sobre esta cuestión precisa José Muñoz Miñambres que "según datos del archivo de Santa María la Mayor" junto a la fábrica de harinas se encontraba "la iglesia de Santa María de la Ventosa, que se apoyaba sobre el puente de piedra en la desviación de la carretera de Milles de la Polvorosa". 

Sea como fuere, es la iglesia más antigua documentada en Benavente. Sus orígenes son probablemente anteriores a la propia repoblación de la villa, pues "Ventosa" fue el nombre de un lugar poblado desde antiguo que acabó siendo incorporado a Benavente como una parroquia o colación más dentro de su organización administrativa y eclesiástica. Sus orígenes podrían ser remotos, pues en época sueva se menciona una parroquia con este nombre en la diócesis de Astorga y, más tarde, con el rey visigodo Suintila (621-631) existió una ceca que acuñó moneda en este mismo lugar.

La primera mención documental procede del año 1178, cuando en una confirmación de todos los privilegios y propiedades de la Iglesia compostelana, se incluye: “Et in Benevento ecclesiam Sancte Marie de Ventosa et villas quas habetis in episcopatu ovetensi, in Asturiis”. Se trata de una bula de Alejandro III. Estos derechos y prerrogativas fueron confirmados de nuevo en 1199 por Inocencio III. Por otros testimonios posteriores sabemos que desde el punto de vista de la jurisdicción eclesiástica, la isla de Ventosa, y todo el territorio situado al otro lado del río, pertenecían a la diócesis de Astorga. En cambio, la villa de Benavente en su conjunto estaba enclavada en los dominios de Oviedo.

La iglesia de Ventosa era el centro de una parroquia o colación de la villa que parece gozar de cierto dinamismo durante el siglo XIII, En 1206 Fernando Gutiérrez y Marina Pérez donan al monasterio de Sobrado unas casas que tienen en Benavente, en la colación de Santa María de Ventosa, junto al río Orbigo, que ellos habían comprado al conde Rodrigo Álvarez y a sus hermanos de Malucanes. De esta parroquia procedían los fundadores de la iglesia de San Salvador, construida en los solares posteriormente ocupador por el monasterio de Santa Clara.

En 1210 Rodrigo Peláez y María Joanis, vecinos de Ventosa, se declaran fundadores de esta iglesia de San Salvador. En 1287 se cita en una carta a Juan Fernández como clérigo de Ventosa. En el testamento de Martín Alfonso de Melgar, escriturado en 1374, hay una manda de 10 maravedís para la obra de la iglesia.

En el libro de actas del Concejo de 1434, Santa María de Ventosa no figura como una de las diez parroquias benaventanas que contribuyen al segundo y tercer repartimientos del pedido real del año 1433. Esta circunstancia es interpretada por Severiano Hernández Vicente, como ya hizo Ledo del Pozo, como una consecuencia del asedio anglo-portugués contra Benavente en 1387.

Fue una de las tres iglesias, junto con San Julián y San Bartolomé, derribadas hacia 1447 por el tercer conde de Benavente, Alfonso Pimentel (1440-1459), para la mejor defensa de la villa y su castillo. En una carta de 1516 se dice de estas iglesias "que heran sitas e asentadas en la mota que agora se dise de la fortaleza e enrrededor de la casa e fortaleza que agora es de los estados desta casa las quales paresçio que se derrocaron por que la dicha casa e fortaleza estoviese e fuese mas fuerte e estoviese mas libre". En compensación por este derribo, en Santa María del Azogue se establece la "obligaçion de en los sacrifiçios e oraciones que en ella se fizieren rueguen a Dios por las anymas de los defuntos que estan enterrados e sepultados en las dichas yglesias".

Sin embargo, como hemos visto, la iglesia de Santa María de Ventosa no se encontraba propiamente en la Mota, sino extramuros de la villa, junto al río. Tal vez, haya que interpretar este testimonio en el sentido de que esta iglesia estaba próxima a la fortaleza o a su recinto murado y era un obstáculo para su defensa, pues apoyándose en ella se podrían amenazar las defensas de la villa. En esta época el río discurría lamiendo la ladera del cerro del Castillo, mucho más próximo que en la actualidad. En varios documentos del siglo XV se identifica también Ventosa con todo el territorio situado por bajo del Castillo, junto al río y la muralla. En las cuentas municipales de 1475 se asienta el gasto "por que tapiase çiertos portillos a la çerca debaxo del castillo cabe Ventosa". En la memoria de las edificaciones realizadas en la casa, bosque y molinos de Benavente durante el mandato del cuarto conde se dice: "que en vida de dicho Conde (Rodrigo Alfonso Pimentel) que se hundió la torre de sobre el rio, que esta contra Ventosa".

En la iglesia de Santa María del Azogue se conserva una talla de la Virgen con el niño conocida, según la profesora Elena Hidalgo Muñoz, como "Santa María de Ventosa". Esta imagen debe ser una de las piezas trasladadas de la antigua iglesia que menciona Ledo del Pozo. Para algunos autores sería una obra del siglo XIV, pero para Sergio Pérez Martín y Rubén Fernández Mateos, por el tipo de plegados del manto, bastante abultados, y por la desnudez del infante, esta obra puede datarse a finales del siglo XV o comienzos del siglo XVI. Sabemos también que en la mencionada iglesia de Santa María del Azogue existió un altar específico dedicado a Nuestra Señora de Ventosa, presidido probablemente por esta imagen. En 1579 se alude a Pedro de la Peña, capellán de la capilla de la Magdalena "que sirve en el altar de Nuestra Señora de Ventosa".

Plano del Jardín de Benavente, según Pedro Sánchez Lago (1903)

jueves, 5 de febrero de 2015

Reseña histórica de las parroquias, iglesias y ermitas de Benavente - Los Mártires

Entrada a los Paseos de la Mota, donde podría situarse la desaparecida iglesia de Los Mártires

Iglesia / advocación: Los Mártires.
Otras denominaciones: ¿San Julián y Santa Basilisa?
Categoría: Iglesia.
Localización: A la entrada de la Mota y cerca de la Fortaleza.
Patronato / presentación: Sin datos.
Fundación: Sin datos.
Primera mención documental: Mediados del siglo XV.
Desaparición: Mediados del siglo XV.
Cofradías y capellanías: Sin datos.

Sobre la iglesia de los Mártires solamente podemos aportar los escasos datos ofrecidos por Ledo del Pozo. Cuenta el erudito benaventano que el templo se encontraba situado "a la entrada de la Mota, donde existió una cruz". Su desaparición se habría producido cuando el segundo conde de Benavente, Rodrigo Alfonso Pimentel (1420-1440), mandó cercar aquel terreno para mejor defensa de la Fortaleza. El resto de autores que han tratado de este asunto se limitan a reproducir este testimonio, sin ninguna aportación nueva.

Muchas son las incógnitas que nos plantea esta breve información. Ninguna alusión a esta iglesia encontramos en la documentación medieval de Benavente. Desde luego, no figura en las relaciones de iglesias y parroquias conocidas, ni tampoco en los deslindes de terrenos o cartas de compraventa. A pesar de ello, la noticia que ofrece Ledo del Pozo es bastante precisa, y por ello hay que suponer que podo conocer algún documento antiguo que la mencionaba, así como la citada cruz que perpetuaba su memoria.

En cuanto a su localización, todo lo que sabemos es que se encontraba "a la entrada de la Mota". En la geografía actual de la villa este punto se entendería como el comienzo de los Paseos de la Mota, al final de la calle de la Mota. Sin embargo, en la época en la que escribe Ledo del Pozo, en el último tercio del siglo XVIII, todo el cerro en el que se asentaba el Castillo pertenecía al patrimonio de los Condes, incluidas la Mota Nueva y la Mota Vieja, o Mota Alta y Mota Baja. Existe un apeo de 1786 de la fortaleza y su territorio contiguo, cuyo deslinde comienza en la Plazuela de la Mota, hoy plaza de Juan Carlos I, y que delimita la Fortaleza entre las calles actuales de la cuesta del Río, carretera de la Estación y calle de los Carros. En un callejero existente en el Archivo Municipal, correspondiente al año 1860, se diferencia entre la calle de la Mota Alta y la calle de la Mota Baja.

En la excavación arqueológica que se realizó en la Mota Vieja a finales de los años 90, con ocasión de la construcción de un aparcamiento subterráneo, se documentó un nivel de derrumbe/arrasamiento de construcciones de tapia y cimiento de mampuesto cuarcítico en una hilada que formaron las edificaciones de un barrio construido en la ladera oeste de los Cuestos. Las series cerámicas y monetales, exhumadas por Enrique Arnau Basteiro, centran la ocupación de esta ladera entre los siglos XIII y XV.

Si en la Mota existía una población estable en estas fechas, tuvo que tener una o varias iglesias que atendieran las necesidades espirituales de sus moradores. Esta función pudieron cumplirla los templos más próximos a este área: San Julián, San Bartolomé, y este de los Mártires de incierta trayectoria.

Otra cuestión que suscita esta iglesia es su propia advocación: Los Mártires. Se trata de una denominación demasiado genérica que nada aclara sobre la titularidad del templo. ¿Qué mártires son estos? Sabemos que en la Mota, o muy próxima a ella, existió una iglesia y parroquia, perfectamente documentada, dedicada a San Julián y la pregunta que hay que hacerse es si en realidad estamos ante un mismo templo.

Son varios los santos y mártires cristianos que llevaron el nombre de San Julián, pero durante la Edad Media en los reinos hispanos tuvo una particular expansión el culto a Julián y Basilisa. Según la tradición, esta pareja de esposos habrían padecido martirio en Antioquía o, más probablemente, en Antínoe (Egipto) hacia el año 304. A ellos se les dedicó varias iglesias, como la de Salamanca construida en los tiempos de la repoblación. Estos templos tenían la doble advocación de San Julián y Santa Basilisa, los Santos Mártires, pero en la devoción popular su culto se entremezcla y se confunde con San Julián el Hospitalario.

Por tanto, esta misteriosa iglesia benaventana de "Los Mártires" podría ser, en realidad, la más conocida y documentada iglesia y parroquia de San Julián, que fue derribada hacia el año 1447 por el conde de Benavente para asegurar la defensa de la Fortaleza. Los paralelismos resultan muy significativos.

Iglesia de San Julián y Santa Basilisa de Salamanca

jueves, 12 de febrero de 2015

Reseña histórica de las parroquias, iglesias y ermitas de Benavente - San Pedro

Área aproximada en la que se situaba la iglesia de San Pedro

Iglesia / advocación:
San Pedro Apóstol.
Otras denominaciones: Sin datos.
Categoría: Parroquia.
Localización: Próxima a la Ronda Rancha y a la muralla.
Patronato / presentación: Derecho de presentación de los feligreses.
Fundación: Sin datos.
Primera mención documental: Hacia 1313.
Desaparición: Agregada a Santa María del Azogue.
Capellanías fundadas: Sin datos.
Cofradías vinculadas: Sin datos.

La iglesia y parroquia de San Pedro se encontraba el centro del casco urbano de la villa, limitando su feligresía con las parroquias de San Martín y Santa María del Azogue. Estuvo dedicada a San Pedro, apóstol patrón del gremio de los pescadores y, de hecho, en sus inmediaciones estuvo la antigua pescadería de la villa. En tiempos anteriores, existía en este entorno la red o "redecilla" en la que se exponía públicamente el pescado para su venta. La pesca tuvo una gran importancia entre las actividades económicas del concejo, constando en la Edad Media varios vecinos con ese oficio. De hecho, Benavente contó con varias ordenanzas para regular esta actividad y la venta del pescado.

Existió en la villa un monasterio dedicado a San Pedro Mártir, antecesor del que sería monasterio de Santo Spíritus. No debe confundirse con nuestra iglesia, que parece estuvo bajo la advocación de San Pedro Apóstol.  Su festividad, el día 29 de junio, tenía una gran importancia entre las celebraciones del concejo, pues en torno a esa fecha se procedía a la designación y elección de nuevos alcaldes. Así se recordaba en un memorial del año 1400: 

"E aviendo el conçejo de fuero e de costunbre de porner alcalles por el día de San Pedro aquellos que rrazonabres fuesen que guardasen vuestro seruiçio e suyo e de la villa e provecho e que fuesen abonados".

Una vez más, es Ledo del Pozo quien ofrece los datos más significativos para intentar precisar la localización de esta parroquia: “San Pedro, agregada hoy a Santa María la mayor, estuvo situada en un alto detrás de la pescadería, en la ronda, que lleva su nombre; se destruyeron sus cimientos en el siglo pasado y se hallaron aún muchos sepulcros al preparar tierra para unas tapias”.

Según Juan Carlos de la Mata, en la documentación del siglo XVII se menciona la existencia del denominado mesón del Conde y del mesón de Sancti Spíritus: “situado detrás de Santa María a la tabla o casa de la pescadería y del mesón de la Misericordia”, es decir; entre la Ronda de la Rancha y el Matadero. Es en entorno donde hay que situar el templo, pero sin poder hacer muchas más precisiones.

La desaparición de nuestra iglesia se produjo ya en época antigua. A mediados del siglo XIX la memoria sobre su existencia es ya muy difusa. En el Diccionario de Madoz se dice que "solo por tradición se sabe que estaba hacia el Oeste, próxima a lo que hoy es matadero". También podemos añadir que la calle o ronda en la que se situaba nuestro templo estaba cerca de la muralla.

En 1475-1476 se asientan en los libros de cuentas del consistorio: “que echase dos tapias a la çerca cabe el caramanchón de San Pedro”. En relación con esto último, los libros de Cuentas de las Cercas utilizan indistintamente el nombre de caramanchón para referirse a las torres de la muralla o bien a las estructuras que se superponían a las mismas. En otros casos, se habla de cubos, torres y torreones. En un memorial enviado por el concejo de Benavente a Enrique III, en 1400, se alude a la construcción de caramanchones por mandato de Juan I, durante el asedio a la villa por el duque de Lancaster.

La primera noticia sobre esta parroquia que hemos encontrado es de hacia 1313, cuando en el “Becerro de San Isidoro de León” se mencionan unas casas que el monasterio tienen en Benavente, en la colación de San Pedro: "estas casas fizolas Per Esteuanez et han de fazer de fuero seis mrs. et dos pares de gallinas por San Martin ...". En 1378 se mencionan unas casas en la colación de San Pedro, que fueron de Alfonso Fernández, clérigo.

En el inventario de parroquias del obispo de Oviedo Gutierre de Toledo (1377-1389) se incluye este templo en el arciprestazgo de Benavente, con sus derechos de presentación y la partición de los diezmos detallados de la siguiente manera:

“San Pedro de la dicha villa húsanla apresentar los feligreses. Es capellán Pedro Martínez. Los diezmos lieva el prestamero de Oviedo la metad de pan e de vino e de lino e linaça e çebollas e pie de altar, la otra metad el capellán, lieva maes de una capellanía que anexaron a su cura quatro cargas de çenteno e dos pares de casas que rendirán treynta mrs. e una vinna que rendirá quinze mrs. Paga de procuraçión diez e siete mrs. Riende esta capellanía [...] mrs.”.

En el libro de actas del Concejo de 1434, San Pedro figura como una de las diez parroquias benaventanas que contribuyen al segundo y tercer repartimientos del pedido real del año 1433. Aparece asociada a la iglesia de San Martín: "San Pedro e San Martín 5.162 mrs".

En 1440 se formaliza la escritura de fuero de un solar para edificar casas en la colación de San Pedro, otorgada por Mayor Arias de Villasán y su marido, Luis de Melgar, regidor del concejo de la villa de Benavente, en favor de Andrés Alfonso y Aldonza Pérez.

Durante el mandato del III conde, Alonso Pimentel (1440-1461) hubo un intento de revitalizar toda el área urbana ocupada por las parroquias de Santa María del Azogue, San Martín y San Pedro. Para ello, se favoreció el asentamiento de población, la construcción de nuevas casas y se trasladó el mercado y las ferias a la zona ocupada actualmente por la plaza de la Madera y aledaños.

De esta iniciativa conservamos una carta de 1455 para que se hagan "casas de morada çerca de la dicha yglesia de Santa Maria del Azogue a la dicha parte de Sancti Spiritus y en las colaciones de las yglesias de San Pedro e Sant Martin de la dicha villa, que gozen de las libertades e franquezas que por otra mi carta, firmada de mi nombre e sellada con el sello de mis armas, se contiene que ayan de gozar los que feziesen casas çerca de las dichas yglesias de Santa Maria del Azogue e San Pedro e Sant Martin”.

Como se dice en el mismo diploma, el proyecto no cuajó, y los mercados y las ferias tuvieron que llevarse de nuevo a su primitivo emplazamiento, junto a la iglesia de San Nicolás. En el "Libro Becerro" de este mismo conde (1448), se mencionan "unas casas a la collación de San Pedro que llaman de la Redesilla, que fueron de doña Juana de Çifuentes".

Por esta misma centuria, el concejo estableció algunas disposiciones sobre los muradales de la villa y las condiciones de uso de los mismos. Entre los lugares destinados a la deposición del estiércol y las basuras se a hace referencia den varias ocasiones al "muradal de San Pedro". En el Libro de Actas de 1470 leemos: "Antón de León tomó el cargo del muradal que está camino del palaçio e Alvar de Palaçuelo del muradal de San Pedro [...] Los muradales a do se ha de echar el estiércol. A la puerta de Santa Cruz e a la puerta de San Sepulcro e a San Pedro e a la puerta de San Andrés".

En un documento de 1655 de repartimiento entre los vecinos de Benavente y su jurisdicción para la labor de reparación de las murallas de la villa de Benavente, San Pedro ya no figura entre las diez parroquias de la villa. A finales de este siglo, según el testimonio de Ledo del Pozo, fueron hallados sus cimientos y sepulturas en sus solares.

No obstante, durante el siglo XVIII el nombre de San Pedro vuelve a aparecer como uno de los barrios o colaciones de la villa. Así es una escritura de 1738 referente a un lagar, un molino de aceite y un herreñal se nos dice:

"Un lagar a la callexa de la Rancha de esta villa, con sus oficinas necesarias, corral, casilla aparte, con su alto, huerto y pozo, manantial empedrado, en tres mill y seiscientos reales, linda hacia Sepulchro con huerto de Don Joseph Estrada, cura de Santa María de esta villa, y acia avaxo con huerto y molino de aceite de Joseph Guerrero, vecino de esta villa, frenta hacia sepulcro con corral de Joseph Calzón. Un molino de aceite de linaza a la colación de Santa María, con un herreñal a la colación de San Pedro, con su pozo manantial, linda dicho molino con calle pública que ba al matadero, frenta en casa de herederos de Don Manuel de Fraga y el herreñal linda con casa de Joseph Calzón, y frenta en casa de la Pescadería, en dos mill y quatrocientos reales".