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domingo, 21 de abril de 2024

“Por la devoción que tengo en la fiesta de la Asunción" - Una procesión en Benavente en el siglo XVI

Procesión del Corpus en la calle del Matadero en 1951. Fotografía de Nicolás Muller

Fueron multitud las misas, procesiones, vigilias, aniversarios, óbitos, etc., que dejaron fundados y dotados los condes de Benavente a lo largo de la historia de la familia. Toda esta actividad litúrgica, patrocinada por los Pimentel, quedó minuciosamente registrada y anotada en los libros y documentos conservados. Su lectura no solo nos ilustra sobre los aspectos religiosos de la villa, sino que también hay importantes connotaciones económicas y sociales. Cada una de estas celebraciones contaba con su correspondiente asignación económica, y obligaba a la participación de la comunidad de clérigos, a las cofradías, a las autoridades concejiles y, en general, a una importante representación de la sociedad benaventana.

Del siglo XVI, en época del VI conde, Antonio Alfonso Pimentel, se cuentan varias fundaciones de este tipo, algunas de ellas descritas con todo lujo de detalles por los escribanos. Una visión de conjunto de todas estas celebraciones nos revela una intensa actividad religiosa en el Benavente del Quinientos. El cabildo de la villa, el principal protagonista de estas convocatorias, tenía un calendario muy apretado de actos litúrgicos, que a veces se solapaban y debían provocar problemas de organización y protocolo.

También sorprende el alto número de procesiones que tenían lugar entre las distintas iglesias y monasterios. En los documentos se indica desde qué templo salía la comitiva y cuál era su lugar de destino. Varias de estas procesiones eran, en realidad, romerías a otras localidades, que incluían el desplazamiento de los miembros del cabildo a algunos de los santuarios de mayor devoción de la comarca, como San Román del Valle, Cimanes de la Vega o San Adrián. Sin embargo, es la iglesia de Santa María del Azogue, sede habitual de las reuniones del cabildo, la que se configura como teatro principal de toda la representación religiosa de la villa.

Aportamos ahora un interesante documento que describe una procesión solemne que se celebraba en torno a la festividad de la Asunción ("que cae a quince días andados del mes agosto"). Se fundó en 1566 a instancias del VI conde, “por la deboçión que tengo en la fiesta de la Asunçión de la gloriosa Virgen Santa María, madre del Nuestro Señor Redentor Jesuchristo, a la qual yo siempre e tenido e tengo por señora abogada”. La procesión, como tal, ya existía con anterioridad, pero ahora se le da mayor empaque y solemnidad.

La víspera de esta festividad, los miembros de la cofradía del Hospital de la Piedad, acompañados por el regimiento de la villa, y el abad y clérigos del cabildo, debían acompañar en procesión a una imagen de la Virgen de la Asunción desde la iglesia de San Nicolás a la de Santa María del Azogue. Esta imagen fue un encargo personal del conde: "que yo mandé hacer y está en el altar y capilla de Sançerdos de la dicha iglesia de San Nicolás". Las celebraciones incluían unas vísperas cantadas y otros oficios religiosos.

Para el sostenimiento de estos actos el conde asignó una cantidad de cinco ducados anuales, situados sobre la renta del portazgo y la leña de la villa de Benavente. Esta renta figura, efectivamente, en los libros de contabilidad entre las incorporadas al patrimonio familiar, al igual que otras anteriormente pertenecientes al realengo o al concejo. Las especificaciones incluyen otros detalles sobre la forma de hacer efectivo el pago de estas cantidades y su reparto correspondiente entre los miembros del cabildo.


APÉNDICE DOCUMENTAL



1566, febrero, 15. Benavente.

Escritura de fundación y dotación otorgada por Antonio Alfonso Pimentel de Herrera, conde de Benavente, a favor del abad y cabildo de la villa de Benavente, relativa a la celebración de la fiesta de la Asunción con una procesión, portando una imagen de dicha Virgen, que vaya de la iglesia de San Nicolás a la de Santa María del Azogue, y una vigilia.

Archivo Histórico de la Nobleza, Osuna, C. 426, D. 137.

Sepan quantos esta carta de dotación vieren como yo, don Antonio Alfonso Pemintel e de Herrera, conde de Benavente, etc., digo que por quanto yo e tenido e tengo propósito y boluntad de hacer la dotación, óbito e proçesión, de yuso contenida, por la deboçión que tengo en la fiesta de la Asunçión de la gloriosa Virgen Santa María, madre del Nuestro Señor Redentor Jesuchristo, a la qual yo siempre e tenido e tengo por señora abogada, e ansy efecutando y compliendo lo suso dicho, conozco y otorgo por esta carta que como mejor puedo e devo doto e fundo el óbito siguiente con el abad e clérigos del Cabildo Maior desta mi villa de Benavente, para quel dicho abad e cabildo, desde agora para siempre jamás, en la proçesión que haze en cada un año, víspera de Nuestra Señora de Agosto, por el regimiento desta villa, desde la iglesia de señor San Nicolás hasta la iglesia de Nuestra Señora del Azogue desta mi villa de Benavente, ayan de llevar e lleven en la dicha proçesión los cofrades del mi ospital de Nuestra Señora de la Piedad la imagen de la Asunçión de Nuestra Señora, que yo mandé hacer y está en el altar y capilla de Sançerdos de la dicha iglesia de San Nicolás, y llegado al dicho cabildo a la dicha iglesia de Nuestra Señora del Açogue con la dicha proçesión e imagen, ayan de decir y digan todos juntos los clérigos del dicho cabildo que allí se hallaren, y el cura e capellanes de la dicha iglesia, unas bísperas cantadas por mí, e dichas las dichas bísperas se aya de quedar y quede la dicha imagen de Nuestra Señora en la dicha iglesia de Nuestra Señora del Azogue hasta el primero domingo siguiente, que el dicho domingo siguiente después de la dicha fiesta de Nuestra Señora se ayan de juntar y junten el dicho abad e clérigos del dicho cabildo en la dicha iglesia de Nuestra Señora del Azogue a tornar a llevar e lleven los cofrades del dicho ospital la dicha imagen, con su proçesión, a la dicha imagen con su proçesión a la dicha iglesia de San Nicolás, y llegados a ella ayan de decir e digan en ella el dicho abad y cabildo unas vegilias cantadas de la festividad de la Asunción, e acabadas las dichas vegilias, digan la Salve Regina, lo qual todo sean obligados a hacer el dicho abad e cabildo desde agora para siempre jamás, sin que en ello aya falta alguna, e por raçón de las dichas proçesiones, vísperas e begilias cantadas yo, por el tenor de la presente, quedo y me obligo por mis bienes, juros e rentas presentes e futuras de dar e de pagar e que daré e pagaré al dicho abad e clérigos del dicho cabildo, o a quien su poder ubiere, en cada un año para siempre jamás cinco ducados de la suma e valor de mil e ochoçientos e setenta e cinco maravedís, pagados por el mesmo día de la Asunçión de cada un año, los quales dichos cinco ducados ayan de ganar y ganen los clérigos que se hallaren en las dichas festividades en esta manera: los que se hallaren a la proçesión y vísperas de la vigilia de Nuestra Señora ganen los tres ducados, y los que se hallaren a la vuelta y proçesión de la imagen e begilia de domingo siguiente ganen los otros dos ducados restantes. De lo qual todo el dicho abad e cabildo aya de haçer y haga escritura de açetaçión y obligación en forma de lo asy hacer y cumplir, los quales dichos cinco ducados sytúo y señalo al dicho cabildo sobre la mi renta de portadgo y leña desta mi villa de Benavente, y mando a los arrendadores, fyeles e coxedores de la dicha renta del dicho portadgo y leña que son e adelante fueren, que de aquí adelante para siempre jamás acudan e recudan al dicho abad e cabildo a quenta de lo que a mí me an de pagar de la dicha renta, con los dichos cinco ducados en cada un año por el dicho día de la Asunçión de Nuestra Señora, que cae a quince días andados del mes agosto de cada un año, syn esperar para ello otro recaudo ny librança alguna mía, ni de mis contadores que dándoselos e pagándoselos, yo los doy por bien dados e pagados, e mando a mis contadores se les reçiban e pasen en quenta a los dichos arrendadores, fieles, coxedores con sola su carta de pago, del dicho cabildo, e no queriendo los pagar sean executados por ellos como por obligación garantixa  hasta haçerse pago del prençipal e costas, e por esta mando a las justiçias e jueçes desta mi villa de Benavente ansy lo cumplan y guarden y executen breve y sumariamente, e para el cumplimiento y pago dello obligo los dichos mis bienes, juros y rentas por especial y por la dicha renta del portadgo desta villa sobre que pongo e fundo e cargo los dichos cinco ducados en cada un año, de lo asy tener y guardar y cumplir e pagar según dicho es, llanamente y sin pleito alguno, so pena del doblo, costa e daños que sobre ello se recresçieren y la dicha pena pagada o no que todavía lo cumpla y pague según dicho es, y no lo cumpliendo ansy por esta carta doy poder cumplido a todas y qualesquier justiçias e juçes que sean ante quien esta carta pareçiere y della fuere pedido execusión e cumplimieno de justicia, a cuya jurisdicción e señorío me someto e obligo, e renunciando mi propio fuero, domicilio e jusrisdiçión para que asy me lo hagan cumplir realmente e con efeto bien asy como sy asy fuese sentençiado y dado por sentencia de juez competente por mi pedida e consentida e pasada en cosa juzgada, sobre lo qual y en lo qual renuncio todas las quales quier fuerzas e derechos de que me pueda aprovechar, en especial la ley que diçe que general renuncia de leis non vala en firmeza.
De lo qual otorgué esta carta ante el escrivano público e testigos de yuso escritos, que fue fecha y otorgada esta carta en la mi villa de Benavente a quince días del mes de hebrero, año del Señor de mil e quinientos e sesenta e seis años.
Testigos que fueron presentes a lo que dicho es: el contador Bernaldo Garçía de Villagómez, vezino e regidor desta villa, e Francisco de Pantigoso e Martino Gonçález, criados de su señoría, e el dicho ilustrísimo señor conde de Benavente, otorgante que yo el presente escrivano doy fe que conozco lo firmó de su nombre en el registro de esta carta. El conde de Benavente.
Pasó ante mí, Luis de Carvajal, escrivano.

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